CSJ - SP 27096(25-05-1982)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 27096(25-05-1982)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1982
ue 27.096
CORPE SUPREMA DE FJUSTIOIA
SALA _S5E CASACION PENAL Aprobato Acta 2 032
Eagistrado Ponento: DR: DAOZE L. PIORILLO FORRAS Bogotá, veinticinco (25) de nayo te mil novecientos ochenta y dos (1.982)
_V1ISR2O081
EJ defensor dol procesado CARLOS ARTURO EMBRFTIES PEREZ interpuso el recurso de casación con tra la sentencia del Pribunal Superior de Bogotó de _ 31 de tarso tel año pacaso; que fue oportuna y debíta nente concelido y estimdo aédnisible por la Corto y _ en sustentación del cual precentó lo corresponálente_ demanda, que contostó el iinintorio Público, oponiéndose a las protonsioneo del AS En ose estaño 01 tránite el asunto, el propio procesado, nedianto escrito enviado a la [Sorte desdo la Cárcel de Bellavista en nedollín, donde cur ple la condenan, desietió del recurso interpuouto a __ noxbre ouyo.
COOUOSIDEBERADDO: Los reoursos gon medío legales, conoelidos a loo intorvinientes on el proceso para obtener, _ con su utilización, la corrección de los yerros en que, ea qu Juicio, hayan podido incurrir los funcionarios, _ de naenora que la facultad de intorponorlo o no y la de sontenerio o abantonarlo, son determinaciones que la _ ley ha dejado al prulente juicio de los intereentos.
Bata facultad discrecional cs tento nás_
atentíble cuanto, cono on este caco, quien hace uso de olla es el propio provcsado, puto, así cono Éxyto puedo revocar los podores conforídos a qua abogados, apodera dos o defensores, puesto iguninento, con cayor resón, _ revocar las detorniñaciones que óotos hayan cáoptado__ en su lugar y a gu nonbre. 34, pub, a favor. de quíen se ha intor= puesto un recurso, con el que ésto estaba conforne, de aleteo luego le su propócito ináctal, no hay disposi--- ción legal alguna que io inpida hacerlo, ni al jues an to quien so interpuso, aduitir el dosisticiento. Por elio, da Corte Suprema de Justícia _ Sola do Cessoión Penol-— ARMI?3 ol desistimiento pro centado por el sentenciado, DECIARA DESTERTO 601 recurso de caración interpuento por su dofencor contra la _ sentencia dol fríbunol1 de Bogotá del 31 de unrso del _ año pasado y áispono, en aoonsecuencia, devolver los autos al ?ritunal do origon. THotifíquese y cúmplase.
DADIFB L. FIORILIO PORRAS YABIO CALDEROS BOPERO
GUSTAVO COMES VELASQUEZ ALVARO LUNA COUES y g
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