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CSJ - Sentencia 28436(11-04-2012)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - Sentencia 28436(11-04-2012)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2012

Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL 4pública de Colombia Corte Suprema de justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Aprobado Acta No. 121 Bogotá, D. C., once (11) de abril de dos mil doce (2012) VISTOS Procede la Sala de Casación Penal a dictar sentencia dentro del proceso adelantado en contra de JAVIER CÁCERES LEAL, Senador de la República, acusado del delito de Concierto para Delinquir Agravado, una vez concluida la audiencia pública de juzgamiento en esta Corporación. HECHOS Los hechos objeto de investigación han sido sintetizados por la Sala, al momento de calificar el mérito del sumario, en los siguientes términos: (W( Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL g lepública rüCbü)mbia Corte Supeenla de Justicia i "A final s de la década de los noventa en el Departamento de Bolívar, como sucedió en otras zonas de la Costa Atlántica frente a la presencia de la movimi ntos subversivos, hicieron presencia grupos armados ilegales de autodef nsas pertenecientes al Bloque Central Bolívary Bloque Norte de las 2 Autode nsas , quienes una vez alcanzaron un posicionamiento territorial y militar, ndado con la ejecución de actos violentos y la vulneración de derechos y garan ías de la población civil, diseñaron y ejecutaron una estrategia política orienta a a infiltrar instancias municipales, departamentales e incluso

nacion es, para facilitar su injerencia en los asuntos sociales y públicos, en un ambien e influenciado por los acuerdos punibles con candidatos a cargos de elecció popular. Esto q e se evidenció en las elecciones del año 2002, se consolidó en el procese electoral de 2003, en los comicios destinados a la escogencia de manda!arios locales y departamentales, cuando abiertamente líderes de grupos de autcdefensas interactuaron con la clase política tradicional para conciliar e impone candidaturas, influir en la institucionalidad, afianzar un poder local y sentar las bases políticas de proyectos aún más trascendentes, que les permiti ra, hacia el año 2006, elegir congresistas vinculados con el programa de las autodefensas. En esa contexto es donde aparece comprometido el senador JAVIER CÁCERES LEAL, quien para contar con un caudal electoral que le soportara sus a iraciones reeleccionistas en el año 2006, aceptó el poder local y depart mental de la organización armada, se reunió con sus comandantes y termin pactando a favor de candidatos para las elecciones del año 2003." 1 De acuerdb con el Observatorio de DDHH de la Vicepresidencia de la República el Bloque Central Bolívar actuó en el Sur de Bolívar, a través de los frentes Combatientes de la Serranía de San Lucas, Vencedores del Sur y LibeHdores del Río Magdalena. 2 El Bloque Norte de las Autodefensas actuó en el centro y norte de Bolívar a través del frente Héroes de los Montes de Maria el cual actuaba a través de cuatro subgrupos: (i) El Guamo: con área de influencia en El

Guamo, Za brano, Calamar, Arjona, Turbaco, Villanueva, Córdoba, San Jacinto, San Juan Nepomuceno y El Carmen. (U) María La Baja: con influencia sobre el Canal del Dique y presencia activa en los corregimientos de San José d I Playón, Retiro Nuevo, Arroyo Hondo, Níspero, Matuya, El Puerto, Correa, Ñanguma, Flamenco y San Pablo, urisdicción del municipio de María La Baja; San Basilio de Palenque y Malagana en Mahates; La Haya y San Cayetano, en San Juan de Nepomuceno. (iii) Zambrano: con incidencia en los municipios de El Carmen de olivar, Zambrano y Córdoba. (iv) Calamar actuaba por los corregimientos de Sato, Hato Viejo en Calamar, San Cristóbal en el municipio de Soplaviento y en Mahates y Arroyo Hondo. Radicado No. 28.436

JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL

Xepública cú Colombia Corte Suprema d Justicia FILIACIÓN DEL PROCESADO JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL, nacido el 26 de enero de 1958 en la ciudad de Cartagena, identificado con la cédula de ciudadanía número 9.092.613, hijo de JOSÉ HUMBERTO CÁCERES RAMOS — fallecidoy ELVIRA LEAL MÁRQUEZ, con estudios técnicos en turismo, especializado en historia de Cartagena, vive en unión libre con MALBIS MORALES JIMÉNEZ, de cuya relación tienen una hija de nombre LUZ STELLA.

ACTUACIÓN PROCESAL Mediante auto del 1° de noviembre de 2007, la Sala ordenó la apertura de investigación previa 3 en contra de JAVIER CÁCERES LEAL y la práctica de pruebas dentro del radicado 28.436. El 2 de julio de 2008, la Sala le recibió versión libre y espontanea al senador JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL4. Durante la investigación previa se escuchó en declaración bajo la gravedad del juramento a: ALEXIS MANCILLA GARCÍA 5, ÚBER Cuaderno No. 1, folio 16. Versión Libre del 02/07/08, Cuaderno No. 1, folio 137 Declaración del 25/02/08, Cuaderno No. 1, folio 85, - Declaración del 21/08/09, Cuaderno No. 2, folio 171. 3 Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL Ilepública ck Colombia Corte Suprelna de justicia

ENRIQUE BANQUEZ MARTÍNEZ , ÉDGAR IGNACIO FIERRO

6

FIJÓREZ , EUGENIO JOSÉ REYES REGINO , MANUEL

7 8

ANTONIO CASTELLANOS MORALES , SALVATORE

9

MANCUSO GÓMEZ , ÉDWAR COBOS TÉLLEZ , ÓSCAR

10 11

D VID VILLADIEGO TORDECILLAS , IVÁN ROBERTO

12

D QUE , EMIRO JOSÉ CORREA VIVEROS, ANTONIO

13

GARCÍA TIRADO", ÁLVARO DE JESÚS LÓPEZ MARRUGO15,

CARLOS TINOCO OROZCO , JHONY JOSÉ GARCÍA

16

TI RAD0 , HELENA MERCEDES COTES DE GUTIÉRREZ"

17 Mediante auto del 14 de septiembre de 2010, la Sala ordenó la apertura de instrucción y la captura de JAVIER CÁCERES LEAL, la cual se materializó en la misma fecha. - El 15 de septiembre de 2010, se inició la diligencia de indagatoria de JAVIER CÁCERES LEAL, vinculación que cq ncluyó el día 17 de septiembre de la misma anualidad. l Mediante auto del 22 de septiembre de 2010, la Sala resolvió la situación jurídica e impuso al Senador CÁCERES LEAL medida de aseguramiento consistente en detención preventiva, como presunto autor responsable del delito de Concierto para Delinquir 6 Declaracien del 25/02/08, Cuaderno No. 1, folio 86. - 24/09/08, Cuaderno No. 1, folio 223 - 24/07/09, Cuaderno No. 2, folio 137. - 28/08/09, Cuaderno No. 2, folio 179. - 1 Declarad n del 25/02/08, Cuaderno No. 1, folio 87. Declaraci n del 11/03/09, Cuaderno No. 1, folio 247. Declaraci n del 11/03/09, Cuaderno No. 1, folio 248. - 12/08/10, Cuaderno No. 3, folio 243.

10 Declara ón del 30/01/08, Cuaderno No. 1, folio 63. - 27/05/09, Cuaderno No. 2, folio 1. 11 Declara ón del 08/03/10, Cuaderno No. 3, folio 46 - 19/08/10, Cuaderno No. 3, folio 261. 12 Declara ón del 21/08/09, Cuaderno No. 2, folio 170. - 12/08/10, Cuaderno No. 3, folio 242. 13 Declara ón del 27/08/09, Cuaderno No. 2, folio 177 14 Declara ón del 23/07/10 Cuaderno No. 3, folio 181. 15 Declaración del 23/07/10, Cuaderno No. 3, folio 182. 16 Declaración del 26/07/10, Cuaderno No. 3, folio 183. 17 Declaración del 26/07/10, Cuaderno No. 3, folio 185. 16 Declaración del 12/08/10, Cuaderno No. 3, folio 244. 4 Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL wepública de Cotombia Corte Suprema t& justicia Agravado, previsto en el inciso 2°, del artículo 340 de la Ley 599 de 2000, decisión que alcanzó firmeza como quiera que el recurso de reposición interpuesto por la defensa técnica, mediante auto del 5 de octubre de 2010, fue declarado desierto por la Corporación. En etapa de instrucción se recibió declaración bajo juramento a

ARNULFO OSPINO IRIARTE'', MARÍA DE JESÚS BLANCO

JIMÉNEZ , CÉSAR ENRIQUE ARRIETA , LUZ VEIRA

20 21

PACHECO , SENÉN CANTILLO , ALFONSO LÓPEZ

22 23

COSSIO , WILLIAM ALFONSO MONTES , GALO ARTURO

24 25

TORRES , LUIS EDUARDO GARZÓN , JAIME DUSSÁN

26 27

CALDERÓN , ELEONORA PINEDA , VICENTE BLEL SAAD36,

28 29

ADALBERTO MARIMÓN PÉREZ , ALFONSO DEL CRISTO

31

HILSACA , ÉDWAR COBOS TÉLLEZ , ROCÍO ARIAS

32 33

HOYOS , JOSÉ DEL CARMEN GÉLVEZ ALBARRACÍN35,

34

SERGIO MANUEL CÓRDOBA , MANUEL DE JESÚS PEÑA

36

INFANTE , JUSTO CABARCAS , IVÁN ROBERTO DUQUE39 y

37 38 19 Declaración del 19/01/11, Cuaderno No. 7, folio 1. 25 Declaración del 19/01/11, Cuaderno No. 7, folio 130. 21 Declaración del 19/01/11, Cuaderno No. 7, folio 131. 22 Declaración del 19/01/11, Cuaderno No. 7, folio 138. 23 Declaración del 19/01/11, Cuaderno No. 7, folio 139. 24 Declaración del 20/01/11, Cuaderno No. 7, folio 141. 25 Declaración del 20/01/11, Cuaderno No. 7, folio 142.

26 Declaración del 20/01/11, Cuaderno No. 7, folio 147. 23 Declaración del 24/01/11, Cuaderno No. 7, folio 160. 28 Declaración del 24/01/11, Cuaderno No. 7, folio 161. 29 Declaración del 24/01/11, Cuaderno No. 7, folio 182. 3° Declaración del 25/01/11, Cuaderno No 7, folio 185. 31 Declaración del 31/01/11, Cuaderno No. 7, folio 216. 32 Declaración del 31/01/11, Cuaderno No 7, folio 217. 33 Declaración del 01/02/11, Cuaderno No. 7, folio 230. 34 Declaración del 01/02/11, Cuaderno No. 7, folio 232. 35 Declaración del 16/02/11, Cuaderno No. 7, folio 296. 36 Declaración del 22/02/11, Cuaderno No 8, folio 107. 37 Declaración del 22/02/1 1, Cuaderno No 8, folio 108. 38 Declaración del 22/02/11, Cuaderno No 8, folio 130. 35 Declaración del 23/02/11, Cuaderno No 8, folio 131. Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL República de Colinnbia Corte Supma de justicia 1.1BER BANQUEZ MARTINEZ4°. Mediante declaración por certificación jurada lo hicieron los alcaldes de María La Baja,

RUBÉN HERNANDO AGUIRRE GÓMEZ41, de Villanueva,

JORGE LUIS MENDOZA ARIZA42 y de Arjona JULIO CÉSAR

CASTELLÓN MARTÍNEZ43.

E 25 de febrero de 2011, se dispuso el cierre de la investigación, cual fue objeto de recurso de reposición, resuelto por la Sala 15 de marzo siguiente. Clausurado el ciclo instructivo, mediante auto del 27 de abril de 2011, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de JUsticia calificó el mérito del sumario y decidió acusar al senador JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL, como presunto autor responsable del delito de Concierto para Delinquir Agravado, consagrado en el inciso 2°. del artículo 340, modificado por el artículo 8° de la Ley 733 de 2002, por haber promovido grupos ármados ilegales, concurriendo la circunstancia de mayor punibilidad descrita en el numeral 9°. del artículo 58, del Código Penal —Ley 599 de 2000-, El 1°. de agosto de 2011, transcurrido el término previsto en el artículo 400 de la ley 600 de 2000, la Sala, en audiencia preparatoria, resolvió acerca de la petición de nulidad y pruebas solicitadas por los sujetos procesales. —ec. 40 laráción del 24/02/11, Cuaderno No 8, folio 148. 41 Cuaderno No. 7, folio 239. 42 Cuaderno No. 7, folio 253. 43 Cuaderno No. 7, folio 271. 6 Radicado No. 28.436

JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL

iepública de Colombia Corte Suprema de Justicia Mediante auto del 18 de agosto de 2011, se resolvió el recurso de reposición interpuesto y sustentado por el Senador JAVIER CÁCERES LEAL y la defensa técnica contra el auto del 1° de agosto de 2011, a través del cual se negó la petición de nulidad y la práctica de algunas pruebas. A partir del 16 de noviembre de 2011 se inició la audiencia pública de juzgamiento, se le recibió interrogatorio al enjuiciado y, a lo largo de las distintas sesiones, se escuchó en declaración

a IVÁN ROBERTO DUQUE44, ÚBER BANQUEZ MARTINEZ45,

ANTONO ÁLVAREZ LLERAS 46, ANDRÉS FERNANDO

BETANCOURT47 GONZÁLEZ", IGNACIO ARTURO LEOTTAU

MENDOZA", VICENTE BLEL SAAD50, ROBERTO CASTAÑO

RODRÍGUEZ51 , GUILLERMO RAFAEL ARIZA52, LUIS FELIPE

SÁNCHEZ BARRERA53, SALVATORE MANCUSO GÓMEZ",

GONZALO CASTRO MÁRQUEZ55, ABEL ANIBAL RAMOS56,

LUIS TROCHA GUZMÁN57, GILISELMO CASSIANI SOSA58,

MIGUEL ANTONIO VÁSQUEZ GUZMÁN59, RAFAEL ALFREDO

COLÓN TORRES60, NANCY MELÉNDEZ61 , JUAN JOSÉ

41 El día 16 de noviembre de 2011. 45 El día 17 y 21 de noviembre de 2011. 46 El día 17 de noviembre de 2011.

47 El día 17 de noviembre de 2011. 48 El día 17 de noviembre de 2011. 46 El día 17 de noviembre de 2011. 5 ° El día 17 de noviembre de 2011. 51 . El día 17 de noviembre de 2011. 52 El día 17 de noviembre de 2011. 53 El día 21 de noviembre de 2011. 54 El día 21 de noviembre de 2011 55 El día 21 de noviembre de 2011. 56 El día 22 de noviembre de 2011. si El dia 22 de noviembre de 2011. 66 El dia 22 de noviembre de 2011. 59 El día 22 de noviembre de 2011. 60 El día 22 de noviembre de 2011. 61 El día 24 de enero de 2012. 7 Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL 4 república Colombia Corte ,Suprema de Justicia

GARCÍA ROMERO62, JOSÉ DEL CARMEN GÉLVEZ

ALBARRACÍN63, MANUEL DE JESÚS PEÑA INFANTE64,

SAMUEL MORENO ROJAS65, ÉRIK MORRIS66, MIGUEL DE LA

E4PRIELLA67, ZULEMA JATTIN CORRALES68, JULIO MANZUR ABDALA69 y LUIS EDUARDO VIVES LACOUTURE 70. Mediante declaración por certificación jurada lo hicieron el Ministro del Inerior, GERMÁN VARGAS LLERAS, el Gobernador del Departamento de Nariño, ANTONIO NAVARRO WOLFF, el Erhbajador de Colombia en la República del Perú JORGE

VISBAL MARTELO y la Senadora de la República PIEDAD

ZUCCARDI.

Crincluida la fase probatoria, el Ministerio Público, JAVIER CÁCERES LEAL y la defensa técnica, presentaron los alegatos fihales. INTERVENCIONES EN AUDIENCIA PÚBLICA El Ministerio Público: La señora Procuradora Delegada, inició su exposición recordando los hechos que dieron origen a las diligencias, la conducta punible 62 El día 24 de enero de 2012. 63 El día 24 de enero de 2012. 64 El día 24 de enero de 2012 e, El día 24 de enero de 2012. 66 El día 24de enero de 2012. 6( El día 21 de enero de 2012. 68 El día 2 de enero de 2012. 69 El día 24 de enero de 2012. 20 El día 31 de enero de 2012. 8 Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL wepúb Gra de Colombia Corte Suprema de Justicia endilgada a CÁCERES LEAL y el reproche fáctico que realizó la Sala en el auto de acusación, para luego presentar algunas consideraciones en torno a los procesos de reconstrucción de la verdad e iniciar el análisis y valoración de las pruebas, a partir de los siguientes núcleos de imputación:

1. Apoyos anteriores al proceso electoral del año 2002: 1.1. Relación con la organización de autodefensas liderada por alias "120": Luego de recordar el contenido de la declaración de MANUEL

ANTONIO CASTELLANOS MORALES alias "Chino" , en la cual, 71 entre otras cosas, dijo que había presenciado reuniones con políticos locales del norte de Bolívar en las que se impartieron instrucciones para apoyar candidaturas al Senado de la República y, específicamente, aludir a la reunión realizada en la Finca 22 entre alias "120" y el ex alcalde del Guamo, ÁLVARO TROCHA GUZMÁN, a quien le dieron la instrucción de votar por DIEB NICOLÁS MALOOF y JAVIER CÁCERES LEAL, sin que acatara la orden, lo cual produjo su homicidio, la contrasta con las afirmaciones que en audiencia pública hizo LUIS EDUARDO TROCHA GUZMÁN , hermano del ex alcalde del Guamo, según 72 las cuales su hermano militó en el Partido Liberal por el movimiento faciolincista en Bolívar y no tenía amistad ni trabajaba con CÁCERES, concluye que no es cierto que ÁLVARO TROCHA /1 Declaración del 12 de agosto de 2010. 72 Declaración del 22 de Noviembre de 2011. Radicado No. 28.436

JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL

Wfpública de Colombia Corte Suprema de Justicia GUZMÁN fuera uno de los líderes de JAVIER CÁCERES en la región y mucho menos que trabajara políticamente en pro de sus aspiraciones. Frente a las afirmaciones de SERGIO MANUEL CÓRDOBA ÁVILA alias "120" , según las cuales uno de los líderes de CÁCERES

73 LEAL en el municipio del Guamo era ÁLVARO TROCHA GUZMÁN, quien se negó a apoyar a MALOOF, lo cual motivo por el que el estado mayor ordenó su muerte, señaló la Procuraduría que el princ pal testigo de cargo ÚBER BANQUEZ MARTÍNEZ , en 74 declaración rendida en desarrollo del juicio orar, lo desmiente ya que este manifestó que cuando retorna la zona de "120" escuchó de la pbblación que le dieron el apoyo para el 2002 al señor DEIB

MALOOF.

Adenkás, considera que no se confirmó la conclusión a la que llega la Sala, con el testimonio de SERGIO MANUEL CÓRDOBA, alias "120' , porque éste señaló que la reunión tuvo lugar hacía enero o febrero del año 2002, cuando "Dique" dice que asumió el mando del frente hacía octubre de 2002, fecha para la cual alias "120" estaba captúrado aproximadamente desde los meses de junio o julio de 2002 en el municipio de Turbaco76. /7 Declaración del 22 de febrero de 2011. 14 Deelaracibn rendida el 17 de noviembre de 2011. 75 Minuto 30.44 y ss "Declaración de ÚBER BANQUEZ MARTINEZ del 17 de noviembre de 2011 Min.44:05. Radicado No. 28.436

JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL

Wepública de Colombia Corte Suprema ríe Justicia De otra parte, estima que las afirmaciones de ALEXIS MANCILLA alias "Zambrano", en la declaración del 21 de agosto de 2009,

según las cuales alias "120" se enteró que CÁCERES había recibido apoyo para las elecciones de 2002, no tiene solidez ya que éste no era el directo beneficiario de la organización liderada por "120" y que, además, se trata de un aspecto que no es ratificado por "Juancho Dique", testigo principal de cargo, cuando descarta que alias "Chino" fuera parte de la organización para ese época electoral. En suma, considera que se trata de testigos de oídas, cuyo conocimiento descarta la percepción directa de los hechos. 1.2. Reunión de Casa Loma: Luego de recordar el contenido de la acusación en torno a este tópico, soportada en los testimonios de ALEXIS MANCILLA GARCÍA alias "Zambrano"; MANUEL ANTONIO CASTELLANOS MORALES alias "Chino", OSCAR DAVID VILLADIEGO TORDECILLAS alias "Néver", CARLOS TINOCO OROZCO y SERGIO CÓRDOBA alias "120", quienes aseguran que a finales de 2001 e inicios de 2002 en jurisdicción del municipio de Arjona en el predio denominado "Casa Loma" o "Cocina Sabrosa", JAVIER CÁCERES asistió a una reunión que presidió ÚBER BANQUEZ MARTÍNEZ alias "Juancho Dique" y ÉDWAR COBOS TÉLLEZ alias "Diego Vecino", procede realizar análisis de la prueba de cargo de la siguiente manera: 11 Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL &epública 4 CoCombia Corte ,S'upreina de justicia

ALEXIS MANCILLA GARCÍA alias "Zambrano". Recuerda que fue el primer miembro de las autodefensas que mencionó a JAVIER CÁCERES LEAL en reuniones con comandantes de las autodefensas y que en la declaración del 21 de agosto de 2009, dijo ♦ haber conocido de la reunión en "Casa Loma" porque alias "El Guajiro" fue quien llevó a CÁCERES a la reunión con "Juancho Dique", con la presencia de "Diego Vecino", CARLOS MANUEL TINObO, alcalde de Arjona, "El profe" y "Peter", éste último quien le contó de los acuerdos que se habían hecho. LUÍS FELIPE SÁNCHEZ BARRERA, alias "El profe" 77. En su opin ón, este testigo desvirtuó la postura acusatoria frente a lo sostenido por alias "Zambrano", ya que señaló78 que solo conoció al senador CÁCERES a través de la prensa y los noticieros, pero que personalmente no había tenido la oportunidad de conocerlo, adeitnás de sostener que "en ningún momento ha estado sentado en Una reunión con el señor Cáceres ni en Ñanguma ni en ninguna partp del territorio nacional... "79. Por lo tanto el dicho de alias "Zambrano", carece de carácter suasorio en su totalidad, máxime sí proviene de un testigo indirecto, tal y como lo afirmó la Sala en el auto acusatorio. Declarac ón del 21 de noviembre de 2011. 78 Minuto 4-00 79

Minuto 7 03 y SS. 12 Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL Xepública de Colombia Corte Suprema de justicia MANUEL ANTONIO CASTELLANOS alias "Chino". Recordó que inicialmente el testigo no hizo mención de la reunión y luego81 m habló del encuentro de "Casa Loma" o "Cocina Sabrosa", celebrada antes de la campaña al senado y cámara de 2002, a la que asistieron JAVIER CÁCERES, PIEDAD ZUCCARDI, su esposo y DIEGO VECINO entre otros y aunque no vio a CÁCERES, "Juancho" le comentó que había estado allí. También sostuvo que: (a) La reunión duró aproximadamente 3 horas "como de nueve de la mañana hasta la una y pico" y allí se presentó a "Diego Vecino" como jefe político. (b) De los que hacían parte del movimiento político de CÁCERES estaban BORI LLAMA alcalde de Arenal en el 2000, quien decía se debía apoyar a CÁCERES, también estuvo el alcalde de Arroyo Hondo y le comentaron que estuvo CARLOS MANUEL TINOCO alcalde de Arjona. Para el Ministerio Público lo manifestado por alias "Chino", no posee ningún respaldo testimonial por parte de los supuestos asistentes a la reunión de "Casa Loma", ya que alias "Juancho Dique", en declaración vertida en desarrollo del juicio oral , indicó 82 que la mencionada reunión se celebró en el año 2001, negó que hubiese asistido el senador JAVIER CÁCERES y, a manera de

comentario, indicó que la personalidad más importante de dicha reunión era el señor CARLOS TINOCO, como alcalde de Arjona. Incluso sostuvo en la audiencia de juzgamiento que "El doctor 83 Javier Cáceres, ese día como llegó tanta gente señora, él no llegó ahí, porque ahí lo más representativo fue el doctor Tinoco de 83 11 de marzo de 2009. 81 12 de agosto de 2010. 32 Declaración rendida el 17 de noviembre de 2011. 83 Minuto 159.14 y ss. Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL lepública (fe Corombia Corte Suprema de justicia Arjona, de Turbaco, María la Baja, el señor Cáceres no llegó ahí. .". En Tsas condiciones, piensa que la Sala no puede pasar por alto que precisamente el testigo ÚBER BANQUEZ MARTÍNEZ, no tenga en su memoria con total claridad, como lo rememoró en la aud encía de juicio oral, que a dicha reunión no asistió CÁCERES. Taripoco escapa al Ministerio Público que el citado jefe paramilitar haya señalado que la fecha de realización de la reunión fue en el año 2001, ya que alias "Chino" no estaba bajo el mando ni la org i.iización que para esa época lideraba alias "Dique", que como quedó reseñado84 fue hasta octubre de 2002. - ÓS AR DAVID VILLADIEGO TORDECILLAS alias "Néver". El 12 de gosto de 2010, dijo conocer de una reunión celebrada a finales

de 2002 en "Casa Loma" donde vio a JAVIER CÁCERES, concejales de Cartagena, CARLOS TINOCO alcalde de Arjona, PERRO PÉREZ alcalde de Turbana, "Dique" y "Vecino", la cual duró aproximadamente 45 minutos, empezó como a las 10:30 a.m., en un kiosco grande donde había una mesa grande. Según la Procuraduría, esta declaración no concuerda con la vertida en audiencia por el principal testigo de cargo ÚBER BAÑQUEZ, quien reafirmó no haber observado en la reunión de "Casa Loma" al entonces senador CÁCERES; como tampoco lo advirtió ÉDWAR COBOS TÉLLEZ, situación que invita a concluir 84 Minuto 100-.50 y ss. Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL Wepúbllca de Colombia Corte Suprema de justicia que la afirmación del testigo es falaz; máxime cuando ratifica que él solo prestaba seguridad y no participó de la reunión, cuestión que si hicieron de manera directa los testigos "Dique" y "Vecino". CARLOS TINOCO OROZCO ex alcalde de Arjona. En declaración rendida el 26 de julio de 2010, contó que participó en la reunión en "Casa Loma" por citación de "Juancho Dique" la cual cree fue en el

2002. Además, mencionó que hablaron sobre temas de política nacional, de infraestructura vial y que estaban CÁCERES LEAL, VICENTE BLEL, el doctor ARIZA de CARDIQUE y los alcaldes de

Turbaco, Santa Rosa, María La Baja.

Para el Ministerio Público esta versión tampoco ofrece credibilidad, toda vez que ni "Juancho Dique" o "Diego Vecino" ubicaron al ex senador CÁCERES LEAL en la reunión de "Casa Loma", resultando casi que imposible no hacerlo, sí se trataba de la presencia de un Senador de la República. Además, no resulta lógico que el testigo afirme que en la misma mesa donde se encontraba el entonces senador CÁCERES también estaba "Diego Vecino" y "Juancho Dique" y que éstos, en las numerosas declaraciones insistan en negar la presencia del procesado en dicha reunión. Así las cosas, la declaración de TINOCO OROZCO no puede ser considerada como el núcleo de la imputación que milita en contra del enjuiciado JAVIER CÁCERES LEAL, ya que "Juancho Dique" Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL 419pública rfie Colombia Corte Suprema de Justicia no recuerde haber visto a un Senador de la República en dicho lugar. Bajo ese mismo norte, no es dable concluir que lo señalado por TINCO OROZCO fue confirmado por alias "Chino", ya que éste sólo formó parte de la estructura a órdenes de "Dique" desde el mes de octubre de 2002, situación que lo excluye de presenciar dicho encuentro. - CJBER BANQUEZ MARTÍNEZ, alias "Juancho Dique". En declaración del 24 de julio de 2009, aceptó la reunión de "Casa Lonja" pero no recordó la presencia de JAVIER CÁCERES, al

pun o de señalar que los testigos confunden esa reunión con la de Ñarguma. Además, alude que en el 2001, como estaba recién llegado, no tenía capacidad para convocar senadores y representantes, fue ÉDWAR COBOS quien convocó a ganaderos y alcaldes para dialogar sobre el proyecto de las autodefensas en esa zona. ÉDVVAR COBOS TÉLLEZ alias "Diego Vecino". En declaración del 29 de octubre de 2009, manifestó que no recordaba haber visto a CÁCERES en "Casa Loma". Incluso refiere que en la diligencia del 1° de febrero de 2011, éste mencionó algunas de las personas que asittieron a esa reunión e insiste en no ubicar a CÁCERES en ella y p ensa que CARLOS TINOCO está confundido; no obstante, dijo 16 Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL WIpública de Ccdombia Corte Suprema de justicia que a finales de 2002 se reunió con algunos alcaldes y ganaderos, "Juancho Dique", CARLOS TINOCO, "El profe" y "Peter". GUILLERMO RAFAEL ARIZA CABRERA, ex director de CARDIQUE, en sesión de audiencia pública del 17 de noviembre de 2011, declaró y aseguró que durante su gestión conoció a JAVIER CÁCERES LEAL como a otros gobernadores y figuras públicas y que nunca ha tenido relaciones con grupos ilegales ni de manera profesional ni personal. Negó haber asistido a reunión alguna. VICENTE BLEL SAAD85, fue enfático en afirmar que nunca se

reunió con "Juancho Dique", ni asistió a reunión alguna en "Casa Loma" o "Cocina Sabrosa", lugar que ni siquiera conoce. PIEDAD ZUCCARDI, en la declaración por certificación jurada, aseguró no haber asistido a reunión alguna en "Casa Loma" y menos con miembros de grupos armados al margen de la ley.

De tales diligencias deduce: (a) "Chino" le dijo a "120" que CÁCERES había estado en "Casa Loma" o "Cocina Sabrosa". A su vez "120" le hizo el comentario al señor ALEXIS MANCILLA, cuando éste ni siquiera pertenecía al grupo para ese momento. (b) "Never" aseguró haber visto a CÁCERES LEAL en la reunión de "Casa Loma", la cual duró aproximadamente 45 minutos, mientras "Chino" asegura que su Sesión de 17 de noviembre de 2011.

Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL IÇpública e Cotombia Corte Suprema de justicia prolongfición fue de tres horas. (c) CARLOS TINOCO, ex alcalde de Arjona, afirmó que asistió a la reunión de "Casa Loma" y que allí estaba entre otros, JAVIER CÁCERES, mientras "Dique" indica que CARLOS TINOCO puede estar confundiendo la reunión de "Casa Loma" bon la de Ñanguma, ya que no vio a dicho congresista. Sin embarg frente a la inseguridad terminó diciendo que sí CARLOS TINOC afirmó que CÁCERES estaba en dicho lugar, él no puede

desme tirlo porque pudo haberse hecho pasar por el conductor de TINOCÓ. (d) "Vecino" asume un comportamiento personal similar ya que frénte a la ausencia de recuerdo sobre sí JAVIER CÁCERES estuvo en la reunión de "Casa Loma", ya que allí sólo fueron convocados algunos alcaldes municipales y ganaderos, considera que CARLOS TINOCO confunde las reuniones. Es decir, si bien es cierto la Honorable Corte Suprema de Justicia admite que se incurra en imprecisiones en las exposiciones de los desmovilizados por el transcurrir del tiempo, también lo es que en este caso do se vislumbra una simple imprecisión, sino afirmaciones contundentes de quienes citaron a la reunión, como son "Dique" y "VecinCI", sobre que allí no se encontraba JAVIER CÁCERES LEAL, sugiriendo que los que dicen lo contrario se confunden de reunión, al punto tue ÉDWAR COBOS llega a afirmar que esa alta dirigencia del depart?mento no cree que haya estado. Por ello, se pregunta el Ministerio Público, sí JAVIER CÁCERES era un personaje calificado de esa manera, cómo pudo pasar por un Radicado No. 28.436 JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL Xepública de Colombia Corte Suprema dé justicia conductor y que, además, nadie se hubiera dado cuenta, incluido el

mismo CARLOS TINOCO.

Discrepa que la Corte tenga como prueba directa el testimonio de alias "Néver" y el de CARLOS TINOCO OROZCO, quienes dicen haber visto a CÁCERES LEAL en la reunión de "Casa Loma", ya que son las

mismas personas que convocan y presiden la reunión —"Dique" y "Vecino", quienes aseguran que CÁCERES no asistió y creen que están confundiendo la reunión. También diciente que se tenga como prueba indirecta las declaraciones de "Chino" y "Zambrano", ya que ello sería no tener en cuenta que: (a) "Chino" dijo que fue "Juancho Dique" quien le comentó de la presencia de CÁCERES, cuando éste lo desmiente. (b) "Zambrano" dice que se enteró por "El profe y "Peter", cuando para ese momento no había ingresado a las autodefensas. Así las cosas, el Ministerio Público estima que los testimonios analizados no ofrecen la consistencia predicada en la providencia acusatoria para probar que a la reunión de "Casa Loma" o "Cocina Sabrosa" asistió JAVIER CÁCERES LEAL.

2. Acuerdos celebrados para las elecciones de 2003.

Para tales efectos el Ministerio Público desarrolló su exposición tomando en referente fáctico los siguientes hechos: Radicado No. 28.436

JAVIER ENRIQUE CÁCERES LEAL

Mpública cte Coánnbia Corte Suprema cíe Justicia 2.1. ReLlnión de Ñanguma: Luego recordar las circunstancias en las que habría tenido de ocurrenOia la reunión entre JAVIER CÁCERES y ÚBER BANQUEZ MARTÍ EZ, procede a realizar un análisis de la prueba testimonial el cual le ermitió sostener:

ÚBER ENRIQUE BANQUÉZ MARTÍNEZ alias JUANCHO DIQUE.

En su opinión, las diferentes declaraciones de ÚBER BANQUEZ MARTÍNEZ tiende un manto de incertidumbre que conduce indefectiblemente a la falta de credibilidad del testigo e impiden deducir, en grado de certeza, las relaciones de CÁCERES LEAL con él líder del Frente Canal del Dique, específicamente porque: ¡ En la primera versión 86 y luego ante

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