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CSJ - Sentencia 38266(27-02-2013)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - Sentencia 38266(27-02-2013)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2013

% —_ M7 - Y República de Colombia £ Revisión 38266 C/. Omar Sosa Monsalve Corte Surrema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente Luis Guillermo Salazar Otero Aprobado Acta No. 060 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de febrero de dos mil trece (2013) ASUNTO Se prenuncia la Sala sobre la viabilidad de _lademanda presentada mediante apoderada judicial por el condenado OMAr SOSA MONSALVE, en ejercicio de la acción de revisión, contra la sentencia de segunda instancia proferida el 21 «le septiembre de 2009 por el Tribunal Superior de Bucaramanga, con fundamento en la causal 3 del artículo 220 de'la ley 600 de 2000. a o República de Colombia : Revision 38266 C/.l Omar Susa Monsalve Corte Suprema de Justicia HECHOS Y ACTUACIÓN En la sentencia de segunda instancia fueron relatados de la siguiente manera: i o] “El día 20 de marzo de 2002, ap-roxínmdamenfe a las 8:00 p.m., . lo . . Rafael Jarmes Torra, entonces Tesorero de la Subdirectiva de Barrancabermeja del Sindicato de Trabajadores Unitón -Sindical Obrera (LSO), y su sobrino Germán Augusto Corzo; salieron de su residencia ubicada en la calle 56 No. 21-17 del Barrío Torcoroma del municipio de Barrancabermeja, en y! velículo Toyota Land Cruiser de placas EjC-314 del propiedad de la Empresa Colombiama de Petróleos ECOPETROL, siendo

asesinados instantes después por varios sujetos armados que se movilizaban en motocicletas, quienes dispam1í0n en contra de Jaime Torra y de su sobrino”!. | | + | | _» El 9 de marzo de 2007, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga ¡condenó, entre , i | otros, a CMAR SOSA MONSALVE corr|10 autor de los delitos de homicidio agravado y sedición, sentencia . _ | impugnada por su defensor y confirmada “l 21 de | N ? Sentencia del ?1 de septiembre de 2009, Tribunal Superior de Bucaramanga; folio 49 de las copias de la actuación. ! República de Colombia ' Revisión 382606 C/. Omar Sosa Monsalve Corte Suprema de Justicia septiembre de 2009 por el Tribunal Superior de esa misma ciudad?. LA DEMANDA DE REVISIÓN Se fundiámenta en la causal 3 del artículo 220 de la ley 600 de 2000, porque surgen hechos y pruebas nuevas que determinan la inocencia del condenado. Según la demandante, la prueba que proviene de las mismas personas que ordenaron y participaron en la muerte de Jaimes Torra, esta tuvo origen en la guerra que sostenían los distintos grupos armados al margen de la ley y ejecutada por miembros de las AUC por mandato del “Comandante 707 Advierte que así se desprende del relato hecho ante la Unidad de Justicia y paz de Bucaramañga por alias “Gavilán”, en el cual alude a los motivos y las personas que participaron en el homicidio, señala que SOSA MONSALVE

era integrante de las AUC y conocía la lista de quienes serían Iejecutados, sin que en el compfometa la responsabilidad del acusado. Resolución del 29 de abril de 2004. República de Colombia 1 Revisión 38266 C/!Omar Sosa Monsalve . Corte Suprema de Justicia | Expresa que como se trata de un desmovilizado obligado a decir la verdad, su versión merece “gran credibilidad”, De otro lado, manifiesta que Rodrigo Pérez Alzate alias “Julián Bolívar” en su versión, reconoce que la muerte de Jaimes Torra ejecutada por las autodefensas bajo.su mando, fue ordenada por su influencia en los grupo's subversivos. Igualmente aduce que los partícipes directos Luis Fernando Muñoz Mantilla y Luis Fernando Calderón Calderón, cuyas declaraciones “gozan de toda credibilidad”, no hacen mención a la participación de SOSA MONSALVE e11'_i los hechos. Conforme con ellas, concluye que el acusado no Jeterminó el homicidio de Jaimes Torra y que el mismo fue ejecutado por razones políticas y no económicas según se afirma en el fallo cuya rescisión pide. CONSIDERACIONES | De la revisión se tiene dicho que no es una irñpugnación más como tampoco es una instancia| adicional a las ordinarias que permita reabrir los rdebatgjes jurídico probatorios agotados en la oportunidadí procésaí debida, sino un mecanismo excepcional que procede por los República de Colombia Revisión 36266 C/. Omar Sosa Monsalve — Corte Surrema de Justicia

motivos expresamente señalados en la ley, en guarda de la seguridad jJurídica como principio y fundamento para asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo er: el Estado Social de Derecho. Cuando se acude a la causal 3 del artículo 220 de la ley 600 de 2000, es imperativo demostrar que los hechos o las pruebas que tiendan a establecer la inocencia o inimputabilidad, no fueron conocidas ni debatidas en el proceso, para dar curso a la demanda mediante la cual se busca «juebrar la res iudicata que ampara al fallo judicial. Es el carácter ex novo, su conocimiento con posterioridad a la finalización del debate probatorio, y su idoneidad probatoria o fuerza persuasiva que conduzca a establecer la inocer-“ía o la inimputabilidad del condenado, las que hacen procedente la causal de revisión citada. Tales ¡gfnesupuestos no se cumplen en la demanda. En efecto las versiones de Wilfred Martínez Giraldo alias “Gavilán”, Luis Fernando Muñoz Mantilla alias “Chito” y Luis Fernando Calderón Calderón no son nuevas, en tanto fueron oídos en indagatoria en el proceso adelantado a

SOSA MONSALVE.

A A . ; l p “ E AEATeT T a f - 1 6 É .. » Repúblicad e Colombia Revisión 38266 C/. Omar Sósa Monsalve Corte Suprema de Justicia En la sentencia de primera instancia se señala que “Aunque WILFRED MARTINEZ GIRALDO hubiese aceptadloos cargos e intentara librar de responsabilidad a los demás procesados stu

versión no tiene eco para el Juzgndo pues denota un interés por encubrir a los demás, inchiso al momento de señalar a los otros supuestos copartícipes r10 aporta datos suficientes de los mismos lo que hace . pensar que son sólo unos amigos tmaginI arios”.— Y en la de segunda grado se expresa que su versión “no guarda coherencia con los demás medios probatorios apr¿cindos en el sumario, ni genera certeza su dicho, dado que no aporta datos precisos del lugar donde se celebró la reumión donde <v acordó la muerte de Rafael Jaimes o acerca de los demás participantes, denotando mterées de encubrimiento con los otros procesados, y desconoce que su vinculación al sumario fue con .b¡isc en los mismos elementos probatorios con los que fueron vinculados los demás procesados”. En esas circunstancias, la pretensión de la¡demandante es la de reabrir un debate probatorio agotad¿3 en el escenario natural, en el cual ninguna verosimilitud áe le reconoció a la versión del “Gavilán”, sin que ahora sea suficiehte¡ su versión en justicia y paz, para que por este hecho y sólo Epor ello se le reconozca “gran credibilidad”. ] República de Colombia Revisión 38266 C/. Omar Sosa Monsalve Corte Suprema de Justicia Desde esta perspectiva, la revisión no está establecida para discutir la valoración probatoria de las instancias y por esa vía imponer la que no fue acogida en ellas, con una versión que sin tener el carácter de nueva no hace más que repetirhechos rechazados en la sentencia. Tampoco son nuevas las afirmaciones de Muñoz Mantilla y

Calderón Calderón, según las Cu_ale5 SOSA MONSALVE pertenecía a las AUC, porque su colaboración con las autodefensas mediante su financiación y promoción quedó establecida con los testimonios de Harvey Omar Londoño v Anubia Gárcía, conforme lo concluyera la juez de primera instancia. Tales testimonios ratifican lo que ya se sabía en el proceso, lo mis.no que la versión de alias “Juliáón Bolfvar” reafirma que la muerte de Rafael Jaimes Torra fue ordenada y ejecutada por las AUC, respecto de lo cual ninguna duda hubo en el proceso. Incluso el móvil político que con sustento en esas versiones cita la demanda, fue rechazado en la sentencia en la que se consideró con abundante prueba “que los motivos que llevaron al asesmato del dirigente sindical fueron de carácter económico República de Colombia Revisión 38266 C/. Omar Sasa Monsalve '¿:gí¡?=—¿ | Corte Suprema de Justicia como acertadamente lo determinó la juez de plLm'¡.em-iustm¡cia”, ya que el condenado por los tropiezos que la actividad de la víctima le causaba a su empresa, decidiói “asociarse con la orgamización armada ilegal de las autodef!ensas lLnidas de Colombia, donde militaba su amigo altas Seten bi3, quien se encargó de materializar a través de sus subalternos la orden de Omar Sosa”.” ; En esas condiciones, ni la prueba es nueva ni tiene mérito suasorio, porque los hechos referidos por; cada uno de los

testigos cuya versión se aporta en un cd, €uer0n discutidos E | en el proceso, algunos aceptados y otros re|chazados. Esto es, se estableció que SOSA MONSALVE';L"OIaL701"3bE1 con las AUC, que estas ordenaron y ejecu%ar0n la orden de matar a Rafael ]áimes Torra, determinada no por su labor sindical sino por los problemas que |su imtervención generaba a la empresa del condenado, temas que se reitera | fueron objeto de amplio debate al interior del respectivo proceso penal. La Sala desde esta perspectiva inadmitirá la demanda, porque no se satisfacen los presupuestos de la causal invocada que permita disponer su trámite. República de Colombia Revisión 38266 C/. Omar Sosa Monsalve — …'._;; ? T u )í¡ E - i Corte Suprema de Justicia Por lo expuesto, la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA | RESUELVE Primero.- Reconocer personería para actuar a la doctora Ivonne ¿ohanna Quintero Ballesteros, en los términos y para los efectos del poder conferido. Segundo.- Inadmitir la demanda de revisión propuesta medían.i:e apoderado judicial por el condenado OMAR SOSA MONSALVE, por no darse los supuestos requeridos por la causal invocada. Contra esta decisión procede recurso de reposición. h ////fí

TA OSEI,£ONIDA5 BUSTOS MARTÍNEZ, 28 FEB2003 - . — — r - 10

República de Colombia - Revisión 38266

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