CSJ - SP 2094(05-04-1988)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 2094(05-04-1988)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1988
• • ' 1 • Expediente No. 2. 094 1 ' 1 ' 1 1 • • ' • ' 1 •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
• ' 1 •
Magistrado ponente: '
•
Dr. GUILLERMO DAVI LA MUÑOZ
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- Aprobado Acta No. 021
Bogotá, cinco de abril de mil novecientos ochenta · y ocho.
V I S T O S : Por tercera vez solicita el procesado LUIS IGNACIO DIAZ DIAZ el beneficio de libertad provisional con fundamento en lo preceptuado en el artículo 72 del Código Penal y la Ley 48 de 1. 987, para lo cual acompaña certificado de trabajo, cartilla biográfica y acta del - -
Consejo de Disciplina. •
- El Señor Procurador Tercero Delegado en lo Penal ha emitido concepto desfavorable para la excarcelación del procesadoya que no tiene derecho a la rebaja prevista en la Ley 48 de 1. 987 en razón del delito imputado y consecuencialmente no cumplir con el requisito cuantitativo previsto en el artículo 72 del Código Penal, para suliberación provisional.
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- 2CONSIDERACIONES DE LA CORTE:
• D 1 LUIS IGNACIO DIAZ DIAZ fue condenado a la pena privativa de la libertad de noventa y seis (96) meses de prisión como autor responsable del delito de en grado de tent~ lhomiciidio ag¡iravadlo, tiva, punible que fuera excluido expresamente del beneficio consagra1
- 1 do en la Ley 48 de 1. 987, razón por la cual la rebaja reclamada porel peticionario, resulta improcedente. ' Como quiera que Díaz Díaz fuera capturado el 27 de febrero de 1. 984, ha descontado efectivamente en prisión cuarenta ynueve ( 49) meses y ocho ( 8) días, que sumados a doce ( 12) meses y -
- - · cuatro (4) días a que tiene derecho por trabajo ( 8. 742 horas ) , dany un total de sesenta y un (61) meses doce (12) días, inferiores a las dos terceras partes de la pena impuesta que equivalen a SESENTA Y
CUATRO (64) MESES DE PRISION.
En consecuencia, la excarcelación del procesado resulta prematura ya que el primero de los requisitos del artículo 72 del Código Penal no se cumple en este caso.
- • Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, oído el concepto del Señor ProcuradorTercero Delegado en lo Penal y de acuerdo con él, NIEGA al procesado LUIS IGNACIO DIAZ DIAZ el beneficio de libertad provisional.
Cópiese, notifíquese y cúmplase . . 1
- 3 - Proceso No. 2.09LI. Niega libertad provisio
nal a LU S IGNACIO DIAZ DIAZ .
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CARREÑO LUENGAS
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