CSJ - Sentencia 00382(25-10-2023)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 00382(25-10-2023)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala Especial de Primera Instancia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA
ARIEL AUGUSTO TORRES ROJAS
Magistrado Ponente Radicado No. 00382 CUI 11001600010220170007701 Bogotá, D. C., veinticinco (25) de octubre de dos mil veintitrés (2023). VISTOS Se pronuncia la Sala sobre la solicitud de la Gobernación del Departamento del Amazonas de ser reconocida como víctima dentro de este proceso, conforme al poder otorgado al abogado Jonathan Villegas Carmo. HECHOS CÉSAR ANTONIO LUGO MORALES, exgobernador del Amazonas tramitó y celebró sin verificar el cumplimiento de los requisitos legales el "Convenio Solidario de Apoyo 000014 de 26 de mayo de 2017" con la Fundación Maloka Jocumento firmado electrónicamente Firmado por: Ariel Augusto Torres Rojas,Jorge Emilio Caldas Vera,Blanca Renda Barrito Ardila,Rodrigo Ernesto Ortega Sanchet 'echa: 25-10-2023 Código de verificación: 96EOFB128E06076004FE97131411DCE3CE43BC66925413713D1E1FIEFTECD2C6313F0 Primera Instancia 00382
CÉSAR ANTONIO LUGO MORALES.
CUI 11001600010220170007701 del Amazonas con aparente fundamento en el art. 355 constitucional y los Decretos 393 y 777 de 1992 por $1.981.949.283 cuyo objeto fue "ELABORAR EL ESTUDIO Y
DISENO DE UN SISTEMA DE ACUEDUCTO CON FUENTE DE
CAPTACIÓN A BASE DE POZO PROFUNDO CON RED DE
DISTRIBUCIÓN PARA LA COMUNIDAD Y ENERGÍA
FOTOVOLTAICA Y UN SISTEMA DE ALCANTARILLADO
APLICABLE A LOS CORREGIMIENTOS EL ENCANTO, TARAPACÁ, LA PEDRERA, PUERTO SANTANDER, MIRITÍ Y LA CHORRERA" con vulneración de los principios de transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva de la Ley 80 de 1993 e inobservancia de las normas en que se apoyó la contratación. La comisión del ilícito del artículo 410 del C. P., contrato sin cumplimiento de requisitos legales, se imputó en calidad de autor a título de dolo con la circunstancia de mayor punibilidad del art. 58.9 del C. P., por la posición distinguida que el sentenciado ocupa en la sociedad, por su cargo, posición económica, ilustración, poder, oficio o ministerio. SOLICITUD El apoderado de la gobernación del Amazonas presentó la solicitud y expuso los argumentos de hecho y de derecho con los que pretende demostrar su pretensión, y el daño real y concreto sufrido por el ente territorial con el delito atribuido al aforado. Página 2 de 5 »cumento firmado electrónicamente Firmado por: Ariel Augusto Torres Rophs,Jorge Emilio Caldas Vera,Blanca Nelida Barrelo Ardile,Rodrigo Ernesto Ortega Sanchisa :echa: 25-10-2023 Código de verificación: 96E0F6128E06076004FE970146DCE3CE43BC669264B7B01E1FIEF7ECD2C63BFO
Primera Instancia 00382
CÉSAR ANTONIO LUGO MORALES.
CUI 11001600010220170007701 INTERVENCIÓN DE PARTES E INTERVINIENTES Frente a la solicitud no se presentó oposición por parte de ninguno de los intervinientes. Vale precisar que la Contraloría en su intervención manifestó que no estaba interesada en constituirse en víctima. CONSIDERACIONES Teniendo en cuenta que el artículo 340 de la Ley 906 de 2004 indica que la audiencia de formulación de acusación es la oportunidad procesal en la que se determina la calidad de víctima, y además que, el artículo 132 del mismo ordenamiento señala que víctima es toda persona natural o jurídica y demás sujetos de derechos que individual o colectivamente hayan sufrido algún daño como consecuencia del injusto, procede la Sala a resolver la petición elevada. El artículo 137 de la Ley 600 de 2000, aplicable por integración a la Ley 906 de 2004, dispone que en todo proceso por delitos contra la administración pública será obligatoria la constitución de parte civil a cargo de la persona jurídica de derecho público perjudicada, y que el delito que se atribuye al acusado es el de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, relacionado con el "Convenio Solidario de Apoyo 000014 de 26 de mayo de Página 3 de 5 »cumento firmado electrónicamente Firmado por: Ariel Augusto Torres RoJas,Jorge Emilio Caldas Vera,Blanca Nelida Barreto Ardila,Rodrigo Ernesto Ortega Sanchez 1 'echa: 25-10-2023 Código de verificación: 96E0F5128E06076004FE9701460CE3CE43BC669264137B121E1F4EF7ECD2C6313F0
Primera Instancia 00382
CÉSAR ANTONIO LUGO MORALES.
CUI 11001600010220170007701 2017" suscrito con la Fundación Maloka del Amazonas con fundamento en el artículo 355 constitucional y los decretos 393 y 777 de 1992 por valor de $1.981.949.283 cuyo objeto
consistió en "ELABORAR EL ESTUDIO Y DISEÑO DE UN
SISTEMA DE ACUEDUCTO CON FUENTE DE CAPTACIÓN
A BASE DE POZO PROFUNDO CON RED DE
DISTRIBUCIÓN PARA LA COMUNIDAD Y ENERGÍA
FOTOVOLTAICA Y UN SISTEMA DE ALCANTARILLADO
APLICABLE A LOS CORREGIMIENTOS EL ENCANTO, TARAPACÁ, LA PEDRERA, PUERTO SANTANDER, MIRITÍ Y LA CHORRERA", es evidente que este ente territorial es el probable perjudicado con el punible contra la administración pública. Por lo tanto, la Sala le reconocerá la condición de víctima al Departamento de Amazonas y al abogado Jonathan Villegas Carmo como su apoderado, para que intervenga dentro de la actuación. Por lo expuesto, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE PRIMERO. RECONOCER a la Gobernación del departamento del Amazonas como víctima dentro de esta actuación y al abogado Jonathan Villegas Carmo como su apoderado en los términos del poder conferido. Página 4 de 5
>ocumento firmado electrónicamente Firmado por: Ariel Augusto Torres Rojas,Jorge Emilio Caldas Vera,Blanca Nelida Barreto Ardila,Rodrigo Ernesto Ortega Sanchez :echa: 25-10-2023 Código de verificación: 96EOFB128E06076004FE970146DCE3CE43BC669264B7BD1E1F4EF7ECD2C63111F0 Primera Instancia 00382
CÉSAR ANTONIO LUGO MORALES.
CUI 11001600010220170007701 SEGUNDO. Esta decisión queda notificada en estrados y contra ella proceden los recursos ordinarios, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 176 de la Ley 906 de 2004. Notifiquese y cúmplase.
ARIEL AUGUSTO TORRES ROJAS
Magistrado
BLANCA NÉLIDA BARRETO ARDILA
Magistrada
JORGE EMILIO CALDAS VERA
Magistrado RODRIGO ERNESTO ORTEGA SÁNCHEZ Secretario Página 5 de 5 )ocurnonto PiliC11,11 car,rnto Firmado por: Ariel Augusto Torres Rojas,Jorge Emilio Caldas Vera,Blanca Olida Burato Ardila,Rodrigo Ernesto Ortega Ranchea "echa 25.10.2023 Código de verificación: 96EOFB128E06078004FE9713146OCE3CE438C6692641371301E1F4EF7ECD2C6313F0 26 jiviyo,3