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CSJ - SP 2504(05-02-1988)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 2504(05-02-1988)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1988

REPIJP.LICA llF. ,.,,. ··' "' COLISION DE· COMPETENCIAS Proceso: 2504 · ·, . -/ '~ ' ) . , / (/ ,. .,. ' Contra: Wllson Patlño Pérez

Delito : Homicidio

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente:

DR. LISANDRO MARTINEZ Z.

Aprobado Acta Nº .07-11-2/88 Bogotá, febrero cinco de mil novecientos ochenta y ocho. . . ,. -~ :· VISTOS Decide la Sala el conflicto de Competencias suscitadoentre el Comandante del Departamento de Policía del Magdalena y elDirector de la Escuela de Policía Alejandro Gutlérrez, quienes en cal! dad de Jueces de Prim. era Instancia se han abstenido de conocer del - ' proceso que se sigue contra el agente de la Poi leía Nacional WI LSON PATlf:IO PEREZ, sindicado del delito de Homlc;dio. CONSIDERACIONES 1.- La discrepancia entre los collslonantes, consiste en determinar si para la noche del 31 de enero de 1. 987, fecha en quesucedieron los hechos, el procesado ostentaba la calidad de agente de la Policía o de alumno de la misma instituc16n, ya que de esta conclusl6n depende cuál de los dos funcionarios es el competente para con~ cer de este proceso. 2.- Está demostrado que por Resolución número 0143 - · 1 1 l ·~ .:~ .' \~. ...~ .\} RE pu E'l LI el\ ! } F 1 : : 11 '·.; • n 1 /1. ::. .• , :·. ~ i,·}.· .~. <. ., '.

>~·:· l· .~l· ... :- - 2del 21 de enero de 1987, WILSON PATl~O PEREZ fue nombrado agente 1 i de la Policía Nacfonal; que el 20 del mismo mes y año fue presentado - ! i l al Comandante del Departamento de Policía Magdalena de conformidad - ! con la designación que le hizo la Dirección de Personal de la lnstltuci6n mediante pollgrama ne.mero 23330 del 24 de diciembre de 1986; - que en estas condiciones se lntegr6 al Escuadrón de Carabineros deSanta Marta, cuyo Comandante lo designó con dos agentes más paraprestar servicio desde las 20 a las 23 horas del 31 de enero de 1987en el sector donde sucedieron los hechos objeto de Investigación. 3.- Es, por tanto, Incuestionable la real Incorporación de WILSON PATIIQO PEREZ · como agente de la Policía Nacional y sibien el acta de posesl6n se firmó el primero de febrero de 1987, para los efectos penales de que aquí se trata,. únicamente constituye unaformalidad que no elimina la sltuaci6n fáctica de subordinación JerárquL ca que para el dTa de los hechos existía entre el procesado y el Coman dante del Departamento. de Policía del Magdalena. 4. - En otras oportunidades se ha ocupado fa Sala de fl jar su criterio sobre los factores que determinan la competencia en la Jurisdicción Castrense. siendo constante en afirmar que eLfactor fund! mental que orienta las normas de competencia en. este campo, es el de

la dependencia jerárquica, pues a pesar de concurrir como fuentes de competencia la calidad del agente, la naturaleza de la infracción y elterritorio, es sin embargo, el de la dependencia jerárquica el que pr! valece. Así lo consideró la Corporación en decisiones de 1O de febrero de 1981. 18 de marzo de 1982 y especialmente en la de julio 2- ---. . y 1 HEPl.!f3L!CA DE r:r:11..1.•r !111 ·. (j,- . J . ////'1.,.· .. ·,¡, ·, / 1 - 3de 1986, en la cua I a f profundizar sobre la mater la se enf ati z6 sobre ra Importancia que tiene la diferenciación entre lo que podía ser untraslado aparente y uno real, debido a que es el segundo el que pe_!: mlte establecer la dependencia jerárquica, y éste aparece cuando elOflc!al, Suboflclal o ··agente hace la correspondiente presentación, m~ . mento desde el cual queda sometido a la nueva dependencia jerárquica. 5.- En este caso. el agente WILSON PATIIQO PEREZ :.í::: í: fue nombrado en tal calidad y precisamente en cumplfmlento de esa Re solucl6n se hizo la consiguiente presentación ante el Comandante delDepartamento de Pollda del Magdalena. previa designación de la Diref cl6n de Personal, siendo Incorporado al Escuadrón de Carabineros ; de lo cual se Infiere que jer~rqulcamente este. agente ya no dependía del Director de la Escu~la de Polida Alejandro . Cutl6rrez, donde habra

! ' terminado el curso, por este motivo fue nombrado como agente, sinodel Comandante del Departamento de Poi leía del Magdalena. siendo asl_g . nado al Escuadrón de Carabineros y a su turno destinado para el ser vicio que orlgln6 él homicidio que se Investiga en este proceso. 6. - La cla r ldad de la s It uaci6n que se prese n ta. perm!_ te concluir. que le asiste razón al Director de la Escuela de Polleraprecitado y que, por ende, la competencia para Investigar al agentePATl~O PEREZ· radica en el Comandante del Departamento de Policíadel Magdalena. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUS

TICIA, SALA DE CASACION PENAL.

RESUELVE

,: ; ;

REPUBLICA DE COLUMBIA Collslón #. 2504.

I ¡}j e./l,-1' /lt ,-,, ,.

  • - ..- ..: ~~;.:: ~.-.... f}; DIRIMIR la collsl6n hegatlva de competencias a que se V\! ' . . . . .J' . ' .·. . ·' .. t ~,. ha hecho mérito y' ORDENAR:contlnuar:. conoclen~o de este proceso al Cqmandante del Departamento de Policía del Magdalena, a donde se ;. enviarán las dl.llgenclas. · Copla de esta providencia se enviará al Director de la Escuela de Policía Alejandro Gutiérrez, para su conflrmacl6n.

/ Cópiese, 't , ..' .>?, ... . 1 ....

EDGAR SAAVEDRA ROJAS

Luis Gulllermo Salazar Otero Secretario ,. : ..... ..._.____

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