CSJ - Sentencia 41253(25-09-2013)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - Sentencia 41253(25-09-2013)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2013
oo CASACIÓN_N" 41253
LEYLA YOLIMA ORDÓÑEZ MERA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrada Ponente:
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ
Aprobado Acta No. 317. Bogotá D. C., veínticincd(25) de septiembre de dos mil trece (2013). ASUNTO Se pronuncia la Sala en relación con el 1mped1mento presentado por el doctor EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER con fundamento en la causal prevista en el artículo 56 6 de la Ley 906 de 2004 para conocer del recurso extraordmar1o de casación instaurado por el defensor de LEYLA YOLIMA ORDÓÑEZ MERA. i ANTECEDENTES RELEVANTES Mediante sentencia del 28 de febrero de 2013 el Tribunal Superior de Bogotá, en Sala de Decisión Penal integrada por los doctores SARA CEPEDA DE NOPE, GERSON CHAVERRA CASTRO y EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, al desatar la apelación interpuesta por la Fiscalía y el Ministerio Público, revocó la absolución proferida el 29 de agosto de 2012 por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de la misma
CASACIÓN N" 41253
LEYLA YOLIMA ORDÓÑEZ MERA J sede y, en su lugar, condenó a LEYLA YOLIMA ORDÓÑEZ — MERA, como autora responsable del delito de rebelión. Contra la decisión de segundo grado el defensor del procesado interpuso el recurso extraordinario de casación, por
- cuya razón el proceso se remitió a sede de esta Corporación. La “actuación se encuentra pendiente de resolverse sobre la admísión de la demanda.
El pasado 18 de septiembre de 2013 el doctor EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, recientemente designado Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y quien entró a regentar el Despacho a cuyo cargo está el presente proceso, se declaró impedido para conocer de este asunto con fundamento en lo dispuesto en el numéralo 6% del articulo 56 de la Ley 906 de 2004, por cuanto integró la Sala de decisión que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra el fallo absolutorio de primera instancia. CONSIDERACIONES DE LA SALA El numeral 6 del articulo 56 del ordenamiento procesal en cita erige como causal de impedimento la siguiente circunstancia: “Que el funcionario haya dictado la providencia de cuya revisión se trata, o hubiere participado dentro del proceso...”. u 3 CASACIÓN N" 41253 LEYLA YOLIMA ORDOÑEZ MERA La norma ordena separar del conocimiento de las actuaciones penales a los funcionarios que hayan intervenido en la adopción de la sentencia objeto de escrutinio 0, en general, hubiere participado dentro del proceso. La finalidad de la disposición es garantizar que quienes tienen la función de administrar justicia obren desprovistos de toda circunstancia que ensombrezca su objetividad y ecuanimidad. Resulta indiscutible que el H. Magistrado EL[GENIO FERNÁNDEZ CARLIER se encuentra en la hipótesis regulada por el precepto en mención, pues ciertamente suscribió la
sentencia de segunda instancia, que es ahora objeto del recurso de casación por parte de la defensa. Por tal razón, obligado resulta concluir que el criterio del Magistrado en alusión se encuentra comprometido y su imparcialidad afectada para pronunciarse en torno a la impugnación extraordinaria en cuestión. En consecuencia, se declarará fundado el impedimento expresado por el H. Magistrado EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, como consecuencia de lo cual se dispondrá su separación respecto del conocimiento del presente asunto. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, 4 CASACIÓN N 41253
LEYLA YOLIMA ORDÓÑEZ MERA
RESUELVE
1. ACEPTAR el impedimento manifestado por el H.
Magistrado EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, de conformidad con las razones consignadas en la anterior motivación.
2. SEPARAR, en consecuencia, del conocimiento del presente asunto, al Magistrado cuyo impedimento se acepta.
3. PASAR en compensación un proceso de las mismas características del despacho de la doctora MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ al despacho del Magistrado ' EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, para preservar el equilibrio en el reparto, según acuerdo de la Sala.
Comuníquese y cúmple
JOSÉ LEONIDJ USTOS MARTÍNEZ
JOSÉ LUIS B ELÓ CAMACHO .7 5 CASACIÓN N” 41253
I LEYLA YOLIMA ORDÓÑEZ MERA
O SALAZAR OTERO d:$-—-—
UBIA YÓLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria U | 25 6EP 23 a