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CSJ - Sentencia 37282(25-09-2013)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - Sentencia 37282(25-09-2013)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2013

PEE = J FCasación 37282

HENRY EDUARDO BAQUERO BAQUERO Éf ,¿…r_/ s

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente: JAVIER ZAPATA ORTIZ Aprobado Acta 4 317

Bogotá D.C., septiembre veinticinco (25) de dos mil trece (2013) VISTOS: Determina la Sala la posibilidad de adicionar el auto del 28 de agosto de 2013.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES: Á través de la providencia mencionada, la Corte examinó en su aspecto formal las demandas de casación presentadas por el apoderado de la parte civil y por el procesado HENRY EDUARDO BAQUERO BAQUERO. Frente a las dos concluyó que no debían admitirse pero en la parte resolutiva sólo se hizo referencia a la alilegada por el segundo a nombre propic, en su condición de abogado.

Es claro, de acuerdo con lo anterior, que se omitió en esa decisión incluir en la parte resolutiva la determinación de no admitir la demanda de la parte civil, la cual fue debidamente fundamentada y anunciada en sus motivaciones. En | ", Casación 37:2825 — HENRY EDUARDO BAQUERO BAQUE/_; 7 consecuencia, se corregirá esa equivocación adicionando erí lo pertinente el auto del 28 de agosto pasado. En virtud de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE: ADICIONAR la providencia dictada por la Sala el 28' de agosto de 2013, en el sentido de INADMITIR la demandal de

casación presentada por el apoderado de la parte civil. T ,

NOTIFÍQUESE MPLASE. |

JOSÉ LUIS BA ELÓ CAMACHO N . 37:f" .,

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EUGENIO ERNÁND%XRLIER MARIA ?EL ROSARIO$ÚZÁLMEUÑ OZ

Casación 37.282

HENRY EDUARDO BAQUERO BAQUERO/ 7

Eal —//

GUILL MO SALAZAR OTERO

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria

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