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CSJ - SP 005(03-04-1986)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 005(03-04-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

L - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - . - o • •• • ~'-'·'• • •

LIBERTAD • r o

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' / • '-') __ ... Auto.Casación. 3 de abril. de, 1986. Niega el beneficio de libertad provisional a ALBEIRO '·-' , DE JESUS CHAVEZ VELEZ, de conformidad con la Ley 30 de 1986, quien fue condenado por el Tribunal Superior Militar, como autor de violación al Decreto 1188 de 1974.

Magistrado Ponente: Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

• • ·- REPUBLICA DE COLOMBIA v . /· . / ,.t) - ,:"7{ a nJ a r-/ rrt a t/. /!t. Jt/1 t'/1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASAC!,ON PENAL

• • • ' • ' ·, • • -• Magistrado ponente:

Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

Aprobado Acta No. 028 Bogotá, tres de abril de mil novecientos (3) ochenta y seis 986) • (1. . .

VISTOS....: solicita se le rebaje la pena de seis ( 6) aftos que le fuera Impuesta =

  • por los juzgadoras_ lnstrancla como Infractor del Decreto 1188 da = cW 1. 974 al mrnl o( un. (1) ano previsto en la Ley 30 de 1. 986 en ate1111 • clón al prln?tpl de favorabllldad consagrado en la teplstltuclón Nad -o nal y los Códigos de Procedimiento Penal y Penal.

El Senor Pr-ocurador Delegado para las Fuerzas Militares ha emitido concepto desfavorable a la excarcelación del procesa do pues, con fundamento en la cantidad y calidad de droga que le fue hallada al peticionarlo, el mrnlmo de la pena que le pudiera correspon der es la de cuiltro ( 11) anos de prisión, tiempo que no ha !Wtlsfecho • • Tampoco es acreedor al oonoflclo de libertad condicional .por no halla -r • so acreditado el haber descontado las dos terceras partes de lil pona que le correspondo. _ __._ ·-"-·

RCPUSLICA DE COLOMBIA

CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

' • 1 ' ' • '

  • • El procesado ALBEIRO DE JESUS CHAVEZ VELEZ fue condenado por el Comando de la Tercera Brigada con sede en Call a la pe na privativa de la libertad seis anos de prisión como autor res do (6) ponsable de violación al Decreto 1188 do l. 974, mediante sentencia do 27 de marzo de l. 985. El Tribunal Superior Militar en fallo de 11 daejullo • siguiente conflrm6 la sanct6n Impuesta por el a-quo •
  • • Según acta de pesaJe y cconoclmlento técnico, la droga que " le fue hallada al peticionarlo r e t ó positiva para marihuana y con peso de cuatro (4) libras y cincuenta (350) gramos. trescf~s _«. ' La Ley 30 986 que Invoca Chavez Véle:z, en su artrculo .(!., • Inciso primero tiene previste como sanción la do cuatro a doce 33, (4) (12) atlos do prisión,., multe do diez (10) a cien (lOO) salarlos mfnlmos = ~ . mensuales, quien. transporte o lleve consigo marlhuena en cantidad ' superior a gramos (1.000). os decir, que la pena mfnlma que lo pudiera corresponder al procesado sorra la do cuatro aflos do pri

(ll) sión, tiempo que aún no ha satisfecho pues so halla capturado desde el de agosto do l. :Z9 984. Tampoco se halla acreditado dentro del proceso que el detenido haya trabajado o estudiado dentro del establecimiento de reclusión, ni aport6 la cartilla biográfica y el Acta del Consejo de Disciplina que • califique su conducta en el , todo lo cual, hace lmpro- = cedente su excarcelación con fundamento en el artfculo 72 del Código Penal. ' '

,-------~---. .. ~ REPUE3LICA DE COLOMBIA 1 _ Proceso No. 005. Niega libertad a ALBEIRO \, ,7frw:a ,f;/n.ú/rf-rt~~aJESUS CHAVEZ VELEZ. • •

  • 4-

• ' • • '

EDGAR SAAVEDRA ROJAS LUIS ENRIQUE ALDANA ROZO

- •

HERNANDO BAQUERO BORDA JORGE LUENGAS

CARRE~O

GUILLERMO DAVILA MUIQOZ GUILLERMO DUQUE RUIZ

.. '(~

~LASQUEZ

GUSTAVO GOMEZ 'LISANDRO MARTINEZ Z.

José H. Velásquez R. Secretario • .. • • • • . '

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