CSJ - SP 10940(25-09-1995)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 10940(25-09-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
ID. 10.940 1 lIlAIlA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado ponente:
Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS
Aorobado Acta No. 140 • • Santa Fe de Bogotá D.C., veinticinco (25) de septiembre de mil novecientos noventa cinco (1995). y v o S 1 S T • • El apoderado del procesado JHONY ANDRES HERNANDEZ LOAIZA~ Quien se halla detenido en la Cárcel del Circui to Judicial de la Palma (Cundinamarca), solicita se le conceda la libertad provisional por reunir los reauisi tos del articulo del 72 C6digo Penal, para lo cual se remite a la documentación Que reposa dentro del expediente. • .. .. .,~ .. r- ~.--....~.~ -:¡".,_ ,.;.- ..;.;.. -.. .. :~ ,.,~ ;,., ;. .o::.,¡""., ..:~,.. ~ .._ .. ..,~-"'".' • .-:-~_"'- dl"it._,...... •• -e-r-:.- 4'_....~ , •..• -r '<5- •• '. •• • "' ._ •••!!I{=. • ,¡,,¡- .. 1: ~. -.. .... ~ r ¿ .•. "" •• __... •...r#f'. - .. , • _ . • .. ,: -t _ • ..... , 2 ID. 10.940 mIES 1 LIlAIlA CONSIDERACIONES DE LA CORTE : El Juzgado 28 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogot~t cediante sentencia de fecha de septiembre de condenó
13 1994. a HERNANDEl LOA IlA a la oena pr ivativa de la 1ibertad de cuarenta ocho (48) meses de prisión. como coautor responsable y de concierto para delinquir en concurso con hurto calificado y agravado en grado de tentativa, decisión que fuera confirmada por el Tribunal Superior de esta ciudad e sentencia de fecha r, 21 de noviembre siguiente. la Que ahora es objeto del recurso extraordinario de casación. El citado procesado se halla detenido desde el de julio de 17 o es decir, ha permanecido privado de su libertad 1993, veintiséis (26) meses ocho (8) dias. Acredita 1.448 horas de y ~ trabajo Que de conformidad con lo previsto en articulo 82 el de la Ley 65 de representan una redención pena 1993, le de equivalente a tres (3) meses, para un acumulado de veintinueve (29) meses y ocho días. insuficientes para satisfacer el (B) cumplimiento de las dos terceras partes de la sanción imouesta en los fallos de instancia Que equivalen a treinta y dos (32) ceses de prisión. .~ - ... .... •.. .. -~ '" ~ ,.• v~ ~...~ --.:...-. --_. ..." . .~ •~: _.r ,.-.1 .•'! a". . ~ -. t ..1 ...".':-w-•- ..r":o ;. "_, ....o.&>.-" • .. ~"'11:":-1 ~ • ' --i ~l" • • - -: ~ . •• • oR,. .• 8_ •• • • # - - • -~ #' 3
Coco Quiera que no se cumple el requisito cuantitativo a Que se refiere el articulo Código Penal! el beneficio reclamado 72 del por la defensa resulta improcedente. mérito de lo expuesto! la CORTE SUPREMA JUSTICIA.
En DE SALA DE
PENAL, ESA procesado ANDRES "!ERNt\NDEZ CASAC ION N 1 a 1 J HONY LOAIZA libertad provisional Que reclama su defensor. la NotifiQuese cúmplase. y
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