CSJ - Sentencia 35519(09-08-2012)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 35519(09-08-2012)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2012
República de Colombia Revisión N 35519
OMAR HERNÁN BdBAD!LLA MARTÍN?
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá, D. C., nueve (9)d e agosto de dos mil doce (2012). Una vez surtidos los traslados legales de que trata el artículo 224 de la Ley 600 de 2000, se ordena la práctica de las siguientes pruebas:
1. Téngase como prueba, la documental obrante en el expediente objeto de revisión.
2. Téngase como prueba la documental allegada por el demandante.
3. Conforme lo solicita el demandante, por ser procedente y conducente, recepciónese el testimonio del señor OMAR HERNAN BOBADILLA MARTÍNEZ. El objeto de la prueba es escuchar al demandante, conforme lo ha solicitado, de la misma forma versará sobre el conocimiento que tiene del señor DIEGO RAMÍREZ RUIZ a quien la demanda señala como el suplantador.
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Corte Suy u. 2 Justicia
2. Con el objeto de determinar la piena identidad de los señores que se identifican como OMAR HERNAN BOBSADILLAMARTÍNEZ y DIEGO RAMÍREZ RUIZ, se libra la misión de trabajo al Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación, quien para tales efectos deberá realizar las siguientes labores: El investigador deberá desplazarse a las cárceles de Picaleña en Ibagué y de La Mesa, con el objeto de recaudar toda
la información que, en dichos establecimientos tengan OMAR HERNAN BOBADILLA MARTÍNEZ y DIEGO RAMÍREZ RUIZ, tales como reseñas, fotografías, huellas dactilares, datos biográficos. De la misma forma se trasladará a la Registraduría Nacional del Estado Civil, con el objeto de allegar las correspondientes tarjetas alfanuméricas y cartillas dactilares. Igualmente, si lo considera necesario se trasladará a la población de La Mesa, de donde al parecer son ornundos los mencionados señores, con el objeto de recaudar información sobre ambos. República de Colombia - " lomb1a Revisión N 35519 OMAR HERNÁN BOSADILLA MARW Corte Sup. M «2 Justicia Una vez recaudado dicho material y el obrante en el proceso, tales como diligencia de indagatoria, diligencia de aceptación de cargos, fotografías, firmas, se realizaran los estudios técnicos correspondientes (cotejos de huellas, de firmas, de rasgos morfológicos o biométricos etc.) con el objeto de determinar la pilena identidad de ambos y establecer quién es el individuo que estuvo privado de la libertad, se acogió a sentencia anticipada y fue declarado responsabie, o descartar si ésta corresponde en realidad a quien se hizo llamar OMAR HERNAN
BOBADILLA MARTÍNEZ.
Se le concede un término de veinte días a partir de la correspondiente designación. /
WAS BUSTOS MARTINEZ
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OMAR HERNÁN BOBADILLA MARTIN?
Corte Su . «2 Justicia NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria /?Ígfáj /¿>L/ /