🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 12982 (29-05-1997)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 12982 (29-05-1997)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1997

Rad.12982.Unica Alvaro Araujo C.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente:

Dr: RICARDO CALVETE RANGEL

Aprobado Acta No. 60 Santa Fe de Bogotá D.C., mayo veintinueve de mil novecientos noventa y siete.

VISTOS: Resuelve la Sala lo que corresponda en relación con las presentes diligencias adelantadas contra el doctor ALVARO

ARAUJO CASTRO, Representante a la Cámara. 1 Rad.12982.Unica Alvaro Araujo C.

ANTECEDENTES: En escrito anónimo dirigido a la Fiscalía General de la Nación se afirma que el representante a la Cámara Alvaro Araujo Castro y el Gobernador del Cesar Mauricio Pimienta se encuentran incursos en los delitos de testaferrato y enriquecimiento ilícito, por cuanto recibieron dineros de los hermanos Rodríguez Orejuela Advertida por la Fiscalía la condición de Congresista del doctor ARAUJO, fue remitida a ésta Corporación copia del anónimo por razón de competencia.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

2 Rad.12982.Unica Alvaro Araujo C. 1º.- Está plenamente acreditado que el doctor ALVARO ARAUJO CASTRO es actualmente Representante a la Cámara, circunstancia que otorga la competencia a ésta Corporación para adelantar la investigación y el Juzgamiento, tal como se desprende de lo establecido en el artículo 235 de la Constitución Política. 2º.- El anónimo le imputa al Congresista los delitos de enriquecimiento ilícito y testaferrato, y el desconocido autor se

pregunta si será que el personaje tiene suficiente poder político que no lo toca la Justicia. Además del contenido insidioso de las aseveraciones, que reafirman su oscura procedencia, no aporta ningún elemento que pueda calificarse de prueba o que de algún grado de precisión y seriedad al escrito. La carencia de datos sobre la identidad de la persona responsable de esa comunicación impide que pueda ampliarse 3 Rad.12982.Unica Alvaro Araujo C. su queja, a fin de clarificarla y conseguir elementos de juicio que permitan orientar la actuación es un sentido específico. Por lo anterior, no queda otro alternativa que dar aplicación al artículo 38 de la ley 190 de 1.990 ordenando la inadmisión de la denuncia anónima. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal-, RESUELVE: Inadmitir la denuncia anónima formulada contra el Representante a la Cámara ALVARO ARAUJO CASTRO. En firme ésta decisión archívense las diligencias. 4 Rad.12982.Unica Alvaro Araujo C. Cópiese, Notifíquese y Cúmplase,

CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL

RICARDO CALVETE RANGEL JORGE E. CORDOBA POVEDA

JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO CARLOS EDUARDO MEJIA ESCOBAR

DIDIMO PAEZ VELANDIA NILSON PINILLA PINILLA

JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA PATRICIA SALAZAR CUELLAR

Secretaria 5 Rad.12982.Unica Alvaro Araujo C. 6

Consultar sobre este documento ...