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CSJ - S.Montero(13-12-1968)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - S.Montero(13-12-1968)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1968

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CORTE SU.PREUA DE JUSTICIA

SALA DE CAslCION PENAL Sag1etrado Dr. 3IMOD Ponente~ ~~O ~OBRES Aprobado a Acta {137 de diciembre 13 de. l. 968¡ ---------ooo--------- Bogotd, diciembre trece de mil novecientos oeae,n ta y ocho. So prooode a resolver el recurso de casación ~ = terpuooto por el procesado HECTOR J. ROBAYO IIERllANDEZ con tra la oontonoia del 27 de junio dol ano en curso por medio de la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de e~ outa lo condend, como responsable del delito de falsedad en dooumentoo p11blicoo, a la pena de "SBIS Al103 DE PRESIDIO", imponidndolo, ademda, las penas accesoriao del caso. HECHOS X A,OWACION a El mencionado Robayo Bernándes, como Juez Penal Municipal do El Zulia, en ol nepartamonto de Santander del= gorte, mediante Decreto del 27 4e diciembre de 1.966, dio~ tillgu1do con ol B9 013, designd a Colina Mrdonaa 1\!antUlo..= como Secretoria dol Juzgado a su cargo, persona a la quo P2 - 2sesioneS el 2 de enero del afio pasado, haciendo aparec.er, en= el Acta respectiva; que hab!a sido el 111 de ese mes, docume,a to en el que, de otra parte;. se dejeS constancia, tergiversll!! do la verdad, de que la referida mujer había los=

pree~ntado papeles requeridos en tales eventos, en el cardcter de vdli.= dos; cuando los que adujo fueron una tarjeta de identidad o~ = ducada de tiempo un certiti.cado de paz y salvo, tam atrde~ bién caducado con antelaoi6n de varios afios, un certiti.cado= de salud de la Caja de Previei6n Soci.al de Empleados y Obre= roe Departamentales, atribuyéndolo, como se anoteS en el Acta especificada, a la Nacional de Previsidn Social, y por= Ca~a dltimo, anotacidn de una resefia en el Departamento Adm1n1s ~ . trativo de· Seguridad, encaminada a obtener certi.ticado de ps_ ' = lic!a, a la que se tomeS como certificacidn de esa índole, = tergiversacidn aquella que,. realizada, a sabiendas, por el predicho Juez, tuvo por dar cabida a la elaboracidn = ob~eto de ndminas, con respecto a sueldos de Secretaria, a favor de la C~rdenae Mantilla, entre el 111 de enero y el 15 de tebre= ro del mismo afio de la posesi6n ·indicada, n6m1nas que Robayo Herndndez autoriz6 y cert1tio6, en orden a trabajo, no obs = tante que aqueUa l!llljer, durante el referido tiempo, n1. si = quiera se aeom6 al Juzgado, cobrandolas luego mediante una = autorizaci6n de la citada Cárdenas. El h'ibunal de Cdcuta, funddndoi'Je en loa hechos=

relatados, a los que tomeS como constitutivos del delito de = falsedad en pdblicos, en auto del 23 de abril de.= doo~tos = este afio, abr16 causa criminal respecto del acusado Héotor - '3 - .roeé l?.r:;.'bt>~ Iie:ru;!::~.e.oz:, l!:"ll,ato 0.1 q.v.eDrl.~ ta.Joee, tl'am!tP.-.<to elreepectivejuicio, ~nc.e1¡6, med.ie. . r:.-te eeut.en.rd.3. ~el 27 d~i' jU'=' . . nio, cc!!!O re~ponsable del delito en c-..r. ee:t16n, a la r,er.:'l (!e "" nsEIS ( 6) AI10S :CE PP..E3ID.I0" ,. lo nd.fii!!O qu!.l' e. las aceeaoritu: = conciguie.:'ltes.

M ;pEttA.BDA M CM:!.A.OIOR 1

En l.a ol recu-rrente, por conducto de su dEr.:~anda, apoderado, invoca como cauanl de caaac~dn la prevista en el= o:rdtru:ü 49 del artículo 56 d.el Decreto 528 tl.e 1.964, a e~ 2.:11paro sostiene que la oentencia acusada se dictd "en un 311! eio -viciado de nulidad", tesie cpe ensaya demostrar diciendO ~e si se consideraba que ol Acta de pooesidn de ln Cárdona9 = .tlant.1lla planteaba la consumaoidn de. un d:el.ito de falsedad y, de otro lado,. quo en las mSminao tamb16n oourr!a otro tll,!!

to, lo ldgtoo era habor abierto <\os tnveatigacio:nee, lo que= no ee hUI<>, ddndose, de eoe .moa.o. -cab1dn a una. "nul:ldnd co~ tit uoional en :t''-leraa do que en tnles eohdicionc.s se :.ú'ect6 ll, = ol derecho de do.fenaa respecto a.c~ proco.aado Ro~<> Henum des,. hastn el punto de que su condena, en rigor,. s6lo ~- 1¡\ ou ol resultado,. tino de mm comprobao1.dn n1t1da y ola2-a" do loe hochoo en que ella pre-tendo apoyarse, "sino de una ac~ ci.cSn quo oro6 el deeoonoierto y la !Mortidumbre en relaci6n con loa cargos" do q_ue dobia el prooeaado. d~onder.o& EL bU!liS'l!ER.IO ;guBLICO a Bl Procurador PrSJnero Dtll.egado on lo l?onal• apo:. - 4- ;yado en un estudio cuidadoso do la decanda, sostiene que el= proceso se cont"ráo a '"u.n e6lo dol1.to de falsedad11 , porque •. = '"tanto la irregular domo la certi:t1oac1ón falsa de pooee1~n las ndm.inas", res;>eoto de la asistencia de la C.Srdonas al= trabajo, "son jalones" del mismo delito contl'a ).a fé plibli = oa atribu1do a Robayo Hernánde~• A E'f!!CTO DE }lESOLVER, SE CONSIDERA 1La poses16n de la Cdrdenas Mantilla como Secreta

ria del Juzgado respond16• como es obvio, a algo que era ab= eolutamonte necesario para dar cabida a las ncSminae, endere= a lograr el cobro de loa eueldos de Secretario entre = ~adas el lg de enero y el 15 de febrero eepooifieados, finalidad = que, ain duda alguna, era la qJ e persegu:!a, ol procesado Ro= bayo Herntfndel!l, En estos t1fr!!linos, l!E!eulta evidente, como lo con ceptúa el Procurador, que el obrnr del acusado, primero con=. relaci6n a la diligencia de poseai6n de la Cdrdenas y, !uego, con respecto e les ncSainao que le autorizcS 7 le certificcS, = corresponde a manifsstac16n ae una m.i.ema conducta delictiva, integrante, en consecuencia de un s6lo df'lli to, ·el de :talae= dad en docUJDmltos pl1bl1ooa,. lo que, explicando en forma ola= ra el hecho de que sólo se hubiera abierto una investigación y, adomda, se hubiora reprimido a6lo el expresado delito, == comprueba lo infundado del cargo a quo ee responde y, por lo tanto, la improcedencia de la causal de casación invocada,la J - 5- ~tal., de esa e®rte, en mane-ra sl.gu;na pueda p:r.oo_perar. En mérito de lo expaesto, la Corte Suprema -sal.n de Co.:;;aq16n ?ollálacorde con el concelJto del Procurador Pr1 cero DaLegaao on lo y en nombre

l~nal ad~n1etrando juot~cia = de l.tl D.o_¡n1oUoa y por .autoridAd do la ley,. DESEO&. el roour so dG c.aeaoi6n illtez·,¡¡t.teato por el procesado HECTOR J. RO:ili\YO HEBBABDEZ contra el tallo dal del D1atr1= ~ribunal S~per~or to JWUo1a1 de C11cuta axpresamen'!le deteminAdo en la rc.otiva= c1ón de esta ~en1:eno1a. CcSpieao,. nOti.tfqueae y ctevui'Jlvase. iJK!iuJ?,t B!fRfu¡lf6fi in:ffi'f!ttnfO !H1a ID>u.ooo rttsA htúi..¿tJW: Jütl o itotdittió Ados'l'l

J. lNRNC-10 POBKDA V-. - - seore~rto

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