CSJ - SP 10180(06-07-1995)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 10180(06-07-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
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'UBLICA DE COLOMBIA
..:..".- .:::;~ (_ ,"~¿?~ /- Rad.l01SÓ.Revisión , Florez Ll,lj S , , , , ,, , . , ,
CORTE DE JUSTICIA
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SUPREMA
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IDE CASACIOIN
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Magistrado Ponente:
Dr: RICARDO CALVETE RANGEL
Aprobado Acta No. 92 Santa Fé de Bogotá D.C., Julio seis de mil , ", , novecientos noventa cinco. y , • , , , , , , , , ,
VIS'TOS:
, , , , , Resolverá la Sala sobre las pruebas " , solicitadas por el apoderado del condenado LUIS ANIBAL FLOREZ GONZALEZ, dentro del trámite de la presente acción "
- , de revisión.
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, ANTECEDENTES y
ICION DEL --_ ., ,
ACCIONANTlE
" , , , , ",, , , , ,, La demanda fue presentada al amparo de la causal tercera de revisión, aduciendo la existencia de pruebas nuevas, no conocidas por el juzgador de instancia, orientadas a la demostración de que el implicado en el homicidio por el cual se adelantó el
proceso y se dictó la sentencia condenatoria, actuó en ,,, legitima defensa. , , , , , Se anexaron al libelo cuatro declaraciones recibidas extraproceso a los señores JAIRO TOVAR, FERNEY , , , , QUINTERO, LUCIANO CASTA&EDA y ALEXANDER ZAPATA. Además el letrado solicita que se reciba la ampliación de las , versiones aportadas al proceso por GILDARDO DE JESUS
VALENZUELA, OSVERTO QUIÑONEZ MOSQUERA WILLIAM N., de y
, , , quien dice no fue citado a declarar. Igualmente que se le reciba indagatoria a su poderdante. , " , Dentro del término probatorio presentó el ,, , , actor un memorial reiterando la petición de que se , , " , decreten las pruebas señaladas en la demanda, y además, , 2 , • , , ,
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. Revisión Ltlis Florez • , ';,h / r.: , f) , . t!¡,/r8Ina (le './/~.1c.(cta , , :' , , , I impetrando que se reciban los testimonios de EFREN CARLOS "
ARBOLEDA, ILDELFONSO MENÚD~A, MARLENY CUERO Y JOSE ALAIN
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FLOREZ.
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CONS IONES DE LA
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- , 10.- Cuando se invoca la causal tercera de revisión el accionante debe anexar a la demanda las
, pruebas nuevas que pretende hacer valer, con las cuales y , , demuestra los hechos básicos de la petición. , ,, ,, , , , , ) , , , Si dichos elementos de convicción tienen , , , valor únicamente de prueba sumaria, es necesario que en , , el periodo probatorio de la acción se repitan para que , los demás sujetos procesales puedan controvertirlos. • , , . I , , I , , , , Como en el caso que nos ocupa la , pretensión se apoya en los testimonios rendidos " •" extraproceso por JAIRO TOVAR, FERNEY QUINTERO, LUCIANO . ,, , .; , , CASTAÑEDA y ALEXANDER ZAPATA, es viable la solicitud de , ' ,. , que sean nuevamente recepcionados y asi se declarará. " 3 , , · •
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· . .Revisión I • · • ~ Luis Florez • • • · • · , , Teniendo en cuenta que la acción de 20.- • rev ís ón no es una cont í.nuac ón del proceso s • no un i í í •
- , trámite independiente posterior a la ejecutoria de la y
, ", • providencia contra la cual se instaura, que además la y
- , causal aducida se refiere exclusivamente a hechos nuevos o prVebas no conocidas al tiempo de los debates, resulta des~certada la petición del abogado defensor en el
sentido de que se les reciba ampliación de la declaración a GILDARDO DE JESUS VALENZUELA OSVERTO QUIÑONEZ y MOSQUERA, pues su versión fue conocida en el curso de la actuación, nada se allegó que indique que ha sido y cambiada. , • , , , •, Tampoco puede ser respondida 30.- favorablemente la solicitud formulada dentro del término I , I , ! probatorio, consistente en que se reciban los testimonios , I , ••
de EFREN CARLOS ARBOLEDA, LDELFONSO MENDOZA, MARLENY
1 , • CUERO JOSE ALAIN FLOREZ, pues si la intencion era Y , utilizarlos como fundamento de la acción se han debido adjuntar a la demanda, como lo ordena el numeral 40. del ·
- • articulo 234 del Código de Procedimiento Penal.
El actor debe tener presente que la acción " • , .. , se adelanta conforme a lo que se exprese en la demanda, , , modo que las pruebas que pretenda hacer valer debe d'e • , , relacionarlas anexarlas a ella, porque el y , 4 , _ .. --- _.~"--- , , , I , , ¡ • , ! , ¡ , , I
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, , , 1, 1 1, , , , ,, ,
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, procedimiento no contempla ninguna oportunidad para , ! " -_ · , ' reformar el libelo. ,1 , , , • .·' '1 .; , •, , · . , ,, De otra parte, no es posible decretar : , , pruebas sin conocer previamente su conducencia, y en este , , , 1 , ,, caso nada se sabe sobre a qué tema podrían referirse los , , , t deponentes. , • " , , , , , • , , ,¡
40. Como ya se dijo, el capitulo de
, , " pruebas que debe contener la demanda es para que se , , ·! , , , ,, , relacionen y se aporten, no para que se soliciten, y , · r i , mucho menos si no se sabe a dónde conducen, como ocurre • 1 •
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- • con el testimonio de "WILLIAM N. cuya recepción se
11
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"
- , impetra en el libelo, la cual también será negada.
, , • , : • 50.- En cuanto a la petición de que se , • decrete la diligencia de indagatoria del condenado, como .' • es obvio, no es de recibo, pues esa actuación se debe
- • cumplir dentro del proceso y no cuando éste ya ha • terminado con sentencia ejecutoriada.
• • • , , , .. , • En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema , de Justicia -Sala de Casación Penal- ,
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, , 10.- Recepcionar los testimonios de JAIRO TOVAR ARIAS, FERNEY QUINTERO PATIRO, ALEXANDER ZAPATA y LUCIANO CASTAÑEDA. Para estas diligencias se comisiona al Juzgado Primero Penal del Circuito de Palmira (Valle) por quince días, con amplias facultades para interrogar a los deponentes sobre todo lo que res41te importante para los I , , , teniendo presente las versiones fines de esta acción, dadas previamente. • • , •, 20.- Negar las demás pruebas pedidas por •
- • las razones expuestas en la parte motiva.
, , Cópiese, Notifiquese Cúmplase, y • , , • " , ,,
RIQUE ARBOLEDA
NILSON NILLA PIN
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PAEZ ELANDIA
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" JORGE ENRI_Q1JE"-VÁ'LENClA M.
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CARLOS A. GORDILLO LOHBANA
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