CSJ - Sentencia 27885(06-09-2007)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 27885(06-09-2007)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2007
Q%Qpaíá/m de Colombia , Página 1 de 2 F Casación sistema acusatorio N 27.885
HECTOR DARÍO CUARTAS VELEZ %Mffe g?ómm,¿z 6/€%&¿'¿(¿6&
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá, D.C., seis de septiembre de dos mil siete. Comoquiera que el H.M. Dr. ALFREDO GÓMEZ QUINTERO no intervino en la discusión y aprobación del auto mediante el cual se inadmitió la demanda de casación presentada a nombre de HÉCTOR DARÍO CUARTAS VELEZ, se dispone correrle traslado de la solicitud de insistencia presenta por éste para la admisión de la demanda. Lo anterior teniendo en cuenta las reglas definidas arla Sala para el efecto: “b) La solicitud de insistencia puede elevarse ante el Ministerio Público, a través de sus Delegados para la Casación Penal, o ante uno de los Magistrados que hayan salvado voto en cuanto a la decisión mayoritaria de inadmitir la demanda o Q%Qpaíá/m de %a/am&'a Página 2 de2 Casación sistema acusatorio N 27.885 HECTOR DARÍO CUARTAS VÉLEZ %Mffe g?ómm,¿z 6/€%&¿'¿(¿6& ante uno de los Magistrados que no haya intervenido en la discusión. c) Es potestativo del Magistrado disidente, del que no intervino en los debates o del Delegado del Ministerio Público ante quien se formula la insistencia, optar por someter el asunto a consideración de la Sala o no presentarlo para su
revisión, evento último en que informará de ello al peticionario en un plazo de quince (15) días.” Cúmplase.
SIGIFR
Teresa Ruiz Núñez Secretaria