CSJ - SP 2236(26-04-1988)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 2236(26-04-1988)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1988
1 • • ( ( Auto Casación.-26 de abril de 1988.- Concede libertad provisional a Fernando Antonio Montes Valencia, condenado por el Tribunal Superior de Hanizales, por Infracción al Estatuto Nacional de Estupefacientes.
Magistrado Ponente: Doctor LISAliDRO KARTINEZ ZUllIGA
• '• 1 •
- 'I
Expediente No. 2. 236 •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado ponente:
Dr. LISANDRO MARTINEZ Z.
Aprobado Acta No. 027 • • • ' • CI Bogotá. veintiseis de abril de mil novecientos ochenta y ocho. • i
VISTOS:
El procesado FERNANDO ANTONIO MONTES VALEN- ( CIA solicita el beneficio de libertad provisional con fundamento en lo preceptuado por el Artículo 72 del Código Penal y Leyes 32 de 1. 971 y qe de 1. 987, para lo cual acompañó certificado de trabajo y resolución favorable del establecimiento carcelario que calificó su conducta como ejemplar. El Señor Procurador Segundo Delegado en lo Penal ha emitido concepto desfavorable para la excarcelación del procesado ya que no cumple con el requisito cuantitativo de la pena que exige el artículo 72 del Código Penal para la procedibilidad del beneficio demandado . • • J, 1 \
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- CONSIDERACIONES DE LA CORTE: FERNANDO ANTONIO MONTES VALENCIA fue condenado a la pena privativa de la libertad de cuatro años de prisión como
autor responsable de tráfico de estupefacientes de conformidad con la Ley 30 de 1.986. • El peticionario fue capturado el 13 de junio de 1. 986 • y puesto en libertad provisional mediante caución juratoria el 30 de octubre del mismo año y. nuevamente recluido en prisión el 22 de enero de 1. 987. - es decir ha descontado efectivamente de la sanción impuesta diecinueve ( 19) meses y veintiun días. Por trabajo acredita 3. q76 horas que le dan derecho y a una rebaja de cuatro ( meses veinticuatro ( días y por aplicación q) 2q) de la Ley q5 de 1. 987. una rebaja adicional de la sexta parte de la penay - impuesta. esto es. ocho (8) meses. para un total acumulado de treinta y dos (32) meses quince ( 15) días. superiores a las dos terceras partesde la pena principal. ( El procesado no registra antecedentes penales ni de Policía y su conducta dentro del establecimiento carcelario ha sido siempre ejemplar. razón por la cual las autoridades carcelaria han conceptuado favorablemente para la excarcelaciÓ!).·. del procesado. a más que advierten su permanente trabajo durante el tiempo en reclusión desde el mes de enerode 1. 987 cuando fue nuevamente detenido como consecuencia del auto deproceder dictado en su contra. 1
- • Quiere decir lo anterior que Montes Valencia puede gozar del beneficio de libertad provisional con la sola suscripción de ladiligencia de caución juratoria y buena conducta. ya que se halla demostrado en autos su absoluta imposibilidad económica de prestar caución pre~
' ' ' • • - 3da ria pues, en oportunidad pasada, ésta le fue sustituida por Juratoria luego del trámite correspondiente. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, oído el concepto del Señor • Procurador Segundo Delegado en lo Penal, •
RESUELVE:
• 1
- 1 lo. CONCEDER al procesado FERNANDO ANTONIO MONTES VALENCIA el beneficio de libertad provisional mediante caución juratoria de conformidad con lo dicho en la parte motiva de esta provide!' c1• a. 2o. Previa suscripción de la diligencia de buena = conducta y presentaciones personales cada quince ( 15) días, se librará - la correspondiente orden de excarcelación con la advertencia de que solo producirá efectos en el evento de no hallarse solicitadp por otra autori- ( dad en razón de asunto diferente. Se comisiona: al Juez Penal del Circuito de Anserma ( Caldas ) a quien se le librará la correspondiente comunicación telegráfica. , Cópiese, noti f[quese y cúmpl se.·
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GUILLERMO DUQUE RUIZ
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RODOLFO ANTILLA JACOME / LISANDRO MARTINEZ Z.
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- 11 Proceso No. 2. 236 Concede libertada
FERNANDO ANTONIO
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Otero • Secretario . • • • ( • • ( L