CSJ - Sentencia 28047(26-09-2007)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 28047(26-09-2007)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2007
República de Colombia
REVISIÓN 28047
BERTHA SAQUERO DE GÓMEZ
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrada Ponente:
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE TIMOS
Aprobado Acta No. 182. Bogotá D.C., septiembre veintiséis (26) de dos mil siete (2007) VISTOS Corresponde a esta Sala integrada por Magistrados y Conjueces, pronunciarse sobre el impedimento presentado por los Magistrados doctores Sigifredo Espinosa Pérez, Alfredo Gómez Quintero, Yesid Ramírez Bastidas, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca, Mauro Solarte Portilla y Javier Zapata Ortíz, para conocer de la acción de revisión instaurada a través de apoderado especial por la sentenciada BERTHA BAQUERO DE GÓMEZ, contra el fallo de segunda instancia proferido el 17 de mayo de 2005 por el Tribunal Superior de Cundinamarca, a través del cual fue condenada a la pena de cincuenta (50) meses de prisión como coautora del concurso homogéneo de delitos de violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades. UF< República de Colombia • (cid:9) 2 (cid:9) REVISIÓN 25047
; BERTHA BAQUERO DE GÓMEZ YR 1 (cid:9)
Corte Suprema de Justicia LOS IMPEDIMENTOS Los Magistrados mencionados en precedencia fundamentan su manifestación de impedimento en la causal establecida en el numeral 4° del artículo 99 del Código de
Procedimiento Penal, en atención a que manifestaron su opinión sobre el asunto materia del proceso, al suscribir la providencia mediante la cual se resolvió el recurso de casación interpuesto, entre otros, por el defensor de BERTHA BAQUERO, amén de que en la misma se declaró la extinción de la acción penal derivada del delito de violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades por el que se acusó a José Oliverio Castillo y Jorge Eduardo Castillo. CONSIDERACIONES DE LA SALA Sin dificultad se advierte que, en efecto, los Magistrados que han presentado su impedimento conjunto, suscribieron la referida decisión casacional y de cesación de procedimiento por prescripción de la acción penal, circunstancia que permite concluir que ya manifestaron su opinión sobre el asunto, es decir, se encuentran dentro de la causal impeditiva recogida en el numeral 4° del artículo 99 del estatuto procesal y, por tanto, se impone aceptar la declaración conjunta que en tal avr sentido expresaron. (cid:9) República de Colombia 3 (cid:9) REVISIÓN 28047 1 :r
BERTHA SAQUERO DE GÓMEZ
1 (cid:9) Corte Suprema de Justicia En efecto, en la parte resolutiva de dicha providencia se decidió cesar procedimiento por prescripción de la acción penal derivada del delito de violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades respecto de los procesados José Oliuerio Castillo y Jorge Eduardo Castillo. También en el mismo proveído se decidió no casar la sentencia que fuera impugnada, entre otros, por el defensor de BERTHA BAQUERO DE GÓMEZ y también se dispuso
señalar que la inhabilidad establecida en el artículo 122 de la Carta Política era deducible respecto de Pedro Julio Cruz, Olga Beltrán y Amando Barbosa Otra determinación Con el propósito de mantener el reparto equilibrado de los expedientes entre los diferentes miembros de la Sala, se dispone remitir al despacho del Magistrado Julio Socha Salamanca, en compensación por este asunto, un diligenciamiento del despacho de la Magistrada Ponente, de similar complejidad. Por lo expuesto, la Sala integrada por Magistrados y Conjueces de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
1. ACEPTAR los impedimentos declarados por los
Magistrados Sigifredo Espinosa Pérez, Alfredo Gómez WCRepública de Colombia 4 (cid:9) REVISIÓN 28047
BERTHA BAQUERO DE GÓMEZ o
Corte Suprema de Justicia Quintero, Yesid Ramírez Bastidas, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca, Mauro Solarte Portilla y Javier Zapata Ortíz de conformidad con las razones consignadas en la anterior motivación.
2. SEPARAR, en consecuencia, del conocimiento del asunto a los Magistrados cuyos impedimentos se aceptan.
3. REMITIR al despacho del Magistrado Julio Socha Salamanca un expediente del despacho de la Magistrada Ponente, de acuerdo con el planteamiento precedente.
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l Conjuez República de Colombia 5 (cid:9) REVISIÓN 28047 BERTHA BAQUERO DE GÓMEZ Corte Suprema de Justicia f --le j2(i7laer. (cid:9) G LERMO PUYARA RAMOS (cid:9) e>. et • 5.. :d VARADO Conjuez (cid:9) Conjuez -- (cid:9) (-7 y' d-A7í titsitár-.1>¿,,,,/,,il ? Conjuez
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria