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CSJ - SP 10044(16-08-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 10044(16-08-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

SINDICADO! DEFENSOR / CASACION El articulo 137 del Cádigo de Procedimiento Penal establece que, para los ñ ines de su defensa, el sindicado tiene los, mismos derechos de su defensor, excepto la sustentación del recurso de casación, pero que Si se presentan poner ones contradictorias entre ellos, prevalecerán las del último. oo no | MAGIST RADO PONENT. E : DR FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL Auto Casación ' o

FECHA A : 16/08/1995 E.

DECISION Co : Inadmite el desistimiento . E. | PROCEDENCIA o : Tribunal Superior del Distrito Judicial | | o CIUDAD + Cúcuta : | ACCION. oC ~. BAUTISTA VILLAMIZAR, NELSON ALEXIS DELITOS SE > - Hurto. - PROCESO — > 10044

PUBLICADA | _ e)

“EPUBLICA DE COLOMBIA

03400 Rad. » Casación. - Nelso - Bautista. —

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ideada

SALA DE CASACION PENAL yp Aprobado acta No. 116 Magistrado

Ponente:

Dr . FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL

santa Fe de Bogota, D. C., dieciséis (16) de agosto de mil novecientos noventa y cinco (1995). El procesado NELSON ALEXIS BAUTISTA VILLAMIZAR desiste del recurso de casación interpuesto por su defensor contra la sentencia de 27 de julio de 1994, mediante la cual el Tribunal Superior de Cúcuta lo condenó a 28 meses de Prisión por el delito de hurto

(fls.70 y 82). Al ser consultado el impugnante sobre la determinación de su representado, solicitó seguir adelante con la tramitación del recurso (fls.86). ° / & articulo 137 del Código de Procedimiento Penal establece que, para los fines de su defensa, el sindicado tiene los mismos derechos de su defensor, excepto la sustentación del recurso de casación, pero (03401 Rad 4. Casación. Nelson A. Bautista.—- > Hfprema de Josticia : | e. | | A que s1 se presentan peticiones contradictorias entre ellos, prevaleceran las del ultimo. | Frente a la ciaridad de ia norma, no le queda a la Sala camino distinto de rechazar el desistimiento expresado por el Irocesado, pues, en eventos como el que se analiza, es su querer que el titular de la defensa técnica,N O quien ejerce la defensa material, sea quien tiene la razón. En mérito del o expuesto,L A CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, RESUELYVE: INADMITIR el desistimiento del recurso de casación expresado por el procesado Nelson Alexis Bautista Villamizar. Notifiquese y cúmplase. AM

NILSON PHAILLA PIN “ERNANDO E. ARBOLEDA RIPOPL e

4. Casación.

A. Bautista.—

/ . prema de Justicia A — ——.) / cel , /

VETER _BLefARD / | 7 J.

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DI SIMO PADEEL ZAND Kf a

Carlos Alberto Gordillo L.

SECRETARIO

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ANGEL CARLOSE. MEJIAJESCOBAR

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'NRIQUE VALENCIA.

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