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CSJ - SP 26373(29-09-1983)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 26373(29-09-1983)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1983

--~ .. - ---- ·- .. ... . .... . . . . . ._,.-... · - ( ,,,...... . -· • . .

  • • 1 r1°

26.373

' • • • A18MO..JO:J 30 A::JI.J81J'1'1>1

• • • •• • • • • • - •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA •

· SALA DE CASACION PENAL

Aprobado Acta Nº 82 •

Magistrado Ponente:

DR~ PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA

'

Abogado Asistente:

• DR. ALBERTO,MORA COGOLLOS • • oa oa:» a a= a :ra aa a a a a e aao a aa a a'a a :s :s

  • • • . Bogot!, veintinueve (29) de sept1.em!>re de ' • m11 novecientos ochenta y tr.es (1.983), . :' .. !-Y

~ • - .. , ' •

· / V .I S T O S :

• . /~ Su1ida la .audiencia pública en la •

  • ' presente causa segui ·íí.contra_· el ex-Gobernador del_

• Departamento del Cesar, seHor José Guillermo Castro . .. . ' ' Castro, por el delito _de epacfó~ de funciones p_Q_ bl icas.' ._prOC!!de la Corte a d(.qJar sentenc1 a de mér_i V/ :· º . . to que cot:r:espon.da con vista alegado proba.- y

  • ' 1 • . 1 do dentro del informativo. •
  • '

1 -·· • ' ' • No sur9e, por parte'a.lguna, nulidad • ' que afecta la actuación proc~sal •. 1 ' •

H E C .H O S :

' ' ' ' " 1 • ' • La Sala los sintetizó en providen- • 1 •

  • 1 , .'!',< ,]·· !;ICJ-•T("'íl ()Cl,•";:,

' .. • • • • • • . -- . . . - ., ' ! ' • l,.,\fl_ ' • = " ' • <•,¡t•, '."IL,,1_•,·_. ·,,,;"i,· ..... • -2- ,, •

  • • efa·de 16 de junfo de 1,982, de la sfgufente manera:

• '

  • . '' ••• l!n las horas de la maflana del -

) . 1 • 26 de junfo de. 1979 una •patrulla de la Polfefa Nacfo1 nal comandada por el Sargento Luis Delgado Sandoval1 ' - detuvo en Valledupar ün· vehfculo conducfdonpor la se . , 1 • • l flora Olga Uhfa'de Pftre eq el que transportaba cfga1 rrfllos marca "Marlboro'' y Whfskey "Old Par.r•, mer1 • cancfas ~ue no estaban estampilladas raz4n por la1 ' cual la pol,_cfa proced16 a docomfsarlas, junto con_ el vehfculo,. una camioneta "DOGDE" sfn placas, y a

- ,..., ) ponerlas a d1spos1c16~ del Gobernador del Departamen- . ----, to ·del Cesar en." el· Almacén Departamental" .•• • _,, ' '. ... • " ••• La senora Uhfá de Pftre se dfr-f . ' g16 al Gobornádor que-p9r aqué1 entonces lo· era el séflor José Gu111ermo\ca:stro '(;Astro solfcftllndole 1-a-

  • • devoluc16n de_ la_ mercancf~ y del vehfculo alegando_ ,r que una._ y ·otro •eran de s'u prop1 edad que aquél 1 a h~ y 1 bfa· sfdo comprada en Mafca9 y,....para demos.trarlo adju!!_ t6 una'.factura, sfn membrett'dé almacén,nf· nOmero de·

' ' ' .,' /'\._.. . ' - · . ,- ' ordt1n, fechada el 21 de jun~~-ile;.,-1.9.7 9"_ ••• '' 1 / " 1 · ü.,.El. . Gobernador Ca.stro Castro ac- ' • cedf6a lo pedido y fue asf como en resoluc16n do f~ 1 . . cha dos (2) de junio del ano que se viene ~enc1onan1 - . • ' do, orden6 al Alma·c:An Departamental, .d1r1g1do por la i --·· ' . seflora Lucfla de Pfmfento, la entreg• a la senora1 . . ~ . Uhfa de P1tre de 1 as morcancfas decom1 sadas" •• ," .

' • ' ' 1 ' 1 ' . '

ACTUACION PROCESAL:

• ' • . ' Por auto de do septiembre de 1980 4 ' 1 • ¡ se 1n1c16 la 1nvest1gac1ón contra el Gobernador del - • ' . • • ' ' ' . ' ~EbflC'.'"IC'V' DE COi"D~EllV 1 . ' • .... - --- __ . ,.,. '· - •

• -3- - '

  • • ' • .

' '\) ' • ¡ ! •

  • • . Dopartamonto dol ~esar i dentro de ella se recibió

- "

  • • declaración indagatoria al acusado, numerosos testi- ' rnonios abundante prueba documental, todo lo cual_ y ' será motivo ~e análfsis por la Sala más adelante .

• 1 • - Cerrada la inves·tfgación, por auto 1 1 1 . de de febrero se llamó a re~ponder en juf~fo cr1~ ' 26 ' 1 mfnal al acusado por el delito de prevaricato, se de ' - • 1 1 1 ' ' cretó su detención prevent.ivil se lo concedi'ó. el b~ y • neffcio de éxcarc~lación. • .,.- • -r . ·,

  • ~ ' j / / Celebrada la audfencia pública, la_

• . ' ' .

Sala, mediante·~rdvidencia. de 22 de abril de 1982, .. #.~ - · - 1 _ declar~ la ~ulidad,,, lo actuado a partir del auto_ . de proCeder, por hab,e_r,s,e, incurrido en error en la de1 ' . ' ' nominación jurfdica d• la.infracción, y el ·16 de·ju1

  • • • u .·· . - nio sigui.ente calificó. nuevamente el mlirito del suma · : 1 rfo, llamando a juicio aJ 'p(o..se.sado pc:,_r el delito de.

' 1 usurpación dé funciones que· cé,mpla ~anéiona "el y ' ' •

  • • capftulo VII del Tftulo.III del 11bro Segundo del C.§_ •

• ' .. digo de 1936 el capftulo noveno .del tftulo tercero y ' . • • del libro segundo del C6digo· Penal de 1980". ' • •

  • 1 • Luego, en provi~enciá de 18 de fe--

•' • . ' • brero del corriente afio, la Sala negó la práctica de

  • • varias diligencias que solicitó la defensa, en.cons-i

  • • deración a que la nulidad decretada en este proceso~

' • • 1 1 1 1 ' 1 .. .

  • . _., ,- . - -

.., • . . . . • ' .1 -, - . . • •

• -4- .O.i8MOJ!J:J :J:. ,.,.;:;1_;:)•;.1J:;¡

·:, ,,,·}.'\' .

  • 1 ,,,-,•-• • • • •

• . \ 1 ' • ' • •

  • '
  • • r "solo afectó el auto d.o llamamiento a ju1cfo fnfcfal -· mente em1tfdo por el delfto de prevaricato la rela y

-

  • • 1cf6n proce~al sub~fgufente, pero dejó 1nc61umes las

. . •• d1lfgencfas probatorias re.alfzadas en ambas etapas_ 1 ·I

  • • del proceso, ·porque ninguna de ellas 1ndfvfdualmente

1

  • ' . cónsfd~radas presenta frregularfdad formal. hf susta!

. • 1 cfal poPque todas se orientan a clarfffcar el mfsy 1 1 1 mo hecho material que entonces ahora se le imputa yal' procesado". 237 238). (fs. y .. , / 1 '

  • . . _, -:; \/ .; / Practicadas las_. demás di11genc1as.~ ' /· d. •

. . pedidas pór. la,defensa, so llev6 a cabo la nueva di- . - . ... . . . 11gencia de.· Audf!ln'cfa POblfca y so recfbferon los a- . ) . . . legató~ del Mfnfstér:'joPúbl 1.. c o y la defensa. . ' \._,_,.,. . • ' • 1 · Por no haber sfdo aéeptada por la ' Sala la ponencia ( -

' cfado~. doctor Alfonso Reye~ lichandfa; se procede a 1 e,.,. . -

  • ' dictar la de mayorfa.

• • ' • . . - '

SE CONSIDERA:

• •

• • '

  • 1 • Como qued6 consjgnado, en provfden-

' ' '

  • . - eta de 16 do junto de 1982, se. llamó i respunder en

.. ' . Jufcio crfm1nal al ex-Gobernador del Departame•to

  • 1 del Cesar, seflor José Guflle.rmo CastPo Castro, por.

' • • ' 1 • ' 1 ' ' 1 1 . .. -- - ,... .. , J - -· '-~ ,,,'11. . . • • • • • • • -5-

  • ,·¡: ' • .· ;.Jl'10JO.J ·_1-, t> _11.JcJ' 1 • . ' ; ' . • ... . .. . . . ' ; i

•• ~ • • • 1 •

  • • r el del fto de. us11rpacf6n de ·funciones. por haber dfc1 . : tado la Resolucf6n de fecha 2 de junio de 1979, ordo1 1 a nando al almac6n <lepartamental, la entrega. la sello
  • '

' 1 . • r.a Olga Uhfa de Pitro las mercancfas que le fueron~·- 1 1 1 decomisadas el 26 de junio inmediatamente anterior. •

' ' •

• 1 • • ' Dicha resolucf6n dfce en lo pérti-- 1 1 . • ' ' ' nen te: • • .•• Este Despacho cónsiderando que - . . estos hec~o$ (decomiso de vehfculo mercancfa a lay . ~eftora Olg~·Uhfi de Pitre) no encuadran dent~o dé • y ..

  • ·1'-~., nfriguna de conducta~ tipfff.cadorás coino contra--

, . . venc16n én el, Decreto 2144.de 1978 que los elemeny . • ' • . tos decomisado~s !lo'· ~c onstfttiyen contrabando por haber -~ sfdo adq'ufridos ~le'a~lmente en la ciudad .de 1·1afc(lo, . - . segaii,.facturas allé._gádrs por la interesada, ordena_ restituf,; a su propfetarf.a la inercancfa que le fue_ . .. . . . 1 ' . ' . \ decornfs.ada el veh·fculo~.~ge _color rojo. Cornunfqu! y • 1 1 se climplase. Jos·& Gufl~mo e.astro ca·stro. Gobern!!_ y . dor del Departamento •.G úst<.av..9 Cotesi. Secretar.fo Gen! 1 . 1 ra 1". / ' 1 12 anexi/51 · · · (f, ' 1 ' ' . , • • ' • • • • ~ ' ....- 1

. El decreto 2144 de 1978 (Estatuto- . ' • que 1nvoc6 el acusado para proferir_ de Seguridad), • ' 1 la resoluc16n por medio de la cual declara' que los -e 1 • lamentos decomisad• os a la senor,a Uhfa dé Pftro no e- . ' ' ·• . ' ' ' 1 ran de • contrabando consecuencfal~ente orden6 su y, - • 1 ent. rega, no lo facultaba para adoptar tal determ1na- • 1 •

  • • c16n.

' ' ' • : 1 ',,··~--···. .·,-.,'. : t,,-- ... - ,. .•.. -- . ---,_ . ,. . - - - - - - - - .. _________________. =_:__ _ - - - - - - - - - - - - - - ~ - - ' - - - · • -6- • •

AIBMO.JO:J .J "J A:JI.J,J:.;c, J;.1 • . ' , ,· ,,,,.. . ··-·· '· '\. ...., , .. "'. ''\\' \. ,, ·.;: ......

~ 1 1

  • .
  • 1 1 ··como. en efecto, lo,dijo la Sala en

• • . ' ' • 1·a providencia de 16 do junio del afio pasado:

1 • ) 1 •

  • • • " ••• Es un ordenamiento (el del Décr·e-

. . . 1 to 2141) que, com6 se advierte en la parte considera

tiva del .m ismo, tiene'como fundamento el hecho de ha- ' ' borse intensff.fcado la delincuencia en algunas regfo- • , 1 nes del .territorio nacional, por el uso indebido de -

  • • 1 aeropuertos, aeronaves, embar·caciones marftimas flu y1

. 1 viales y vohfculos d~ transporte terrestre de proce-~ dencia nacional o_eitranjera, para realizar actfvfda des ilfci'ta-s" tales como tráffco de estupefacientes y_ 1 conirabando-gó café, on co.noxfiin con el co~ercio flf cfto ·dé arma~ .•/ qu_o genéran, _a su, vez, otras conductas como concµsione~.,.b ·cohechos, corruptores en alto grado dé -la moral de lo·s'.funcionar-tos con deterioro de la- . ,;, . ' ' ' misión fundamental,.del Estado, lo cual constituye o-- --, ,, .. . tro fac,tor de pertur)>ac_16n del orden públ f co •.. " ' _,, , ª .•. Es de·cir. se trat11 de prevenir_ • 1 y reprimir situ'acfones relacionadas con el regular •

  • 1 funcfonamfonto de las ins\tiÍuciones estatal os. Erí nin

1 ' ' gOn mamen.to de dotar a la's (iifo.rfdades administrati-::= ' 1 vas "ld:~ po,deres extraord1n.ari,,rpara conocer de casos • 1 1 . comunes que las leyes atribuyen a las de carácter ju1 ' . • • ' ' dicial que son, en este caso. las dJ. aduanas ••• • .. (fs. 199 y 200) · ' • • . En tal situac.i ón, se repite, el Go- , ' ' bernad~r del Departamento no era, competente para de- ' ' ' ' 1 cfdir sobre la naturaleza de la mEircancfa mucho m-e J y ¡ nos sobre su entrega y la del vehfculo. De conformi 1 dad con los Decretos' 955 de 1970, 520 de 1971 por y ' - ' ' • '

  • 1 i 1 ,•11., i,.: ('lfltJ"" AfOfl ,.. ... .• l . ' ..¡ "' ... "" . .,

. • • • • ---· --------. . • • . ' . • • • • • - 1 . -7 ' •

Al8MO.JCJ::J 'J:J A.JIJQ'..,q J ,1

1 •

  • ' r,

  • ~ '\) f_'~ ..... \'\. ... • .

•• 1 • •

  • 1 la Ley 21 de 1977, el funci'Oinar1o co·mpetento para e-

' 1 ' -

  • • l m1t1r esta clase de pr'onunc1'am1entos es el Juez de

A ! ' . ¡ - ; • duanas, de manera que cuando' 1o adopta uno di fer ente. • • • •

  • - esto es, s1n facúltad legal; usurpa las funciones

. • . - •

• . - que, por raz6n de competencia, est4n taxativamente a . ' . . ' tribufdas a aqu41. • • ¡ • •

  • • - Resulta claro que el elem~nto mate1 rfal dé la 1nfracci'6n por la cual se lam6 a respon1

  • 1

, / ' ~ . • der en Ju1cto,crimina1 al procesado, no admite la .

  • ~ _m4s love d1,1da,;,;porque en sent'ir de,.la Sala, esto es,

• •

  • ¡ . . '\ . ¡ • a la luz del d·ctr9cho, tal ex~,remo se _halla plenamon-

• 1

  • • / • · » 1 te comprobado.

• • 1

  • • • • ) . .

\ •

\ -....J 1 Empero, no basta que la objetividad • • . 1 • • •• • • . • del ilfctto se encuentre pl'enamento· ai:redttada, pues • . . • • • • para condenar a su autor,. de~ aparecer igualmente._· • '• .· <.. / . ' demostrado que rea 11z6 el com~tamt ento conc 1e nte , •

  • . de estar.. actuando contra la ley y_ con voluntad tne-- .

  • .... qufvoda de 1nfr1ngtrla; -

• _

  • ' • En este terreno de la subjetividad,

• .

' 1a donde se forjan 1ntonc16n la determ1nac16n dej . 1 hacer o de no hacer, se presentan situaciones que no • permfton formular un Juicio de reproche de. culpab! ó al •

  • • lidadlautor, que es, precisamente, lo que ocurre en1

' •

  • • • i

• • • •

  • 1

• 1 . . • . •

• • -8AIBMOJO:J A:J<.'.JU'l'J'.1

Jj • . . • ,-

  • • ' este proceso. •
  • ·, Fueron, e'n efecto, varias las apre-

) . ' hens1oncs do parlonas, mercancfas vehfcul• o s p o r _ y • parte de la Po11cfa Nacional en la ciudad de Valledu

  • • • par durante el ejercicio dol cafgo de Gobernador del

1 • seHor José GuJllermo Castro los distintos Comandan y1 ' ' tes pusieron a su dispos1ci6n los informes, personas capturadas los elementos por ellas transportados;·_ y / . . . siempre c:.on 1nvocaci6n del Decreto 2144 de (fs• 1978, --, ...- . e, .• 135, 141, 3~3 .,. 335 Cdno. 1), én la creencia de que_ ~ . ' , ~ . , aquAl. por ser~) primera autoridad polftica del De-

  • • • partamento, era el' competentl:1.- para conocer de 1 as -

' . . ,/ respectivas investig,ac~ones. . . '·, .. u . • •

  • • . · . Sol amenfe)l s.oHor Teniente Coronel • a, Dan i e 1 Gu 111 armo Ga i t! n H·1-gue .Comandante de 1 De- - · • partamento do Policfa'·del Césa.r,. mediante oficio ,

/ ( . ... N% DG.08)4 do fecha 3 de octu5~e de por tan197~ y,

  • • to, con posteriorida~-a la ~ctuaci6~ del acusad9 que

. 1 •

  • ' • d16 origen a estas diligencias, advierte al Goberna-

• •

  • • 1 dor sobre su incompetencia cuando lo dice: • 1 • • •
  • 1

• 1 1

  • 1 " .•• 1°. La mercartcfa de contrabando

• ', 1 (wisky, cigarrillos) decomisados por.el seHor Subte1 1 niente LOPEZ ALVAREZ PEDRO MIGUEL ju~to Con el vehf-

  • 1 • culo que lo transportaba, de propiedad de JOSEFA LU1

. 1 • QUEZ fueron puestos a órdenes del Juez de lrtstrucdón 1 •• •

  • • i
  • •'
  • 1 . ,··•1 'JJ r·,ro1·.' '"11 r::--·• -;¡ • • •• l ·L. ~-.,. • -----.--------------------~-~-===e====~... - .-------~-- ==--=~c=.=-=-~=-==·====-~..

.

. . -- - ' . - _._,..._ ._,' . ' . ' 1 ' ' ' -9- • • ' '

  • ¡

• • 1

  • 1

1 • ' • • 1 ' • Penal Aduanero ~n reparto y Gerente del Fondo Rotato- • rio de la Direcci6n General de Aduanas en Santa Marta ••. ,cumpliendo lo ordenado en el artfculo 71 del Dea!_ ) . to. Loy 955 de 1.970 ••• " ' . . ' • ••• 2º. Comoquiera que el sellor Go-- , ' bernador solicita que 6sta'mercancfa de contrabando

  • ' pdse a disposici6n de ese Dqspacho, muy comedidamente me permito solicitar se me ilustre sobre la disposi-- o ci6n que •s uspende deroga el articulo 71 del Decreto Ley 955 de 1970 (junfo 8) con ol objeto de darle es-- • trfcto cump11tnfento ••. " · . /cJ' " . . p ••••••••••• ! ·-· •••••••
  • ,.-.,., · ").,.7°. He 1-efdo con detenimiento los
  • • - Decretos Nºs. 2195 de 1976, 02323'de 1977 y 0070 de

. '

  • ' 1978 y 11fnguno de estos se refiere al contrabando,--' • J . . . . . r pues tengo entend do-..que. m1 an!'ecesor quizá por desc.Q_

1

  • . . noc.er la norma 1,egal, ,p{nf,a esta clase de mercancfas

- . ,,- ·, ' , • .·· aprehendida~' a d1spos1c16~d-~ la Gobernaci~n del De-- • partamento" ••• • , \ · . . • • \ . f' . / . (fs. 327 a/3z)_ , ', • . ' 1 • ., / ' • 1 • _. ¡ . • No obstante el contenido del anterior ' 1

  • ' ' ' 1

' . oficio en· lo pertinente, observa la Sala ·que a folio_ .

  • • 143 ibfdem, obra el oficio Nº 1421 d,· fecha 16 de.ju-

' , ' ' d1as despuAs de la resolución del acusa1 de i979, 110

  • • do, suscrito por el mi' smo seflor Teniente Coronel GuiI , ló sustancial dice: .

Higuera que en llcrmo Gaitán ' '

  • • personas, un ve '' ••• ASUNTO:' Envfo 7

GOBERNADOR DEL_ hfculo automotor y mercancfa.- Seflor 1

' ¡ DEPARTAMENTO. Ciudad ••• "

• • • • 1 ' 1

  • • -10Al81'10.JO:J : .'.] A.:Jl..1:Ji.,ºl }'.1

• ' ., • ~ \ ~ 'A-'1 '.") '\ \:;_ ... ,- '" ·~ • • • •

  • " ••• Envfo a·oisposici6n del Sefloren virtud d~ lo establecido en el Decre~

'Gobérnador, •

  • - to• 2144/78, las siguientes persohas: 1.- .••• I~ualmen

. . • te se envfa un bu·s marca Ford •••• en el cua 1 fue deco-. ' ' ' misado por patrulla de la Policfa cuando trans-- ~~a port• aba un cargaménto d-0 .mercancfa al parecer de con- . . trabando, qué·éra trafdo. de Maicao, ••• Los diez mil_ pesos con los cuales trataron de sobornar al Agente . - . quedan a Di!lpos1ci6n d.e la Pagadurfa en esta ciudad. 11 ••• Resulta inexplicable que el seftor - ~ ' • .. Coronel Gai.t4n Higuera, no obstan.te lo dfcho en su_ . . ·,1 . • . . I , - . . so_ declaraci.6n ante.el Magistrado· sustanciador (fs. y ss. Cdn.o. 4)'-y)p6se a que inicialmente ven fa pon1a, ~ - - . . . . . do a. di spos i cf 6n d,-1> Gobern~dor el amentos proceden-- tes.de '·,1 a c1udad de(Í4a1cao, 01 vehfcu10 donde se · • . .....__¡ . transportában y las person~s ca~turadas por un pre-- . ' . . r:--. . . . •

sunto contrabando, lo qu~cfa en consid.eraci6n a _ 1 ' lo prescri.to en el Decr.eto (.2·144 de 1978, termine so- / . . .. 1 . . . • li• c itando al m1 smo Gobernado~qu·e 1e f 1 ustre sobre_ • ), •

  • 1 suspenden o derogan .lo preceptuado en las normas que

  • 1
  • •• el artfculo del Decreto dé i970 •

71 955 • •

  • !

. En suma, no solamente los Comandan- • ' • tes anteriores al Teniente Coronel Gaft4n Higtiora, .. '

  • • sino ijste y'su sucesor, pusiéron a dispos1c16n del-~ cusodo elementos y vehfculos que han debido ser remi . ...... 1

' . 1• • • t1dos al Juez Penal .Aduanero, Onico funcfonar1o com- • • ' 1

  • '

1 ' • • • -11- • .'...Je· a o=> ·1,1

Al 8 M O..J A~ J...j :_J:::-;

' .. ' ........ ' ,,~~ . .,,... ,-,,, \ ,.... ....... . ,,.-~·.·,, ' ''--' • • '..,) ,, ~ • ; l ...... "~· ,, • " • • • • •

• •

  • • a. petent~. . para decidir sobre 1 responsa.bi 1 i dad de 1 os_ • capturados y sobre lá entrega o re~ate de los bienes_. ·.

• •

  • . incautados, todo dentro del proceso legal correspon--

. . •

  • • • diente. •

. -·- • • ·or.igen a estas . Los hechos que di~ron • • •

  • • . diligencias. tuviero~ ocurrencfa el 2~ de junio de - - • • • • 1.979, fecha para la cual el ácusado se hallaba fuera

• ' • de lá ciudad do Valledupar en misi6n oficial, siendo ....,..., • reefup• latado por el doctor Alfonso L6pez V4squoz, quien . . • .. .r .. . . ~ • recibi6 lás _~j,ligencias rel¡icionadas con la séflora _ ·: ' ··y, . . . . · Olga Uhfa de•~.tre remitidas por ~1 Mayor de la Poli- . • cfa Rafael ,Eduardi> Forero Torres, Comandante encarga- .· ,, ... .,. • • . - .

  • .
  • ~ • do, ~or hallarse·~l titular en uso de vacaciones.

' . . . ~

C;· . . \ •

• •

La.doctora ELSV DANGOND DE GUTIERRE~ .

• •

  • • quien por la llpoca de, los,...lrechos ocupaba el cargo de_ , u , · .

  • . . ª. !l. • Jefe .. d e la Oficina Jur .. di'ca(~, Go~ernac~un, en d~- clarac16n ante el r~agis~rado stfs ancfador, expuso:

' • • . • ' • • ª ••• En oste caso .concreto de. la mor- • , . . - cancfa decomisada a la sefiora iJhfa de. Pitre, estando :' . . '' de Gobernador -encargadoel Dr. Alfonso L!ipez V~squez ' 1 . 1 : comis1'on6 al Secretario de Gobierno encargado,. seflor_ • • • ' ' • 1 • Gustavo Cotes para este asunto. La fntervenci6n mfa_·_ • fue hacer un estudio conjunto con él Dr. Alfonso L6"-- ·. • pez Secretario de Gobierno y con el· seflor Gustavo Co • 1se le podfa dar al· caso en tes para ver qué soluci6n . 1

  • • fue bastante conocido en to mencil!n, ya que este caso .

. • 1 da la regi6n debido a que la seflora es miembro de una 1 1 • • 1 • •

  • ,,1r-n ,.~~··., ·"' J3lJ ;:.:•"-::·

  • - • • - ' ' , - - - : . - - - - - - - - - - - - - - - - . ~ · - - -

' ' 1 -121 lf ' 1 11 ¡: J' ' ' ' • ¡' 1 1 • 'I • • fam111a tamb1~n muy conocida caus6 bastante revuelo 1 y ' • . • 1 y co.·m entarios. por lo que estaba detenida y habfa s1I imaltratada y abofetnda por la · do ~egGn los informés - ¡ de lá Oficina hice un estudio y ¡ Poltc1a. Yo como Jefe sometf a cons1• derac16n del G~bernador Qencnrgadoque ' 1 ' tambi6n es abogado todo e1 .asunto e interpretamos todo ' ' 1 i ' de toman acuerdo que debfamos devolver a la seflora , '1 ' • Uhfa de. Pitre. la merc.anc1a que a nuestro juicio pare-· ' ' - ce no con·st1tufa contrabando, tal como las escobas. ' ' 1 ' compotas; hartna, ya que los cigarrillos y el Hfsky - . . no se devolverfan sinó que pa~arfan a 6rdenes del Ju! ' 1 \ j 1 gado de Renta Departamental para continuar el trllmite ' ' '

  • ' • seguido en estos casos. ya que el Gobernador era muy

. . '' ' 1 drlistico y muj~celoso en el c1mplim1ento de~ que fu~ 1 1 ra w,1sky, c1g• tJrr11-los o cualquiera otra mercancfa que ' • 1' 1 ' afectara el fts.c·o)depártamental. deb16 ser pasado a _ .1· • -· este juzgadq para,,es~ámpillarlo...,x.. p'osteriormente rem! . . ' ' • tarlo •••• El safio~ Go$'ernador se enc.ontraba fuera de

~ • \ ., .• 1• .,..__._. . . . la ctudad ,de Valledupar·, asistiendo a una cumbre do gobernadores y habf'a 11ejado on su reemplazo eil ca11.;.: • . .. . ' ~e ' ' dad encargado a 1 doc.tó ~\1 ton!!º L6_pell V&squez • • • ' 1 quien se desemp\3llaba como~cretarto de Gobierno ••••• 1 Esta l'.'.esoluci6n estaba ltsta', ti'ara su .firma cuando y . ' . . ya el Gobernador encargado Dr./Alfonso L6pez Vlisquez. se disponfa a firmarla, 11e_g6':a"la ctu(!ad d~ Vnllédu- '

  • . ' . par el Gobernador Guillermo Castro asumiendo tnmedta • • tamente sus func tones como Gobernador,·· en 1a redacct6n . . .

. . \ . ' . de esta resoluci6n tntervtnimos el sellor Gustavo Cote ' • Fernlindez en su calidad .de, ~ecretario de Gobierno en-

  • ' cargado, el Dr. Alfonso L6pez Vlisquez en su calidad. ' de Gobernador encargado y y.o e.orno Je.fe de ·1 a Ofi c1 na ' Jurtdtca del Departamento •••. ".

' •

  • • ( fs, 290 Y

SS.)' ' •

  • • • Tanto el doctor L6pez Vásquez, quten

• • •

  • . .., .. ,--·~---

' ~!:.• ... ·,._ ,_ l . - . • •• • , • a • • - . • - • - 1 . . •

• • -131AISM0..10::J 3C! ,>._JI..JElU"i J,l

- ' - ' ..... . . . ·, .... . \"";'"1'.:\.'',"\'··~·.,··,1,·" ·.-,~~~.-,.,,' ''··~,. • ' • • 1 • fuer• Goboi~ador encargado¡·co~o ol s•nor Cote Fern!n- • de Pi-~ dez,-declar~n que e~ ál caso de la seftora Uhfa "· • tr:e, si, observó ol próced1m,ento del Decreto 2144 de

  • • la oncargad11.de1.978 que lá oficina jurfdiéa iue y • r~soluci6n .que dobfa firmarelabor~r el proyecto de • • pero,. como el seflor (:astro _ el Gobernad~r encargado • a Castro se .r·eintegr6 al cargo, ful! tiste no IÍquél y • quien susirfbi6 le providencia; ambos reconocen, ade- - m4s¡ haberse reunido don· la Asesora Jurfdfca de 1.a Go

. . bernación.y. . .,hábor discutid~ el contenido de la resol!J. ~~"""!·~ ' cf6n en·todos sus t!rcfnos, ~fondo la misma que ffr~ó . ' / ·

luego el acusado (fs. 11 .Y 14· Cdno'. 3), . . 1 i . -. - ' ~ -~ / : '

  • • . . . PorXt.ra parte, como lo destaca e l _

. ,' "" \ • - • • • ( ~ . defensor del Gobernador.. ...-101 seflor Ca!\tro C11stró no es

  • • • persona versada ~n las mate1...t_as del dcjrecho, razón

• ) ( ,,1 . . ' . por la cual, susérib1r la. ... resoluci6n da fecha 2 ·de·· . • . .,,: \ - . ', . ' julio do ' 1979, lo _hizo cuando~ , 1a ..,actu11' c 16n procesal · . y su.;,, ~o hallaba éonc:lufda lista ,ac(esoluéiÓ!) para .

  • - ' . ' los C. omandantes de firma por ser, sogan lo -en~e.ndfan . _... . .

' ' . ' 1 ' ' - 61 mismo, el cóm la Policfa, sus asasor.es ju;rfdfcos y . • . •

  • ' ' asunto, de confórpet-0nte para pronunciarse ,obre el • mfdcd con lo preceptuado.en el Decfeto 21-4 de 1978'.

. "-- (Estatuto de'Sogüridad) •. · . . . . . - ) • . . 11 eEn este caso~• 1~ plon~ pPu~ba que 1 xige el art1cu1o 215 del Código de Procedimiento Pe--

1 ' -- ·- . '

  • -·· .. . . . .

..... '·"'" 1 • -14- •

AISMOJO:J 30 AOIJOU"13SI

' 1 1 ' 1 • •

  • 1 • e na'i no se da en el 'proceso, por .lo que ~abr! de dar-

• •

  • • se ap11caci_6n· al artfculo 21~ del m1.smo estatuto. pues 1 as dudas ex1 s.tentes . so!lre. resp·onsab11 f dad .del

' 1 • 1 ,. ' ,-.. - •

  • • Goberna' dor Castro Castro no pueden despejarse en el

- • . . 1 • actual· momento procesal.

1 • • • 1 • 1 ' Finalmente, ba de advertir la Sala

  • -

• 1 ' que s1 no existe prueba fd6nea que ~redfque la res-- • . • • . pónsabflfdad del procesado ~n cuanto a la conciencia de estar vj_o·1·ando la ley al ll!on,ento de proferir l a _ resoluc16n:. -~/aipoco p.uede pred1cars·e su responsab11!. • . dad con rel ilc1Ín ; 1 a orden de ·de~ol uc1 ón de 1 a mer- . . • • can~fa, acto qué er~ consecueftefa 16g1ca de su 1ni-- ~~Y c1.al dec1s1iln·. Ig:a,l){ente la. duda sobre la exfs • .de, 1

a . ten e fa 1 orde.n p{,;;Jnente . sobre el decomf so y r·e i ¡ . . . . ' - '

1 • mate del t11stcy y de cigarrillos extranjeros, ya que

  • - ~ . . 1 . ' tanto la Asesora Jurfd1ca, como el Gobernador encar-

. 1 ;· . ;,· ~ . 1 ga40 y el Secretario de Haci·enda,, as1m1 smo encargado. · ( . ' aseguran que el Gobernador Cast,.;;' Castro. habta fmpa!

  • • tfdo órdenes precisas al respecto y ~ue, al elaborar
  • • • la tantas veces citada resoluc16' n, creyeron que ,era-

' 1 • ' 1 • • ·impertinente hacer nuevo pronuncfamfento sobre··dfcho ' 1 • • 1 ' tema. Solamente l,a Almacen1sta··General áf1rma deseo- . .., 1 • nocer esa orden précf sa ·del acusa<!o. • • • . • En esta forma responde la Sala a - • los planteamientos del M1n1ster1o Público de la d!_ y • • .. -· . • - • • -15- ' •

AISMOJO::J :JO A::ll-lSU"l'Jl'I

• • ... '\_, .) "'-' '..'.:). "~ -,) • 1

  • ' fénsa éxpuestos en la audiencia pública y consigna dos por ambos en sus respectivo~ alegatos •

• ' 1 • A mérfto de lo expuesto, la Corte- . ' • Suprema de Justi~ia --Sala de Casaci6n Penal--, ad-

  • • • mini~tra~do justicia en no•bre de • Ropúblfca por 1~ y
  • ' autoridad dé la· ley, ABSUE~VE a José Guillermo Cas~ • ,, •
  • - tro Castro del cargo de ser autor,aen su condicl5n

. ' de Gobernador del Departamento deJ .Cesar, del deli-

  • ' to de us~rpaci6n de funtiones por el cual se le 11a

;r . 1:: m6 a respond~r ~n.jufcio criminal e.n este proceso. , ' /

  • .

•" ----'' • . , Jlo'Íi ff q.uese a rchf vese. ' --y· • • • ..,. ~,' . ~ • • ' • ', • •

• • r · , • QANTE;''ll,: '.F'IORILl!O:-'.P.ORRAS .LUIS ENRIQUE ALliANA ROZO • \ . )

• •

  • ~ ~' ~: J ~ -

• ' GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ· FABIO CALDEROII BOTERO ( _ /

. 1 1

  • . • . •

SERVIO-TULIO RUIZ

ALVARO LUNA GOMEZ

' ' • • ' 1

DARIO VELASQUEZ GAVIRIA

PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA

1 1 ' i • ' • ' Lucas Quevedo Dfaz

SECRETARIO. '

• • ' ' • • ' ' ' ' • 1 ' 1

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