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CSJ - SP 27128(25-03-1982)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 27128(25-03-1982)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1982

CORTE SUP EJ JA

SALA DE CASACION PEHAL

Aprobado Acta N 018

Ragtstrado Ponente: DR. OAMTE"L. FIORILLO PORRAS - rs de e dd Bogotá, veinticinco (25) de rarzo de mii novectentos ochenta y dos (1.982) VISTOS: A virtoé de consulta, correspon de a la Corte revisar la sentencia dol Tribunal__ Supertor de Barranquilla de 14 de Julto del año__ pasado, por uedlo de la cual absolv1ó al procesado PABLO EBILIO TRUJILLO de los cargos que le fue ron formolados dentro los procesos acunulados ade lantados en su contra, aubos por los delitos de__ falsedad en docunentos públicos y, de conforaidad_ Con los respectivos autos de proceder, covetidos_ por el procesado cuando ejerció, transitorianenta, las funciones de Juez 2” Penal Aduanero de ¿que-- Ma clodad, El señor Procurador Segundo Delegado en lo Penal ha nantfostado so confornidad_ cl a lc | con la dectstón consultada y ba solicitado a la Cor te, en consecuencia, que le laparta $u aprobación.

RESULTAADO:

1. La actuación procesal y los he chos plenamente acredttedos en cada uno de los dos_ procesos acumulados, corractacaente reseñados por el Tribunal en la sentencia consultada, son los siguien tes: La actuación procesal ...La Procuradurta Regional de Barranquilla rentttó a este Tribunal copla de das__

actas de visita practicadas a vortos Juzrgados de Aduamas que funcionan en Barranquilla, para que esta supertoridad determinara st era el caso o n6 abrir_ Investigación penal contra los Jueces 2” del Distri to Peña? Aduanero de Barranquilla, Pablo Eotlio Tru 31110; Segundo Penal Aduanera, doctora Really Ria-- có6p, titular; y Prinaro de Instrucción Distrital Aduanero Rafael Cotes Acosta, titular...” ,,»Escindidas las diligencias___ pertinentes a las actuaciones de ceda ono de los___ funcionartos antes cenclonados, dado que se tratobo de distiotos hockos, se ordenó adelantar por separa do las correspondisntas investigaciones...” " ...2. Contra el señor PABLO EMIe + or A LIO TRUJILLO, fntcialcnente, se adelantó una investi gación por esta aísca Sala hasta la celebración de_ la audiéneia pública. Ras el Tribunal al conento de ponar téraino a la pricera instancta mediante sen-- tencta, observó que sa había incurrido en una nyldad de caracter constituctanal, porque en el expe-- dtente so investigaron 7 delitos de falsedad cometí dos en distintos feches y en diferentes procesos___ por contrabando, atributdos a PABLO ERILIO TRUÍTLLO Ex-Juez encargado del Juzgado Segundo del Distrito_ Panal Aduanero de Barranquilla y tales delitos no e Fab CONOXOS, Por no tener relación unos con otros__ y, por esda, debieron investigarse por separado...”

...3. Coro consecuencia de esta_ decisión sa ordenó, por la Secretarta de la Sala Pe nel coupolsar, por duplicado, lo portinente para in vestiígar por separado cada uno de los ? hechos de-- TMetuosos atribuidos al procesado PABLO EMILIO TRUJILLO, ordenación que cump116 cabalmente la Secreta rta...” ...4. De estos 7 procesos corres pond18 uno al H. Hagistrado Ácado Blanco Castilla, _ coso ponente y otro fué repartido al Magistrado Car tos Campo Dumado y radicados bajo las referencias__ núneros 41046 y 41075, respactivamenta...” "...Ablortas las dos Iinvestígacio nas y después de haber dictado sendos sobresetoutentos tenporalos, se calíftcó al cárito de las suna-- rtos en acbos -cono se anotó en el encabezantento__ de esta providanelay por auto da fecha 11 de agos to de 1980 se decretó la acunulactón del proceso ba o referencia 41048, on el que era ponente el H. Wa to gistrado Slanco Castilla con el que es ponente el__ Magistrado Carlos tanpo Donado, de referencia nímero 41075 y se ordenó la suspenstón de Este Último._ que era el aís adelantado, hasta ponarTos an estado de proseguirlos conjuntemante;.. ...5. Después de numorosas d111genctas, tendtentas a capturar al enjuiciado PABLO_ ENILIO TRUJILLO, Este fue aprehendido y puesto a___ disposición da la Sala por el Director SeectonaJ___

del Departanento Adointstrativo de Seguridad del Atiéntico, mediante oficio núnero 190 de enero 18 ¿e presento año (fs. 435 cuad.princ. ref.41075). Como_ el enjutetado presentó una certificación án donde__ consta que ajarcía el cargo de Sacretarto dal Juzga do Civil Runictpal de viotá (Cundinamarca), la Sala ordenó la Itbertad dal procesado y ofició a las autoridades correspondientpeasra que tonaran las modidas del caso, a fin de ovfttar que el sindicado eludtace la acción de la Justicia...” ...En enero 22 del presente año, el procesado PABLO EMILIO TRUJILLO hfzo presenta--- ctón personal ante el Juzgado Penal Municipal de Yiotá (Cundinanarca) de un escrito que obra a fo--- 11o0s 446-448 en el que trata de explicar su condueta y estiua que el Procurador a quien le correspon416 adelantar las visitas en el Juzgado de Aduana__ en el que laboró en osta cfudad le tenfa aninadverstón, pues esperó que se ausentara de Barranquidla_ para investigar su conducta y entablar denunctas___ sin adelantar prevtonente procesos disctplinartos y escucharlo en descargos, 51 hublera sido del caso. "...Hedfante providencia calenda5 ”» de el 10 de febrero del año en curso (fs.5-6 cuad, _ $24) la Sata negó la libertad que había solicitado _ PABLO ERILIO TRUJILLO...” ...Astofseo, mediante auto de fe

cha 10 de marzo (f,467 cuad.princ.), el Tribunal no accedió a decretar la prescripción de la acción panal...” , ...6. Finaluente, al 21 de abrí! del año en curso (f.481-482 1d.) se colebró la au-- diencia pública sin intervención de Jurado de con-- clencia, cuya acta corre a folfos 481 y 482 del cua derno principal. Y durante el debate oral el dafensor del aujaiciado solicitó la absolución,d e éste__ por cuanto estívó que “no exfste la plena prueba___ del cuerpo del delito nf de la responsabilidad pe-- nal de PABLO EMILIO TRUJILLO” ... (fs, 487 a 499) = Los hechos paterta del proceso "_,.8) Respecto al proceso bajo__ referencia 41046 aparecen narrados en el auto de vo cación a juticto en la siguiente forma: .,,” ...3%. Por oficto “"186 de fecha 1” de septfeubre de 1972, el nisoo señor Pablo £mtVo Trujillo, actuando en su calidad de Juez encarado, ordenó la entrega definttiva a los señores 1fonso Abrau Dfaz, Eduardo Redondo y Germán EnrT-- que Rodríguez González, la mercancía relacionada en la Contralorfa con el N4308, “transcríbiendoTa parte resotutiva de un auto de agosto 18-72 en que_ dtcho Juzgado se abstiene de abrir tavestígación pe nal en contra de los antertores y consecuencialoonto, determina la devolución de la respectiva cercan eta, a excepción de los cigarrillos que deben pasar

a A dtrectacente al Fondo de la Dirección Seneral de Aduenas”...” ...Según la constencia vistble__ al folto 52 wt1,, dicha morcancía tenfa un avatGo de CIERTO TRES MIL CUATROCIENTOS DIEZ Y SEIS KI PE= sos ($103.416,00) nte. paro al frse a entregar se cocuofeó al Juzgado que se había comenzado a descrT bir las entregas ilegales de nercancÍa y entences se envió al Almacentista del Fondo Rotatorio el ofT= cla $192 de septtenbre 7-72 (follo 50 fte.) en el eual encargado del Juzgado2 del Ofstrito Penatr Eduanaro señor Pablo Trujtllo solicitó qe se dovuel va el oficio 186 do septiembre 1”-72 (4.48 fte.)_ por baber incurrido en pool dol respectivo_ Juzgado y con el núnero de Contralorfoa dife (sic) a la cercancia”. St ben es ctarto que se frustró la_ entrega,ctanbién lo es que espleando el misno sistana” ya observado en antertoras casos se pretend16 hacerse en esta oportunidad” (f3.916 y 317 cuad., aa) (13.358 y 359 cusd. ibfdem)” (1.414 cuad.__ prtac. ...b) Los relacionados con el___ proceso bajo referencia 41075 estan expuesto de esta panera: - o,.6. Por oficio NR” 190 de sep-- ttanbro 1-72 dirtgido al sañor Publo Trujillo en su caracter de encargado del Juzgadó 2 del DisteTlto Penal Aduanero al Alcacentsta del Fondo Rotato-- rio de Aduana ordaca la entrega de la mercancía con Contralorfa H4334 a loz señores Antonto Harta Gon2á4tez Murillo, Andrés Huñaz y Jullo Ponto, transecri biendo un auto de agosto 23-72 dicrado por el Juzga do en que se Ifnhibo de abrir Investigación penol____ contra los antertores..." ,. Respecto a esta actuación, al Procurador del Distrito Hizo las anotaciones siguien tes, que en lo pertinente se transcriben: "...Vortficadas las dilfgancias del caso se comprob$: a) la investigación a la cua estó vinculada la oercancia por Contralorfa $4334__ se encontró en el Juzgado 1 Penal Aduanero de esta_ Ciudad (Diligencia prevta 021), cuya titular es el_ Dr. Sas Garcfa Daza. El parte de retención corraspondiente so envió por el Comando del Resguardo de_ PPP o To 6 e ce Aduanas al Juzgado Supertor del raso en esta cíudad, siendo al111 recibido de acuerdo a tas diligencias __ practicadas con fecha 14 de septienbre 72 (foltos__. 114 y 115 fdo.)... ,..D) Ho exista providencia del__ Juzgado Supertor de Aduanas que ordena renitir la __ actuación al Juzgado 1 Panal Aduanero y de acuerdo_ _ a lo anotado en el acta de vistta de septiembre 15 _ 72 (folios 134 a 135 fte.) fue llevado directanento _ por el Secretorto del Juaigado Supertor soñor Francts

co Coninguez Y., quien ojerce actuslnente un cargo__ siuilar en Cartagena,..” ,.,€6) Lo actuación del Juzgado 1 de Aduanas estuvo a cargo del Socretarto señor José_ lonacto Franco €., en ese nonanto a cargo del Juzgado en referencta, y quíen en Ya actuactón ocupa la__ Secretarfa del Juzgado 2 del Distrito Penal Atusnero. £l referido Setretarto...d) La uercancfa en refe rencta, por consigutante estaba sub-Judice, dado que no as habla determinado su remata o devolución y Togicscente a ordanes del Juzgado 1 Penal Aduanero, __ quién en forma irregular conocía del asunto, dispo-- alfendo por auto de agosto 23 del 72 que antes de a-- brir ta correspondiente investigación, $e practica-- rán algunas diligencias con carácter previo,..” ; "...0) Asf las cosaz, el encargado del Juzgado 2? del Distrito Penal Aduanero señor Pablo Trujillo, transeptbiendo un auto inexistente que obvtamente se reolacionata con diligencias tambtén 1nextstentes pretendió entregar sercancia por un vi-- Tor total de CIERTO SESENTA Y CIRCO ATL CIENTO CIR-- CUENTA Y CINCO PESOS ($165.155.00), negón la rela--- ció6n obrante al folto 52 fte, Portuosarnente (stc) no se alcanzó a entregar, ye que cuando se Iba 4 proce» der da conformidad $2 ftescubrieros las canfobras corrospondientes”., (Inforndea l señor Procurador, f0-- Mos 10 y 11 y fis, 321-322.cuad. princ.)” (£13.361_ 362 14.)...” (fs. 485 a 486)

2. El señor Procurador 2? Delegado en lo Penal, al enttir concepto sobre la senteneia__ consultada, ha considerado ecertada la decisión del_ Tríbunol por estícar, de acuerdo con ésto, que no se halla denostrado plenacente que el autor de los of$ ctos tdeológicacente falsos hubfese sida el juez acusado; ... A Ya loposibitidad absoluta_ _ de establecer hoy quién fuó el autor de las Fiermas_ estaupadas en Tos ofícios enviados el 1” y el J de_ septiembre de 1.972 al aloacentsta del Fondo Rotata río de la Dirección Canera?t de Aduanas de Barranquí Ta ordenando Tas entregas de unas nercanceías decoolsadas como de contrabando, con base en inextstentes autos inhibitorios transerttos, se suna el 1-- Tencio del contumaz procesado, quien a pesar de haber sido localizado a Gltica hora, sa cuida de soul ntatrar explicación concreta alguna de los hbechos,_ y daja, tal vez stnm pensarlo, su ¿definición a la de fictencia y lentitud de las Investigaciones y al __ santo protector del tiempo transcurrido desde su le Jano entargo como Juez de Distrito Penal Adyanero__ de Barranqotila...” ”"..,La duda sobre al elenonto sub

Jativo de las fnfracctonos atríbutdas al ox-Juez___ a TrujttHo acogida en el fallo de priver grado es razonablo y desde luego atendiblpaor fmposiblte de eWMoinar para este cónento procesal; y cono el principlo de la favorabitidad consagrado en la ley a es te respecto -artículo 216 del Código de Procediuien to Penales faperativo, resulta procedento la confirmación de la sentencia absolutoria sometida a___ consulta, como asf se solíciíta de manera comedida__ a la H. Corto Suprema de Justicia...” (fs. 5 a 6)

COANSTDENRANDO:

1. Ro se reníte a duda que el seHor Pablo Emtifo Truftlilo fuá encargado de las fonciones de 3uez 2 del Distrtta Penal Aduanero afentras se posestonata el titular del Juzgado, cargo__ que ejercíó6 entre el 1? de saptienbre de 1.972 (f._ 130) y el 211 de los utsuos mes y año (f. 132), nf__ que durante al eferctceto transftorto de sus funcio» nes Judicialos ordenó, en dos (2) difarentes ocasto 00%, devolución de mercenctos decontsades, por contrabando, transcribtando en los oficios correspon». dientes, con ese propósitol providencias tnextstentes en el Juzgado de cuyas funciones estaba encarga do.

Tampoco se rentte a duda, final-- Genta, que tales oficios no fueron gatertalaente___ falsificados, y que aparecen suscrttos por el Jjuez_

encargado, con su antefirma y con la foprestón del_ sello de su oficina, nf tgnorarse que ese procedor_ fifetto soyo no se contrajo a la Spoca en la que ac tuó como juez encargado, a la cual astá ciercunsertto este proceso, stno a otras diferentes, en las ___ que actuaba cono simple sectretertooo El dactor Alfonso Radero Donado di y co, en efecto, rofirigadose a los procedigtentos uty VMasdos por 91 señor Pablo Entlio Trujillo an una de las numerosas ocastones en_las que, como Secratarto, tacurrtó en los otsuzs falsedades que conatíó cono__ Juez oncargado: ...PREGUSTADO. Recuerda ustod doc tor por orden de quí Juzgado y en qué fecho se le al 20 3 usted entrega por parte del Aluacentata del Fon do Rotatorto de la Dirección Gral.d e Aduanos, do la cerconcío que se hizo antos nanción? CONTESTO. La or don de entregas fue hecho por orden de un Vurgado Dis triítal de Aduanas, si qual ao recuerdo creo quo fue__ ol Pricaro, dondo astá la doctora RINCON de duez t1tular y e1 Secratarto un señor TRUJILLO; de aso hace 20 0 25 dias que s£0 co bízo la entrega, poro el afielo tenfa fecha astorior, porque yo dorá vartos dias con 81 en el bolsillo. PREGURTADO, Quián la entregó a usted el oficio para el Fondo Rotatorto da la Diretelón Gro. de Aóuanns? CONTESTO. £l sañar TROJILLO... (f. 35) El doctor Rafael Cotes Acosta, Juez Pyicoro Distrital de Aduanas de Cartagena para la fe cho de su declaración, dica, Igualcento, rofiritado» so a las actividades del señor Trujillo: ...ta sañorita énpleada del Fondo Rotatorto, cuyo nenbre no s6, pareco que instou8, no ostoy seguro de ello, que otras notas rednetados en_ «-lila aisca fora y con ol oiszo fin hubíoa stáo dtyigs das (por Trujtilo) al alracentsta del rofartdo fonda Entonces, atando cabos, dadoja que ad estar encargado del Juzgado 2 Distrital de Aduanos el soñor TRUJITLO y al taner conociotanto el suscrito de las tra ptsondag y de los trucos de que so habla valtdo como Secretario del elsco Jurgado, para sacar cercancias_ sto el Meno de los roquisitos legales, podía say al sutor de tales tlfcitos. Evidentaaonte yo estaba informado por un señor de apall1do PERALTA cuyo nonbra 00 estoy soguro sj os FERSABDO, qua 61 habla soyvido de testaferro al seBor TRUJILLO ya mencionado, para_ sacar cos un stopla papelito dirigida al pimacentsta dol Fondo Rotatorto una marcaneta que conerctonenta_ go se on (que) constatfa nt cual qra su valor. Esa

tofornación la obtuve de boca del ciaro señor PERALTA...” (fs. 212 a - 212 vto.) Lots Cartos Soñez Rondón, proptota río de un local en San Andrasito donde, cono as bien sabido, se vende mercancía de contrabando, dice, por su parto,: .., PREGUNTADO. Diga el declarante si a usted le consta que realcenta en 91 Juzgado Soguodo Distrital de Aduanas do osto ciudad, se hubles0 lovantado el proceso an relación con ta vorcancÍo que a usted le fué decontsada? CORTESTO, A of no ne consta porguea yo no conosco la socánica do dos Juzga dos, a mf ne dijersa quo fuara al Juzgado Segundo___ Diatrital de Aduanas para averígoor por sf carcanceia -12y a11í no atendió un sañor YRUBLVILLO y 61 ca rectbi6_ una doctaractón yo la firaó y 61 ca d16 an ofteto pa ra el almacontata del Fondo Rotatoyio de la Aduana pera que a116 ue entregaranla corconcía y e11á uu Y entregaron y a11£ deba estar e1 oficio que me antre96 al señor TRUSILLO en un sobre cerrado y después que ese ofieto sufrtd los tránites de rigor en la A- éuana as entregaron la sorcancía y a11E levantaron__ up ecta de devolución que yo fteob...” tf. 221) El doctor Rafael Mattos Nuñez, fí-

natemaente, corroborando las ftnforeaciones de raferancla sunfaistrada por otros derlarantos, afirea: ”,..0 1 señor URIST mo os contó en_ detalles el tipo de la negoctactón, ot la close de__ eorcanctas renjftzado entra 81 y al señor TRUJILLO._ _ Sí £e cnantfostó que se tratoba de una sercancta que_ to hablan adjudicado a 81, poro que rosultS, refi--- rígadone a sus proptos táreiros, "chíaba” la negocta ción, por cuanto al valor negoctado 00 equivalía a__ su corrospondtonto valor econénico «n los cercados__ do esta plaza. Creo que el valor de la nogoctación_ fué de state af] pesos; de tos cuales el señor TRUJI LLO lo babía devcolto a af cifenta UNIpE la suma de ctaco 041 posos, poro se negaba a entrogarle los dos ot1 pesos restantes, De ahf que el señor URIBE busca ra 04s sorvicios profestonolos...” (f, 245 vto.) 2, Rún hactondo total) abstrección, e a a - -13si se quíare, de este vigoroso haz probatorio, que__ conttene las doclaracionas bajo juranento rendidas_ por dos destacados abogados de la región, por un Juez de Aduenas vfctica de las santobras doltetuosas do__ Trujtilo y por uno de sus “beneficiarios”, pruebas a das que no pueden oponerso las declaraciones interesedas de ttelt Rincón y de Fernando Peralta, es todis cutíble, en todo caso, que los oficios Ideológicanen

te felsos a que se contrae este procesa aparecen 308 eritos con el puño y lotra del juez encargado Pablo_ En11to Trujillo, con su antaftrma y con la fuprestón del) sello del juzgado entonces a su cargo, sin que__ en parto alguna del proceso aparezcan taechados de___ fatsadad matertal tos dotunantos, nf puesta en tela_ de juteto Ya autenticidadde da firma del procesado_ y la del sello oftetal fopreso en silos. A este respecto ha dicho reiterada mente la Corte en vartas ocastones, resaltando la ca VMdad de docunento público que tienen los oficios o_ conunteaciones de los funcionartos judictatas: ...Da forma que st en esa comuatcactón, con tnoutación de la verdad. so hizo cita de providencia inexistente para sustentar.e l pedido de_ entrega de la nercancía incautada, es evtdente que__ sa faltó a Ja verdad y se creó une prueba falsa con_ quebranto de la fé pública...” (Auto de 11 de agosto del año pasa do Acta H” 77) Y sobre el valor probatorto de taVes docunentos: “,. una diligencia que so practica por un enpleado público en ejercicio de sus funcito-- BOS, es un docunento que por este motivo ttene el ca rícter de público, contra el cual solo es viable la_ prueba que acradito la falsedad del docunento eÍsno, según mandato del art. 261 del C. de P.P:) (Sent. 6 Junto 1957, LIXIV 445)

3. La sentencia absolutorta proferida por el Tribunal Supertor de Barranquilla se fun da, exclusivanente, en el supuesto equivocado de que los documentos cxpedidos por los funetonartos, en ejercicto, asf sea transttorto, de sus funciones pú-- blicas, suscritos y sellados por ellos, cuya false-- dad no se ba demostrado y cuya autenticidad no ha sí do, siquiera, objoetada legalmente, requieren, no obs tante, la práctica de perictas grafológicas o de o-- tra fodole para acreditar que, efectivanente, Ya fir pa del Juez es la suya y el sello impreso en el docu gento, el ofictal, con olvtdo de que ol perito no es Suez, sino auxtitar de úste; de que, por consiguten- —= me . - mm. o) -i5te, el ditetacven solo vále en cuanto el Juez o magtstrado lo acoja y de que, por ello, a la postre, el__ verdadero perito as el propto juez o nagistrado; y__ con olvido, adenás, de que. como se deja dicho, en__ los procesos acunulados se fonputó al procesado los__ delitos de falsedad ideológica, lo que supone que___ dos documentos son auténticos, esto es, ciertanente_ expedidos por el juez, pero su contenido falso.

Por ello, la sentencta absolutoria consultada habrá de zer revocada por la Corte, pera, en su lugar, declarar, coro aparece en el proceso,__ plenanento derostrada la responsabilidad del procesa do PABLO EMILIO TRUJILLO como autor responsabla de

los delitos de falsedad tdsológtca por los cuales___ fué Wanado a juteto.

4. La pena topontbla al procosado es la ouísos sea que se aplique el artículo 231 del_ Código Panal anterior, ya so acuda a la disposición del artículo 219 del actual, satvo en cuanto a la__ naturaleza de la sanctón, que es de prisión en el__ actual y no de presidio coro aparera en el Código__ antertor. -16-= A este respecto, también ha dicho la Corte: "...Es más, el proceder del acusa do no resulta beneficiado con la nueva legislación penal (Decreto 100 de 1980), porque el artículo 219 de ésta reprice cono “falsedad ideológica en__ docunento público” al "evpleado ofictal que en e-- Jarcicio de sus funciones,a l extender docunento__ público que pueda servir de prueba, constgne uñna__

falsedad o calle total o parctalmanto la verdad",_ con pena igual a la fijada por al dispositivo v1-- gente a la fecha de los hechos...” (auto cttado) Esta pena, cuyo afnino es el de. tros (3) años de prisión, deberá sunentarse,e n una tercera parte por razón del concurso de tnfracctones que se fuzgaron en el proceso (Art. 33 del Có- digo da 1936 y 26 y 27 del actual) y adenás aunentarse en otra sexta parte por razón de la ctrcunstancía de agravación punttiva que aparocen contra_ el procesado, conststente en el hecho de haber eje

cutado su sección criuinosa sobre objetos custodiados en dependencias oficiates o on oficinas públicas (numerales 15 del artículo 66 del Decroto 100_ de 1980 y 16 del artículo 37 de la Ley 95 de 1936, respectivanento), para un total de pena tupontble_ ai ad a e a HAXÁ A XA -17de cuatro (4) años y sofs (6) mesos de prisión, que la será fteopuesta en esta sentencia, Por Jas anteriores consideraciones, la Corte Suprema de Justicia --Sala de Casación Panad-- visto el concepto del Procurador Segundo Dote gado en lo Penal y en desacuerdo con 6l, adnints--- trando justícta en nonbre de la República y por autortdad de la ley,

RESUELVE:

1. Revocar, coro revoca la provi-- doncta consultada, an cuyo lugar CONDERA a? procesa do PABLO EBILIO TRUJILLO. como autor penalmente rosponsable de los delitos de falsadad ideológica que_ le fueron fmputados an los autos de proceder profaridos en los Juictos acumulados a que se contras es to proceso, constidos durante el ajercicio transito rio de sus funciones como Juez Segundo Penal Aduane ro (encargado) de la ciudad de Barreaquiila y le ta pone, en consecueneta, Ja peno privativa de la l1-- bertad de cuatro (4) añoxz y sots (6) neses de pri-- sión y das accasortas de tnterdícción de derechos y functones públicas y suspensión de la patrte potestad, que copenzará a cuaplirse luego de la pena prín

ctpal.,

2. Revocar, cono revoca, la lther-- tad provistonal concedida al procesado y

3. Ordenar, coco ordena, la captura del sentenciado para hocar efoectiva su detención y__ el cumplimiento de la pana que le ha sido iapuesta.

Háganse las comunicaciones de rigor Rot1fTqueso y devudlvasa el expe-- dtente para ta ejecución de la sentencia.

DANTE Lt, FIORILLO PORRAS FPASIO CALDERON BOTERO

GUSTAVO GOHEZ VELASQUEZ ALVARO LUNA GOMEZ

ALFOUSO REYES ECRANDIA LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO

PEDRO ELTAS SERRARO ABADIA DARIO VELASQUEZ GAVIRIA

Alborto Hora Cogollos Seecretarióon A OP E ATkO

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