CSJ - SP 137(22-07-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 137(22-07-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
-
- Proceso N° 137 contra RICARDO p :- 8 t . - • 1"'""'\. . " ..._ ,..... ...... _ J _._, • _ .i.> " __ - _ '0-"-
ZARATE. Falsedad. CASAC10N. '. • • . /~
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'"
CORTE SUPREMA DE JUSTtCIA
I , •
SALA DE CASACION PENAL
r.Aaglstrado Ponente: , ,
. DR. GUILLER,..,'O DAVILA MU~OZ
Aprobado Acta N° 73
- , Bogotá, velntldos (22) de julio de mil' novecientos ocheny seis (1986). . ta
• •
VISTOS:
• , , • • Decide la 'Coli el recurso casacIón Interpuesto por la de (t • parte civil constiturda a TELMO SERRANO DIAZ, denunciante en
- • el proceso, contra la sentencia de 18 de noviembre de 1982, por la cual el Tribunal Superior de , de acuerdo con ~I concepto de su Fiscal, con-
, . Superior de este O,lst lto que absolvió al procesado RICARDO ZARATE PLA- . , • en TA relaclén con el cargo de falsedad en documento público por el cual -- , , fue er.tjulctado. , Reconstrurdo en parte el pr:oce~9 algunos de cuyos • CUcl- # ~_¡ 1..... __ ••.J ..... ,
se destruyeron en el lncendlo del Palacio de Justicia cumplido el y del ¡"tOS . . • e •
- ,
- • trámite propio del recurso, se procede a dictar el fallo correspondiente •
•
- , El "'~inlsterlo Público, representado en esta Ocasi6n por • en el señcr Procurador Segundo en lo Penal, soliclt6 su concepto
[Dele;gaoo . : ..... ,·.1_'''-' . ~ • disponer la nulidad de lo actuado por las razones que se mencionarán poste-
- • riormenre.
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- •
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. tOt~DO ROTA:ORIO DEL MINISTERIO DE 'U'S'T'~I' ---------- J . ',L.' . - - ------- --- - - -- --- - - - -
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• , •
ACTUAClON
HECHOS Y PROCESAL:
, • Los hechos se resumen en el fallo impugnado en los 51guientes térmlnos i •
- Ricardo Zarate Plata compr6 a A.S.C. Automotriz n n H un vehículo ge Oart, con manlñesto de importación número 20201 de diciembre 13 de 197Q, motor N° C14626 serie por la suma de 350.000. Poster4Dtmen 48131118, $ te lo permutó a Telmo Sarrano oraz, quien lo vendl6 a'
, Epaminondas Bautista; este a su vez lo vendl6 a Gllberto Enrique Ofaz, (sic) quien al necesttar algunos repuestos, 1 se enteró de qua el ventcule adquIrido no era modeloI , 976" correspondiente averlguacl6n, hasta consta hizo la tar que Zárate Plata en la primera permuta hecha con Se • oraz , rrano lo habTa hecho ..a..p. arecer como modelo 1976, , , con manifiesto de lmp~'t.:!Clon cancelado en dlclembre 13 I i de 1974 '(f , , ti. . . •
- •
. • •, , 061 proceso a Zárate Plata adquirl6 el vehrculo por compra a la firma en 15 de octubre de 1976 Y celebro pro- .. , • mesa de permuta, en la .~-,;.j:¡. luTa el vehTculo referido, con Telmo Se - • , • oraz, JullQ cual rranc en 13 de de 1977, recibido por este últlmo y en la con- ( . venclén, aparece ya el vehfculo corno modelo 1976. A su vez Serrano OTaz lo .. • en '. • . transflrl6 27 de agosto de 1917 a Epamlnondas Serrano, quien lo enajen6 • , 1 " .. en octubre ~6. de 1977 a Guillermo Manrique Oraz, a trtulo de venta y en cu- • . • yo po~;r se descubrió la adulteración del documento citado, con base en el cual se realizó su registro en los oficinas de tránsito y se efectuaron las su-
- ceslvas transferenclas indicadas.
,
- ,
• • • • , , , • • .. • • • .. , Abierta la lnvestigaclón,' se practicaron pruebas perlas • , D • I, , tinentes vinculándose con Indagatoria a Ricardo Zárate Plata, -- a la mIsma • quien en términos generales negó su rnsponsabllldad en los hechos, aflrrnan- • • • • • haber procedido de buena fe, habiendo reclbldo los papeles del vehfculo; do • negociado a través de eón Carlos Urrego 'Calderon, empleado de la firma - .1
- • .. • • • • •
- I vendedora y con qulen tenfa negocios con anterIoridad, entregando los doI
- •
- , cumentos para la matrTcula del automotor, a persona conoclde éste, 'apaI de y
- • , a •
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- ROTA:ORIO DEL MINiSTERIO· DE J.'..JSTIC:';
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-3--3- . • • - , .' /~~. -~, . ,,;. / ," • • • • ~ # . ~ , • • reclendo con la alteraclén señalada, Se refirió asfmlsrno , a la manera como
,
- 1 se efectu6 la compra, sosteniendo que si bien pagó de contado con aporte
, , • de un vehlculo, convino en firmar letras para otorgar en esta forma un -- , cf~dlto a Urrego, quien se encargaba de cubrir la obllgaci6n correspondlen- • te. ,
- , León Carlos Urrego Calderón, fue ofdo en Indagatoria,
- • en la que manifestó que habla efectuado negocios con Zárate y le ofrecl6en venta el automotor modelo 1974, el cual habra sufrido un' accidente y te- • recorrido. solicitud" de pedido fue escrita por vendedor, - nfa escaso La el • firmada por el adquirente para un vehfculo 1974 y se le dieron los documen-
. • tos en los cuales figuraba el mismo modelo .la lCompra fue a crédito y las - , • \ > - . \.- letras por 61 aceptadas se relacionan con venta que Zárate le hizo .d~ otro '" . /' carro. Advirtl6 también que una de diferencias de modelos' [as tos 74 Y 76 " ,.,,~ '- , ' en la marca de vehlculos indicada, era la persiana o parrilla y que, preclsa- ... ~I . ..... . lárate' le cOtI\pr6 una d~I-últlmo modelo para cambiar apariencia, del mente la , , '_ carro referido. • , • • , • •
- • • • e las diligencias que según recibo existente,' en
,
- • agosto de 1976 Zárate anticipó la suma de $70.000 para compra de un automó-
~ • • • vii Dodge 1974. • , • •
- • • • • • , • •
..
- • • • Perfeccionada la InvestJgaci6n se cerr6 y calificó por el
•
- •
, • Juez 'de conoclmlento con auto de sobreseimiento temporal (ti. 48 Y ss , cua-
- • derno N° 1. reconstruccl6n. Febrero 20/80). en disentimiento con el Mlnls -
. •
- .' . • .' • - - terlo Público que sollclt6 enjuiciamiento por falsedad y estafa, para adoptar
• • . , , aquella medida respecto a los dos Indagados por los dos delitos expresados
- • y ordenar el embargo y secuestro de los bIenes objeto de la pe. muta y rea- , , brlr la Investigacl6n para practicar varias diligencias, entre éstas la 'nd~ga-
. . . ' . • " • " \ '1 toria de Serrano en relacl6n con las prestaciones contractuales de las ,cua- .. . . '- , , • '. les dispuso, sin haber cumplido Pft-l:.sl:l'7.parte. Se refirió el funcionario a las I . - .
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.,.~.-. , , - encontradas versiones los Indagados, sobre lo cual exlstfan dudas vistas de las pruebas obtenidas. , Al resolver la apelación de la anterior providencia, elTribunal Superior en acuerdo parcial con su colaborador 1, la modificó en el sentido de llamar a responder en Juicio a Zárate Plata por el delito de
- . falsedad en documentos públicos, sostener los restantes sobreseimientos -- tomporales, además de otras determinaciones, anotando también que el men cionado acusado hizo uso de tal documento para la matrfcula del vehlculo y '. efectos terlcres, Ccnslderé la Corporacl6n que se configuraban indicios • suficientes en contra de aquel, como autor del hecho, por cuanto el mode-
"" ·....1... Jo del vehlculc, correspondiente al ,año (ie 1974, BsT en el re- , , clbo Inicial de pago~ también en el de 'financiación, era experto en negocla- ' -...... .
- - Sobre te clones eutomotores ,' compro el varlacl6n de mo señalade con
, ,
- , . . . . . . delo y no adellnt6 mayores gestlónes o actividades enterado por' Bautista -
., " - ,
- - , de la grave Irregularlda advefifa~.
, ,, , I - , - , , Practlcil das dentro del término probatorio algunas prue-
- .
- - , se efectu6 la con Intervención de las partes y se dictó, segul
bas a
- , • , ., lt·- damente la sentencla ,c primera Instancla, apelada por la parte civil; y el
'J, . , . Ministerio Público, cuyas 'peticiones no fueron atendidas. En la -5~unda lns , , , tanela',,,, el Tribunal. de acuerdo con la Flscalla; dictó la sentencia' absoluto, - , , , , ,- ,:..' ,; rla, recurrida en casación por 'el señor representante dé la parte c¡vll~',. , - , ,
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1 ,, -- , , , \ -, ' . , " 1 I \ \ '\ , - , ~, - - . - -, - - · . ' . ,- ,. , - . , , ')'; , '... ..'~¡,,;. ' • ,. , , ' ' • ' -.
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\ : , • , - - , , , , '/ \ i , ., .,, . . #"
- , - , , ',.1\-", • - I~-
, , . - ., , . . \ . . \. . - ~. " ," \ , Previo resumen de los hechos y detenida relación .,de ~"_ ·· , ,. _, - I , , , ' ' , . . . '·1.: \
. JdeJ• ::'._Trl-::\1 ' actuac16n pi ocesal .. el señor apoderado Invoca contr.a _la sentencia
- , . . I ~. ., . . , .1 \,., . . ~. - , - , \ , , 1 •
, I \ , , , , , - . . \ , - \
' \, or F,,~IJCI ROTATORIO D=:L J.¡'¡iN1Sl E'R:C 'C-"'_ •, ,,I - .J,,:_.I _1' , 1..-_------ ____ , - - - '. - 'o' _ _ _ __ _ _ _
. - ~ LJ ,_" • - , R ,o' "...;- -_ -', .- " , lo _ -........ . o-. _--._. -~ •• - •• ~. , - S - , I , ,, I bunal las causales de casacl6n: cuarta - por nulidad - y primera - por = vlolacl6n Indirecta de la ley sustancial - de conformidad con el ar tfculo 580 , , . , del Código de Procedimiento' Penal. y con base en las mIsmas propone dife- • _, - ,, , - , rentes cargos. I El ~~inlsterio Público solicitó invalidar la actuacIón por uno de los motivos de nulidad alegados. , 1 I , I , \ .. , 1
SECONSIDERA:
, , No es procedente er;trar a examinar las impugnacio- '\
por nes presentadas, cuanto la acdon ha prescrito de acuerdo con, lo que ,•, , , se expresa seguidamente. , , , , , \ I , fue calificado por el Juzgado de' Conoclmlen El , , , to, como antes se anot6 or auto de 20 de febrero de 1980, con sobreselrocesados por las Infracciones de falsedad en domiento temporal para I , , procesados, Ricardo' Zárate' , , ., , , , , , , , , , . ¡ , , , , , , ,•, , \ , ,, , , ,, , Al resolver el recurso de apelaclón , el Tribunal,' eil\~ , . , , ' , , , I '~ desacuerde 'con el Mlnlsterl0 Públlco , mediante auto de 27 de agosto 'de' " , ,, , , , , \ . , , \ . . , , '_ I •.. . ,• .;. ; , Plata por para,,"llamar a responder en [ulclo a Zárate , , , , - • ' \ • 1 I \. , . ... .. , v D " r pübllco la confirm6 en lo restante. , , , , , , • , , , • , , ,/ , • , , , " , /, I ¡/ , ' . Esta providencia quedó ejecutorIada el de marzo de . , 11 • • ,. : : ,, , ), " , ,
, , , , , ' ;' 1981, es decir que hasta la 'fecha ha transcurrido un término de más de , , , , ,, \ , \ , cinco (S) años, (fl. 147. v. cuad, 2°. or1glnal). • \ " , I , , , , , , , , , • , , ,, ' : , , • " • ,
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! . I '- - : , / ~ _//,f _;' f 1 • •" • 1 , II infraccl6n por la cual se profirl6 el enjuiciamiento La es la de &Isedad en documento público cometida por par tlcular , que esta- ! . ba sancionada en el Código Penal derogado con pena máxima de ocho (B) anos de prisi6n (ArtTculo 233), que es la misma prevista en el estatuto vl- - gente si bien hizo alusl6n en el enjuiciamiento uso (Artfculo 220). Y se al I I = del documento, este aparte debe referirse al perjuicio ocasionado a otras personas y por tanto al delito de estafa, investigado separadamente, no constltule Infracción distinta en la anterior leglslaci6n, debiéndose tener en
- • cuenta solo como circunstancia especial en la graduaci6n de la pena c.onfori me a la doctrina y jurisprudencia. i
I , En esta forma, el car90¿e concreta a la falsedad ünl- , . camente y como, tal debe examinarse para de la prescrlpctón, ; . , , , • , , , ,
- 'de Por tratarse Infraccl6n sancionada con la misma pe-
- " na en el anterior y en el nuev estatuto penal, partiendo de la acusaci6n
I , ! ,
- , precisada en el enjulclamiento"detJe aplicarse en cuanto a prescripción, la
. , ~ •
- , norma :.más; favorable. Y es la del nuevo Código" confo a Ia c.u. al In- • " ,,J • , , • terr-umplde ;aquella ~por de proceder ejecutcrIedo, corre, nuevamente . '. . .' ,
, • , • •. , sea por 'tlempo equivalente la mitad del señalado en el é)rtrculQ ~80. o '. :u~, el - t' , , · • , , i ' •
- -. ' . • , I : leS) • de 1'9'pena máxima revista para la infracción,' sin ser inferior d cinco
, , • ? _ • • 1 ' • , ). Y~Je- .a~ (ArtTculo 84), término aplicable en este caso. Como a partir de 'la . , · ,, , " .' 'fi'
· , ' .¿l/torla del auto de proceder corrl6 según se dijo dicho tlempo#: se e~tln~uló ' , , 'l. , ~ • I~ 'accl6n y asf debe declararse previa invalidación del fallo Impugnado. "ya "'\ , • I \
- I' i J '. • . , • I . que este no podia quedar en .flrrne ,
.' , , • ~ • . , ' . " • .....1:\: . , ' , • • , .' , • • . r' . , ¡": , '. .. • , .' I •. r',l' :~ '~ .. .. · • , • ~ • • •
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. \ . ( : · '\ \. a f' • , • • • .-. , • • • • .-'" • f • • • , , • • l. • I . •• • , • • .. • • • • , • r ,I • • , j' · , , . , , , .. , • • • • I 1 , f ." .II" ' Por lo dicho, la Sala de Casaci6n Penal de la Corte SuI J j I ~(. , ,', ,. . • • , • • -. l'I , í . de Justicia" •, p~ema ~
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RESUELVE: •
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ORDENAR LA CESAClON DE PROCEOlMIENTO por ,,
, ' , , \ proscrlpcl6n de la acción penal, declaración que afecta el fallo pronunclado , por el Tribunal Superior de Bogotá, Sali!l de Oeclsl6n Penal . •
- • y NotlfTqucse, cúmplase devuélvase al Tribur\al de
1, I orlgen. • • • - •
LUIS ENRIQUE ALDANA ROZO
EDGAR SAAVEDRA ROJAS
\ • • .. , I I
'-JORGE CARRE~O LUENGAS
HERNANDO BAQUERO BORDA
I, --v I • • 1 - , , .- , • , I - - , I I •
GUILLERMO DUQUE RUIZ
GUILLERMO DAVlLA ~iU~OZ
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LISANDRO MART1NEZ Z.
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GUSTAVO GOMEZ VELAS UEZ Q
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JQSE HERl BERTO VELASQUEZ RAMOS
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