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CSJ - SP 140(22-09-1986)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 140(22-09-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

I , ...,1 ( i • -• •

CASACION

, • i I , -- , , , I , ¡ __.,,-'1 I , 1 i , , • I .._ . \ Sentencia Casaciort.- 22 de septiembre de 1986.- No casa la sentencia delTribunal , Superior de Bucaramanga, por medio de la cual condeno a Luz Eugenia Margarita del Divino Niño-Ruega Rueda, a ~lartha o l-féitildGeomez Rodrlguez, a Gloria Eu- • genia Mantilla de Monsalve a Osear de Jesus Monsalve por el delito de Secuesy tro Extorsivo. -

Doctor GUILLERMO DAVILA MUNOZ

Magistrado Ponente: ,

, / 4' , -- _" • - ----- contra N° 140 lUI EUGENIA

REPUBLICA DE. COL f-et: 11estro

RUEDA RUEDA y OTROS. (//'/~c/tcCtO~;g?' stvo, ION.

- , CORTE SUPREMA OE JUS.' lelA ~ .

DE CASACION PENAL

Magistrado F\"»llente: -

DAVJLA' MUQOZ

DR. CUI

.;) , Aprobado Acta N° 91. Septiembre 17/86. otá, septiembre veintidos (22) de mil novecientos ochenta y seis (1986).

VISTOS: nto naI del Clreulto de BW'oral,'¡anga

Pe

  • = de 1984 condené a Eugenia ''l'iediante sentencia de 17 do I-IIZ

de Margarita _~t Divino N a ía pena principal de 84 ; , --_

  • - troz, Gloria Mantilla de ::; prisión; a Martha o Osear de Jesús f'Aonsalvo a la pena principal de .....

MonsaJve V a su tnter : :; a todos los 24 meses y 7 dCas dieciútl do dat'q;ctw~ y f'rociones públicas por un término igual al de I~ ~ - na prlnclpat y la obligación de indel!lnizar en abstracto los perjuicios oee= • extorsivo menor ::; del slonacfos POTla ¡ntrace,lón. consistente en

), I , = ocurrldo$ en esa c,ludad el 24 e de Juan Carlos Daza • Eln - , o de t 984-. (leJ , Ei ,ri¡'unaj Superior 00 anga. 411resolver la Buv3i'ail 1 = apelación contra providencia, erl iaiio de 15 novlfnlhre la ante,'ial de de confirm6, con iflcación de la pena señalada para ::: 1984 ID la tos tres "'timOl> tucncton?ctos. a 84 meses do prtslén, habiendo recurrIdo :: , •

- FONDO R~TATORIO OEl 1II1'IISlERIO CE JUSTICIt\ REPUBLICA DE COLOMBIA .; 1 -

• , , , I ;¿/'/~chc(t(;'na/ i en casac16n Ost'ar de Jesús Monsalve y el defensor de Eugenia Rueda •• t ,JZ Rueda. Recurso que se C('llcedJó por reunir los requisitos te-

. , ' - • gafes. Cumplidos los trámltes pertInentes, se declaró desler to el recurso en cuanto al pi ocesado Mansalva por no haber presentado de atanda y se declaro ajf1stada a las exJgei actas legales la por eI= defensor de 'la n06ibrada. ObtenUf() el concepto del MInisterio \ , P6blico, eJ cual se opone en su criterio a la casaci6n solicitada y corrido J , I I I en silencio el traslado a los procesados no rentes, se • ferlr ta correspondiente decisión. , , , • • • I , HECHOS Y ACTUACION , resumlé los cQnI , forme a la realidad procesal, en tos siguientes térmlnos: \

  • --o

. •

A ya un : ~, do dos años y el I : a AH CARLOS DAZA GANOUR quien la postre re s " 'i ...: ser el sujeto pasivo del delito Invest;igadp~ conseceeecta de un accídente tránslto de result6 ~ - : su , e , slcofTskits . a nivel . ' - i ,.-en. aSlNrta. el nlflO •poi' .: ;~(\a , ,Cf c:oo familia se hizo imperante r gateob'$ en $U su estadudad Jo que. necesaeto , en fechas peri6dlcas a objeto de control c¡r , éd , , l." , principio lo realizaba con MARIA , )¡ GANDUR. en hoteíes para loogo

vor de facllidad a la casa de u'\r'l a¡tllga ,

LUZ EUG.ENIA MARGARITA DEL-DIVINO N

. , , ' ,, RUEDA, persona esta con qulcn le ' I como ql1e tenía un hijo con un dEt'_;: , •,

  • • , Resulta que el dfa vlernes velnte de enero del afio en "', con cut T se tclef6nfcameilte LUZ ,

50 • \ = EUGENIA orden de alguna cita ell , para tos dras 23 y 24 seftatado mes; efectívamen de) , te con LUZ EUGENIA el favor; como ya se hO • C11illplió , bfa, advertido, al nlfio viaJaba cml su p,(/genltora, pe \ • •• _. rcxco

R:JTA.TORIO DEL ~'I"ISTERIO CE JUSTICIA.

- _ - , , 1

,o REPUBLICA DE COLOMBIA - 3 - , o

, , 1 ama /'~~th{;C~O/l,a/ - ro suced!ó que raCz de un de tipo fO"illal, él , • el db ~-nin9t} vGlntld6s reitetada TOrCOIOí¡¡a en opór tunldad llamó a LUZ EUGEN!A ya para infOl'lJlarlc veRl,. no .,"-'·ITa pero no qt .... p~Z:;)f~t:;,;;:aro Gtl-3 ebs tante envíarfa al niño con dos de sus hijas YESENIA y esto en efecto

ANA SOFIA, ac;ontecl6, arrivando ~ los hermanos "Ca aérea, recíbténdetes LUZ EUCENIA e después coordln6 las diligencias con y doctor los médicos, al doctor SANCHEZ el PERALTA, atirante el lunes enero, veintltres de El martes veinticuatro día del punible en Igual iflane ra apers0.n6 lo concerrucnte al m3dh:o, en la tarde-= envió al menor jUAN CARLOS, su tlljo SH.l.\tV\VE1-Ly

  • I a la del servicio dOtll6stleo MARTHA, al cut= I dado de la últilna Jugar en eatabteclmlento dé diver I él sl6n cemunmente denominados ClMAQUINITASQ. Al fe

necor tanto el dfa LUZ EUGENIA mostr6 :: Ul1 cl6n porque MARTHA no rc§rcsaba, fo qua dlspuso-= Ir en su b(:squcda en co¡ppañla de su pad, e y ESP,ª , paro con negativos; RAr'.JZACM\ARRA, al regresar a su casa 4bicada erl carrera 33 ro la esta tina 44-43 da cIudad, ~ibi6 tlalllada d0 MARTHA quien te pedTcl a la 19lasia de él , meto , San Franclsco, al pa-t eeer da borrachera o i I, o dJ ogadlcclón di sin reparo aiguno, hallando , a s bastante .na' pues cDSJ MARTHA versiones ni • pudra qulen so el menor SHJl..WWELL añrma-

.ravado, ba que el médico se lo habTa él 1 , = además mostraba un en 01 que se ,o , exp del dlncro en valor da • $50. 00 más l~;s\L'ila de US 120.000 d6iares por nit!o, ad'llrtlendo tambtén que si las auto ( = , otros dlferentes IntoTvenfan reclblo.'ran o y 10$ I cortados menor. -_ del , .__ , o i I I catados do los hechos la famllw del menor ccloeé al a autoridades, a rálz la gran te I<is sinClISbárgo do anttdad de inexactituáas por parte hicieron de Martha , = ....c.aso a ella para que el do datos medlante S'AJtl!nistro o o o se diera con el pa,'d(!ero del níae, aspecto que al ser acogido por. el.ORIA EUGENIA MANTI1.t A ante las cir cunstanclas se abocada a tomar de vló la deteJ'lJiinación , - - l~n , (ste) IjlCdta'lt~ hPJmano comunicar a oseAR t;U'/O e DE JESUS &101~SALVEquollavara al nffio a asr lugar a efecto ser hallado; fue como de de , caminar de cuarenta minutos por carre I Gen:ia terebas y tera, scgCm él vartos vchtculos dejó al menor Florldablanca, en cOillpáflra de otros nl~..osen donde fue rcseetaeo los eutoridadas efel DAS.

Pf)I' las recogidas dleron origen a detenci6n la de los sindicados en el ocúpita da: , figuran do cerno agente princlp¡ll LUZ EUGENIA RUEDA RUEDAj, eoauto7eS !ropu~ek;ne-.3 r<::i:...;.h~s mismos P'Jl' de tos y de , o , más conjeturas". (Fls 87 a 89. Cuaderno 3°). - I , - .

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

, _.r REPUBLICA DE COLOMBIA , - tibaso Con en las 1genctas C"iIJpJldas pcr la potkfa , , I I , judicial. que condujeron a la captura da los res ~ , , • reseete del menor adc, Inlet6 la Investigac::l6n el Juzgado 11 de Ins y cuyas :: trutXlón do Suc,"',a.iKlnga oy6 en Indagatoria a los • de narractenes ",dales resultaren cargos contra Luz quien neg6 su vfnculaclón Jos hechos. Ordos los relatos de fatal COIl do algunos los cuajes tnto,'vtnJeron en pesqu'sas prevlas.se la • de dictó auto dE:!detencf6n contra los cuatro éstas , entre las declarac:lo= nes da les mfell,bros de la pollera que : p.-1" te en la averiguación pro otras personns • vta y dtligei'.clas dé rescate y obtenidas de , cItadas, la parte clvl' debJdamente constl solldt6 se "nlltara a audlon I

, # I ' , , I eta p(lbtlca. A>r su parte et de Eugenia Rilada pidió se aro l,llZ , , pllara fa Investlgact6n y so practIC an otras pruebas por el d01 cono

JUG~ , I

•, , ,, 1 clmlento, a qulon se habta el • Petición esta c,ItJJlla no aco - ,

  • ,

• , , glda, para citar en su lugar , en auto recurrtdo por el mencto iI nado derensOl', recurso te por el Trlbulla1. En pDste , - -~-- _. - - - • , ' , rle, pi ovldcr tela solicitadas por el apoderado de la pro , SE) pn:ebilS - , . , , • y Rueda so leron otras. en decisión conflr',Jada por el Trtbunal al resotver y por In cual se decidieron afg11nas pstletones. so procedi6 a la celebracl6n au: de la dWncla y se profirl6 la sentencia de primera tnstancta, modificada por el= , ' / = TrIbUnal en la ya tndJcada. por el fallo q"e es objeto del recurso f.,'filla de c:nsad6n. ! I LA DEMANDA y LA CAUSAL DE CASACION INVOCADA: I Prevw referencia a tos fallos etl,'tldos y o¡,serIE ti , es ,

FOl'<DO ROTATORIO OEL t.1¡~'¡STERI') J:;ST~CiA

, , I , - -. -,- - REPUBLICA DE COLOMBIA - S - , por el TribUnal, el senor de tmer~,1:: I InvO('a contra la sentencia la, F~u~1 !?!qcl~~ vl~télfSnsoT .Pl· (X!r, •, , ~

  • 1 c;Ie con cl,ún ln,?~!_ec!O la ley ~lc§te!'S{al" da confo. ttlldad cl arttculo del • I 1 con base en la misma las Códlgo de

. . dones quo se procede a actor plantea censura sigbkmte El la en la forSJ19; Trib,'na' HOfl1:,rabte Su~ \ , rlor de cIa', determinada por error derecho en la api'eclact6n ele de'errnlnadas de , la sen:: tndklarlos sobre pruebas tostllfll)nlatcs e las euates se p' oc:edl11lental en lo atl;: - tenela, ya que se dej6 aplicar el de • 236 e.p.p.), asf c;oalO en lo nantovalor probatorio del al 229" 130, 131, 234 Y 235 lo do tos (art$. atinente al valor pro e.nlos del C. P. P. ), inobsentando lodebi= los 215 a 218 del e.p.p. y. , • o •••• da a los arts. 268 y 270, _ _ -_ _ '- ' - '- ~! su en prlljlOrmino a" ••• erior

Rodrfguez do Mattlde para Aí1antilla do . de GJort& ante la poU):fa judlda' y de las Osea.' a En Monsalve y de de JQSús Monsalve. Cl,anto la pri.liKlta. fiesta e Indoblda ptesl6n $Obre la deponente por qua oxlstl6 "i'él p .... de la poli parte fatollla Gandur, con la do la Judlttal .... que su poster'hlr indagatoria es distinta era y radlcátmonte n expresarse una . de es. ... por cuanto flnatl!'ler\to la reahltcnto II~ey espontánea .... ti. , i ' Respeeto a las ex, w)slclonos y ca. ees do Monsatve y , , , su cónyugo, a tos cuetes Trlbullal - como lo hizo el dio suñcten

01 JtlBZFONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO CE JUSTICIA

- - I REPUBLICA DE COLOMBIA - 6 - \ aosa ~ l' • por cuanto el Tribunal te valor de conviccl6n. hatl>o a su dn$Ca1tffcacI6n. en pTtnler tó,'tlllno=: c:lrcunsta1\Cla~ue : c,:omo • ra = las contradtcclones s()bro la mayol de los puntos que strvtercn 4e u. •• fundalJ¡')1lto para la sente~kl o • cua, en ¡to a la otra cci,slderó Por parte. el objectón del defensor al dicho de aque.'Jos que catee fa de

Rueda o pi oscindiendo da hacerlo. su sitt'acl6n denuneJando a Luz .;_\ . . estima 0evldellta pero que otro era el ulterm de os era ; lo Q . '.dad escapar a. su ast ente. o en otra porsona ••• Y no se limitaron a S!? dándola recaer Q a f\alar I "Z tnocentes. ta ha Ignorado 10 ({serva d.e Yel T i ,'OOS. los cosobre la validez de la El i , -, son esenciales en In se pr~tcndesu tnceencía y c;l6n de la sentencia. • , . - .~._--

  • --_

~. -

  • - - !!! ~prl!cl!- seguldamente attc,!or ~e1"Ccfto. la

(l~ y anota que lOS indicios obrantcs contra su ...;;,;;;,..;.;;.. ;;;...;;;.;;.;;...; ;,,;.;;;:.=;.;:;;.;...;,; __ Q en salida a Rul la son: entrev¡sta~ la los ~prcscntada (k) , - -.. . lo cual omltl6 la earac:tetlstkas de u U # ¡"CitO., , , valor polque su no pro u... error el de cta siendO .,. • refe 16glca. sino de la vet'$l6n parcial de losvlene de previstos en el artfriílo 231 de' C6dlgo de: rldc)s. no rcCme tes no = Penal. y por ser unrvotí) la (oi'Clusl6n deJ faltador. no

  • en su afltutarse conjunto coñit: ¡tuyan pkmn •

.¡q~ = que reláct6n con la entrevista anotada. En • • - .

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO CE JUSTICIA

REPUBLICA DE COLOMBIA • - 7un gravo. se ~' dentó no es ramntlbte que quienes han decidIdo . com" estaba , tal concebidO el plan en ót 6tttmo • es lógico que tles con pos1erkw. todo$ tos rlasgos Mant1lla Rultoque euentes, . tos Motlsalve en 014" crerbte el en V e$ C1ontro en la autopista próxima a tal lugar • • para a.. Rue<2a COlnoautora de la . • el la to ee dldo viajo a Santa Martha para estaO¡I'tllar la carta por enca,'go aqUQJJa no pro por el escrito Matilde transporte de sentaba sollo de d-oduJo el Tribu::: q1.,e i I nat, I • • , • ! • mencionada RtW(la con 1 . de la la SobTo ~- :2 • fa'nllla r Candur, adVierto que dadas las f,'C<'lien visitas de T01'COro 'il%a tesy Matlldo soTVldoras Clorla de -

  • Ruada, la d~l,uestlna SOJ' ajena a los hc"lOS ceae lo hfcteron, recursos. Y exIste C'I)'tStt!ncla do1 segui

quien habrfa contado con , : , Clona a la miento de de crlrtllnaJ • tfdo ': I , , noteu n. blo.tus por .,~¡ansia do adqJtlrlr y tonca el cc,m nra en verslorws, las trarlo °Animo catttatJvo y son Q adlnunda y en otras : Insolvente. "ncc.esJtac'a de • . ft al rofcrkto. (tecito SI mtlstlcran estos rores, so Ilega,,'o a no el habrfa =: , ". . ,

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO CE JUSTIC'IA

,- .. \--~-~.--------------------------------------------- REPUBLICA DE COLOMBIA - 8 - ., ama sentencia absolutoria, aún por duda, pues por 10$ errores IndIcados el Tri a una mayor la ret':onocida en la ley, bunal concedió a las' ~ • en violación Indirecta. Por lo cual solicita Invalidar la senten c:ctno determlnadora del secuestro y "'7 cta, absolver a Eugenia ti ••• dictada a<'ecuar tarnblén conseéue~lat.IJlente con esta decIsión la °• contra tos procesados

LA DEI

PROCURAOURIA EGAOA: EL CONCEPTO DE $ d' $ _ 2$ 2 S " L 7 22' i 2 , r' ' '.' Delegadoen I~ Anota el seftor pues tanto el testllfl.Onto Penal que los errores alegados no son de yta del como los indicios, están SQtootidos a

Sin que tampoco r-esulten de' r de argt'll¡entaclones son propias e la crftlca alegados y que e deloostrados', ni manifiestos • , no examina otros Indicios. de la prueba es I --_ - .... 'o _ - - •

  • • se CONSID RA: lo advierte el MInisterIo p(¡bllco, debe desta,': ' Co¡IIO carse en primer término qua la aC 'SBc!6n resulta tmproplamente dlrJglda,=

1 \ 'JI y existe :: en error da derecho es sabtdo 6ste ya qua se COlitO , o se cuando se niega validez a l'na P"liaba logatrnento a la no' reúne Mas tos ley, qtae requisitos exigidos p1)r la , ,

  • • • r ' za el valor que los ncrmas pcrti.ne.ntcs te asignan.

. , , • • , , errores en = caso, se trata de En el , • Sl'ii¡etldas 'al, régila apreciación d~ estas pruebas, testimonial e lndlctarla# , \ ')

FONDO ROTJ\.o,qno :-E1. f,1¡'~'S,ERIO CE JUSTICIA

,. • I=~==",======= ......'...~................... .-=. ~-...-=--=-- - ~ , I

REPUBLICA DE COLOMBIA

  • 9ama

, ..., \ i I y perstiat:l6n del funcionarlo4' lo cual ubtca las , men de' libre'

I en • alegadones referIdas el error de

  • • j •
  • • • Tal ha sido la JurIsprudencia de esta SaJa. En

  • tanda d~ 2S de 'marzo cJ~ 1914 se diJo: al estatuto procesal vlgento ni la pi le el. • • ba ni la Indiciaria 4' en general4' están su • Jetas a tarlfa legal de ; sino al sls de la ~rsuacl6n ractonal, en que el juzgador ; Iza una= funcl6n prcdomlnanteioo''íte autónoclS,; por , reglasc'cJe la sana crrtlca. En consecuencia, si al

~$ • Jt,er espenda api ectar esos COi' iYzonabl~lllente me,,) I •, dles probatorlos4' vale decir.' §t de y gQi • S arbitrio al ejercer la -fácUltad da evaluarke pélra formar su convlcc16n, existe Imposibilidad jur!= , , , d~ca para fu un error da derecho en las i q\18 tal sistema ostro ' n. Es prectso no olvidar == I

I , q\ro el error de ,en' la estllltJlcl6n de una ~ I ba solo , la entre = de conf"Ofltac;l6n el

  • • , a ese medlo en la senten que cta acusada y tiene o del cual a la luz del que establece su valor probato riou. (Dr. Botero~ y reVl n , ' . s14n Págs. y penal 111 172). ell 0.

I - • , \

  • • más: e';lentes pront1ilclamle.ltos" la Sala ha relte= • i;O i

,

  • - en tos • " sIguientes ta~'Ia-- ants\rfor-1url •

- - " , - error de derecho se presenta en los C8 51, C)S S -1 .~. .en~. . ~ _1,." al Cuando el fallador admite y confiere valor proba torio a un medio de convlccl6n irregularmente apor::: tE!do al proceso" por olulslón de las fOj'uªlldades que ia exIge para su aduc;16n. ley la "se que = vator b) do a le niega el la ley le asIgna; y • de. a la un diverso e) Cuanc10 prueba se te da valor ta ley le eonñere, e1 recurr,epte Es Indts~nsabte, , 1, alegue la violación Indirecta de la ley preclse la fo. Ula de la vlolacl6n y que, ',,= error, cm ' la naturaleza del lo demuestre con en el seftale, el caso de de hechO, la que '01' = consagra el tipo dé p,.lroba sobre el cual ~ 'y, en caso de error de " que p~tsE3l~' dls~, s~t6n que datQ' Illlna el valor que debo asJgn.arsé 'a"

FONDO ROTATORIO OEL 1;l¡'IISTER:;) ('E JUSTICII"

  • --

-

  • -

__ - ... • - , . --- - -- - - "- ""_ I REPUBLICA DE COLOMBIA , - 10 - ; aosa I que seflale 51 violacIón dió lugar a la la • la falta aplje ac'lón o la apJ :. Indebtda de la :: Q ley y que-comprue~ la intideneta dal en el pJ'ooun, !amiento acusacl del falto n •. error la del Ce de,ecJ,o ha dlcho esta Sata: • otra no sobra que, co parte de .'~ sostenido Ce.-te en reltéi-ada,: : lo ha la .. i errores en de la deJo fas están ctrc tas a ~Ue1las las tos de de cuales la propia date. su valor, como en los ley IJ1100 ~rtfcutos de los 216, 228. 230, 233, 261. 264, Cü$()S ta,lrorio o da tarifa legal) y no, ( 14 supueste, en en tos que las IlOr·C(laSdel po1' procedlmlentQ "deja su m6,rto a la sana crru ca de etem.entos de prueba el Jt'ez 0S0$ P" ( 26 de O:t.ubre de 1918), el análisis que ette el fUnclonarto en caso de hnga en particular y en relación con tcwSos to los <tetnás t ! dEl convtec16Jl extstentes en él . , ! en eventos de arts, 219ft 231,a~6.278. pór ~ los los I jeínpto (slsteln (-staact6n racional)'. (

do la n clón enero 24 de • - de • Asf e en set\a16: • en verdad-'· que. por reg , no pueden alegar-se errores , Jutclo eonvk:ct6n, f.:ento al de de testimonio J)Qrfcla', ya quepor n¡n~ na parte le asigna a estos mcdlos da prueba , - • valor probatorIo. Eso vator lo otorga, un

  • L j

I Juez. en eonerete, el stgukmdo las pautas ,· .I • L , · ' • , al efecto Indlcon tos pi res~

"!iL~PtDS L,

, , , tra1a sana • de tesUlr:¡),\lo se acudlendo la i ' él ,

  • •, crftlca (art. 236 del e.p.p.); si de pertetas, apre;: ,

, , : _. -

: . (art. 278 del C.P.P.).ESto --_ I

  • . _ • sin lugar a dudas. el legisl abando

I

  • ,

> • - tarifa "fohatorla a , • conocImIentos de.' Juez a su c;.apacldad y j'é»fJfffi 1 : dora, para pcrmtttr que estos de tal taCto C{'¡l ,1 dé ... res, de suyo , haga la vator3(l6n ~: dos . Entóccos, si dIcha valoración la 1 factoros extraños a la normatJvldad. por

(ievfcne da posr que ElStán sustanclali1tCilte falcl'a de ella, no es ar bl~ fallador· en violaciones ley 01 de la determinarla'. ( de Junto 2l¡ de 1980)'. 0. de juliO 2 1985. de , ,, , , , • ! I j I anterior signIfica que la Lo , , , ta de IAcfllca, con los í;Oilstgulentes, cuales son tos de ol efectos IC(jpedJr • ; - de la a su reiterada Jur falla, . la ,: Pet o ni aCm, adm,'tlendo ptanteade

  • I

I , ¡ ! , '

• - r_-:-,~__ ." __ FOIIIE''' e: ~ ~_1,', _"ER;O rE JUSTICIA ,

, I, ' , • , , 1 , •,, , • J

REPUBLICA DE COLOMBIA

1 • - 11 - , )1 -aaz a , • ! Rodrrguez incurrió en con=: la aClIsacl6n y la Matllde qtl~ tradtccl6n en su Indagatoria especto a lo en el intet'rcg:atotlo inl i ¡ , , • , • clal al fue SOlllctida - si bIen esto no sarfa suficiente para , dcmehmtar= -~oncruslórt su did\O - Se-Ilegarfa a 'distinta a ~ del 'fallador .. Porque la sen , ,• • , ! , tenela un amplio y análisis de testimonios, do los dichos

- • • I , y de otros procesados 4e Indicios debJe'aa16ote ados que llevan a= de1llosb' • # I I , i , establEc,óer la ,esponsabllldad de la procesada, de tos que fue,'''n ob • j i , . Asr. , relaciones Jeto de la crrUca del actor .. sus con fa familia Gandur, da , · í , , , , ' í ab'As, la eonñanza deposl en ella por la IJadre del niño secuas I : tlCII'po • trado, el <19las clrcunstenclas que te el de , I j • , • su otros . ltto, ascendenela sobre los otros procesados Y' mencionados por el , ,• , , tallador. Todo lo cual en su col'ljunto no que sustentar el cr¡ " • ¡ , , :, I , ter lo por el Tribunal, n' dK;tar lmpus , , • "

  • ",

! , .. nada, • ¡: j 1 I , ¡ • • , •

  • , l, , Por lo dleho, de eon el del Minls

--_ _. -'- DE terló P6b. llco, la CORT· DE JUSTICIA - ION ..._ • •

  • = L -, Justlda en da la Rel'·Qbllca y por autort • dad de la Ley, • a

E S U E L V E:

• , , sentencla NO CASAR la recurrida.

, • Cóptese, notlf6¡uose y devuélvasé al TÑ~nal de o • rlgen .. • • , • • •

EOOAR. VEDRA ROJAS

,."

  • • • • • I
  • I e } J '
  • ,,-1

• • , • i ' I ca . contra

1110 LUZ EUGENIA

REPUBLICA DE N0

RUEDA RUEDA y OTROS. NO CASA recurrida. ama 1 r - 12 - • , , • i • I , • i ! •• I •

GUILLERMO DAVILA MUROZ

I ,

JORGE CARRERO LUENGAS

• I I , !

GUSTAVO GOMEZ VEa ASQUEZ

GUILLERMO DUQUE RUIZ

USANORO MARTINEZ ZURIGA

• • • , •

SALAZAR OTERO

• -_ _. --_ • _ . _ • .... • • • • • • • •

FONDO ROTATOR:O OEL MINISTERIO DE JtiST¡~JA

'0' --

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