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CSJ - SL4172-2020

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SL4172-2020
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2020

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala de Descongestión N. 3

LOS SUSCRITOS MAGISTRADOS DE LA CORTE

SUPREMA DE JUSTICIA SALA 3 DE

DESCONGESTIÓN LABORAL

HACEMOS CONSTAR QUE La Magistrada Ponente, Jimena Isabel Godoy Fajardo, expuso en la cesión del 28 de octubre de 2020 su decisión de aclarar el voto en la providencia SL4172-2020 adoptada dentro del recurso extraordinario de casación identificado con número de radicado 73367. Sin embargo, por omisión al firmarla no hizo la respectiva anotación. Para todos los efectos procesales a continuación de la presente se incorpora en un (1) folio la correspondiente aclaración de voto. Por Secretaría, remítase el expediente al despacho de origen. Se firma en Bogotá D. C., a los dos (02) días del mes de diciembre del ario dos mil veinte (2020).

JIMENA-1S-ACMEDL— GOB4-3.3 3TARDO

Magistrada RGE Magis República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala de Desconoestitro N. 3 Radicación No. 73367

Magistrado Ponente: JIMENA ISABEL GODOY FAJARDO

PROCESO DE: LUÍS ALFREDO ACEVEDO PÉREZ VS. LUZ

MARINA PÉREZ VARGAS y GUSTAVO ALONSO

JARAMILLO FRANCO ACLARACIÓN DE VOTO No obstante que, en diversos fallos proferidos con

antelación, la suscrita no acompañó las decisiones adoptadas por los demás integrantes de la Sala en punto a la obligación de pagar aportes para pensiones, en periodos en los cuales no existió el llamamiento a afiliación obligatoria al Instituto de Seguros Sociales por falta de cobertura territorial, dada la obligación de acatar el precedente fijado por esta Corporación, de manera pacifica y reiterada, encuentro que en este caso no podía prosperar el recurso en razón a que, el Colegiado de segunda instancia profirió su decisión en total acatamiento del precedente vertical. Fecha ut supra,

JIMENA ISACB-E)L-0C0+3 —-Y1-LI-P-P-L-J)LA-R10 D

Magistrada

SCLMPT-10 V.00

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