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CSJ - SP 25547(23-04-1980)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 25547(23-04-1980)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1980

• -- . No. 25.547• - -... . - .- . ~ ~ . -· •

CORTE SUPREHA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Aprobado Acta No. 038 Mag i strado-··Ponente: DR. DANTE L. FIORILLO PORRAS • ' Bogot4; veintitrés (23) de abril de mil novecientos cchenta (1.980)

I S T O S : V El defensór sustituto del procesado R-A

. FAEL ANTON 10 VALLES ORTI Z . ha·. so 11c tado a Corte que f la CO.!l ceda a liste el beneficio de la libertad provhi_onal a que

  • ' h~ber desco~tado cua~ le dice acreedor a causa de las tres tas partes de la pena a treinta y seis ·(96) meses de pres! dfo a que fué condenado. •conforme a lo previsto en el or- "" dfnal 6o. del artfculo 453 del C. de P.P •• modificadD porel artfculo 7o. de la Ley 17 de 1.975" •
  • El seHor Procurador Primero Delegado en lo Penal ha rendido concepto desfavorible sobre la solici-- tud impetrada. seHalando que "el peticionario omiti6 adjun tar a su solicitud los documentos seHalados en el artfculo697 del C. de .P.P. y acreditar asf los requisitos exigidos_ por el C. P. para otorgar el beneficio. y sin los cuales no es procedente•.

C O N S I D E R A N D O : ' l

1 - Ir ' -- • -------~-----~ • -- ---------------------~-- . - -- - -- . - ,.. ,. .,.. .- ~ ':'J' . -- • . ~-- _....~;__Tiene raz6n el seflor Procurador Primero • Delegado en lo Penal al concepto a la solfc-i r~ndir advers~ . tud de libertad por falta de los reprovision~l impetra~a. quisitos legalmente necesarios para otorgarla. •

  • •
  • • El inciso 2o. del ordinal 6o. del artf- • culo 453 del C6digo de Penal establece. en eProc~dimiento·

• fecto: • Se considerar! que ha cumplido la p-e n ••• . . na el que lleva en preventiva el tiempo necesario detenci~n -

  • • para obtener libertad condicional.'siempre que se reúnan los dem&s requisitos para otorgarl.a •••

0 • • • • •• \ Y. para otorgarla. exigelel .artfculo 697 del C6digo de Procedimiento Penal. las siguientes: • • . .

" ••• Art. 697.- ANEXOS A LA SOLICITUD.

~ • solicitud de libertad condiciona.l debe ir acompaflada de l a _ resoluci6n favorable del director del establecimiento. dfcta

  • • da de acuerdo con el consejo de dhciplfna. de copia de_ la la cartilla biogr4fica de los dem4s documentos que prueben y los requisitos exigidos pQr el C6digo Penal •••

o Ninguno de tales requisitos aparece cum-

  • • plfdo peticionario. 1u6gQ no puede concederse al propo~-~1 • cesado la libertad provisional que se impetra a su favor por haber cumplido "en detenci6n preventiva el tiempo necesariopara obtener (la) condicional", . Por las anteriores breves consideracfon~.

1 '· 1 - - . --- ------ 1

' ~- -- -- ·- . - - ----------- - -

  • - . - No: 25.547 • -3la Corte Suprema de Just1cia_--Sala de Casación Penal--. visto el concepto del senor.Procurador Prfrnero Delegado en lo._·_ Penal ·y de acuerdo con él, NIEGA eL_beneficfo sol fcitado • • Notiffquese y cúmplase.

PEDRO EllAS SERRANO ABADIA FABIO CALDERON BOTERO

•

DANTE L. FIORILLO PORRAS GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ

ALVARO LUNA GOMEZ ALfOnso REYES ECHANDIA

'

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO DARlO VELASQUEZ GAVIRIA

• ' • ' • Alberto Mora Cogollos • Secretario. --

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