CSJ - SP 2431(09-02-1988)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 2431(09-02-1988)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1988
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COLISON DE COMPETENCIAS
- ' Auto Colision.,- 9 de febrero de 1988.- Dirime el conflicto de competencias entre el JUez NOveno Penal del Circuito de Cali su homologo de Ipiales • y
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Magistrado Ponente: Doctor LISANDRO MARTINEZ ZUÑIGA
• ( • - . • •
COLISION COMPETENCIAS
Proceso N6 2431 • ¡ '
Contra: Samuel Erasmo Pas
! ' tas Muñóz. Delito Estafa • •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
- •
Magistrado Ponente:
DR. LISANDRO MARTINEZ Z.
Aprobado Acta. Nº. 07-11-2/88
- • Bogotá, febrero nueve de mil novecientos ochenta ocho. y
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V I S T O S : • Decide la Sala la Colisión de Competencias suscitada entre el Juez Noveno Penal del Circuito de Cali y su homólogo de lpiales, quienes se han declarado incompetentes para conocer del proceso que- • se sigue contra SAMUEL ERASMO PASTAS MUI\IOZ, por el delito de Estafa.
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- C O N S I D E R A C I O N E S : 1. - Con fundamento en la descripción típica que del delito de Estafa hace el Código Penal en el artículo 356, como lo ha afirmado ésta Corporación, este delito ''seperfecciona en el lugar donde elsujeto agente, mediante inducción en error del sujeto pasivo, obtieneel provecho patrimonial ilícito 11 (Auto de octubre 6 de 1. 983). 2 . - Por tanto, impera determinar si fue en lpiales o Ca11, donde SAMUEL ERASMO PASTAS MUI\IOZ, obtuvo el provecho patrimonial ilícito, ya que a pesar de que el Juez Primero Penal del Circuito de I piales sostiene este criterio no le asiste la razón, como tampoco - - - - - - - - - - - - - - - - ~ ~ - -- - - -
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- - - 2al Juez Noveno Penal del Circuito de Cali; a aquel por no delimitarfrente a los hechos el momento en que aparece el precitado provecho a éste porque si bien acertó en este sentido no lo hizo en relación y
- ' • con el fundamento jurídico que rige el punto en conflicto. - 3 . - Se afirma que PASTAS MUf:'102 indujo en error a - • Rodrigo Clemente Unigarro Caguasango cuando en la ciudad de lpiales le propuso que si quería negociar con dólares, actividad ésta muy ren
- .. ) table, le depositara en su cuenta corriente del Banco de Occidente la : suma de $675.000.oo; aceptado el negocio por Unigarro, hizo la consi.9 nación solicitada sin obtener los resultados ofrecidos por PASTAS MU
- • f:'102; luego se estableció que el procesado trasladó en la ciudad de Ca11 ese dinero a otra cuenta corriente, negándose a devolver el dineroa Unigarro. 4 . - Afirma el Juez de ·lpiales que en estas condiciones
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- • la competencia territorial radica en el Juez Noveno Penal del Circuitode Cali, porque fue en esa ciudad donde PASTAS MUf:'102 11 retiró el ' r .
1 ' dinero 11 entre tanto el Juez colisionado sostiene que es competente - , i su homólogo de lpiales porque en el delito de Estafa el Juez competen ' '
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' 1 ' te es el del territorio en donde se llevó a cabo la maniobra dolosa, elengano. • 5. - estafa contractua I se perfecciona en casos como La éste, cuando hay un convenio entre las partes; se diferencia de losdemás contratos en la finalidad ilícita de uno de los contratantes. En el presente caso el convenio tuvo lugar en la ciudad de lpiales y allí se efectuó igualmente el desplazamiento patrimonial del
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- • - 3 - •• • dinero consignado. - - - - - - • A partir de ese instante solo PASTAS podía disponer de ese dinero, ya que él era el titular de la Cuenta.
Esto es que tal desplazamiento se cumplió cuando se hizo la consi_g • nación en cuenta de PASTAS. Totalmente irrelevante resulta pues, para la configuración del delito el que el dinero lo hubiese trasladado - • PASTAS a Cali, pues ya en lpiales se había consumado la inducción -
- • al e r r o r , el convenio contractual, el desplazamiento patrimonial y elprovecho indebido.
.. ) Por ende, de conformidad con el artículo 74 del C. de P.P. que fija la competencia territorial al Juez del lugar donde se realizó el delito, le corresponde al Juzgado Primero Penal del Circuito - •
de lpiales conocer de este proceso. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, •
R E S U E L V E :
1 • DIRIMIR e I conflicto de competencias suscitado entreel Juez Noveno Penal del Circuito de Call y su homólogo Primero delpiales, en el sentido de asignar al segundo de los nombrados el conocimiento de este proceso. ORDENAR el envío de copia de esta providencia, concarácter Informativo, al Juzgado Noveno Penal del Circuito de Cali. Cópiese, notifíquese y cúmplase. • - • •
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Colisión #. 2Q31. •
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ILLERMO DAVILA ROZ Z VELASQUEZ • ---=·· __ :__ ___ , _ - ~ ~ ~ - . / --
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· EDGAR SAAVEDRA ROJAS
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