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CSJ - SP 10277(23-11-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 10277(23-11-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

•• m Pra<I!SO liD. 1O .

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE

Aprobada Acta No. 171 . • • Santa Fe de Bogotá D.C., veintitrés 123) de noviembre de oil novecientos noventa y cinco (1995).

V I S T O S :

  • El procesado JOSE JOAOUIN GUTIERREZ OUIEBRAHOYA, • qu1en se halla detenido en la Cárcel de la Policía Nacional en Facatativá (CundinamarcaJ, solicita su libertad provisional

- • • •

  • - P!octs.a l!o. IO.ID 2 lOS( liWIIJII 6lJTJEMl U.
  • • por considerar cumplidos los requisitos previstos en elarticulo 72 del Código Penal, para lo cual acampana certificado de trabajo y acta del Consejo de Disciplina.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: , El Inspector General de la Policia Nacional en su condición • de Juez de Primera Instancia, mediante sentencia de fecha 14 de febrero de 1994, condenó a JOSE JOAOU!N GUTIERREl • OUIEBRAHOYA a la pena privativa de la libertad de cuatro (4) años de prisión, como coautor responsable de infracción a la Ley 30 de 1986, sanción que fuera confirmada por el Tribunal Superior Militar en fallo del 25 de abril del

  • • • m•1 smo ano, el que es ahora objeto del recurso

extraordinario de casación interpuesto por el defensor del procesado Luis Alberto Avila Galindo. El peticionario se encuentra detenido desde el 31 de enero de es decir. a la fecha ha descontado de la pena 19~4, impuesta veintiun (21) meses y veintitrés (231 dias. Por trabajo se le certifican 4.545 horas en aseo y cantenimiento de la Cancha de Futbol por el periodo - - -- - ...

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PrDlESO

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COQprendido entre el 1" de abril de 1994 al 15 de noviembre • del corriente año, sin que se haya dado cumplimiento a lo previsto en el articulo 100 de la Ley óS de 1993, es decir, certificar si el procesado estaba autorizado para cumplir dichas labores durante los dias domingos y festivos y si la actividad que se cumplió, está considerada como especial al tenor de la referida disposición en forma permanente. Llama la atención de la Corte el hecho de que al procesado se le certifiquen ocho (8) horas diarias en forma permanente como trabajo aseo y mantenimiento de la en cancha de futbol, pues si en ésta última también debeN ' cumplirse actividades deportivas, entonces estarían coincidiendo en el mismo momento, lo cual no resultaposible. Entonces, para poder determinar la rebaja de pena que realmente le pueda corresponder al peticionario, debe solicitarse al Director del Centro de Reclusión de la Policia Nacional, certificación sobre el horario y dias

fijados para la utilización de la cancha de futbol por el grupo de internos y el horario y dias en que se hallan autorizados por reclusos para el mantenimiento y aseo de la cisma. - Se dará cumplimiento a lo previsto en el articulo 100 de la Ley ó5 de 1993 . . - . •

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UUSD 6UJJEMl U. • No obstante lo anterior, en forma provisional y para los efectos de la petición que ocupa la atención de la Sala, se le computarán a GUTIERREZ OUEBRAHOYA ocho (8) horas diarias durante los dias hábiles durante el periodo laborado, es decir, se le tendrán en cuenta por ahora tan solo 3.856 horas, que de conformidad con lo previsto en el articulo 82 de la Ley 65 de 1993, le representarían una redención de pena equivalente a ocho meses y un (1) dia, los que 18) sumados al tiempo efectivo en reclusión arrojan un total de veintinueve (29) meses y veinticuatro (24) di as, insuficientes para acreditar el cumplimiento de las dos terceras partes de la pena impuesta en los fallos de • instancia y por lo tanto, la excarcelación pretendida resulta improcedente. • Por lo anteriormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASAClON PENAL,

R E S U E L V E : - 1• NEGAR al procesado JOSE JOAOUIN GUTIERREZ OUEBRAHOYA la libertad provisional solicitada.

  • to.m Prouso lu. 5

JDSE JDoQUJI 6DTIEQRf! U. 2• Por la Secretaria de la Sala oficiese al Director del Centro de Reclusión para miembros de la Policía Nacional, - a fin de obtener certificación sobre el trabajo realizado por el citado procesado, conforme a lo puntualizado en la parte motiva. NotifiQuese y cúmplase . •

NlLSON ILLA P ARBOLEDA Rl

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CARLOS ARGOT E RLOS E. MEJiA

1 .

JUAN MANUEL

DPATRICIA SALAZAR CUELLAR SECRETARIA · - - - - - - - - -

1

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