🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 2536(23-08-1988)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 2536(23-08-1988)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1988

~ - - - - - - - s # c As A c I o r~ R do . 2 3 6 • - C./ \1/ilson ~1árquez. - ·~ -- -_...... .. ..... -·- • • ,,, . .-.-,,._....,.,.,. . -· """''~'' . .• ~ ~lorr1icidio. - . . ' . • • . '

. ' . . ' • ·; · . CORTE SUPRB\1A .[)E JUSTOCOA.

. ' . - . SAILA [).E <i:ASACOOta PEINAIL

' - . • . Magistraqo Ponente:, __ • • - '·. r .

  • DR. JORGE CARREÑO LUE~JGAS . . . . • . ' • ' • . • " • • • • • • ·. ., ... .,; .,,,.:\'<»:.:::.:--~~~ .• , -",:'·'~ ~~ ,¡,-•,,,.,;.;.. ... .,,....., .... ,~ , . ..,_, .. o ~- •'<· .• .. • • . • ' . ' ' ,, " • ' •. ' N• ó• . ·53,:..

Aprobado Acta • ·. • ' • • ' • • •

• . Bogotá, D.E. ,agosto veintitrés de mil noveciehtbs-·ocl1enta y ocho.- . ' • ' " 1 • • V . 1 • s ' · ' • • T o s . • ,, '

  • ~- • • • ' •• .. ' .' ~ • .. • " ' ' • . • . ' ' . • • ' '·' • • •• '

' • • • ., . . ~ . • • • • • • • • . • • . ' • • • . . ' • • . • • ' '. , El Tribur1al Super.ior del Distrito Jl1dicial ele Valledt1par, - •ts r t;e r :e; 11e, .... ,., •• ~. 1:rH:.a•,_ en sentencia de 7 de octL1bre de 1. 987 confirrr1ó la dictada por el Juzgado Segun

  • . lado Superior de esa ciL1dad, condenar1do al procesado VJI LSO~J MARQUEZ a .• . . , ' , . . --------ª. ,. .··, . . .,,.,._.,...~,-:r":'_...,, • ·""""'"'"'"'"' , :: TI' 11 7 5'. t TOll:.llCf"m'"'"°

.' ' ' pena principal de diez años de prisiór1 corr10 resporisabfe . del delito qe Homici- ,,.. . ' . . . " ' ' . ' • • ' 11 ', • ' • ' , . ' , ' , • ~~ :• ·• · · · · )•; ,t.QC!ij)\JJ!l\lllil!9ttAr.;., ,a,¡.¡_¡ . • <• ~- J~u dio · en José Da río -calván Lobo, decisión contr~: la cual defensor irte'rpuso- - • ! • , . l,·.' ",, ,' • '' ,, - < ,, ,,• • e • ., · •··- · , ·,·,.. •... ·f i ' • ' • ·,,; recurso de casación que la Corte procede a resóiVer' ;agqtadá como se encuer1tra

  • . . . ' . ¡ . \ ' , .. ,.- '" ¡··· .. ,-. 1 la correspondiente trarr1itación. - · · ' ·' - i · ! ·. · ·

. .. • . • , , . .. • • .: _ ;, • . . ' • . '

.. . HECHOS · Y ACTUA:CION PF~OCESAL :

. . • • •

  • • ·. . .

' ," ' '

•• José En· 1a madrugada del 23 de febrero ele· 1. 986 el Joven • Darío Galván Lobo se retiró de ur1a fiesta cJe ct1rnrJlear·1os c1cor11pañaclo de su no- . via y en· moir,entos en que los·. dos trar1sital)ar1. ciesr>ré\ er1iclé1111E\r1te · r)or ur1a ele1 las · calles 'de Valledupar · en dirección a la casa de ésta, aqL1él fué. atacado a • \Villys, color rojo, recibiendo ltn in1pacto a la alturatiros desde un jeep marca le ocasionó· la, muerte en· forrr1a ir1stantár1ea · ,.-: del hombro derecho que ' . . , . . • • ' •' • • • • • • ' ' , . ' . Horas después, agentes del orden capturaron en su casa - • . ' . 1 . . . . . . . ~ . al sujeto \Vil son ~1árquez,. conductor de ur1 vehículo de similaresde habitación

  • • características, en cuyo poder encontraron, escondicla en ur1 canasto con ropa una pistola Smith VJesson de 9· ·rr1ilímetros de calibre.arma c1L1e son1et!da a dic-

& . ' tamen de balística por peritos' del lnstit·udo de ~1edic:ina Legal ele Bogqtá, resultó ser la misma con la que fL1é disparado el proyectil. que segó la vida de la - •• • víctin1a. - ( fl. 187 del expediente . - - . - ' . ' •

  • • • Oído en ir1dc1~ator·ia el sir·1dicacJo, r1euó st.1 ~)ürticir.1aciór1 er1-

• '

  • - L 0 3 6 3 -los hechos explicando que la pistola hallada en su l1abitación, oespro- • vis·ta de salvoconducto, había sido comprada un año antes a una perso
  • . . na desconocida en la población de Codazzi. - Clausurada la etapa investigativa , el Juzgado Segundo Superior de Valledupar comprometió en juicio al procesado con intervención del jurado de conciencia, por el delito de homicidio sin1ple, resolucjón con sentida por la defensa. - Celebrada audiencia pública, el jurado de con{::iencia - • por mayoría de votos afirmó la culpabilidad del acusado, veredicto acogido por el Juzgado del conocin1iento para condenarlo en prin1era instancia a·

la pena de diez arios de .prisión y a las sanciones accesorias corre~pondientes, fallo apelado por la defensa y confirmado por e I Tribunal Superiorde Valledupar mediante el que es objeto del recurso de casación. - •

L A D E M A N D A

• • . Sin n1encionar la causal de casación invocada, adL1ce - . ' . . • el demandante aplicación indebida del artículo 323 • 9el Código Penal por - -

  • • '' manifiesta interpretación errónea de unas prueba~'. allegadas al proceso,-

. ' ! : como también por falta de apreciación de otras''. - . '. J • ! ,· '

  • ' Y en escueto y lacónico escrito sustentatorio del reparo formulado a la sentencia, afirma que no se practicó la prueba de ''guantele . te'' para identificar con absoluta seguridad al autor de los disparos y sólo- , se tuvo en cuenta la prueba de balística. El testigo Er élsn10 Rodríguez n1i~ tió a través de sus intervenciones en el proceso porque por la 9scuridad di la· noche y la distar1cia a que se · encontraba del lugar cie los hechos leresultaba in1posible ider1tificar cor1 pr~ecisiór1 a \'Ji.lsci11 fvléÍrc¡uez con10 el autor material del homicidio.- • El Juzgado SL1perior no tLrvo en cuenta el testimonio del herrr,ano de la víctima quien hizo una descripción clel l1on1icicla que en nada se parece a la del procesado, dudándose que éste hubiera sido el autor • de los disparos. -

RES PU Es1· A DEL f\11 NI STER I O PU B.LI CO Y . . . .

CONSIDERACIONES DE LA CORTE :

. ' El Procurador Segundo De legado en lo Penal, pide que •• no se case la sentencia recurrida porqL1e la derr1a 11cla adolece. de protube - ,.· ' • rantes fallas de técr1ica· que la l1acer1 sustar1cialn1er1te ir·1er.)ta a los fir1es del recurso. - .

  • ' ~ - - - - - - - - 3Argumenta que el censor no precisó la causal de casal

•• . ción invocada y aunque se entiende que debió ser la primera, cuerpo segundo, no determinó la clase de error probatorio atribuído al juzgador, li

  • . mitándose a plantear una serie de conjeturas, suposiciones y apreciacio- . nes puramente personales sobre el desarrollo de los t1ect1os y el valor de las pruebas aportadas. -

  • • Agrega, que el no haberse practicado I a . discutiQle -

• . . • prueba del guantelete de parafina podría alegarse como 11 una violaciór al - . • -'-derecho de defensa, ·en el marco de la causal cuarta; siempre qu~ se logre demostrar la culpa del J.Jez y la importancia capital de la pru~bae n el fallo impugnado'' y que la pretensión del libelista al cuestionar laprueba testimonial atropella '' la libre convicción que le asiste al Juez ~n -

. 11 _ su evaluación •

  • ' El planteamiento del clen1ar1dante, er1 la forn1a er, qµeaparece concebido a través de un modesto alegato, conduce necesarlamen
  • . . . . te a reabrir un debate sobre la valoración de la prueba con n1iras a. de--

. •. • mostrar la contraevidencia o injusticia del veredicto; situación que fio está •

  • •.

. • prevista como causal de casación sino que aparece reservada, de modo exi . j ¡ . •

  • • elusivo, a los juzgadores en las instancias corn0 me~r.nismo de control a la

,, ··¡,:1 ' . ¡ l ':. injusticia del veredicto. - . ' q ' : ,, ' ' , ¡ ' 1 ' ". . ' ' ' Constituye grave desacierto alegar· quebranto de laley sustancial por errores de apreciación probatoria en procesos ventilados con intervención del jurado de conciencia en materias atinentes a la cul- . pabilidad o inocencia clel acusado, en los cuales, con,o ~,a dicho la Corte en su más reiterada e inmodificable doctrina, la sentencia se dicta con funda-- •• . • los jurados ele acuerdo a su íntin1a cc)r1v1cmento en el veredicto emitido por •• ción, quienes gozan de autonomía en la valoración de los elerr1er1tos de jui- • . ' . . . ' ' ' ' con la única limitación de no desconocer lo ql!e decio aducidos al. proceso .

  • . • suyo es evidente, resultando irnpositile precisar con base en qué prueba o pruebas llegaron al conver1cin1iento sobre la culpabilidad o inocencia qel a cusado. - La defensa encon1endada en este caso al misn10 aboga- . do recurrente en casación durante el debate público criticó acervarnente-- , los distintos medios incriminatorios tenidos con10. soporte del pliego dé cargos

. ' entre los cuales, el testin1onio rendido por Erasmo Rodríguez Serrano, el que . . ' respuesta negativa pqr ausen calificó de mentiroso, solicitando del jurado unacia de pruebas para condenar. - Notó tan1biér·1 de 111e11c,s . la f)ráct.ic.:1 (IC:~I ~JlJ,111telctc de. parafina al procesado, '' prueba'' que eri su opinión l1ulJiera deterrriinado con - • _ _ _ _ _ ._____ • ·- . - 4 ,_ 0 3 6 5 • • ·- • 1 ,1 \· • -exactitud al verdadero autor de los disparos, pero en aquella corno en • • . •

  • • la presente ocasión,. no logró demostrar que la - diligencia probatoria -- omiti-

' . • da tuviera la capacidad inequívoca de modificar sustancialmente la situa-

  • • ·', ' " . • ción jurídica del proces.ado. -
  • • • • • ••

.

  • • La sola hipótesis del resultado favorable de la prueba

• . . dejada de recaudar por inercia o inactividad del funcionario instru~tor no

  • .

• , . . ,, • . . • • - permite, af,irmar que _-- era absol.utamente indispensable a los fines de la de- . ..-, -·- . . . , ·- fensa si por otra parte, como resulta de autos, otras pruebas de .igual o superior valor de convicción valoradas en ·su_ conjunto y arrr1onía (::onducen • a demostrar la culpabilidad del acusado.'"" • '

  • .

. • Graves y plurale.s indicios - resultantes de los distintos • '· • . . , • -- n1edios probatorios allegados al_ proceso, tales como la tenencia en poder- -. del sindicado del arma con que fué disparado_ el proyectil que acabó con • la vida del occiso - y el hecho·- de manejar un vehículo de las rr1ismps carac -

  • - terísticas exteriores · de aquél· desde· el cual se prodL1jeron los disparos la - ·- noche de los sucesos permiten colegir en forrri¡:i tazon~ble qu--e la pr~ctica del . ; . r . . .. . ' ' ' llamado· guantelete de parafina - en nada hubiera_- -cam~iado la suerte del - - . . ., ' .. . . ' ' ., ,· . . ,• ( procesado, cuyo juicio de responsabilidad penal se rr1at1tiene incólume con- . \ ] · · · , . base en otras pruebas producidas durante :. el trami:t~ del proceso' cuya-
  • . • . ·. ' ~ crítica probatoria -no logró · convencer al jurado de conciencia ni al TribunalSuperior respecto a la inocencia de Vvilson - Tv1árquez . ...;. : No prospera la impugnación. - En n1érito de lo expuesto, la CORTE SUPF~EMA QE JUS TICIA EN SALA DE CASACION PENAL, oído el concepto del Procurador Delegado y administrando justicia en - nombre de la República -y por autoridad de la Ley,

R E S U E L V E

  • • NO CASAR la sentencia recurrida a nombre -_ d~I proce-

• • 1 • en la partesado Ylilson Tv1árquez, de fecha, origen y naturaleza consignados motiva de esta providencia. -

COPI ESE NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE al_ Tribunal

' • . . . ele origen. - - - - - - - · ·

  • - 5 0 3 6 6 j

7 !

  • ·/ -- .. . i' . • ,¡ . / ' •

• •• " 1 ' ( • ' r· ' • • ' ' ' . ' : 1 • . • \ . . .. / •• • • ~--, . 1 ' • ' / . i .. ' \ _ / . . ,·' . . , ' / / ' . / 1 1 '1. · , . ') ' ¡ 1 \ \ ; , · . .l 1 1 , .1 ,· ,,__ .. ·' •• . <.. 1 , . • J , . • . - # ... ~ ; -· .. . J '. \ . . . \ ' . I \) , _, , ,, 1

. _!\1\/\__;\ .> 1. . .· ,._,,· · •• ,_J I \/ ', • '

1 ' • . GUILLERMO DUQUE /RUIZ •

JORGE. CARREfJO

.. . • ..__ __ --·· '· . --·· • - • ' I \ • • • ' \ • . ••

  • • -t ·r · /\A./'- •

- ¡ 1 . vo

UILLERMO DAVILA MUt~OZ GO]vi. Z VELASQLIEZ

' ,/ ,. ( .• J ·-- < .. / .. .... c e - - -- - ' • . • . . .. .. . • ·, • I e O "

MANTILLA JACOME' . LISANDRO ZUíllGA

. __ .,, I ; 1

  • ...... • - _.,-· --~·· r' 1 . . ( ' . ... . . / 1 ~. I 1 . l, \

' . • í\, \\,, I . _; 1 \ . .. . . ' . ,. - . ·, . ' ' ' 1:.1 ,, .. t J f ., ( f i , \ ,.. ~ t, { , ( . \ < I • J_ ' •• ,:.~ ,,,.

DIDIMd PAEZVELANDIA - - .

ED.RA .r - -- . .... . . . . . : e,· . ............ ----- ··-7 ,' ' '

. Gustavo· Morales Mar in Secretario.- . . 't ' . ,.,. .¡ ' . . • > • . ·:} ; .

' ·• ,.'· .· ,,"\ , "\, , ·' IL. \ -·: :. :(;· ..... _.. r l- ·¡:!'. 1 1'' ¡.. .:;.' . .-- -. , ¡, . 1 ' ' · . · l .. • .-1: ' . .. ·,' ' ·• , -, . ,' : .' •1 ~1,1·'.• ·l - . ' ,.. i•. . ,, . . . , ¡;; . ' • . 1. • ! . • •' '• }) ( . \~ .,. . . .

  • ..

' ¡ . ;' . • : .. '\ . ' .. •. . • . ., ·- .' . ' ): ! .: . . -¡ . ' • . . . • • . • ' . • • ' ' •

Consultar sobre este documento ...