CSJ - SP 10088(09-11-1995)
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP 10088(09-11-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
,
- .
•
CASACIOH
NO.l0088
JOSE OYAR JARAYILLO
•
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
• •
SALA DE CASACION PENAL
• • Magistrado Aprobado Acta No.164 , , • , • • , , • , • santafé de Bogotá, D.C., nueve (9) de noviembre de mil novecientos •
- • i
,
- J y noventa cinco (1995). •
I • , , • • • • • I [ • J , •
- VISTOS Sé pronuncia la Sala respecto del impedimento manifestado por uno de sus integrantes.
I • • • I
- ANTECEDENTES La demanda de casación presentada ante el Tribunal Superior de Santa • Fe de Bogotá en representación del procesado José Omar.Jaramillo, fue adm id• ace l día 17'de enero 1995. i t
- • El traslado al Procurador Segundo Delegado en lo Penal se cumplió • conforme a lo dispuesto en el artículo 226 del Código de Procedimiento
, • Penal, concepto que se emitió el día 30 de marzo de 1995 . • , . •
CASACION NO.IODaa
- JOSE OYAR JARAYILLO • legal, el doctor Carlos ~ugusto Galvez Argote con pronunciamiento del
\ I I 31 de octubre de los cursantes hace la siguiente manifestación: • "Por haber emitido concepto como Procurador Segundo Delegado en lo Penal, dentro del trámite del recurso de casación interpuesto
por el procesado José· Onar Jarami me declaro imped i para , 110, do conocer del presente asunto de conformidad con lo establecido en el artículo 103 numo 60. del Código de Procedimiento Penal". LA SAlJ\ COOSIDmA El numeral 60. del artículo 103 del Código de Procedimiento Penal contempla como causal de impedimento para conocer de una determinada actuación, que el funcionario judicial haya intervenido previamente en el proceso. • '. - Por lo anteriormente expuesto resulta evidente que el doctor Carlos Augusto Galvez Argote se ,encuentra impedido para intervenir como juez
- - dentro del trámi te del recurso de casación prcmov dentro del proceso ido penal que se adelanta contra José Ornar Jaramillo, por el delito de corrupción agravada de conformidad con el art.306.5 del C.P, en razón o . a que como Procurador Segundo Delegado en lo Penalemi ti concepto Ó rigor conforme a 10 reglado en el art.226 del C. de P. P . • Así las cosas, ~l Magistrado se encuentra legalmente impedido para hoy
-, -, • • intervenir en el trámite que resta de esta actuación, por lo que es necesario disponer que se separe del conocimiento del proceso y se , • sortee el conjuez que habrá que reemplazarlo. Bastan las precedentes consideraciones para que la Sala de casación , Penal de la Corte SUprema de Justicia, • l , 2 , ---------------------------------------------~ ! , , , ,
- ,
•, • I , I , \ I I,
I , 1 , , I ¡,
CASACIOH
HO.10088
• JOSE OYAR JARAYIllO I
I I ! ! I
RESUELVA
, 1 ! • I
- :• ACEPTAR el impedimento manifestado por el doctor car los Augusto Gálvez
1 , I I Argote, para intervenir en este proceso, por 10 cual se separa de su conocimiento. DISf'ONU( como consecuencia Que se sortee el conjuez Que reemplazará al funcionario impedido. Cópiese cúmplase. y
- •
ILLA PIN E. AABOI EllA RlPOLL
• / I / I • • D
E. MEJ
PATRICIA
JUAN Secretaria
- •
• , • - .... , • , 3 • •