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CSJ - Sentencia 42228(16-09-2013)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - Sentencia 42228(16-09-2013)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2013

Repúb]i<1a de Colombia Defim'ci(<n de competéncia Rad. 42228 —F = !;E Arturo Enrique Gómez Melo N Ta Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

P

  • Magistrado Ponente

Luis Guillermo Salazar Otero Aprobado Acta No. 309 Bogotá, D.C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil trece (2013) ASUNTO Procede la Sala a definir la competencia para conocer del proceso adelantado en contra de ARTURO ENRIQUE GÓMEZ MELO por el delito de contaminación ambiental, de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 906 de 2004. HECHOS El 21 de marzo de 2013 funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigaciones se encontraban realizando actividades en el cauce del río Bogotá a la altura de la vereda Quincha del municipio de Villapinzón, instante en que se DTT - e rRepública de Colombia Detinición de competencia Rad, 42228 ME . - 3”%?—… Arturo Enrique Gómez Melo RZ a a Corte Suprema de Juslicia $ ] | percataron que de un inmueble donde funciona una curtiembre denominada Móénaco, se generaba una defscarga directa de aguas residuales industriales al río B¿gotá, aguas que por &%u color y apariencia indicaban que ¡ contenían sustancias que afectan el medio ambiente, de la cual recolectaron múestras para ser sometidas al 1 . - correspondiente análisis. i ! EF 11 de abril siguiente se practicó inspección judicial al

. .. inmueble en mención! encontrando en el ]ugar cuero húmedo procesado, bombos para el curtido y tanques con gran cantidad de agua ,residual, además que se estableció ¿ : que el sitio no contaba ton planta de tratamiento de aguas residuales. El 17 de abril se allegó el resultado del análisis practicado f | | o a las muestras tomadas al vertimiento generado por la ¡ curtiembre, en que se indica la contaminación que causan. ! 1 | ANTECEDENTES El 29 de mayo de 2013, la fiscalía imputó a ARTURO ENRIQUE GÓMEZ MELO el delito de contaminación ambiental, cargo aceptado por el imputado. | I | | | b " TA .. a ! " be as + FU aa= :';¿Ahr E r¡¡ - - 3 República de Colombia ra Defimción de competencia Rad. 42226 Fe Arturo Enrigque Gómez Melo £ E N E hTa Cortc Suprema de Justicia El 25 de junio siguiente la fistalía presentó escrito de acusación y en desarrollo de la correspondiente audiencia - .. adelantada en el Juzgado Treinta Penal del Circuito con funciones de Conocimiento de Bogotá, el representante de l la Fiscalía General de la Nación impugnó la competencia del despacho, en atención a que, según lo puso en ' | conocimiento del centro de servidios judiciales al radicar el escrito de acusación, los hechos ocurrieron en el municipio ! de Villapinzón, por lo cual la competencia corresponde al Juez Penal del Circuito con funcignes de Conocimiento de

Chocontá, pretensión coadyuvada por el defensor. - — ¡ N En atención a lo anterior, el titular del despacho una vez expuestas algunas consideraciones en torno al trámite de la impugnación de competencia! dispuso el envió de la actuación a esta Sala en aplicaciórr del artículo 99 de la Ley 1395 de 2010. =

CONSIDERACIONES

1. Altenor de lo dispuesto en e|LI artículo 32, numeral 4, de la Ley 906 de 2004, la Corte; Suprema de Justicia es I competente para conocer el asunto planteado, en razón a p E , y CO

H _.'¡;'z'__. HE

4 República de Colombia Delinición de competéncia Rad. 42228 l1 i'.fº"-£¿'="Íl&¡í Arturo Enrique Gómez Melo ; Nes7 Corte 5Upl'¿ln?l de Justicia que la determinación del funcionario competente involucra despachos judiciales de la jurisdicción ordinaria pertenecientes a distintos distritos judiciales. l | | 2.| El artículo 42 de la mencionada normatividad, hace I referencia a la competencia territorial y señala que el territorio nacional se divide para efectos de juzgamiento l en | distritos, circuitos y .|n'1u.11i€_ ip105. A:su vez, el artículo 43 del mismo ordenamiento jurídico, en relación con el juez competente para adelantar el Juzgamiento, dispone: 4 1 “..¡'Í.Es competente para ,conocer del juzgamiento el juez del Zuúgar donde ocurrió el de-lh'to.

| l “ Cuando no fuere posible determinar el hugar de ocurrencia d¿22 hecho, este se hubiere realizado en vanos lugares, en uno incierto o en el extrc£njero, la competencia del juez de cc15nocz'miento se fija por| el lugar donde se formule acusación p¿::r parte de la Fiscalía General de la Nación, lo cual hará donde se encuentren los elementos fundamentales de la acusación. “.?...Las partes podrán icontrovertir la competencia del juez únicamente en audiencia de formulación de acusación...”. Ui 4 í Definición de conmpelencia Rad. 42228 Arturo Enrique Gómez Melo Así las cosas, corresponde determinar en qué lugar del territorio nacional tuvieron lugar los hechos que se atribuyen al imputado, y de esta forma establecer cuál es el despacho judicial al que corrésponde continuar con el | conocimiento del asunto. Según se desprende del relato de los hechos contenido en el acta correspondiente a la diligencia de imputación de cargos y en el escrito de acusación, los hechos que dieron origen a la actuación ocurrieron en la vereda Quincha del municipio de Villapinzón, donde se recolectaron las ndao - | muestras de las aguas contaminadas industriales que estaban siendo vertidas al río Bogotá, además de haberse encontrado en el sitio cuero hú1ínedo procesado, bombos para el curtido y tanques conigran cantidad de agua residual, al tiempo que se estableció que el sitio no contaba con planta de tratamiento de aguas residuales. [ Significa lo anterior que el acontecer delictivo tuvo lugar en el municipio de Villapinzón, territorio adscrito al

Circuito Judicial de Chocontá, que a su vez hace parte del Í Distrito Judicial de Cundinamarca. . y 4 - | E — = D _ ; 6 |—3e_¡5úln!ica de Cotomina Delmición de competentia Rad. 42228 %Ú£í i Arturo Enrigue Cómez Melo E p “ - i Corte 5up1'(—:ñm de Justicia 3.: En tales condiciones, de contormidad con las normas i citadas en precedencia, resulta forzoso concluir que en el : . | . . . caso materia de estudio, en razón del factor territorial, ¡ s , corresponde al Juez Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Choc<i3.ntá conocer de la etapa procesal : . , | . del juicio, motivo por el cual el asunto se definirá ] asignándole el conocimiento de las presentes diligencias a d - | " . . dicho funcionario. 1 1 i Cóp[ iaa de este auto se en| viará Ea al Juzgado TreiLna ta P" enal del i Circuito con función d? conocimiento de Bogotá, para su conocimiento. A A A 1 1 i E _ N | — En mérito de lo expueisto, la Corte Suprema de Justicia, | Sala de Casación Penal, i Ne re y

RESUELVE

!

PRIMERO: Declarar que la competencia conocer del .. 1 | pfoceso adelantado contra ARTURO ENRIQUE GÓMEZ MELO por el delito de contaminación ambiental, radica en n . Es , República de Colombia ¡_ Definición de competencia Rad. 42226

í$¿3—¿i. " Arturo Enrique Gómez Mela

N E . TE ..

Corte Suprema de husticia el Juzgado Penal del Circuito con función de conocimiento | l de Chocontá, a donde se remitirá el expediente. ] SEGUNDO: Enviar copia del píresente auto al Juzgado Treinta Penal del Circuito con función de conocimiento de Bovotá, para su información. D , Contra esta providencia no pr ede ningún recurso. uese y cáimplase, 272800 ,á'_f:-—.f:' ¡OSÉTUI S BARCELÓCAMACÍN FÉRNANDO A. CASTROCABALLERO de FO e — — ad : Í"'—- K -L_.-í:_, . _ t ¡.."':) ¿¡'/ <, Z L,'_"<___ . 4;¿j¿5… W - . /.,_

MARÍA DEL. REOSARIC GONZALEZMUNOZ S E MALOTERNAMPEZ

AP SALAZAROTERO ;I . p 2013 En Z | | R 5 ¡ 7 SE Ta E Í_-,'E“¿:E-.>-""“w1-:—í;;' ! "_ — kKepública de Colombia Definición de competencia Rad, 42228 _¡E3£c—v"¡¡. Arturo Enrique Gómez Melo Nd Corte Suprema de Justicia U! F 1 N ME . ¿ Nub¡¿í Yolanda Nova García 1 l Secretaria g | 1 ! i ñ L!a

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