CSJ - SP 10651(05-07-1995)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 10651(05-07-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
" , • • i 1 tO~l Luis Ignacio Qw na Quintero , -_ •
REMA DE USTICIA
SALA DE CASACION PENAL . I
Magistrado Ponente Doctor M.
l JORGE ENRIQUE VALENCIA
Aprobado Acta NQ90 • Santa Fe de Bogotá, D.C., julio (5) de mil novecientos noventa y CU1CO • CUleo (1995). VISTOS Examina la si la demanda de revisión presentada por la CORTE . -~. . '-
- , representanta judicial del condenado LUIS IGNACIO QUINTANA reúne los requisitos de
QUIN1'ERO 1e)T.
• CEDENTES • El dieciséis (16) de agosto de mil novecientos ochenta y nueve , , L__ .__~_ 1 • , , . , • • • I • 2
VISION 10651
I...¡" Ignacio Q...ntana Q••lnlero / • • • • , · · • (1989) , en el Barrio Tunjuelito de la capital de la República, LUIS - ., -_ · . •, .. al mando del camión (le placas
IGNACIO QUINTANA QUINTERO, CI
• · . . ' • 2081,rayó la carrocería de la camioneta de placas el 2081 al intentar • • , · , esquivarla, siguiendo de largo atlllqtlQ ltlego fue alcanzado por los • '. • ocupantes del automotor. Luego de un intercambio de palabras, I
le disparó a conductor del otro
QUINTANA HENRY MORA HERNÁNDEZ,
, • • I , automotor, causándole la muerte. Presenciaron el hecho los • • compañeros del occiso, y
NUMAEL OrvlAR RUED,\. CASTRO JOSÉ
•
MANUEL TORRES MARTtNEZ.
,
- • Con base en la prueba testimonial, documental y pericial recaudada y rechazando la versión del sindicado quien alegó legítima defensa al señalar qtte sus adversarios le querían hurtar el velúculo, el
• • • • • •
- •• Juzgado30 Superior condenó ajoproceso do a purgar la pena principal de diez (10) años de prisión corno autor responsable de un delito de homicidio, decisión qtte fue confirmada por el superior en su • integridad.
• , • • • , • . •. tercera Con fundamento en la causal ele revisión, la accionante • • • • • pone de presente falencias de la ínspeccion judícíal practicada al lugar • • L__ ~.-- 1 , • • •, • • ,,, , I I 3 , I , ! , • 1, • de los acontecimientos por haber hecho caso omiso de todos los datosreferentes a la versión 'del sindicado, 10 cual, a su 1110liode ver, violó el debido proceso, amén de que dichas aclaraciones coinciden los COl1 nuevos testimonios que aporta y que dejan en claro el trayecto
, , seguido por su poderdante y la veracidad de su versión exculpatoria. , • , • • ! , , • Con el escrito aporta copias de las sentencias de primera y segunda instancias, la constancia de su ejecutoria, así como dos declaraciones extra proceso rendidas llor y
DOMINGO LEAL SANDOVAJJ
1 Jos~ el catorce (14) de octubre ele mil
EPAMINONDAS GAMA VARGAS
I !, I I novecientos noventa y cuatro (1994) ante el Notario 34 de Bogotá. En • ellasrelatan, con sinnúmero de detalles, la ruta seguida por el camión quemanejaba el rematado con quien se encontraron de casualidad en la carrera 24 con calle 44 sur cuando ellos viajaban en un campero, siguiendo detrás del camión, en franca compañía, por varios sitios del barrio El Tunal hasta la calle S3 Sur, donde se despidieron. ,
LA CORTE
1. En principio, el escrito que se presenta para sustentar la acción el de revisión cumple con los requisitos formales prescritos en
I • , • . !., I , , , ! , , , I , , , lo~í 4 Luis Ignacio Quintana ..(...torG 1 , , ; , artículo 234 del C. de P.P. El1 él se encuentra la determinación1 i , , de la actuación procesal qtle el accionan te pretende que se , , J , ,- , ! revise así como la debida identificación del despacho qtle , , , "
produjo el fallo (juzgado 30 Superior de Bogotá, y Tribunal , : i
- - - Superior de la misma ciudad), También señala el delito qtl.e , motivó la actuación procesal (homicidio), así como la causal
¡ I 1 invocada, que es la contenida en el numeral 3Q del artículo 232 , , del estatuto procesal vigente. 1 i , I , ,, , , -, · ~, , También hace la relación de las pruebas qtle aporta para , ,, ) , , , , , • demostrar su' aserto, allegando copias de las sentencias de , 1 , primera y segunda instancias, su constancia de ejecutoria y ¡ i 1 ,, originales de las declaraciones extra proceso que pretende hacer , " , , , , , valer como probanzas nuevas. I , , , , , , - l , , 2. No sucede-lo la causal. propio con los fundamentos de Si bien es , I , , , , cierto aporta unas evidencias que no fueron conocidas durante , el proceso, en las que se relata -haciéndose gala de una memoria , , , ,, excepcionalel recorrido seguido cinco años antes por el camión - , , , , que manejaba el encartado, ellas 'tienen la virtud de provocar , ' 11,0 • la revisión del fallo. , , , 5 '(0""1 Lul" IlJIYclo Q,.int.ana Quintero
Independientemente del itinerario seguido, en el proceso se -_ , , demostró con la experticia de rigor qtte los dos vehículos sufrieron un roce de latas, qtIe el camión continuó su, camino
- , hasta ser alcanzado por el pequeño vehículo en el que viajaban tres personas, que luego de un intercambio de palabras y de golpes y sin que mediara un inminente peligro a su vida, el procesado disparó contra el occiso causándole la muerte, recibiendo en seguida un disparo de los agredidos,
, • Ninguno de estos hechos, medulares del fallo, busca ser controvertido, Su inanidad, por consiguiente, implica el rechazo , , , consiguiente del escrito al no poseer sólidos fundamentos que permitan adelantar el trámite con miras a estudiar la posibilidad de una revisión del proceso. ,
3. Debe recordar la revisionista qu,e por prueba nueva se entiendo , no sólo la que no fue conocida dentro del proceso sino también aquella qu,e posea el vigor suficiente para merecer el estudio y profundización consiguiente en sede de revisión, con miras a 1 y establecer la posibilidad de desquiciamiento del fallo su eventual reexamen por los jueces competentes.
, I I • • : I • , !
- ,
, , I • • • • , , , .' • 6 10651 I Luis Ignacio Quintana Quintero I , • I • • .. , 4. De otra parte, la inconformidad ..fle la revisionista se encuentra
I • • • , • centrada en predios distintos a los de la revisión. Habla de • • .' • I 1 •• , al violaciones debido proceso al no tenerse en cuenta la exégesis · • , I del sindicado en la inspección judicial y no haberse practicado • • , • las pruebas que él había citado en su favor. Estas materias , • •
- I pertenecen al recurso extraordinario de casación y a él debió
.! I I , haber acudido en su momento, resultando improcedente I I • pretender su reemplazo mediante esta acción de re visión. El • •,
- • rechazo del escrito sustenta torio por incump1imiento de uno de
.. •
- • los requisitos fOltnales. previstos por la normatividad es
, • • • •,
- • .. , •, incuestionable.
• , , • .. En mérito de expuesto, la de la
10 SALA DE CAS,\CIÓN PENAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA,
· • .' •
RES LVE
• , • • , • el escrito presentado por la apoderada de
RECHAZAR IN LIMINE
- •• como sustento para intentar la
LUIS IGNACIO QUINTANA QUINTERO,
•
- , acción de revisión.
• , , • , · . • , 7 R ISION18~t Luis Ignacio Quin ana q.dntero • · , , • • • • •
'_ y Notifíquese cúmplase. , • , .'
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:I I En firma, archíveso el expediente. , , • I , , , ..
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, • ,
NILSON
ANDO ARBOLEDA RI
, 1 ! • I, ... " I • , • • , I , ,
RICARDO CALVETE RANG
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• , . ,i - • • • • • , , •
JUAN TORRES
EOA JORGE ENRIQUE V NCIAM.
, , , • • • • A.
CARI~OS GORDILLO LOMBANA
Secretario • • • • , , • , , • • . . , " - "-- ,