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CSJ - SP 10033(09-11-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 10033(09-11-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

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CASACION

HO.l0033 , • ,

RAUl SilVA JIYEHEZ

HOWICIOIO OTRO. y

,

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

. .

SALA DE CASAClON PENAL

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Magistrado Ponente: -

, ' Aprobado Acta No.164 , ,- "' i Santafé de Bogotá, D.C., nueve (9) de noviembre de mi 1 novec-ientos y noventa cinco (1995). "' " "

VISTOS

, , " • " " I, , " , , Se pronuncia la sala respecto del impedimento manifestado por de unQ sus integrantes. ,

ANTECEDENTES

" " La demanda de casación presentada ante el Tribunal Superior del D'is'tritodud c ia l de Santa Fe de Bogotá en representación del 'procesado • i Raúl Silva Jiménez, fue admitida el día 6 de diciembre de 1994. " • Delegado en 10 Penal se cump1 ió El traslado al Procurador Segundo '- -, ", conforme a'lo dispuesto en el artículo 226 del Código de Procedimiento Penal, concepto que se emitió el día 31 de enero de 1995. , , , , , , - , •

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I I o I CASACION "0.10033 • o

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• RAU,L SILVA JIYENEl

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HOYICIDIO OTRO. y I

, , I , , , o ,, I , Registrado el proyecto de sentencia de casación dentro del término , • legal, el doctor Garlos Augusto Galvez Argote con pronunciamiento del I I 31 de octubre de los cursantes hace la siguiente manifestación: "Por haber emi tido concepto como Procurador Segundo Delegado en lo Penal, dentro del trámite del recurso de casación interpuesto por el procesado RAUL SILVA JIMENEI me declaro impedido para conocer del presente asunto de conformidad con lo establecido en el artículo 103 numo 60. del, Código de Procedimiento Penal". , _ • , I , I

LA SAl A O: ::MllDERA I El numeral 60. d~l artículo 103 del Código de Procedimiento Penal , contempla como causal de impedimento para conocer de una determinada actuación, que el funcionario judicial haya intervenido previamente en el proceso.

, 'o , _ ~Por lo 'anteriormente expuesto resul ta evidente que el doctor Garlos Augusto Galvez Argote se encuentra impedido para intervenir como juez dentro del trámite del recurso de casación promovido dentro del proceso , , penal que se adelanta contra Raúl Silva Jiménez, por los delitos de homicidio y porte ilegal de armas, en razón a que como Procurador Segundo Delegado en lo Penal emitió concepto rigor conforme a lo o reglado en el art.226 del C. de P. P. , .. Así las cosas, el hoy Magistrado se encuentra legalmente impedido para • intervern r en el trámite que resta de"esta actuación, por lo que es

, , _ necesario disponer que se separe del conocimiento del proceso y se sortee el conjuez que habrá que reemplazarlo. , , , , ,_ , " " Bastan las precedentes consideraciones para que la Sala de Casación 2 I , , - • I • / I , I I ! I I

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CASACIOH HO.10033

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RAUL SILVA JIYENEZ

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HOMICIDIO OTRO. y

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1 I Penal de la Corte SUprema de Justicia, i , , I I , · I I,

RESUELVA

I ¡ • • • , I impedimento manifestado por el doctor carlos Augusto Galvez I , I Argote, para intervenir en este proceso, por lo cual se separa de su I conocimiento. • I 1 • consecuencia Que se sortee el conjuez Que reemplazará al DlfaOOO{ 0:1111() • funcionario impedido. • • Cópiese cúmplase. y E. '. • / I I •

DIDIK>

LOO E. MEJ

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PATRICIA

JUAN Secretaria • . • • '. '. " -, " , 3 •

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