CSJ - SL9092(10-02-1997)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SL9092(10-02-1997)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1997
SALA DE CASACION LABORAL
FALLO DE INSTANCIA
Radicación No. 9092 Acta No. 05
Magistrado Ponente: Doctor JORGE IVAN PALACIO PALACIO
Santafé de Bogotá, D.C., diez de febrero de mil novecientos noventa y siete. Por medio de la sentencia de fecha 4 de diciembre de 1996, la Sala casó parcialmente el fallo del 18 de abril del mismo año, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá en el juicio de JORGE ARNULFO GARCIA FONSECA contra el BANCO
DEL COMERCIO.
En esa oportunidad la Corte consideró, en sede de instancia, la necesidad de recurrir a solicitar la certificación del DANE que le proporcionara los elementos necesarios para efectuar los cálculos completos sobre la indexación de la cantidad correspondiente a la indemnización por despido que debe pagar la demandada al accionante. Expediente No. 9092. 2 La prueba se evacuó conforme aparece en los autos a folios 63 y 64 del cuaderno de la Corte de donde resulta que la indexación de la indemnización por despido, calculada desde el mes de mayo de 1991 al mes de diciembre de 1996, asciende a $3’311.287.10 La cifra anterior se obtiene de dividir el último índice de precios al consumidor que indica la certificación del DANE (578.72) por el que aparece para mayo de 1991 (191.56), el cociente se multiplica por el capital ($1’638.367.10) y obtenemos la cantidad indexada (4’949.654.20), si le
restamos el capital obtenemos neta la indexación ($3’311.287.10); o sea:
VA=IPCR X C
IPCI CR=VA - C VA=Valor Actualizado IPCR= Indice de Precios al Consumidor de Referencia o actual. IPCI= Indice de Precios al Consumidor Inicial. Expediente No. 9092. 3 C= Capital o valor a actualizar. CR= Corrección Monetaria. En consecuencia, la Corte como Tribunal de Instancia fija la corrección monetaria de la indemnización por despido desde el mes de mayo, inclusive, de 1991 hasta la fecha, en la cantidad de $3’311.287.10, sumada ésta última cifra a la deducida por el ad-quem desde la fecha del despido hasta el mes de abril de 1991, el total es de $8’771.145.10. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, obrando como Tribunal de Instancia, CONDENA al BANCO DEL COMERCIO a pagar al demandante JORGE ARNULFO GARCIA FONSECA la suma de $3’311.287.10 por concepto de indexación causada del mes de mayo, inclusive, de 1991 al mes de diciembre, inclusive, de 1996, respecto de la cantidad correspondiente a la indemnización por despido.
SIN COSTAS EN EL RECURSO DE CASACION.
Expediente No. 9092. 4
COPIESE, NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE EL EXPEDIENTE AL
TRIBUNAL DE ORIGEN.
JORGE IVAN PALACIO PALACIO
FRANCISCO ESCOBAR HENRIQUEZ JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA
RAFAEL MENDEZ ARANGO GERMAN G. VALDES SANCHEZ Expediente No. 9092. 5
FERNANDO VASQUEZ BOTERO RAMON ZUÑIGA VALVERDE
LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ
Secretaria