CSJ - SP 10475(16-08-1995)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 10475(16-08-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
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~~"UBLICA DE COLOMBIA
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Magistrado Ponente:
Dr. RICARDO CALVETE RANGEL
• Aprobado Acta No.116 • ... ,.
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Santa Fe de Bogotá D.C., agosto dieciséis de mi I novecientos noventa cinco. y • • • •
- • Procede la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de
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- • Just Ic Ia a reso Iver sobre laman Ifestac ión de ~ Imped Imento
,,~ • expresada por los M• agistrados Integrantes de el la, doctores Juan Manuel Torres Fresneda, Jorge Enrique Valencia Martfnez • Fernando Arboleda Rlpol l. \ y , · ; • I • • • , • , • , • I I I I , I , 1,- La Fiscal fa General de la Nación envió a esta Corporación • I • • • • • ..• ; · •• • algunos documentos que fueron encontrados en diligencias 'de •• • , • i allanamiento practicadas en la ciudad de Call, entre ellas •
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• , , - -10475- . , • aparece la nota -de remisión No.0077 de la Empresa Litofarallones Cia Ltda. a nombre de la doctora Yollma y Espinosa Vera un recibo de Caja por valor de $5'000.000 y cancelado a Mauriclo Guzmán a la Representante. Espinosa . y •• \ 2. - Se acred Itó que Ia doctora Yo Ilma· Esp Inosa Vera es • • miembro de la Comisión de Investigación Acusación de la y Cámara de Representantes. , Los Magistrados Juan Manuel Torres Fresneda, Jorge 3.- Enr iQue Va! enc Ia Mar t fnez Fer nando Arbo leda R Ipo I I I y • ,
- :, expresaron que como en la Comisión de Investigación y i Acusación de la Cámara de Representantes se adelantan i
,, , • Investigaciones penales en su contra, surge un Interé~ recfproco en los asuntos que se tramitan en las dos : , I j Corporaciones, por lo tanto se presenta el Impedimento , descrito en El numeral primero del artfculo 103 del Código de , Procedimiento Penal. , , · , I , I I I '<:.. ,,, ., • , • • I ! 1 ! i • Se~ala el artfculo 103 numeral primero del Código de Procedimiento Penal, que cuando un funcionario judicial tenga • interés en un proceso se debe dec Iarar Imped Ido, con la finalidad de garantizar la Imparcialidad e Independencia con
- • • que se deben solucionar los procesos Judiciales. 2 • . . . . .4. ., _ -. •
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. " .. Luego de acred I que Ia aforada Yo lima Esp Inosa Vera es t ado Integrante de la Comisión de Investigación Acusación de la y Cámara de Representantes, los doctores Juan Manue I Torres Fresneda, Jorge Enrique Valencia Martrnez Fernando ArbO'leda y Rlpoll man ltes ar on a los demás Integrantes de la Sala su t deseo de apartarse del conocimiento de las di Ilgenclas por considerar qué existen denuncias en las dos Corporaciones que los Involucran, de donde surge un interés recfproco que estructura la causal de impedimento invocada, evitando que sus decisiones puedan I legar a ser producto de sentimientos personales ajenos a la equidad a la Justicia. y Por lo tanto, considera la Sala que Indudablemente se evidencia un interés directo en el proceso que se tramita en contra de la aforada Yol Ima Espinosa Vera, siendo procedente
. , , I , reconocer la existencia de la causal contemplada en el • artrculo 103.1 del Código de Procedimiento Penal; en consecuencia se dispone que los Magistrados que suscribieron el Impedimento sean separados del conocimiento de este ,~ averiguatorlo lo reemplacen los Conjueces que resulten , y • I sorteados, a quienes se les dará posesión. , , , , I • , , En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, en , Sala de Casación Penal. I I • , • I , I J , , , , I • • • 3 - .
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, , , , • i , /~r:;, .....-Impidrmento Ra -10475- , , , • • • , , , , Declarar fundada la causal de impedimento invocada por los • I . • Magistrados doctores Juan Manuel Torres Fresneda, Jorge , , Enrique Valencia Martfnez Fernando Arboleda Ripo", para y seguir actuando en las presentes di I igenclas, por lo tanto se , les separara del conocimiento. ,
- • Una vez sor tea do s los Con jueces que habrán de reemp lazar los,
déseles posesión. , Cópiese, e e cúmplase .-.· no t r t t cue y , " , .. ¡ ETE , • • , • ./ / I
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CARLOS A. GORDILLO LOMBANA 1
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