CSJ - SL8532(22-01-1997)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SL8532(22-01-1997)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1997
SALA DE CASACION LABORAL
Radicación Nº 8532 ActaNº 01
Magistrado Ponente: Doctor JORGE IVAN PALACIO PALACIO
Santafé de Bogotá, D.C., veintidos de enero de mil novecientos noventa y siete. Como a través de la sentencia proferida el 27 de noviembre de 1996, la corte casó parcialmente el fallo dictado el 20 de octubre de 1995, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, en cuanto sólo aplicó la corrección monetaria a la suma fijada por reajuste de indemnización convencional hasta julio de 1994, procede la Sala a proferir la decisión de instancia, teniendo en cuenta que del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, se recibió respuesta al oficio librado por la Secretaría de la Corporación. F.I. 8532. 2 En ese orden se aprecia que como el reajuste a la indemnización convencional por despido ascendió a la suma de dieciocho millones ciento diez mil setecientos cuarenta y ocho pesos ($18.110.748.oo) y que según la certificación allegada por el DANE (folios 112 a 115 C. de la Corte), el índice de precios al consumidor para diciembre de 1994 (mes siguiente al anteriormente reconocido folio 277), fue de 398.24 y para noviembre de 1996 (último dato proporcionado), fue de 574.56, arroja por concepto de corrección monetaria la suma de OCHO MILLONES DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS CON ONCE CENTAVOS ($8.018.499.11), resultado de aplicar la fórmula que para
estos efectos ha venido utilizando la Sala y, después de restar el capital inicial. Dicha fórmula se reduce a la siguiente:
V A= I P C R X C
I P C I
C R = V A - C
V A = Valor Actualizado. F.I. 8532. 3 I P C R = Indice de Precios al Consumidor de Referencia o Actual. I P C I = Indice de Precios al Consumidor Inicial. C = Capital o valor a actualizar. C R = Corrección Monetaria. En consecuencia, la Corte como Tribunal de Instancia fija la corrección monetaria, de acuerdo a la condena por reajuste de la indemnización convencional por despido injusto, en la suma de $8.018.499.11. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: CONDENAR a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero a pagar a RAFAEL HOFMAN PINILLA la suma de OCHO MILLONES DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS CON ONCE CENTAVOS ($8.018.499.11), por concepto de indexación a la condena impuesta por reajuste a la indemnización convencional por despido.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE EL EXPEDIENTE AL
TRIBUNAL DE ORIGEN.
F.I. 8532. 4