CSJ - Sentencia 00942(16-11-2023)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 00942(16-11-2023)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
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Rad王caci6n NO OO942
CARLOS田DUARDO CAICEDO O朋AR
Bogota, D. C., dieciseis (16) de noviembre de dos mil Veintitres (2023) ・ 量.- ASUNTO 1● En atenci6n a solicitud elevada por la Fiscalia, decide la Sala acerca de la competencia para prosegulr COn el proceso que se adelanta contra el exgobemador del Magdalena CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR como probable coautor de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, PeCulado por aproplaCIOn y falsedad ideo16gica en documento ptiblico. I量.一HECHOS De宣contrato sin cumplimiento de requisitos legales: Seg11n el escrito de acusaci6n CARLOS EDUARDO CA工CEDO OMAR, incurri6 en irregularidades durante el tra・mite y la celebraci6n del contrato de obra p11blica No. 191
del dia lO de abril de 2015, el cual suscribi6 en condici6n de alcalde del Distrito de Santa Marta y cuyo objeto fue la “constmccあれ de Ceれfros de Desa仰ZわJ研vれ観(CDD g Pa-gina l de 8 Primera Instancia Rad. NO OO942
CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR Ley 906 de 2004
Lz‘Ldotecas eれeZ correg訪庇e所o de Boれda g eれeZ bαrrわCindad Eq最dad eれeZ distrめde Sa71ta晩れa㌢ vulnerando, a juicio de la Fiscalia, 1os pnnCIPIOS de planeaci6n, eCOnOm壬a, responsabilidad y selecci6n objetiva, COnSagrados en el art壬culo 209 de la Constituci6n Pol壬tica y en la Ley 80 de 1993. Del peculado por aprop宣aC宣O虹en favor de terceros: Con ocasi6n de la celebraci6n y/o ejecuci6n del contrato de obra No. 191 de 2015, Se derivaron efectos nocivos para el Patrimonio p互blico, COmO que una Parteゝ de弓os dineros COmPrOmetidos fueron indebidamente apropiados en fdvor del COntratista, a Partir de conductas irregulares realizadas por el ● entonces alcalde y su grupo de colaboradores・ Materialmente un 94.99 % de los recursos del valor del contrato equivalentes a $6.606.472.713,80 fueron efectivamente desemboIsados en fa_VOr del contratista Uni6n
Temporal por e十Desarrollo Infantil con Equidad; reCurSOS P丘blicos a partir de los cuales se present6 1a aproplaCIOn indebida en un monto de $979.799.902,09, COn OCaSi6n de las decisiones que con antelaci6n adopt6 el alcalde de Santa
Marta CAICEDO OMAR.
Segdn la acusaci6n, 1as irregularidades se ongmarOn en dos circunstancias contractuales concretas, eStaS SOn: ” sobrecostos en items relevantes del contrato y (砂 en los cambios de insumos. De量 de宣ito de falsedad ideo16gica en documento P血bl王co. Pagina 2 de 8 Primera Instancia Rad. NO OO942
CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR Ley 906 de 2004
Segtln la acusaci6n CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR celebr6 el convenio de cooperaci6n DHS 5211826 del dia H de septiembre de 2013, en rePreSentaCi6n de la alcald壬a de Santa Marta, COn la empresa EcopetroI S.A. y con la Fundaci6n Sociedad Portuaria de Santa Marta, el cual PerSeguia, entre OtraS COSaS,のbtener c#se充os para Zztdotecas g CeれtrOS de Desarrouo rtyれ観gしLe Se COれStrZ亮亮aれeれZa mis肌a c訪dad. 〃 En virtud del referido convenio de colaboraci6n, 1a Fundaci6n Sociedad Portuaria de Santa Marta, rePreSentada
por Yolanda Mendoza Arredondo, Para el d壬a lO de abril de 2014 suscribi6 un contrato de prestaci6n de servicios de naturaleza privada con la sociedad Pelaez Freidel S.A・S., representada por Juan Manuel Pelaez Freidel, CuyO O切eto COrreSPOnd壬a a la elaboraci6n de los disefios de dos centros de desarrollo infantil y tres ludotecas en los corregimientos de Bonda y Taganga y en el barrio Ciudad Equidad del Distrito de Santa Marta. ‘ No obstante, en el acta de entrega del dia 26 de noviembre de 2014 emitida por el contratista,丘nicamente se allegaron los dise丘os de los proyectos del corregimiento de Bonda y del barrio Ciudad Equidad del Distrito de Santa Marta, eVentualidad que tuvo ocurrencia por expresa instrucci6n verbal del se丘or CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR. En ese contexto el procesado, quien para la 6poca de los hechos fllngia como representante legal del Distrito de Santa Marta y en ejercicio de tal funci6n extendi6 el o宜cio sin Pま.gina 3 de 8 Primera Instancia Rad. NO OO942 CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR Ley 906 de 2OO4 ndmero del dia15 de diciembre de 2014, dando cuenta que la SOCiedad Pelaez Freidel S.A.S. representada por Juan Manuel Pela.ez Freidel, hab壬a cumplido con sus obligaciones derivadas del contrato de prestaci6n de servicios de naturaleza privada, el cual se habia suscrito con la Fundaci6n Sociedad Portuaria de Santa Marta para la elaboraci6n de los dise丘os.
As壬entonces, CAICEDO OMAR como alcalde distrital de Santa Marta, incorpor6 en un documento ptLblico informaci6n COntraria a la verdad sobre el cumplimiento del objeto COntraCtual, en la medida que los disefLOS予Telativos al COrregimiento del corregimiento de Taganga, nO\ habian sido realizados y muchos menos entregados coino producto宜nal por parte del contratista Pelaez Freidel・、\、言 量I量.“ AⅣTECEDENTBS PROCESALES: E1 7 de julio de 2023, 1a Fiscalia Decima Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, radic6 en esta Sala el escrito de acusaci6n correspondiente. Mediante auto emitido e1 24 de julio del afio en curso, se車y6 el dia 18 de octubre de 2023 como fecha para llevar a cabo i la audiencia de formulaci6n de acusaci6n, Sin embargo, POr rePrOgramaCi6n de la agenda de la Sala dispuso trasladarla para el pr6Ⅹimo 21 de noviembre de 2023・ E1 2O de noviembre del a丘o en curso, mediante correo electr6nico el 宜scal delegado inform6 que el imputado CAICEDO OMAR present6 renuncia al cargo de gobemador del departamento del Magdalena y solicit6 que se estudie la POSibilidad de remitir el caso al juez competente, traS Sefialar P各gina 4 de 8 Primera Instancia Rad. NO OO942 CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR Ley 906 de 2004 que los hechos por los que fue imputado tuvieron ocurrencia
Cuando este Qjercia el cargo de alcalde del Distrito de Santa Marta y que por lo tanto esta Sala habria perdido COmPetenCial. 量V.- CONS量DERACIONES DE LA SALA: De conformidad con el numera1 5O del articulo 235 de la Constituci6n Pol壬tica, mOd亜cado por el Acto Legislativo OOl de 2018, a eSta Sala le corresponde juzgar, PreVia acusaci6n de la Fiscalia, entre OtrOS, a los gobemadores de departamentos, PerO Seg丘n el para-grafo del referido articulo 235 “czJaれdo Zos舟ncioれarZos clれfes eれ叩erados hubZereれ cesado eれeZ匂vrcZcZo 。e szJ Ca7gO, e拘ero Ys6to se 771aれteれdr6 para ZcIS COれdLLCtaS gLLe feれgaれreZacZ6れCOれZas fuれCZoれeS dese77やe7iadas・ 〃 As壬entonces, el fuero de juzgamiento a que alude el referenciado art壬culo, tal como Io ha reiterado esta Corporaci6n surge de dos posibilidades: i) que el imputado o sindicado de una infracci6n a la ley penal se desempefie como tal, 1o que exige la actualidad de la investidura o que, ii) despues de haber cesado en sus funciones la conducta que se le imputa tenga relaci6n con las mismas. Pues bien, en Pnmer lugar, en atenCi6n al decreto 1655 de 12 de octubre de 2023 aportado por el delegado宜sca12, a
traves del cual el Ministro del Interior acepta la renuncia presentada por CARLOS EDUARDO CAIDECO OMAR, reSulta evidente que el imputado no ostenta a la fecha la condici6n 1 Folio 252 Cdno No. 2 de la Corte. 2 Folio 255 y256 del Cdno Corte No. 2 Pagina 5 de 8 Pri独era粗畠七毅鱒曾王a愚息d露的〇 〇〇9年2 鎧Å龍己日登還赫甘食幾難鵜鏡餅C斑駐錐C離Å忠 己ey 906 de 2○○4 鮎ral q敬e王e otorga el c盆rg① de艶b毎m急患or, m観iv㊦駐①r電工的a且 la pnmera de las pos塩lidades atras descri七as que le Permitir壬an a la Sala adelan七ar el juzgamiento del impu七貧do se encue皿tra descartad盆. Ahora, a CAiC註DO OMAR se le reproch現que en割ercICIO de王cargo de alcalde distrit亀王de la ciudad Santa. Mar王a, ei cual OStent6 durante el periodo constituciona1 2012-2015, tramit6 y celebr6 de manera irregular el contrato de obra No. 191 del dia l de abril de 2015. As壬mismo, que a traV6s de las irregularidades asociadas al referenciado contrato, Se aPrOPIO en PrOVeCho de terceros
de dineros pertenecientes a la AIcald壬a Distrital de Santa Marta, Cuya administraci6n se le habian con宜ado por raz6n de sus funCiones. Y, que COmO rePreSentante legal del Distrito de Santa Marta, despleg6 una funci6n cert拍cadora sobre el cumplimiento de un objeto contractual, en Virtud de la cua=a Fiscalia General de la Naci6n consider6 que se falt6 a la verdad pues realiz6 a宜rmaciones falsas en un documento P丘blic9クCOn el cual se produjo el pago de unos dineros a un contratista por una labor incompleta, desarrollada al interior de un contrato de prestaci6n de servicios de dise丘os. Es facil advertir que en este caso no se prorroga el fuero constitucional por cuanto Ios hechos que con宜guran los SuPueStOS delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, PeCulado por aproplaCIOn y falsedad ideo16gica en documento ptlblico imputados a CAICEDO OMAR, tuVieron OCurrenCia cuando este Qjerci6 el cargo de alcalde distrital de Pagina 6 de 8 Primera Instancia Rad. NO OO942 CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR Ley 9O6 de 2004 1a ciudad Santa Marta y su comisi6n no guarda relaci6n alguna con el cumplimiento de las funciones como gobemador del Departamento del Magdalena. Como quiera que en la presente actuaci6n se program6 audiencia de formulaci6n de acusaci6n para el pr6Ⅹimo 2 1 de noviembre, 1a Sala dispondra. 1a cancelaci6n de la misma y la
remisi6n inmediata del expediente a un Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la ciudad de Santa Marta para que contin丘e con su trま・mite. En merito de lo expuesto, 1a Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia RESUELVE: PR量MERO: CANCELAR la audiencia de formulaci6n de acusaci6n programada para e1 21 de noviembre de 2023 dentro de la presente actuaci6n・ SEGUNDO: REM量TIR por competencia la presente actuaci6n adelantada en contra de CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR, COn destino al Juzgado Penal Circuito con Funciones de Conocimiento -Repartode la ciudad de Santa Marta.
TERCERO: Dejense las anotaciones correspondientes en el sistema de gesti6n de la Sala y comuniquese esta determinaci6n a las partes e intervienes.
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CARLOS EDUARDO CAICEDO OMAR Ley 906 de 2004
Contra esta determinaci6n no proceden recursos. ComunlqueSe y CtLmPlase
AR宣EL AUGUSTO TORRES ROJAS M agistrado
BLANCA NELIDA BARRETO ARD量LA M agistrada
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JORGE EMILIO CALDAS `ⅤERA
Magistrado ' RODR量GO ERNESTO ORTEGA SANCHEZ S ec土・etario ● Pagina 8 de 8
Fi「mado po「: A「iei Augusto Torres Rojas,Rodrigo Ernesto Ortega Sanchez,Jo「ge EmiiiO Caidas Vera,BIanca Neiida Bar「eto Ardila C6digo de verificaci6n: 1 058C90349BDE40C72D59DD29531 E5FB」 C765FlcD239BDEF872CD9CE722908D7