CSJ - SP 10170(28-11-1995)
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP 10170(28-11-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
1 301 • 1 LIBERTAD PROVISIONAL MAGISTRADO PONENTE: DR. JORGE E. CORDOBA POVEDA Casación -LibertadFECHA : 28/11/1995 . _()ECISION : Niega libertad provisional
PROCEDENCIA : Tribunal Superior del Distrito Judicial
! 1
CIUDAD : Santa Fe de Bogotá
¡
RECURRENTE : OCHOA RAMIREZ, YOLANDA ,,
1
' PROCESADO : BARON BUITRAGO, ENRIQUE DELITOS : Violación a la Ley 30/86
PROCESO : 10170
PUBLICADA :No
- . . 1 1 ' 1 1 ' 1 ' - .... • • • '
- Proceso No. 10.170 ffYRIAff YOlrutllA OCHOA SUAREZ y o •
• • • •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
•
SALA DE CASACION PENAL
' - 1 •
Magistrado Ponente:
Dr. JORGE CORDOBA POVEOA.
Aprobada Acta No. 175. , Santa Fe de Bogotá D.C., veintiocho (28) de noviembre de mil novecientos noventa cinco (1995) . y • • •
VISTOS
• • , • La procesada MYRIAM YOLANDA OCHOA SUAREZ, quien se halla i . ' detenida en la Reclusión Nacional de Mujeres de esta ' ' ciudad, solicita iibertad provisional por considerar que ' ' ' reúne los requisitos previstos en los artículos 55.2 de la
1 ' ·-
- -
- ---
• \ ' . ' \ -- ' ' 2 Proceso No. 10.170 lfYRIAff YOLAHDA OCHOA SUAREZ 1 o. • '
- • Ley 81 de 1993 y 72 del Código Penal, para lo que se tendrá en cuenta el tiempo en reclusión, los certificados de • trabajo, asi como el Acta del Consejo de Disciplina que anexa a su petición.
- • • CONSIDERACIONES DE LA CORTE , Mediante sentencia anticipada de 14 de abril de 1994 el , ' ' Juzgado 32 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogotá, • " I ' condenó a MYRIAM YOLANDA OCHOA SUAREZ a la pena privativa • • "• 1 de la libertad de 40 meses de prisión como autora responsable de violación a la Ley 30 de 1986, sanción que • fuera confirmada por el Tribunal Superior de esta ciudad en fallo de 9 de junio siouiente. • •• • , ' La libelista se halla detenida desde el 5 de enero de 1994 • • es decirfi a la fecha ha descontado de la pena impuesta en detención física veintidós (22) meses y veintitrés (23) • días. Por trabajo acredita 3.616 horas que de ' 1 . ' •, • 3
Proceso No. 10.170 "YRIAN YOLANDA OCHDA SUAREZ y o. •
•
- ,. conformidad con lo previsto en el articulo 82 de la Ley 65
de 1993, le representan una redención de siete (7) meses y dieciseis (16) días, factores que sumados arrojan un total/ de treinta (30) meses nueve (9) días, superi• ores a las y dos terceras partes de la pena impuesta en las instancias, • equivalentes a 26 meses 20 días . •
- • • Precisa la Sala que de los certificados de trabajo números
• 1399 (f. 110 cdno. No. 1) y 1843 (f. 85 cdno. Corte), expedidos por el Director de la Cárcel Distrital de Varones y Mujeres de esta ciudad, únicamente se tuvieron en cuenta las horas trabajadas durante los meses de febrero, marzo, • abril, mayo, julio, agosto y octubre de 1994, a s ,• como enero, febrero y marzo de 1995, con excepción de los domingos y festivos, en razón a que dicho centro de , ' • reclusión no dió cumplimiento a lo preceptuado en el
- • articulo 100 de la Ley 65 de 1993, esto es, que en esos • docLtmentos no se certificó debidamente, • la peten te
51 • estaba autorizada para trabajar durante tales días. - Es evidente que la libelista cumple con las exigencias de índole objetivó de que trata el articulo 72 del Código Penal, lo que no sucede con las de naturaleza subjetiva, en razón a que si• bien es cierto que su conducta ha sido calificada por las Directivas del centro de reclusión en donde se encuentra actualmente detenida como ejemplar y que l
------ -------------- - .. -·-- -------- ' ' 1 • 1 • ' 1 • ' ' ' 1 1 1 • - .1 Proceso No. 10.170 • ftYRIAft YOLANDA OCHOA SUAREZ y o. •
- • se ha dedicado constantemente al trabajo, también lo es que • es deber del funcionario que ha de resolver la solicitud de libertad condicional o provisional, según el caso, recurrir a todos los antecedentes que permitan realizar diagnostico y pronóstico sobre el acusado, es decir, no puede prescindirse de las condiciones bajo las cuales se llegó a
- • • cometer el comportamiento juzgado, y sus repercusi• ones en • el ámbito social en las funciones de la pena . y
• 1 ' Dan cuenta los autos de que el 5 de enero de 1994, en lacarrera 5 No. 158 No. 9A-46 y 9A -50 de la fiudad de Bogotá
- • fue retenida MYRIAM YOLANDA OCHOA SUAREZ y su compañero de causa cuando se dedicaban a la venta y distribución de estupefacientes. Al ser revisado el inmueble antes descrito, fueron halladas 8.675 papeletas de basuco y una motocicleta de dudosa procedencia .
• - . Lo anterior pone de presente la empresa ilícita que tenía montada la procesada con el fin de incrementar supatrimonio, a expensas de la salud mental física de las y personas, f l aj e 1 o que tiene azotada a la sociedad y que ' • • 1 • constituye motlvo para que la pretensión liberatoria
resulte inconducente en el caso que nos ocupa . • • -
--· -· . . . • •
- • • • •
• • 5 Proceso No. 10.170 IIYRIAH YOLA!fDA OCHOA SUAREZ y o. •• Entonces, al no cumplirse las exi• genci• as previstas en la ley para que en el caso analizado se conceda la libertad provisional demandada, resulta imperativo disponer que la • procesada cumpla la totalidad de la pena impuesta en los fallos de instancia. - Por lo anteriormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
- SALA DE CASACION PENAL, NIEGA a la procesada MYRIAM YOLANDA OCHOA SURAEZ la libertad provisional. , Notifíquese y cúmplase.
- • i
NILSON PINILLA NILLA NANDO ARBOLEDA
• •
- •
/
RANGEL RDO POVEDA
• --fi·· .. , , •• ' • , , • • , • ' I I •
- • • • • ( •
• •
ARLOS E. A ESCOBAR PAEZ LANDIA
•• 1 1 1 • • L • • f!4rf,t1/ka fi fi/omJia •• • 6 Proceso Ho. 10.170 · ffYRIAff YOLANDA OCHOA SUAREZ y o. •• 1 i ' •
1ALVARO ORLANDO PEREZ PINZON
JUAN MANU TORRES SNEDA
Conjuez 1 - •
PATRICIA SALAZAR CUELLAR
SECRETARIA
- , i
1 • ' 1 •
- •
) • ' , • 1 '
- •
• 1 1 ' 1 '
- - --- . -
. .
- -