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CSJ - SL10705(11-11-1998)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SL10705(11-11-1998)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
1998

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION LABORAL

ACTA N° 43

RADICACION 10705

MAGISTRADO PONENTE: RAMON ZUÑIGA VALVERDE

Santa Fe de Bogotá, D. C., once de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. Procede la Sala de Casación Laboral a dictar la sentencia de instancia consecuencia de la de casación proferida el 30 de septiembre de 1.998 dentro del proceso ordinario laboral adelantado por

NEISSER CALDERON LEAL contra el BANCO POPULAR.

A más de lo dicho en la etapa de casación ha de considerarse que el Tribunal para concretar la condena en contra de la demandada y a favor del actor por concepto de reajuste al auxilio de cesantía que lo concretó en la suma de $1.162.909.56 tuvo en cuenta el tiempo laborado por el actor desde el 1º de enero de 1980 hasta el 2 de noviembre de 1992, para un total de 12 años, 10 meses y 1 día contabilizando 4.621 días que multiplicado por el salario promedio de $350.231.34 totalizó la suma de $4.495.608.39, suma a la cual se le sustrae la cancelada por la demanda de $3.232.698.83, conforme a documento de folio 6 y resultó una diferencia a favor del actor de $1.162.909.56, suma que constituye el reajuste del auxilio de cesantía y a 2 Sentencia de Instancia Rad. 10705. la cual se le aplica la indexación o corrección monetaria conforme a la formula establecida así para el valor actual = I.P.C.R./ I.P.C.I x 100-100 x

C. Según la certificación expedida por el Banco de datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística de folios 48 a 50 (C. Corte), según el cual para el mes de enero de 1992 el índice se registraba en 219.13 y para el mes de septiembre de 1998 a 783.43.

Aplicando la fórmula se tiene: 783.43/219.13 = 3,57518, multiplicado por la diferencia del auxilio de cesantía concretado en $1.162.909.56 igual a $4.157.615 - 1.162.909.56 resulta la suma de $2.994. 705 que es el valor al que se contrae la indexación o corrección monetaria del reajuste del auxilio de cesantía.

En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia obrando como Tribunal de instancia, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley

RESUELVE.

Condenar al BANCO POPULAR a pagar al señor NEISSER CALDERON LEAL la suma de $2.994.705.oo por concepto de indexación del reajuste del auxilio de cesantía. 3 Sentencia de Instancia Rad. 10705. Cópiese, Notifíquese y Devuélvase el Expediente al Tribunal de Origen.

RAMON ZUÑIGA VALVERDE

FRANCISCO ESCOBAR HENRIQUEZ JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA

RAFAEL MENDEZ ARANGO JORGE IVAN PALACIO PALACIO

GERMAN G. VALDES SANCHEZ FERNANDO VASQUEZ BOTERO

LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ

Secretaria

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