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CSJ - SL8656(27-11-1996)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SL8656(27-11-1996)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
1996

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION LABORAL

MAGISTRADO DR. JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA

Referencia: Expediente No. 8656 - Inst.

Acta No. 51 Santafé de Bogotá, D.C., Noviembre veintisiete de mil novecientos noventa y seis. Mediante sentencia del pasado 22 de octubre, esta Sala casó parcialmente el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá el 13 de octubre de 1995 en el juicio promovido por MARIA TERESA MENDEZ DE MUÑOZ contra la CAJA DE CREDITO AGRARIO, INDUSTRIAL Y MINERO, en cuanto limitó el valor de la indexación de la condena por indemnización por despido al último dato que reporta el certificado de variación de precios al consumidor expedido por el DANE, vale decir, julio de 1994. Para mejor proveer, se dispuso librar oficio a la mencionada entidad con el fin de obtener constancia sobre dicha variación desde agosto de 1994 hasta la fecha de la certificación. Allegada la prueba al expediente (fls. 99 y 100 Cdno. Corte), procede esta Corporación a dictar la decisión de instancia correspondiente, previas las siguientes 2 casación: Rad. 8656 Inst. CONSIDERACIONES El Tribunal condenó a la CAJA DE CREDITO AGRARIO, INDUSTRIAL Y MINERO a pagar las sumas de $ 1.732.225,10 por concepto de reajuste de indemnización convencional por despido y de $ 530.926,99 por indexación de la misma, causada entre abril de 1993 y

julio de 1994. Resta entonces determinar el valor de la condena adicional por concepto de la indexación causada del mes de agosto de 1994 en adelante: De acuerdo con la nueva certificación expedida por el DANE el índice de precios al consumidor para el mes de agosto de 1994 fue de 379.02 y en octubre de 1996 -último dato suministradoascendió a 569.99. Aplicada la fórmula que para obtener el valor presente o actualizado precisa el DANE, según la cual éste se determina multiplicando el valor del capital que se pretende actualizar por el guarismo que resulta de dividir el índice final de precios al consumidor por el índice inicial, la indexación de la suma en cuestión causada entre los citados meses (agosto de 1994 a octubre de 1996) asciende a la cantidad de $ 872.785.14, que es la que corresponde a la condena complementaria que debe imponerse a la demandada. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, 3 casación: Rad. 8656 Inst. RESUELVE CONDENAR a la CAJA DE CREDITO AGRARIO, INDUSTRIAL Y MINERO a pagar a la demandante MARIA TERESA MENDEZ la suma de $ 872.785.14 por concepto de la indexación causada entre los meses de agosto de 1994 y octubre de 1996, correspondiente al reajuste de la indemnización por despido, conforme a la parte motiva. Cópiese, notifíquese y devuélvase el expediente al Tribunal.

JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA

FRANCISCO ESCOBAR HENRIQUEZ RAFAEL MENDEZ ARANGO

JORGE IVAN PALALCIO PALACIO GERMAN G. VALDES SANCHEZ

FERNANDO VASQUEZ BOTERO RAMON ZUÑIGA VALVERDE

LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ

Secretaria

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