CSJ - Sentencia 40553(18-12-2013)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 40553(18-12-2013)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2013
Revisión No. 405533. Arturo Vargas Nucci. G . £¡
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA .
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente:
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ .
Aprobado acta No.431 , Bogotá, D. C., dieciocho de diciembre de dos mil trece. - Los Magistrados doctores José Luis Barceló Camacho, Fernando Alberto Castro Caballero, María del Roá%rio González Muñoz y Luis Guillermo Salazar Otero se declgran impedidos para intervenir en el trámite y decisión de esta acción de revisión, por haber suscrito el fallo mediante el cual la Sala decidió no casar la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Bucaramanga el 11 de julio de 2011, que condenó al procesado ARTURO ENRIQUE VARGAS NUCCI por el delito de peculado. Como la razón expuesta por los Magistrados mencionados se halla consagrada como causal de inhibición en los artículos 99.6 y 228 de la Ley 600 de 2000, estatuto aplicable al caso en virtud de la fecha en que ocurrieron los hechos, la Sala aceptará el impedimento manifestado por ellos y dispondrá su separación del conocimiento del asunto. Revisión No, 40553, Ariuro Vargas Nuect. En relación con el impedimento manifestado por el doctor Javier de Jesús Zapata Ortiz, quien también suscribió la sentencia de casación, la Sala se abstendrá de pronunciarse por haber dejado de pertenecer a la corporación en virtud del vencimiento del periodo.
En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
RESUELVE
1. Aceptar los impedimentos manifestados por los doctores
José Luis Barceló Camacho, Fermando Alberto Castro Caballero, Mariía del Rosario Gonzalez Muñoz y Luis Guillermo Salazar Otero, y ordenar su separación del conocimiento del asunto.
2. Abstenerse de pronunciarse sobre el impedimento manifestado por el doctor Javier de Jesús Zapata Ortiz.
Contra esta decisión no proceden recursos. — ñ —
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. /
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