🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 116(28-10-1986)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 116(28-10-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

-_ -- - . . . -- - -- ----~, _.,' ""' ,. .. ~

REPUBLICA DE COLOMBIA ama

CORTE SUPREMA DE JUSTtC'A.

- .' -, •

SALA DE CASACION pE.r4AL

. . - , . . • , . . __J ,. , , .... • _ ~ • ~.'\agf.gtradOPónentG:

- "- • ClRA1..00 .ANGEL

O,.. JAJtil1E - ..

  • ....

-~ Aprobt!do Acta N° 104

  • .. ~ . .

· .

  • - • - . - 8ogotá~ octubre veintiocho de mil novecientos ochenta y seis.

, - • -- • • - - • -

  • -

. . '

  • ,

. ,1. • ' , ReeQ"struldo . •.. d~ldota COrte el recurso casado fJSQ, - ta de ,16n interpuesto centra sen i)CfO del 21 dAá feb~ro 1955 del TribUn.al SU " - porior d$i d'$trito JUdic:lal •ba . el dofensor del procosado JOSE \fÓ. 1'0" eOCAR - .•1AVORCA LopeZ. n qutan . ndcn6 fa ~rlaptislCipal ® 15 años do prisIón la . Q , . , , , • - - , ., , \ , . ~ • - , · .

• '_ , , . - , . · - . ( . el dra ~ do julio dQ 19aa, o eso do tas eneo y medfn de la n~ '::1 che, dentro de fa e.afcto".ra flam3cW La Scmbra, .Ieg6 Ac;aldas Medina, y cuan.do Julio GuitftJrmo cnti:lba corea a Qlrros Cuartas, Dolfs Chalarco. Ro pi.)fi)dol' <'" /" , y Notma lsa~1 SaliVar" y qua m'3dlara discusIón .. fuo sorprendido PO'" - !:l;¡ $1.0 11 1 un sujeto qua lo atacó con un cuchillo causándOta fas h.eridas que .~ P,.ooujcron lo muerte. Alguoos testigos y la pt)llera trataron dQ al t1gr-eso,. pero es

  • , te 10g1'6 huir en un taxi en . de etro $uJoto.

- . , - ,~ • - e. dra . 1 do agosto año fl.kl capturado por indocu'" del mismo 0 f.1cntildo o' saí\ó,. JOSE EOCAR ~1AYORCA LO PEZ, qt¡1len manifestó . le ha S& CId'" (lx'travt()do 'os doeumontos de fdaotlfieac'J6n" y qU$ luego flíe vinculado a , . . , , . -- Carlos' este proceso c;:omoa'utor da hechos. Lueg/,) fue apreoondldo flumbCrtQ·

·'':>6 P~re2dcbtdQ a que se identificó con la cédula da ciudndanra pertooeelonte a El> _ GAi~ f\1AYO{~CALOP;;:Z" quien r.Klnifestó que al no Wlur con qoo""tdenttf1carse un

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

-_ _._ -_- - , -- ..... _ -

  • .

  • "'

•, ,,- , f , I (. 0282 -. , , ,

REPUBLICA DE COLOMBIA

I , , I , , i , ninguna parUclpa<;$6n con cl c:tellto invostlgado, y que pata ia fecha de los I 'deO!! , I eneontruba la de Arnronia. tccámlentos sO en. ct·u~d I • , , i 1m dacta ttsmamiento Jutclo eentra ~tcnJificatot'lo auto dI) a 00 l José ~d9ar bkJyorga 16pal y ~.4a'rtht> lA Ojiva Pra4a. y se sObreseyó c:táflnfttva-' I , I carlos • fueton m~tQ a En fa primero audJancj,a tear¡aada decID , - I rJoog no rGspt)rl$obtcs ambos , hab¡on~ doclarado controov'dCn eorílOI to vurcctk:to el en ' , eonfl,rmado por al d(!, 'la , Tribunal.

01 JUQ~ I \, ! fuoron audlt::nela deeJarados tesponsablüs" siendO 4:)1 ;:;"1'0 SQgon.dá autora ~rlt';)Cro "autor mate,laI tre,t 'U'elto" '1 fa sogun,da ' '. lttwfectual del 1 ln!Gcrw. .1 i . I • I • , • (ontra ~ por netot dOs cilrg()$ do segunda ¡t1,statlCl&" .tóftsld¡a fO)'o:IIUla sentGn(ia far so en, vleJado dQ nut'di)d da ord~1)lega' y c:onstJtuetooal, qUE) • ror: • PRIMERO. en érror, 'n palabras del So $ , dQmandanto, . del autor matarla) y

  • - muerto vkllenta de' auto dG I vordadc1'O la ¡own UborJo Acatdas en el dQ t\.1edtna y procedor por clmnto se Ilam6 a juicio a JOSa fOGAR ?l:1AYORGA LOPliZ no a

, Q' Cortos PérozQ ~n mismo sentido. Para fUn Humbefto y produjo la S~ COfldOfIB.. # dar este ... cargo hace análisig do' macWlat probatorio qua obra W'1 oxtIDlSO I • y en que osta.bt~r fueron aureras íos el está oo.camfnadó quk)()os o el II de 10$ Mehos ...

i : I \ I I ef acta la aUdion~ia púb'ica no CARGO SECUNDO: de fue firmada tas del Jurapor Integrantes 00 de eoncfetlCtü. Sil tncu,.ri{, él doscoi'toetmionto do las .. . procesalas de (Ifl I , arttcutoa que tratan tos 159 y 515 dol Código d0 ... adlml~nto Pef\~I, y por lb , • afecta el desde au'" mísmo.en 'nulidad do coracter CQn$tJtucioni,l1 qua pt'oce$O fa J dJoncla pública, de rosulta p,.~f(ltkJa la sentencia on un JuicIo o;ulo.!. R5!f , , I t.U»'\de i«;i~.1 d3sut~"darta sarantfo de' debido Wll~rada ~I.at~!cq'IQr~~,q~,,~

P,OCé$O

~¿ lo. . .: -""-1 _' --."

  • . i -" , • • , ;I v.. _.J. '", '_' _- ~ • "t...... ", "''':'10) -.., ..... "'1 r -~ -" ,.. - - "". _";" '... f-~'..___.. . ,,-,..._-~.-,., - 'o' .: ot· 1 " • _. Iir,... _ ~ JI' ' .• - Jo jI' " -. '_.' '... lJ.' .'. ¡•. .,_ ... ¡~\. ~- . _'"., <";',,', I \ 4)

,

FO.NDO ROTATORIO D.E.¡_'M"NIST.ERIQ D.E JUSTICIA

. . . '" C' 0283 REPUBLICA DE COLOMBIA -3o ,_ .~ • (¿/'E;;d'c{'t~/ta/ ama

EL MINISTERIO PUBLICO:

. . . Estlma el señor Procurador Primero Deleqado en lo Penal que J demanda tiene fundamentos encontrados en tos dos cargos que se formulan la .fer con base en la causal Argumenta asr en su escrito: primero, porque se 4a. considera que con el uso que Pérez hacta da la cédula y nombre del procesado a y alguna confusión en la apreciación de íos. elementos probatorios se IIeg6 error grave y tremenda Injusttcla como para pensar que se juzg6 al que no era verdadero autor material. segundo. admite que respecta al procesado MA.... el El no YORGA LOPEZ hay duda pero que por deficiencias notorias del acta de au dlencla, debe ser j\Jzgado por otro jurado ante la Invalidez o Inexistencia de procresal aquel acto que no firmaron las s personas que Intervinieron." , este A pesar de , analiza el material probatorio , que obra en el proceso con relacló: a los distintos responsables del "rclto, pe-

  • • ra ccnclulr que si hay para establecer la responsabilidad penal en cabeza de JaSE EDGAR YORGA LOPEZ, por lo que considera que no . . • • . 0-' ._ debe prosperar el primer , Igualmente el segundo cargo, nulidad o Inexistencia del acta de la aud . falta de la firma de tos Jurados, citando para ello

sente en la '. de un proceso constituye nulidad de carácter constltuclonaí", pues ello solo ocurre cuando hay "notorl.a violación de las formas pro-

  • • píos del juzgamlento de modo qee con ella se teslone en forma grave la estruetura del proceso, o cuando el desconocimiento de dlC'has formas suponga meno,! cabo del derecho de defensa,"

CONSIDERACIONES DÉ LA SALA:

.. . - I

1. La contradicción de que habla el Ministerio Público entre los dos c:argos que se hacen a la sentencia Impugnada es más aparente que real .• En efecto" bien wede ocurrir que en el auto <:feproceder se Incurra en error

(lrma.. en el del sindicado, y que en el . smo proceso se omita la ~e las, 1 '1~' ~'"-" " _ __. _ ~ t., • - _ ~J .'_extstencla actas de la audiencia por parte de los jurados. lnexlstencla de La Q. ¡ _.' ,. _ 1 >. i ._ _ _. . I ••• _,_.... __ _ __, uno de estos dos hechos no tiene ninguna .tmptlcactén con relación al otro, , I - ,_, . _' _- . •. _._' - FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO' DE JUSTICIA J I I REPUBLICA DE COLOMBIA "'4'" ama a/'zjrhccto/ta/ •

2. El primor cargo formu'ClQOcontra la sentencia os (ll de que ¡sao ésta se dictó en un juicw viciado do n.ulidad (cau.sal dé' arto dal C. de

Ga.

P. P. ) ~ por haoorsG incurrido en error en el auto da procedor con relación al nombre del sindicado. refaci6n a eata causal nulidad; lu CorW hace ías de ¡Jigulentes pt'Ccisioncs: En prImer lugar. la Corte ha sido rQitarante en manifestar El. que el e.rror a que se refiero esta nOl'ttJa no es . sino ól fOrtifaf" que

  • • Jpunta a la identidad mator¡¡:¡1de la persona que es En sentencla del jU¡gáda. , J3 de f~breJ"ode 1984" con potleneta del strado O... Luis Enrique Aldana

, ¡'io¡o" dijo la Corto: • , . lo fundanIDntél' para 01 juzgsmicnt,o y la ojceució,) de fa sentencia es que el autor o par1rclpc de' hecho esté claramente individualizado 11 . asr se doseonozco su nombro o se lo eonozce con otro u otros qua no , cale . ' .. o 'soto se (on . o con le Identifique te rocter . mwfot6gleas que . se confunda con otra - · pe.rsona. '.

  • • e, Para que .flgur-e esta eauset da nulldad es necesario en el proceso ,apare~ca té probado que la pe.rsona Incluy6 en quo q\10 S~ oi auto de proceder no es del pues en caso f)uede gcnaIlrclto .. nlng(tn

' , , . rerse un" nulidad por lo apreciaci6n qua puedan tener Partes inter .

las violentes en un 'proceso acerca do la mayor o menor c:onvlct16n que pueda ofro' , cortes el a.corko relacionado con la respcn$oDilldad do los cúteres o ... ' • pJrtfcJpcs. . es moteria dél dobste probatorio durante las lnstan-' Esfa •

  • • cual u por los prlnclpior; de la sana ctrtlca" siendo las dlsc;repan <1 . eles, 01 se -

, . .:.' cías entre las matarla de los recursos de alzada" y ningún caso ra~6n ..._ éfl do una posib.lo nulidad fund(¡1da en error en e' auto de p,'<!Cedor en el nombre • y • I ' ~ apellido del preeesade,

  • , '-.', Puede taulbtén pr-esontarse esta causal de nulldi'ld cuando

00 • Identificado el 'lutor dal itrcito. como cuando se llama a respender' en juicio CGtá o tJPastellto de condiciones desconocidas en el proeeso", pues atJnadamente dice providencia antes mencionada: !i) La tarea de identificación e lndlvlduali'zaclón de' autor y de los partr clpes es Imprescindibie" porque el proceso pena' tlane un dostlnatarfo qua evcntualmtmte puede sufrir las eensccuenclas punltlvas previstas en la disposk16n sustanclol violada tales censecuenetas solo p~d~.n y eS lnferirso cuando haya ptena prueba de ta rcsponsDblltdad, esto cuan i do exista certIdumbre. sobre la persona da quien formoJa

"'0SpeCtO S~ , ese Juicio de responsabilidad. pesar do que dlche que no es posible plantearla

3. A

. , . nulidad por error en el auto de proceder en el nombro apellido dol procesado y - .. __-. ' ~·r f\ ,. _ - __ ...... _ .- .• __ ._1'1 .... ··--· .. r "''''1''>./" ~e~",,&~e:~~bfi,~'~aw> '··~dI~t.natapreetaclén ~~D~a D~nj!s~ft9Jles cuando ella se . ~~~~~~~~._---_ . ______________ ._ ..._. .'-,_...~:.:.....'.__.'~, __. ,_--o::::::_:_===:::.;::::::;.",,,,;;;-:::~' =-~},....I , REPUBLICA DE COLOMBIA ama , os (onventente anotar que en el cano sub Judfce fUé. el JuradO de conciencia, en una scg'undo audiencia por haberse doctarado contraevldante el prtmer verodacto , .. ~ , 0••• en que ae declaro no féSponsables a procesadca, quien recor.ocl6 la res-« 01 '09 _ pon3ablltdad de éstos, apreciacl6n probatoria que no puede ser materla del · 1"6,. • curso de c:ass(!Ón• .

4. En cuanto al segundo cargo. nulidod eonstltuelone! por violación del debido proceso en raz6n de no haber sido firmada el acta de la au

, . dlanela por los Jurados, es Jurisprudencia relt(3rada de la Corto qua soto las

_, Irrogufarlc.m<Jo$ plroeedl~ontales qua vloJan ostensiblemente Qt derecho de daten ... - estructura P,'OCGl$o.generan fin o la del nulidad. • ley. en desarrollo del principio cOtlstltuelofloi del debido I;¡¡) ~r~0S0, ha s~ftatado una sarta do trámites para el ¿¡delantamlento do los dlstln tus pero solo h~ elevado e la . . de nulidades ct qucbrantamJen ac;:Clf()~s. to do los mAs trasc;endo,ntates da 01105. . odalos en forma taxativo .. Mal puedo cnt()nea~ el Juez. tttuJo de que, violando el dabi.do proceso" elevar él o la condlcl6n do .1UlaS loa en dondo no se cumplan tráml tos cuyo qucbrantamlento e.1'oglslador no a sancIonado eon esta med.d&, a :..· , nlsma, Esas vIolacIones no ser Irra9ularldad~ a más veces , QU3 y en otras oportun subsanables por precedlmentales, pero qua m~eanlsillQS en niog(J" case ldad .. considera, . otra parte, qua el aeta es InoxistQnt0 POI' no

  • • lleva" la firma de jurados es d~conoce" el texto del artrculo a16 dol • C. do P..P. que: soto erstableee esta sancíén cuando la CtllJ$Jt;n es do una fó,'n¡sll- • duo! quaOCfla ley o.xlge expresemente pé¡lra la vtJlfae¡1,I del aeto, y en este caso la

té) lay considera inexistonta °01 acta en qun falta indlcac16n de la fecha y 0010 el lugar en dondQ se IIev6 o cabo lo diligencia y la designación de las personas • que int~rvinleron en elta", según reza E>t artreuJo 102 del estatuto procedImental. J , , , • En mérIto de lo expuesto, la Corte Suprelna dQ Justicia en SaJa de Casacl6n • en cc:uerdo ~on el coneepto dol f\.1inlstarfoPúblico,. ntstranda justicia en Jloil)brQ do la Rep{Jb1ica y por outorld¡)Q de ItI 1..oy I • , , , , ... _. -

REPUBLICA DE COLOMBIA

I , Distrito Judlcis" do lbaguá, en te cual condena a JOSE EDCAR 1'i1A GO LOPEi por a. eolito do homicidto. I • '1 , I C4plese, flotlff'quese y wmplaso. , ' \

(;OOAR SAAVEORA ROJAS JORCE CARREt:40 lUE~lGAS

, , , 1, < I , tvlU"lO%

GUIL.L6RA-10DAVILA GUI

, DUQUe RUJZ

  • ,

I 1 I . , - , • ,, , I

JAt&1E GIRAlOQ u,

ANO CUSTAVO GO}~~EZVE" ASQUEZ ,

I , , ROOO1.FO A1ANT'LLA JAeO~e llSAWORO MART1Nti.Z ¡Uf3IQA !

I • , , - ,

  1. ,

, , , , ,

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO ,

I , J , Secretorio , ! • - - - - , • , _

• . - -. , , " .. . . -_' -....... . •'_ -~- , \. ,i"'~l_.," , ' ,, '_ J.. .. __, -..... .,¡. .•• . "" ... , \.,..-,. .. ~ ,

Consultar sobre este documento ...