CSJ - Sentencia 41144(12-06-2013)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 41144(12-06-2013)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2013
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CASACIÓN 42114
l AVIER ALONSO CEE RÓN GU…. ERO
CORT—E SIUTPRTAA|
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Wagis treda Pcenente:
MARÍA DEL EOSARIO GONZÁLEZ MUÑCZ ¡ Anat obEa doT Acta o 170.
SToag ria DD.CO. , jukrriedon doce (m2j AdALe cos miiT mir ece 2| 0153|E ¿ E vincara eeu d 1.;—=L E EE Oorrea espondería a la Sela prominciarse sobre el recurso de casación imnterp acusado JAVIER ALONSO CLJRON GUERFERO, contra el fallo de segundo grado proí r1c.o por el Tribunal £ €¡I'101” de Bogotá el 31 de enero del año en curso, medionte el cuai confirmó la condena diss pnuestAa contra el citadeoe cuda¿an » por el Juzgado Vemticine a2 del Crcuito de la m í:,m,¿ ciudad, como autor penaimente responsable del delito de homicidio culposo en Flor Alba Lagos Lagos, de no: “ ser porque se advierte 1na causal a de extinción …º: la ac ción penal. Aproximac2a mente a las
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_CASACIÓN 41144
JAVIER ALONSO CERÓN GUERRERO i
| I 1 n de la carrera 65, cuando JAVIER CERCN comducía el vehículo Renault 9 de placas GOC 6492, atrongiló a las c
señoras Fior Alba Lagos Lagos y £ngela Marceia Lago Madero, a consecuencia de lo cual la primera faHe— 10 sei: días después en la Clinica Shaio. - En audiencia realizada el 23 de enero de 2099 ante eil Juzgado Cuarent s M v - N[ e Ó T a sa B =- [ - e U[ a a ah AA ; » rentías de - Piscali mación de control de garantias de Fogctá la Fiscalía imputó a CERÓN CUERRERO la comisión del ldelito de Presentado el escrito de acuanción, el 21 de abril s a corresporndiente audientia, en | d . e 5 ]o h ah Q "».í < Q —E a0 o e cual la Fiscelía insigdió en la imputación del resrión punible contra la vida) sin que el procesado la actrtera, Surtido el debaté oral, el Juzgado Veinticinico Penal _ del Cirevito con 1&13.—L..í031€s de conocimiento de Eogotá ! profirió fallo el 21 de ..¡.:—,pí_mm“ re de 2012 por cuvo medio , : Ea condenó a JAVIER ALONSO CERÓN a la pena pribcipal de ¡ treinta y des (32! meses de prisión y mula pbr …t 56 ¿ salarios mínimos legales mensuales, y a las accesori as s de ¡ ¡ : inbatilitación rara el elercicio de derechos y funcio, nes l |:' " públicas Dor el miso lapso, y priveción del derechc a| ¡ i + a : PE — — -
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| - | ! | CASACIÓN 41144
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JAVIER ALONSO CERÓN GULRALRO f
¡ | | || | onducir autemoteres por cuarenta y echo (48) meses, como auter penalmente responsabie del delito objeto de a acusación. En la misma providencia le fue roncedida la . | suspensión condicional de la elecición de la pena. E Ixzopugnado el fallo porl el delensor, el Tribianal | Superior de LHogotá lo conúrg:y proveido del 31 de enero de 2013, decisión contra la cual el mismo 5mg…0 mte:puss recurso extraordinario de Luego, junto con su renresentado aportó tin escrito [ ] de - | | en.el cual solicita la cesación de kwrocedimiento ¡nor 7 '-""r'¡q Visnibc Te " 7 Es Ne / 4 1 He " ] : H ! zeción mtecral. danco aniicación favorabile al demmizeción 1n CONTAL, GAanto ADICACIÓN AVOTREDEO - "gt artículo 42 de la Ley CCO de 2007, según antececente jeureis|pru denciiaall del ; 13 de . abrEil de 2CiTiY, dIeany tro - d4 el radicado 3594A, para lo cual amnexa un conirato de transacción o y las personas reconocidas :5 a e '3, JT aOe )a Q ¡L D'¡' LC ]na[ | como víctimas en este diligenciamiento, quienes. de comán acuerdo cdecidieroni que el meonto de la
indemnización fuera entregado a Planca LTiIlOi a Lagos Lagos c imenhi ante K-C os pago_s. Con posteroridad, a instancia de la Mamstrada Ponente, la mencionada ciudadana informó por escrito ; E 1L Ea J
CASACIÓN 47144
JAVIER ALONSO CERÓN GUERRE—R O que “JAVIER ALCNSO CERÓN GUERRERO cumplió lo 4 awr¿ís_.ríg en el contrato de transacción aportaño por uera de texto), y a su vez, el defensor
TEO ENE
PE “'=-. ComVeo imn icialdm ente. se dipjo , sesr ía dTeall caesa o c.u e l. a Sai1 a acometiera el estu ser porque aidviaer te qflio c se —pr esen+t a una caons al ol d1e ex= tinciAó n a-+ e la aP tciEón pemn al, c—o mo rac to seeglu: do s“ )é EnefDea ct-o , con - posicri"- oriAdnad a cuendo la aAaoEt uacióYn ieng resó a al dleasup aciToaa paarea rd esoljvuerarr saonb re 7l a adAm isbibei l ; , del recurso ertraordinario de casación, el abogado del acusado y éste allegeron un escrito, en el cual|soliciian abilidad la arlicación del artículo 42 de la Ley Cs 2000 a este esunto gehornado por En sustento de u pretensión apertan un|contrat a)) a [ de transacción suscrito entre JAVIER ALONSO CERÓN
como deudor y Maríd Julia Lagos de Lagos, Luis Ányel, T a RM R R A N -
— , i _CAS! ACIÓN 41744
LAVIER ALONZO CERÓN <..U'f'RR…RO
( Wililam IHernando, Mariela, Blanca Lilia y Luz Mireya Lagos Lagos, en el cual aquél 5e compremete a cance elar la suma de treinta millones de pesos ($30.000.090.0c) a;3r concepto de indemmnización integral por los pºmu¡c' derivados del fallecimiento de Fior Alba Lagos Lagras, documento en el cual se precxsar'1 las fechas de los pages ] Según ya se advirtió, con! posterioridad Blanca L…a Lagos Lages envió una comun 1 ción a esta Colematira, sumas acerdadas, posición avalada mediante memerial . a . Entanres, previo a resolver la petición ei….…—;a de maneracon— funtY abe por e - l d -e :_.j '4“e nser rY Ty s eo u pat +r os ina -d '1o , diigida a que se extingd la acción penal por - . ! recordar que eate ed i )3.'x p r j e sa e m E D indemnzación intes instituto no aparece EXpresen ménte reguiado en la L.t;",í '3 ki 2000, circunstancia amie B¡3… cual los peticionaros E [ Lavirtud del principio dae P , ee C3 EPTECaA Su .. AMi¡ic aciI1OAN EÉ— fEaav oratilidad t dde a? la ley pd enal.3
En efecte, en la Ley 975 de 2O4 see aborda le '“U ra de la indemmnización integral como constitutiva de íu11a causal de nrocedencia del principia de cportunidad, según aparece en el r¿umelral 1% del articulo 324, E u7 A 14 B C.¿! |3.'1 ñr/_”-'¡ 4 1 1 4 1VP / $ Ea YEO L;J.¡¿RV h€ u—.¡u.¡xl<£¡.ñ. f2i cado noar el 1 2| d.e llsa TLeay 113 12 d1e 20Fe 0T%E , en $1.s de i + - Talita : re itare de Cdelos SOnCiOanuos principal de m ñ de seis 1Sj cños 9 Con pernil T " a - =, =_ El RE "t a, siempr-e- ¿ue " se hTaa ya r—e sar» aa5 integrsa alment7 e a l"a a avíasat ima con, acida e indeieu duaTf zad si " est+o úTtAim o no|sup cedi1ear e, <l f£u ncioen ario campUe tente pertinente a tíuic de garafiía eparación, 1:na Pública. aplicabie, igualmente, en los Esta causal es de conciarso de c0nau€; s mmibles siempre yy cuando, de forma …:'¿0…"¿…4 :-.Z, se a¿m¡53a cen los límites y las - | en. el inciso adrterior.,” de texto).
SC obr—e el parte icu No hay dudea, entonces, gue la poncieradión como cniterio auxiliar y a su vez moduiador de la actinida ClT -A procesal, immuis a a que prevalezcan los derech S dl L ; 1 y mucho más cuando un reconoci = CASACIÓN 41 144 JAVIER ALONSO CERÓN "'J¿…1:RO . quien abrió paso aí restaviecimiento del derecho, ET aué de la cescción de “Finaimente qguiere dejar | en caro la Sala gque el pmcedimíenío accabado dºf reseñar se estructura al . . I .. interierd e la Ley 620/00, pero asimismo gue nada impide que sinilares cens siceraciones y conciusiones muedan adentarse de mra al trámite de una A actuación regida ror la 1 eu S06/J4, en este LEiNt imo evento -clarao estú- c¿andr: se vean enfr enfcacs la presernipción y la simultán ea anticación de (a causal primera del artículo 324 equiadera del orincinio de . oportun i'd! ad en su mam¡€'UºN str ción de extinción de la acción penal'! (subrayas í¿rera de texto). — No obstante, de acnerdo c - 906 de 2004, modificado por el 1% de la Lev 121% de j'ºí)'3 la apticación del principlo de oporiunidad es pmce—d€nte R “hasta antes de la audiencia. de iuzgamienid, lo cual a implica que parae l actual moi nento rrocesal, cuando ya
se ha pr-o ferido fal]l1i o dJe segun: c da instancia, no resultaría ra VIarmiE, En punto de resolver la cuestión planteada;, la -orporación? conciuyó en el a ntecedeate jurisprudencia! 1 Auto de 31 de marzo de ¿CO9, Eac. 321466 6. - 2 Providencia del 13 de abri! de 20:1. Kad. 359€ 8 CASA JAVIER ALONSO CERÓN en apoyo de sus pretensione atinacamente - citado peticicnarios: so de lú especie, como ya Se s — se tratae reparación Ley 6020 de 2003, comoa cú exiinción de acción penal, para Posteriores a la audiencia de juzgamiento o ya cuarndo ha exvtrado a OraL -t ra-m itarlo scr Za l 1A Mecida EN que 5e , Según lo 1a 1i condicionamienios naturaleza del sistema acisatorio, s e Ta 20 CU AELIMETUO aS no istacor al trapiementario”, r ACIÓN 1i4 4 CUERRERO O, de le que tablecer si resulta proceden: integral consagrado en el vía del princnio de aportunidad, esto cump UO sólo no perdierte sino gué político 5e (“¿..¿“ÍG a sus necesidades porque resulia_ compañile d e acuair = musal d memen £oi lae juuicio y aía lo tusticia restauraliva inmerso en el
programa en tal 38.a3“1£¿ “0; sijñ o porrqau e ttaall pmreenpbáóósciittao ess lInattanetno te e2 n las isirgauiioe ntes disposinciinonnoess do2 l? a Ley . SO0N6E)N: con ecrácier de principio rectar finciso 45 dal artícula aArrttíícauildao 1I7 1 yarltí culo 2O3 m
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€; | e [ CA ¡V"¡ÓN 41 144
I¡A VIEER ALONSO CERÓN G RR…¡ ECO, | i | “De mode que, ningún cbstáculo ercuenira :a Saa PE rara aniicar en esta coyuntura vrocezal la figura de la extinción de la acción| penal por indemniza :=ó intecral, más aún si con flc solución aparecen satizfechas las demandas de justicia y verdad de la vAic iima q,u ien, p-r ecisamen.te , CoPOm o Gtorá s se reserPo, S_e U TN EO Ll .a ¡ 1En ,fe ».f --t ..a Có n Ar €_ E: n _E ¡_r -Ío c p e ..s _¡a :. J 0r:- ¡1i Cf bn jf o K ¿f1.e ¡0o !r e Cs u er f f. Z semn itAidAo de que se decíaa re | lH a e.x tinción de la acAci ón paeen a? P (fosauribbranaayr:a s rf uera de = tF e;xatxok!
TF recii sado4 lo anterior ss f_i.en e qu1 e ddee t$1T eamnp o aá.-f .ac,. ay e se. ña lado la SAal a qu" e la somli citud dla e eewxttii nciióñan de la aC('1 penal por indemnización integral puede presentarse hasta antes de que se profiera fallo dé casacións. || | E Por elo, mientras no se d |3 sobre el libeklo de casación o en tante no se decida uA mediante auto inadmitir la| respectiva demanda, al procesado le asiste la eoportunidad de solicitar la declaración de extinción de la acción penal por indemnización integr a1 y la |consecuente cesación 1 de o procedimiento, siempre y cmando acredite que cumpile con los requisitos establecidos en el articulo 42 de la:Ley 600 de 2000, esto es, que el delito corresponde a ¿ aletino de los relacionados por el legibledeor en tal precepto, íg111r5 se ha reperado integralmente eli daño ocasion …dd de 10 CA TACI /UV 21j< r VAVIER ALONÍ 50 CERÓN GUERRER 0 conformidad con el dictamen pericial — a mae: su valor o el perjudicado manifieste A expresamente haher sido indemnizado — y cque en:TO la años s.ntvaríoresn o se ha proferidó en otra. prechis ia cesación e m dificultad se observa que en esi: las siguientes circunstancias: de homicidio nT .T .b 1í- ' ….. ¡0¿._' :º, SE i b
cue le fuera dedruc did Er a caus - al a -l— mina de a ' punitiva espec " ia _ =1 : Tor: .5.L CILIZdas EN 2l la Ley 599 de 20500, es dec 1,_"' .U + iEL encuentra dentro de aa a as señalacas en el ¿m=yL 20¿0,fn rne nte r a las caulaaless es pro i1 ón nenal pori n | 1) Emntre laa s víh citim ES Ma¡ Ta Jublia Lagos wicla, Elc LT uis ÁnE giel, TaV a anca lk Xa m M7 irA eya Leges - La—g os: y el pr— ocef sad-o JAVTIEER . PCA AE RÓNE A GEU EPRNOR ENZNEOO, ! he - mediiad o acuerdo a | ea de la Á F,_ An de = ?a monto de la incsmnpización de NEO ; CeETEaCA D YY C2N4 MCTUIGL AaMT.O ar£ Saaa OcsncNesia ción mediaa¡,s-—.n--t.-'e—. º 4 TATARAD a ea T TAO ea ív_. - -:-':Sn _ en í C1.,l_)rc,…'.3 CCNnaS SC COCHOCOLEN CACNITaZo ECN ) CO O[ sación y failo de condena 7 . e ur T IC Y £7 Tr E ROk - " U o
CETCA C
3 Auto del 21 de julic de 19%8. Rad. SS60. Sentencia dcí 24 de fabrero Hel 2590, Rgd, 13?'11. Sentencia del 10 de novie: re de Z005. Rad. 2405
" E -A AA AA __ N T
Aa T dA eCASACIÓN 41144
JAVIER ALGNSO CERÓN FJFFR£ÍKO transacción aportado junto con el memorial en el cual el defensor y su asistido d€pl(l("ifl la extinción de la acción penal. i ! | Además de lo anterior, Fí¿'-;mc Lilia Lagos Lagos ha informado que el acusado <:1az.mpííó con les refericos pagos, circunstancia avalad Á por el defensor y el apoderado de las víctimes. Sobre el particular es leporífuno Tememorar que [ r prmeci so que a-t mean eraq cTira ara lEEa wip ctiHUmN a Eh aeyaa sA: 00 rAeesttaariueraard a en los peritic"i-o s s|oa.=.¿e¿uu;. —f-. PunmalmenteN ha smaeññola:l ado la COorrepnoorraecciióánó:n ;¡| 1 ! CS i uno - d-e las . mecanism— os . a Etnr avéas de los cuR ates apera esta figura, es la conciliación preprocesal, y las partes acuden a ese escenarie con Miras a legrar un acuerdo concitiatorio para superar el confiicio en el que se encuentrán involucradas, stirge incuestionabie D que si el querellaco no cu ºm;¿rº… con la pactado. no: h'tf reiaó n distinta a la de continuar con. el ejercicio d€ la
a Q acción penal. Per tanto, no es posible acimitir que en cxsos como el gue ocuna la atención de lP a Sala, es Ds 4 En este sentido pruvidencias del 21 de julio de 1993 Ras. 9660, 24 de febrero del 2000, Rac, 13711, 109 de noviernbre de 2005. Rad. 2'1b 32 5 de abril de 2006. Rad, 25137, 21 de marzo de 2007. Rad. 26581, 16 de mayo de 2007. Rad. '?o'3”>3, 13 de abríi de 2011, Rad. 35946, 18 de abril de 2012, Rad. 37316 y 30 de abril de 2013, Rad. 41927, — a S i = = i d < = _ q ra a) “ s E 4 S — C O .m.…,._ r [ = = T _P… — A e V , . E 5 e = 2 9 q E 2»1 — = 6; 7 E E - W : 2 e LA = = —5 _ S$ = D. . E S S v 5 % “ m m - S - — ( 2 B Sa U p ha B 8 N N 5 “ r¡… E 3 Ta > d a E [ % u£ —y — par = …...u… a < S o P Fwl¡... U m s S —. X . S 0 T - E eS m "a 1L S 7 S c - U m " £ . E53 …… E £ d É E A |- WL 9 E E d u 5 _E U B a .h 9 + a E E S + S a1u — E
S a , e m [ a d.mM …HU.… _ $ s D 3 3 h o e S — d a G 7 n.…… e , “ S Ea = 9 ú 6 Ea _ O < 3 — ha E P e fa 0 E Y a y 10 o N e ¡ w j - — O O Q S e 7 9y ET TS <¿ S Ne 5 4E £ E o M 8 - n S e Sa 3 es 3 …w….… [ S D SB o ) - S M_.._ _ p N p o ev O v ? yo I 9 _£ - E .u … 2a m T D A A . _ 8 5) V> Y j 3 S Ó " [ D SQ £ PW n….… y ú E 3 2 8o0 e 2 …… Ea A A ) £ U ,..w 5 RH % H o s S V S£ A E £ - . S E S l c x -Q = Z_ Ea . S IL… Qu. D S £Z E G d. s _Z7 E E L B R S.- M R EE a d e : s" ( .n.… e e F N- :.U. wEend () F E E .W: 4 e y A 9 R S1 . t a eN …n… , _ E ca —A O ON S £ E 1…….… 3 $S EG _2 s “ N d m E T y A % 9 E “ e ra E ….H…J Ea e N A Y Y ) c sA T S (a E SS a SE ……O… ] B S 9 = Ta SE o s xy s ….,…w ; H S — o= $ r_ 7 [++] T Ev T g E
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- _ L 13 CASACIÓN 41144
JAVIER ALCNSO CERÓN GUERRE??G | f | — ! convenido, la aspiración d|k: la víctima a obtener:la reparación del agravio ecasionado con la conducta punible, se toma inocua"5 (subrayas fuera de texto). |I i) No obra en el dííig& ciamiento anoctación alguna en el sentido de que en contra del acusadose haya proferido resolución ín'híbítoria preciusión de la mveºhg…c¿on 9 cesación par este motivo, dentro de los 5 años anteriore i HNo cbran en con Ia del procesado CERÓN | l GUERRERO antecedentes penalesó A m dA A T v; Nosc ha proífenrdo en “este agunto auto > par cuyoa
medio la Sala inedmita la af;-11¡¿anda_ de caseción y tanto l u nehños, se ha dictado fallo OL1£ resuelva la mencionada w . .. N . . . imvugnación extracrdinaris intermiesta por el defensor Asi las cosas, aduería la Colegiatbira que se encuentran cimpidas las £-33¿ ricias disouestes en el , , ¡5 ;… , artículo 42 de la Ley 690 de 2000 para deciarar que se encuentra exiinta la acción penal derivada del …í—º¿to de homicidio culposo por el cuales fue acusado JAVIER 4 £LONSOI CERCÍN DOor tanto, se imuone decret .¿1' la ? cesaciódne l precedimiento adelantado en su contrá de S Providencia del 9 de sepiiernbre de 2009, Rad! 321960 6 Cfr, Fol, 160 c,o, No, 1. ; _h... CAA )….C: f ku.r JAVIER ALONSO CERÍÚ EN GUERA conformidad con lo Deu lo aquí7 deciSdail do debe iM nfoTAr marsm e -a1l Ce ntr— o ed e Informació1A n Sobre ……….n?T.e…7… ……&m……m…… Delií ctiPva s (CTIA SAD] d4e Tla Fiscaliía Ceneral de la Nación para los fines señalados n el incisa 39 dal w.…,m»n…c……o 42 de la Ley 600 de S000, | ¿V Resta scñ —a lar Ku Te E s 2e 3rá d _e l r Fe As Oor te -de l ju Ee Oz d .e
primera instancia proceder a la cancelación de Iba y eol í , . d courapromisos ma……r….…………m$ por el incriminado en rezón doeste diligenciamiento, End méritD o - dae lol expti"e stc, la CORTE:Jf SU TF E RE T MA=7 DE _
J.S. USe TUaIbedC IA, SALA DE J%aw<…©¿ PE¡N AL,
“ RESUELVE
_ … i- . DE. CL= ARAR extinta por indemni— zaci...óu n iTn tegral la acción penal derivada del delito de homicidio culposo pore l cual se acusó m…._… procesaco JAVIER ALONSO CERÓN . — — .. GUERRERO, de conformidad con las razones co1 Isi, gnad-e en la anterior motiveaci on. 3 DECERIETAR , EN consecuencia, la cesación del prececiimiento — adele ntado — contra el me h aT yIRO l a ] . o a .. AP 15
CASACIÓN 41144
JA VIER ALONSO CERÓN GUERRERO cudadane, según los providencia. 1 1 |
3. EEMITIR copia de esta nrovidencia al Centr m Sobre …cuv1&ades Delictivas (CISAD] de la de iniormació Fiscalía General de la Nació ón para los fines legeles de su imnterós.
E“, — PRaA ETAC iGATA R TO qu' e ccm;r c|&3|- .;aon-au., .-: al FERj uez Aad e prTimNeAr a instencia proceder a la cance ja I ción d +e los f“0mrf¡01=1¿bº'; .
adquinidos por el procesado en Trazón de ests dilizenciamiento Cópiese, notifíques crigen. d — J'I—:?”' F_Z_T&-¿&3 R“:á£í .Í£'íº'iíl"l$ EE E | f “ meni?a3 _y =¿;N »AWºº “l' ?7 …£zrf ::3?- …“w , l s mélvese el Tribunal: de FER= i'º'! = Ea ENr :¡M.f1“ I'L;ñE': =Lj '“¿,;:' i TRENO AEO CASTACCOARALLIES " .. na ¡ ;r 'i-r"fºz..;E —_ —-=-==—2-0—00' :'; aa A 7 d A U < CAf.' U-i… B a L Sm w"ífu — M ALONERE.Á7 T"“.,n A [ ¡í N Y
18 CAEACIÓN <1l:
JAY: CNSO CERÓN GUE P y VIER ALONS J UUÍ.'JÍ'Í.-_¿- — " J¿—'<n; . TE - =£? tfM" f¡' ,>Z_.f… ¿_,B S e ' ) y iU í/f::" " EA J SELAZAR CTEREO 6 __.__, — -v...____¡__u_K ¿ h—_—.—_““—-——______i_ — _?1XNK…H"X' l X »/jffí'“ t's ;/f¿£¿ºf¿¿…l "/ 'j) y7 NUBI 1 VLAN DA NOVA £;?í;£CZN"
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