CSJ - SP 2142(26-04-1988)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 2142(26-04-1988)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1988
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Magistrado ponente:
Dr. LISANDRO MARTINEZ Z.
Aprobado Acta No. 027 Bogotá, veintiseis de abril de mil novecientos ochenta y ocho.- VISTOS Por quinta vez solicita el procesado EFREN DE JESUS VALENCIA VASQUEZ su libertad provisional con fundamento en lo precep tuado por el artículo 72 del Código Penal y Ley 32 de 1. 971. El Señor Procurador Segundo Delegado en lo Penal ha emitido concepto desfavorable para la excarcelación del procesado ya que sus· .~ntec~dentes recomiendan prolongar el tratamiento penitenciario pormás tiempo, no obstante reunir el requisito cuantitativo de la pena a que se refiere la morma primeramente citada.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE:
1 ¡1 t ••• ' - 2r l Tal como lo destacó la Sala en providencia de fecha 12 del presente m~s y año, Valencia Vásquez no tiene derecho a su 1, excarcelación provisional no obstante que ya cumplió las dos terceraspartes de la pena impuesta en las Jristancias, pues, hallándose gozando de excarcelación provisional por un período de dos { 2) años, incumplió las obligaciones contraídas ante el Juzgado lo. Penal Municipal de Coco!. ná ( Antioquia ) quien lo condenó a la pena privativa de la libertad de veinte {20) meses de prisión por el delito de lesiones personales. - Ningún elemento de juicio nuevo ha presentado el peticionario que modifique el criterio de la Sala expuesto en varios pro-
. nunciamientos, razón suficiente para despachar negativamente la sol ici-- tud de excarcelación demandada, con la aclaración que en ningún mome~ to la Corte ha concedido al procesado rebaja de una tercera parte de la pena como lo asevera en su escrito dirigido el 1 O del presente mes y año y que su insistencia en que se le otorgué el beneficio de libertad provisional, solo ha entorpecido el normal trámite del recurso extraordinario de casación con perjuicio para sus compañeros de causa. Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, oído el concepto del Señor Procurador Segu~ do Delegado en lo Penal y de acuerdo con él, NIEGA al procesado EFREN DE JESUS VALENCIA VASQUEZ el beneficio de libertad provisional. f, Cópiese. notifíquese y cúmpl /
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GUILLERMO DAVI LA MUÑOZ VELASQUEZ
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3 - Proceso No. 2. 142 Niega libertad a EFREN DE JESUS VALENCIA VASQUEZ.- ---·---------~- ~ _-.. )( . . ... . .. . ,. . ··--··-· ..... -·-. .· . ....... ______ , .·~ vf.,v~ L--J ·. RÓOOLFO~ANTI :J:I.SÁN°D RÓ. ~~({..T-1-NE ..,..,.-
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