CSJ - SP 114(08-04-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 114(08-04-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
, \ Segunda \nstanc::.\a Rdo. "".
R~'PU'6L\CA. OE COLOMB\A. ,
. , c. C.I t),a. ~\n1.bn l-Ay,\am ama C.I Adm. Púb\\c::.a.- . , , I ' I •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
I • , '
Magistrado Ponente:
., IDR. JORGE CARRE~O LUENGAS.
- . . •, • Aprobado Acta No. 29. - , I , , • I , ;; ! 1 I I • , , · , , · , , • , •, , Bogotá, D.E., ~bril ocho de mil novecietnos ochenta y sel•s.- I , • I
, • V 1ST O S • ,
•, • , , '- . onclurda la etapa de Indagación preliminar, el - , • Tribunal Superior Istrlto Judicial de ga, por auto de treln ta y uno de octub I pasado afio, se abstuvo de Iniciar sumarlo con-- , , tra la ex-Juez Quinto de Instrucción 'Criminal de esa ciudad, doctora -- ., Myrlam Pi en razón de los cargos a ella atrlburdos por = el ciudadan Vargas Cantlllo¡ decisión por éste recurrida enapelación. , ReSULTANDOS': , funcionaria Inculpada conoció de la denunciaLa " , formulada por Benj Vargas <;:antillo, derente y socio gestor de la emp!.e
sa comercial de su mismo nombre, contra el comerciante Orlando RlascosFErnández slndleándclo de falsedad en documentos, sellos y efectos offclales por cuanto el denunciado valiéndose de tales IliCitudes lo desalojó - del mercado de productos derivados de 'la refinación del petr6Ieo.- Ratificada ampliada la denuncia, la Ju z Plnzón y mediante providencia de noviembre dos de 1.984, se Inhlbl6 de abrir In vestlgacl6n al acusado en consideración a que los hechos denunciadosno se adecuaban a la descrlpcl6n de ningún tipo penal; pronunciamiento - • Impugnado por el querellante a través de los recursos de reposlcl6n yFONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA • · • ...l_
REPUBLICA DE COLOMBIA ama
• I , ..a. pelaclón: aquél como principal éste, como subsldlarlo ..- I y í , , i Iª Or;negada reposIción y concedida la apelacl6n - . e .... , ante el Tribunal Superior de Corporacl6n revocó la ... dlcha d_eclslón atacada disponiendO la apertura de la ,JnvestlgSC16n por partedel funcionario ecmpetente argumentando que la. averiguación adelantada por la Juez de Instrucción Criminal adolecra de grandes vactos probato rfos que ran dar por demostrados los requisitos exigidos para una ... c. determinación de naturaleza (fls.· a' del prlnclpal.-). tal 61 80 Meses después a la misma funcionaria le corres
I , I I pondl6 conocer del Informe rendido por el Administrador Impuestos .... de Nacionales de Bucaramanga en el que le otrlbura Dr. Oulllermo Villa'" al • Alzate el haber obtenido de la expedlcl6n de fotocopias I de la5 declaraciones de renta de las soc:ledades e~nJamrn ,Q I rc:ra" , Vargas CAntillo y era. y' n Vargas Oa sin estar autorlza 1 Q I I do por sus l!l9ales: IrreguJarldad que en su opinión po- ,".. drra ser constitutiva penal,> \ , , • La doctora Pinz6n Guava.ra antes de resolver 51 ... I era el caso de abrl· no Investlgacl6n, con fundamento en la facultad9 consagrada en artfculc .2 de la Ley 11 de Artrtulo bis del1.975 ( 3'lO 0 e", de P. P. ) la apertura de diligencias Inares sometJendoa exhausu terrogatorlo al de la nlstraclón de lmpuestes Nac'lonales ue expldl6 las fotocopias al abogado Incriminado y basada y en 4stos otros elemetnos de convlccl6n prOdujo el auto de quince de ... • mayo de por el que tom6 Id~ntlca determinación a la antertor , adu 1.98S ciendo que en la expedlcl6n de tales documentos. si bien pudo haberseIncurrido en Irregularldades éstas no tipifican nlngCa.nhecho punlble;de ... f terminación contra la que no se Interpuso recurso a pesar de haberse no-
.
- -
, • al¡ a tlfteado en debida (fls. del mlsme ) .... 59 . . . . . , i • Inconforme el señor Vargas Cantillo con las reso ... lucl6nes adoptadas por la Jue! de lnstrucctén Crlmlnat,. la de.nuncl6 penal monte por habar obrado en "torclda haciéndolo objeto de los tra Q . entes al negarse a despacharle favorablemente sus Justas pretenstonas .... acusectén.el Juramentada la Tribunal Superior de , haciendo uso de la atrlbu.cl6n contenida en el artfculo 320Buca ¡ , !
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- • ama i -bis del C. de P. P., allegó copla autenticada de las actuaciones cumplldas por la doctora Pinzón Guevara en ambos asuntos, oyendo en decla-·
, , J , I racl6n a los señores Orlando Rlascos Fernándea y José Herrera Jalmes I, •
- i, : con fundamento en dichas ,dlllgen_c;i~smediante' providencia de treinta- . y
I , I
- I• y uno de octubre de l. gaS, se abstuvo de lnlclar sumarlo a la Inculpada
por estimar que su comportamiento no era constitutivo de dellto,pues, en el primer evento pudo haber Inc:urrldo en error de apreciación al , valorar el : rlo material. probatorio, en el que fund6 su declsl6n, y i I en el segundo, no se advierte en su conducta el más leve factor de mao la fe ni un deliberado p;,ol)Ó$lto dé obrar Injustamente en .forma contraI I , , , • • • rla a derecho.- !
- I Sustenta el recurrente su Inconformidad con laprovidencia apelada en la , que le produjo la circunstancia de que la Juez acusada por descu _negligencia o ligereza haya procedido al archivo de las diligencias dos asuntos en los cuales tenfa Interés posiblemente por Interpretacl6n de hechos o deficlen105 te) apreclacl6n de la$ existentes llegando a conclusiones jurrdl- • cas que no se avienen realidad procesal ....
La set\ora Procuradora Primera Delegada en lo -- , crltertes Penal, en paridad de con el Tribunal Superior manifiesta su con
- , formldad con lución Impugnada y solicita que sea confirmada.-
CONSIDERA
S E •
- • De tas pruebas recogidas en la etapa de Indaga"
, , cl6n preliminar resulta evidente que la doctora Myrlam Cuavara en ejerc]
- . clo de funciones Inherentes al cargo de Juez de Instruccl6n Cr nal, de! pués de reeepñar las diligencias previas que conducentes al es-r-
, clarecfmlente de los hechos puestos . en su conocimiento por el recurrente Vargas Cantlllo~ como por el lstrador de Impuestos Nacionales de B~ caramanqa, concluy6 que no ameritaban la apertura de Investigación por que no se adecuaban a la descripción normativa de ninglln tipo ~nal;d.! clslén a la que llegó, en ambOs casos, basada en un exámen crttleo de ... los elementos de juicio aducidos de las normas legales que conslder6y pertinentes. - Las determInaciones por ella adoptadas fueron • puestas en conocimiento de las partes Intervlnlentes y una de ellas - ... rocurrida en apelacl6n ante el Tribunal Superior, siendo revocada porestimarse que la actuacl6n adolecra de vacfos probatorios que era preciso
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• 1 I ama • -ccimar a través de la correspondiente Investigación, disponiéndose la- • apertura de la misma, por el: funcionario competente, en este caso, por el J . Segundo Superior, de BUCara'i!anga, que no habra ordodespacho • en Indagatoria al sindicado Orlando de' c. pr!_n Ríasccs Fernándea (ti. 60 .. • clpal.-) , • Pero de los términos de la denuncia y sus res tlvas taclones, como de los testimonios recepcionados, no se vlslumbrala doctora Pinzón Guevara haya procedido por sentimientosQue movlda de slmpatta o animadversión hacia nlnguan de las personas interesadasen los esuntes sometidos a su decJsI6n." • 1 El denunciante Vargas Cant'llo, se limita a protestar por lo que considera Inj resoluclones sin lograr concretar en modo I alguno el torcido" que le atribuye a la Juea, Su desonten a - ,- en to lo puramente subjetivas sobre la conductaobservada por la func olvidando que respecto a la denuncia por formulada con dar comercial Orlando Rlascos tuvo la- ... ~I • oportunidad de los tsmos procedimentales en defensa de sus Intereses logra este medio la revocación de la medida Impugnada .... , La clrcu.nstancla de que el Superlór, dentro del Instancia, haya revocado la decisión dei Inferior, no slstema , entrafta r sola, como sugiere el querellante, un Ilrctto proceder dela Juez, 'me que no se avlscra incorrección moral en su comportamlento.'" , juicio de la de de convic A Sala, los elementes • clén aportados en el perrodo de diligencias prelímlnares , se desprende - .. . , la ex .:Juez con absoluta nitidez que la conducta atrlburda a dé instrucción a • Criminal doctora Myrlam Pinzón Cuevara, no corresponde , 'la genérica •
- • • desertpelén que de ella hace un tipo penal y la. hlp6te~fs: de un posible-
. . , , prevaricato, única que podrra resultar los hechos (:Ienuri.clados, apare"
de , . ' ce totalmente descartada, pues la supuesta equtvocactén en 'q.tie .pudo Incul- . ., • la en o en' rr.r la funCionaria la estimación de los hechos 'va"orácf6n de los- . '., . , • medios probatorios, o en. la selección 'de la norma que gob'~r~á' el caso Juzgado,no constituye en forma alguna por sr sola un comW.~a:mi.~ntomerece-
- •
. , dor de reproche penal. - ) '.: . , , • ¡ : \ • , '¡ \ . , , , ,. . . '" tales condiciones, la Corte de JustlclaEn SUp'r,~if.a .' . \ \, .' Sala de Casaclon Penal, ordo el concepto del Procurador '[)fj~~9adyo de a-"'- . , , , . . , , ,\ . , ! .:
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REPUBLICA DE COLOMBIA I ama
I • -cuerdo con él, R E S U E L. V E : •
- •
- • auto inhibitorio I.mpugnado.-
CONt:1 RMAR el
• • • • •
COPIESE, NOTIFIQUESE y CUMPLASE.
-
LUIS ENRIQUe ALDANA ROZO
EDGAR SAAVEDRA ROJAS
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LUENGAS
JORGE CA
HERNANDO BAQUERO BOR
AOZ GUILLERMO DUQUE RUIZ
GUILLERMO DAVI
, •
LISANDRO MARTINEZ ZUIQIGA
VELASQ.uez • José H. Velásquez R ... Secretario • • I • • , \ , \ , .\ , - , • , • , , \' · , I • l. i : q~ •
FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO J4S .. TICIA I
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