CSJ - Sentencia 27655(26-09-2007)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 27655(26-09-2007)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2007
República de Colombia . _ (cid:9) . Extradición N°27655
ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrada Ponente:
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS
Aprobado Acta N° 181 Bogotá D.C., septiembre veintiséis (26) de dos mil siete (2007) VISTOS Emite la Corte concepto en relación con la solicitud de extradición del ciudadano colombiano ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO elevada por el Gobierno de los Estados Unidos de América a través de su Embajada en Colombia. ANTECEDENTES ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO es requerido para que comparezca en juicio ante el Tribunal Federal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, "por delitos federales de narcóticos y lavado de República de Colombia 2 Extradición N°27655
ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Val ?in f
' Corte Suprema de Justicia dinero" cometidos entre los arios de 2006 y 2007, dado que, con fecha 12 de abril de 2007, el Gran Jurado profirió en su contra la acusación N° 07-CR-099 (S-3) (BC), sustitutiva de la emitida por la misma autoridad el 8 de marzo anterior, acto en el cual le formulan los siguientes cargos: "CARGO UNO (Asociación Ilícita para distribuir y Poseer con Intención de Distribuir Heroína) 15. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan
como propias de este párrafo. 16. Aproximadamente entre el 1 de junio de 2006 y el 1 de febrero de 2007, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados .... ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias (Alejo'.. junto con otros, a sabiendas e intencionalmente se asociaron ilícitamente para distribuir y poseer con intención de distribuir una sustancia controlada, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla I en violación al Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Sección 841 (a)(1); Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 846 y 841 (b)(1)(A)(1); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 3551 y sig. CARGO 2 (Asociación Ilícita para Importar Heroína) 17. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 18. Aproximadamente entre el 1 de junio de 2006 y el 1 de febrero de 2007, ambas fechas siendo aproximadas y están incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y ay/ (cid:9)(cid:9)(cid:9) I República de Colombia - (cid:9) ..- .- (cid:9) i , - (cid:9) 3 Extradición N°27655
ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO 1' ' (cid:9) .(1•?° (cid:9)
I ''' Corte Suprema de Justicia otros lugares, los imputados. ...ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo', juntos y con otros, a sabiendas e intencionalmente se asociaron ilícitamente para importar una sustancia controlada a los Estados Unidos desde un lugar en el extranjero, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, sustancia controlada de Tabla 1 en violación al título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Sección 952(a). (Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 963, 960(a)(1) y 960 (b)(1)(A); Título 18, código Federal de los Estados Unidos, Secciones 3551 y sig.). CARGO TRES (Asociación Ilícita Internacional para Distribuir). 19. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 20. Aproximadamente entre el 1 de junio de 2006 y el 1 de febrero de 2007, ambas fechas siendo aproximadas y están incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados... ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias Alejo',...junto con otros, a sabiendas e intencionalmente se asociaron ilícitamente para distribuir una sustancia controlada, con la intención y sabiendo que tal sustancia sería ilegalmente importada a los Estados Unidos, delito que involucró un kilogramo o más de sustancias conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla I, en violación al Título 21, Código
Federal de los Estados Unidos, Sección 959(a). (Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 963, 959(c), 960(a)(3) y 960(b)(1)(A); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 3551 y sig.). República de Colombia 4 (cid:9) Extradición N°27655 ) , (cid:9) ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Corte Suprema de Justicia CARGO CUATRO (Importación de Heroína) 21. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 22. Aproximadamente entre el 10 de septiembre de 2006 y el 15 de septiembre de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y en otros lugares, los imputados ...ALE MNDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo', junto con otros, a sabiendas e intencionalmente importaron una sustancia controlada a los Estados Unidos desde un lugar en el extranjero, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla L (Título 21 Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 952(a), 960(a)(1) y 960(b)(1)(A); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO CINCO (Distribución y Posesión con Intención de Distribuir Heroína) 23. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de
este párrafo. 24. Aproximadamente entre el 10 de septiembre de 2006 y el 15 de septiembre de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados...A I.EIANDRO CUARTAS RESTREPO, alias Alejo'.... junto con otros, a sabiendas e intencionalmente distribuyeron y poseyeron con intención de distribuir una sustancia controlada, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla I (Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 841(a)(1) y 841(b)(1)(A)(i); Título República de Colombia 5 (cid:9) Extradición N°27655
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1- ;.n . (cid:9) Corte Suprema de Justicia 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO SEIS (Importación de Heroína) 25. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 26. Aproximadamente entre el 1 de octubre de 2006 y el 5 de octubre de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y en otros lugares, los imputados... ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo' junto con otros; a sabiendas e intencionalmente importaron una sustancia controlada a los Estados Unidos desde un lugar en el extranjero, delito que involucró un kilogramo o más de
una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla I. (Título 21 Código Federal de los Estados Unidos) Secciones 952(a), 960(a)(1) y 960(b)(1)(A); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO SIETE (Distribución y Posesión con Intención de Distribuir Heroína). 27. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 28. Aproximadamente entre el 1 de octubre de 2006 y el 5 de octubre de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados.. ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo'.... junto con otros, a sabiendas e intencionalmente distribuyeron y poseyeron con intención de distribuir una sustancia controlada, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla República de Colombia 6 (cid:9) Extradición N°27655 ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Corte Suprema de Justicia 1. (Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 841(a)(1) y 841 (b)(1)(A)(i); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO OCHO (Importación de Heroína) 29. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 30.
Aproximadamente entre el 12 de octubre de 2006 y el 14 de octubre de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y en otros lugares, los imputados... ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo.' Junto con otros, a sabiendas e intencionalmente importaron una sustancia controlada a los Estados Unidos desde un lugar en el extranjero, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla L (Título 21 Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 952(a), 960(a)(1) y 960(b)(1)(A); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO NUEVE (Distribución y Posesión con Intención de Distribuir Heroína) 31. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 32. Aproximadamente entre el 12 de octubre de 2006 y el 14 de octubre de 2006, ambas fechas siendd aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados.. ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo'.... junto con otros, a sabiendas e intencionalmente distribuyeron y poseyeron con intención de distribuir una sustancia controlada, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia @yr República de Colombia ri 7(cid:9) Extradición N27655
ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO
. (cid:9) Corte Suprema de Justicia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla L (Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 841(a)(1) y 841(b)(1)(A)(i); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO DIEZ (Importación de Heroína) 33. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 34. Aproximadamente entre el 4 de noviembre de 2006 y el 5 de noviembre. de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados... ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo junto con otros, a sabiendas e intencionalmente importaron una sustancia controlada a los Estados Unidos desde un lugar en el extranjero, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla I. (Título 21 Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 952(a), 960(a)(1) y 960(b)(1)(A); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO ONCE (Distribución y Posesión con Intención de Distribuir Heroína) 35, Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 36. Aproximadamente el 4 de noviembre de 2006 y el 5 de noviembre de 2006, ambas fechas siendo
aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados.. ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo', junto con otros, a sabiendas e intencionalmente distribuyeron y poseyeron con intención de distribuir una sustancia controlada, delito gbuz República de Colombia 8 (cid:9) Extradición N°27655 l• (cid:9) ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Corte Suprema de Justicia que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla L(Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 841(a)(1) y 841(b)(1)(A)(i); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO CATORCE (Importación de Heroína) 41. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 42. Aproximadamente entre el 20 de diciembre de 2006 y el 30 de diciembre de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y en otros lugares, los imputados... ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias 'Alejo' junto con otros, a sabiendas e intencionalmente importaron una sustancia controlada a los Estados Unidos desde un lugar en el extranjero, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla L (Título 21 Código Federal de los Estados Unidos, Secciones
952(a), 960(a)(1) y 960(b)(1)(A); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO QUINCE (Distribución y Posesión con Intención de Distribuir Heroína) 43. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan como propias de este párrafo. 44. Aproximadamente entre el 20 de diciembre de 2006 y el 30 de diciembre de 2006, ambas fechas siendo aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados.. ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias `Alejo'.... juntos y con otros, a sabiendas e intencionalmente ‘,1 República de Colombia ' 9(cid:9) Extradición N°27655 ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Corte Suprema de Justicia distribuyeron y poseyeron con intención de distribuir una sustancia controlada, delito que involucró un kilogramo o más de una sustancia conteniendo heroína, una sustancia controlada de Tabla L(Título 21, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 841(a)(1) y 841(b)(1)(A)(i); Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 2 y 3551 y sig.). CARGO DIECIOCHO (Lavado de Dinero) 49. Las alegaciones contenidas en los párrafos 1 a 14 se reiteran e incorporan cómo propias de este párrafo. 50. Aproximadamente entre el 1 de junio de 2006 y el 1 de
fe/reto de 2007, ambas fechas son aproximadas e incluidas, dentro del Distrito Este de Nueva York y otros lugares, los imputados ... ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, alias `Alejo'..., juntos y con otros, a sabiendas e intencionalmente se asociaron ilícitamente para realizar transacciones financieras que afectan el comercio interestatal e internacional, a saber la transferencia y entregó de divisas estadounidenses, que de hecho representaban el producido ciertas actividades ilícitas especificas, a saber: tráfico de drogas, en violación al Título 21, -Código Federal de los Estados Unidos, Sección 84I(a)(1), sabiendo que los activos objeto de las transacciones financieras representaban el producto de alguna forma de actividad ilícita y que esas transacciones eran diseñadas en todo o en parte para ocultar la naturaleza, la ubicación, el origen, la propiedad. y el control del dinero procedentes de dicha actividad ilícita específica, en violación al Título 18, Código Federal de -/os Estados W República de Colombia _. (cid:9) .• 10 (cid:9) Extradición N°27655
- ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO e Corte Suprema de Justicia Unidos, Sección 1956(a)(1)(B)(i). (Título 18, Código Federal de los Estados Unidos, Secciones 1956(h) y 3551 y sig.) 1."
Bajo el título de CONFISCACIÓN PENAL RELATIVA A LOS CARGOS UNO A DIECISIETE y RELATIVA AL CARGO DIECIOCHO, la acusación señala la facultad de las autoridades de los Estados Unidos de propender por la
confiscación de los bienes obtenidos directa o indirectamente con la comisión de las conductas objeto de la acusación y de los utilizados total o parcialmente para concretarlas2.
1. Documentos allegados con la solicitud de extradición.
Para formalizar la solicitud de extradición fueron allegados al presente trámite los siguientes documentos debidamente traducidos y legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores: Las notas verbales números 0783 de 22 de marzo de 2007 y 1378 de 25 de mayo siguiente, a través de las cuales la Embajada de los Estados Unidos solicita la captura con fines de extradición de ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO y 9{0(7, I Fl. 97 a 81 c. anexo (cid:9) 2 FI. 82 y 83 c. anexo República de Colombia 11 (cid:9) Extradición N°27655
ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO
•11i'[ (cid:9) Corte Suprema de Justicia formaliza la solicitud de extradición, respectivamente. En ellas precisa que el requerido, también conocido como 'Alejo' y 'Alejandro' es "...ciudadano de Colombia nacido el 7 de noviembre de 1978. Es portador de la cédula colombiana No. 98.635.422"3. Copia de la acusación sustitutiva N° 07-CR-099 (S-3) (BC) de 12 de abril de 2007, emitida en reemplazo de la acusación de 8 de marzo del mismo ario, dictadas ambas por el Gran Jurado del Tribunal Federal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York4. Copia de la orden de captura contra ALEJANDRO
CUARTAS RESTREPO, para dar respuesta a unas acusaciones, expedida el 12 de abril de 2007 por el funcionario que conoce el caso en el referido Tribunals. Copia de las disposiciones del Código Penal de los Estados Unidos relativas a los cargos contenidos en la acusación6. Declaración jurada de Bonnie S. Klapper Fiscal Federal Auxiliar de los Estados Unidos en el Distrito Este de Nueva 3 Fl. 1 y 230 c. anexo 00// FI. 97 ib (cid:9) 4 Fi. 73 ib 6 FI.71 a 56 ib. 1- (cid:9) República de Colombia 12(cid:9) Extradición N°27655 t 1 ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Corte Suprema de Justicia York, a través de la cual realiza una presentación de los procedimientos policiales y judiciales efectuados, así como del compromiso de responsabilidad del solicitado y de Wayne Hauser, Agente Especial de la Agencia para el Control de Drogas de los Estados Unidos (DEA), quien actuó como investigador en las averiguaciones que determinaron la acusación presentada contra el requerido en extradición 7.
2. Actuación surtida previo el envío de las diligencias a la Corte.
El Gobierno de los Estados Unidos de América, mediante Nota Diplomática No. 0783 de 22 de marzo de 2007, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, a quien las autoridades judiciales de ese país en la resolución de acusación N° 07-CR099(S2)(BC) de 8 de marzo de 2007, le formularon cargos
relacionados con delitos federales de narcotráfico y lavado de dinero, cumplidos a través de concierto. Con fundamento en la anterior petición, el Fiscal General de la Nación en resolución de 26 de marzo del mismo año decretó la captura con fines de extradición del wr 7 FI. 112 y 54 c. anexo República de Colombia _ 13(cid:9) Extradición N°27655 y 1 (cid:9) ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO lir y Corte Suprema de Justicia solicitado, la cual se materializó el 28 siguiente en la calle 25 N° 79 A -77 de Medellín. Mediante Nota Verbal No. 1378 de 25 de mayo de 2007, la Embajada de Estados Unidos en Colombia formalizó por vía diplomática la solicitud de extradición de ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, oportunidad en la que ratificó que éste es requerido por el Tribunal Federal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York con fundamento en la tercera acusación sustitutiva N° 07-CR-099(S-3)(BC) de 12 de abril de 2007, donde se le atribuyen cargos relacionados con delitos federales de narcotráfico y layado de dinero El Ministerio de Relaciones Exteriores en oficio No. OAJ.E. 0994 de 28 de mayo de 2007, conceptuó que "En atención a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, me permito manifestarle que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano"8. En la actualidad el mencionado ciudadano se encuentra
privado de su libertad en la cárcel de máxima seguridad de Cómbita, Boyacá. 8 FI. 237 c. anexo República de Colombia _ 14 (cid:9) Extradición N27655
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1113 (cid:9) Corte Suprema de Justicia
3. Actuación surtida en esta Corporación Recibida en la Sala la solicitud de extradición con la documentación anexa, se dio inicio a este trámite garantizando el derecho de defensa al requerido quien designó apoderada y, luego, mediante auto de 15 de junio de 2007 se dispuso correr el traslado previsto en el inciso 1° del artículo 500 de la Ley 906 de 2004, oportunidad en la cual la defensora designada solicitó la práctica de pruebas.
Mediante providencia del pasado 1° de agosto la Sala decidió en forma negativa la petición probatoria presentada por la defensora y dispuso surtir el traslado para la presentación de los alegatos de conclusión; vencido el término correspondiente, el Representante del Ministerio Público allegó escrito para ser tenido en cuenta por la Sala, en el cual solicita emitir concepto favorable a la solicitud de extradición, por considerar reunidos los requisitos legales.
CONSIDERACIONES DE LA SALA
Aspectos Generales. Ha señalado la Corte (cid:9) a (cid:9) través (cid:9) de (cid:9) su (cid:9) reiterada jurisprudencia9, (cid:9) que su competencia en el trámite de 9 Conceptos de 14/11/00 Rad. 16701, 22/04/03 Rad. 20330, 25/10/05 Rad.23976
República de Colombia ' ..(cid:9) 15 (cid:9) Extradición N°27655 ?W'. ' (cid:9) ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO . (cid:9) . Corte Suprema de Justicia extradición se circunscribe a la emisión del concepto sobre la procedencia de entregar o no a la persona solicitada por otro país, luego de verificar las exigencias dispuestas por el legislador (artículos 493, 495 y 502 de la Ley 906 de 2004), Para ello ha de tener en cuenta, además y primordialmente, la previsión constitucional contenida en el inciso 2° del artículo 35 de la Carta Política donde se autoriza la extradición de colombianos por nacimiento cuando son reclamados por delitos distintos de los conocidos como delitos políticos, cometidos en el exterior, siempre que tales comportamientos también estén contemplados como conductas punibles en la legislación penal interna y hayan ocurrido con posterioridad a la fecha de promulgación del Acto Legislativo No. 1 de 1997 10. El Ministerio de Relaciones Exteriores dentro de este diligenciamiento conceptuó que no existe tratado de extradición vigente entre Colombia y los Estados Unidos de América, razón por la cual el trámite de la solicitud de extradición y el concepto que como culminación del mismo debe emitirse, se surtirá y emitirá de conformidad con las exigencias señaladas en el Código de Procedimiento Penal Colombiano. 1° 17 de diciembre de 1997 República de Colombia 16 (cid:9) Extradición N°27655 (cid:9)
ALEJANDRO CUARTAS RES TREPO
Wg: Corte Suprema de Justicia Corresponde entonces a la Sala, según lo indicado en el artículo 502 del referido ordenamiento, realizar el respectivo análisis sobre la validez formal de la documentación allegada por el país requirente, la demostración plena de la identidad de la persona solicitada, la concurrencia de la doble incriminación y la equivalencia de la providencia proferida en el extranjero con la acusación del sistema procesal colombiano. En relación con cada uno de tales aspectos se tiene:
1. Validez formal de la documentación.
Según lo establece el artículo 495 del estatuto procesal penal, la solicitud de extradición debe efectuarse por vía diplomática y de manera excepcional por la consular o de gobierno a gobierno, adjuntando copia auténtica del fallo o de la acusación proferida en el extranjero, con indicación de los actos origen de la petición, así como del lugar y fecha de su ejecución, los datos que permitan identificar plenamente al reclamado y copia auténtica de las disposiciones penales aplicables al caso; documentos que deben ser expedidos en la forma establecida por la legislación del país reclamante y traducida al castellano, si fuere el caso. A su vez, el artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, modificado por el Decreto 2282 de 1989, dispone en el numeral 118 de su artículo 1° que los documentos públicos 09 frRepública de Colombia 17(cid:9) Extradición N°27655
ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO
;r1 Corte Suprema de Justicia otorgados en un país extranjero por uno de sus funcionarios o con su intervención, deberán presentarse debidamente
autenticados por el cónsul o agente diplomático de la República y, en su defecto, por el de una nación amiga, lo cual hace presumir que se otorgaron de acuerdo con la ley del respectivo país. La firma del cónsul o agente diplomático se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y si se trata de agente consular de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente del mismo y los de éste por el Cónsul Colombiano, disposición aplicable al caso en virtud del principio de integración normativa previsto en el artículo 25 y el inciso último del artículo 495 del estatuto procesal penal. Por tanto, la validez formal de la documentación apunta a verificar que los soportes presentados por el Estado requirente para solicitar la entrega de una persona en extradición, se sujetan a las referidas exigencias formales. En este caso se observa que el Gobierno de los Estados Unidos de América solicita por vía diplomática la extradición del ciudadano colombiano ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO a través de su Embajada en Colombia y, para tal efecto, anexó copia de la acusación formal No. 07 CR - 099 (S3) (BC) de 12 de abril de 2007 proferida por el Gran Jurado ante el República de Colombia , (cid:9) 18 (cid:9) Extradición N°27655 ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Corte Suprema de Justicia Tribunal Federal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, sustitutiva de la emitida el 8 de marzo del mismo ario, en la cual se relacionan las conductas
objeto de censura, así como los lugares y fechas de su ocurrencia. También allegó copia de la orden de arresto expedida en contra de ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, el 12 de abril de 2007 por la misma autoridad, para dar respuesta a los cargos atribuidos por el Gran Jurado en la acusación aludida. Fue aportada la declaración jurada de Bonnie S. Klapper, Fiscal Federal Auxiliar del Distrito Este de Nueva York, quien realiza una presentación de los procedimientos policiales y judiciales efectuados, así como del compromiso de responsabilidad del solicitado y las normas aplicables al caso, y la de Wayne Hauser, Agente Especial de la Administración Antinarcóticos de los Estados Unidos, DEA, responsable de las averiguaciones origen de la acusación formulada contra el requerido en extradición, por el Gran Jurado convocado por el Tribunal mencionado, funcionario que además de confirmar los pormenores de los cargos, especificó los datos de identidad del acusado y se refirió a las evidencias que sustentan aquellos. República de Colombia 19 (cid:9) Extradición N2 7655 '1 (cid:9) y ALEJANDRO CUARTAS RES TREPO . (cid:9) -.. Corte Suprema de Justicia Los referidos documentos obran en traducción al castellano certificada y autenticada conforme a la legislación propia del Estado requirente, y es así como cuentan con la certificación de autenticidad expedida por Jason E. Carter, Director Asociado de la Oficina de Asuntos Internacionales de la División de lo Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, reconocido en tal condición por el
Procurador del mismo país, Alberto R. Gonzales. Se adujo certificación sobre la referida documentación suscritas por Condoleezza Rice, Secretaria de Estado de los Estados Unidos y Annie R. Maddux, Auxiliar de Autenticaciones del Departamento de Estado, cuya firma fue autenticada ante el Cónsul de Colombia en Washington D.C. Ha de concluirse, en consecuencia, que el primer requisito exigido por el artículo 502 de la Ley 906 de 2004 se encuentra suficientemente acreditado.
2. Demostración plena de la identidad del solicitado.
La anunciada exigencia se orienta a establecer que la persona procesada (acusada o condenada) en el país reclamante, es la misma sometida al trámite de extradición, sin que ello implique determinar su verdadera identidad, '11/ República de Colombia - • (cid:9) 20 (cid:9) Extradición N°27655 1-10«: ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO Corte Suprema de Justicia pues para tenerlo por acreditado es suficiente que exista plena coincidencia entre una y otra de tales personas. Sobre el particular advierte la Sala que el Gran Jurado convocado por el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito Este de Nueva York acusa a ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO y la orden de arresto librada en su contra incluye sus nombres y apellidos completos; en la Nota Diplomática N° 0783 de 22 de marzo de 2007, remitida tiempo antes de su captura, así como en la Nota Verbal N° 1378 de 25 de mayo siguiente, a través de la cual se formaliza la solicitud
de extradición, se indica que el reclamado responde a los referidos nombres y apellidos, se le conoce también como 'Alejo' y 'Alejandro' y se precisa que "es ciudadano de Colombia, nacido el 7 de noviembre de 1978, en Medellín. Es portador de la cédula colombiana N° 98.635.422". La persona detenida a órdenes de la Fiscalía General del la Nación, a quien se notificó la orden de captura con fines de extradición expedida por el Fiscal General de la Nación, se identificó como ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO, con cédula de ciudadanía número 98.635.422 y así se ha notificado de diversas decisiones adoptadas en el marco de este trámite, al que remitió escrito designando su defensora signado con tal nombre e identificación. CVÍV República de Colombia 21 (cid:9) Extradición N°27655 v.trr, ALEJANDRO CUARTAS RESTREPO it (cid:9) Corte Suprema de Justicia Puede concluirse, con estos fundamentos, que la plena identidad del ciudadano colombiano pedido en extradición está acreditada, porque los datos relacionados en la solicitud de las autoridades extranjeras son los mismos con los cuales se ha identificado y firmado en repetidas oportunidades, sin que tampoco haya elevado ningún cuestionamiento sobre este particular aspecto.
3. Principio de la doble incriminación.
En el análisis atinente a la concurrencia de este principio, debe la Sala establecer si los comportamientos delictivos que se imputan al requerido en el país solicitante tienen en Colombia la misma naturaleza, esto es, si son
considerados como conductas ilícitas y si, además, tienen señalada como sanción una pena mínima no inferior a cuatro (4) arios de prisión. Dado que se trata de un mecanismo de cooperación internacional, este cotejo debe adelantarse con base en los preceptos internos vigentes para el momento en que se rinda el concepto, motivo por el cual resulta improcedente la aplicación del principio de favorabilidad con ocasión del tránsito legislativo, en cuanto los preceptos del país República de Colombia - (cid:9) 22 (cid:9) Extradici
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