CSJ - SP 27317(13-10-1982)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 27317(13-10-1982)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1982
',, . ( Expediente No. 27.317 • ' . .1 1
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
•
SALA DE CASACION PENAL
.. : ' .,
Magistrado Ponente: ·.
Dr. Fabfo Caldor6n Botero. _n_ _ ·Apw:obada: Acta No. Bogo ti, tNU de octÚbre de 1111 n~tentos ochenU 1 '1 o.s.-
VISTOS
'v El Trtbllnál Su"11.e~' del lifst.rfto Jddfcf.el de 81196 medhnh sontonch~ 28 de oc~ubro de 1.981 con_ ftrmll h proferida p~r¡eJ Juzgodo Prtmero Superior de T#. lu& que condan6 •6 pRUNOO VIVAS. PERA a la pona pP'tndpal allos. de 15 .d e ·prhli-t.d !1 a los ·accesoriu de rigor por el daHto dé hom.u 1.c.1d t o ' ". la per.soná de Gonzalo L6pei Valen ch. ~ ~.ontra esté fal1o·s~ Interpuso recurso ext,.ao~ • ·. dfnarfo dt casactt.n. ·. ·. HECHOS ' En lo pertinente quedaron relatados de lá sf __ gufenta manera: ..... -· . .- -- ·--- _. ... -~",.,,,_.., ;f"'.:..~ - •• . .. --- . } e . , .11639 . ·~ J • ' ·/ • ' ,1 / ••• , ..... 2 • ..•. a las 2 de la ttrde del 6
. de enero da 1.980, los he~- renos Orlando '1 Dl6nltdes Vtvas Pe/11, p1"0Ce4entes de la flnu "Patio Bonttó•, vereda "La ZuHa•, C:OI'ft9lm1ento de Sa 16nlc:a, IIIUtlfCiplo di _ Fltilf!"rtür, en de aus eAlarledos Jorge ._,ertas Naval'rtltt coq~~ll1a ED~fqile y Gonzalo L6pez Ya lene: la salteron en un jeep eoruluc:tdo por O~lanclo, con destino al corregimiento de Robledo --Munlc:ipto de TruJillo-- con el o! joto de consqulr tríbiiJadoret·para labon~ en sus fundos, donde efect! var.nte contrata~on a Alblllro Bland6n Ofaz. Rent Bland6n Dfaz, ~1 Nogue~a ROIII-lguez, lilhon Gh"aldo Q:lnz4lez, Carlos Julio lbella, Joa6 _ llnllla y J111to Croz, con los c:uales ·pa~leron desde "Robledo• hacia Sal! nlea a las 7 de la noeho, '1 al pa~9r-por ·~uasan6", Huertas Navarrete _ lnvft6 a sus patronos ''1 a L6pez~alencla, a la cantina da Olmedo Hora~ te, donde tnglrlo~n eerveta~tentras los trabajadores cont~atados _ pel"'lltlltCitrOn· en el velllculo,t ambl4n 11Jg1rlendo licor qua les Súm~nls-_ traba Huerta~. Poata~to~te, el ~l$m0 HuertAs lnv1t6 • los VIvas Peta
a casa 'de su cunado AJYU-p Get:Bz donde t01:11~n cervezas y aguardiente, y allf se susclt6 una lWdesavenlenda entre L6pet Valencia y 'Huertas H! v.arf'llte, PD!' cuanto htt no fnvlt6 al a la casa de su cunado, lo pr.l1111~ cual contr1tley6 Q que l~z. stn que nadie lo adVirtiera, desapareele 'C./ - 1 " ~a de "Huaaan~ 1 • [i ~~xfmeclamente a ·las doei de . la noebe "lhron de la casa de Alvaro S&uu '1 se dlspus1e~ a viaJar ~ Salóntea, sfn sabe~ él ~o qa~habfa tado L6pez, y al llogar al poblado de "Madr'lgal• obsoNa~ 11 ¡ que 6sta Iba a pie con dlrecef611 a Oetuvleron la marcha pa..a Rlof~fo, que subiera, '1 l6pez no le prestó fq~ortancle, por lo c~~al, Hutrtaa se ape6 con el objet6 de dfsual!l rlo p&r'e que alloradaeJ vebfculo; y a la 'Wel le ofreefa disculpas por el 1 nc:ldente ocurrido entre ellos en ·~asan(i•. "Anta la ~tunda negatfn de ~z. quten. diJo estar resvol to a pl"6segulr au camino • pté, nuevam&rite sa 111trabaron en una dtscu_ sf6n lo·~~ caus6 desagrado • sus patronos, basta el punto quo Intenta_ _ ron dejarlos allf '1 continuar la maréha con los demb t~abajadores. Ef~
- tfvamente, Dtomedes, q. uien se habfa hecho cargo del tf~n. aceler6 el ve hfculo, '1 lr.fs adelanta, RO~ Insinuación de algunos ele los· trabajadores, l.
-- ....... - ·" --~· -.- . ' u.6; l4 .e. :=::::>> • ...
RCPtJr:,I .. Ho ' .. ~ C.' . O:.OMOIA
. /. . -'· , .. ; ..... ,/ //. 3 resolYi6 'Ciesfstlr de ese empello,· y por un ea11ej6n de. "Madrigal" vol - 'tea ron para llegar nuevamentea 1 .1 ugar donde se hallaban Huertu y l6pez enfr'astadoS' en la JDisN pol⁣a;. ~ poco airado, DIOI!I!des se baj6 deljeep pare increparle a L6p,ez su tozuda terquedad, y .fut en ese preciso _ ~~XJ~~~~nto cuando Orlando se tlen6 dé 1ndi9Jiátf6ñ, y Ai't'.lidO dé Wl af11ac!o _ cuchillo, sin dar a recurrfr a cualquier medio defensivo, tiempo~ ~6pez ·arretll!t16' contra ~1, lo asf6 c!el cue~lo de la caar{see illlll1serltordel!len_ te ·lo •acriblll6" a c:uc,hilladas sin el;tilenor sentimiento de piedad· ante las exclamaciones ·supl,lcantes de L:6qei:P.ara qua no lo matara, a tal ex_ 'tl'em que cuando b te ·1$nt6 .hu,r, Or1ando l.Q persigui6 por la carrete_
ra 1ani3ndo1e pullalad~s !)esta d~jar.lo •ed.nime. ,., .. • .• 'v :e--"(-' LA DEMA.NDA .. ' '<i..."' ·. ~Funda ·e.~ 0ctor .1a ca.u.sa·l C·ua.rto· de casac16n .. sus dos p~tmer'os cargos '::t 'én l'a causal tirllliera, cuerpo segun = s~/~j\·p.qs,ttivo ~.er~!)-1"0 d .o ,. del mi (.....,' . . . lega\.. .e l . .Y : últfmo cvgo ·cte s·u 11~ ·.(~art·, _58~, del C, da. P.P.).. .: . . •. ·. .A t e~~imar q.u e .!• .sentenc:. '1 ~ fui _d_i,ctada en juicio . . vi eh do de n~¡.l fd.ad·, ap~rl)ta! .•. . ~ :. .. · • 1 • ~ • • al 'se prete,rillft 1:0· .J a· oburva!l~fa. ·de las forJ!Ia s ' • ... 1 •• • ·propias del Jui~to.,· porque el proc:esado n¡>· f.IJI soliletidó a r~~onoc1mjento ~~d1cb ha b t'ltn 'd·o si! proba·do éri lil J!roceso o .. ~u • o.' al momento .~.e .com,etor el del. 1 t Q. .s e hallaba en avanzado esta- . • do de em~rhgue.z lo que vendrfa a oilpHcar ol "pos i·bl o trastorno mental" que lo doterm1 n6 a darle ·muerte a l6'pe.z. Va len_ e fa. -· - rOtWO ROTUORIO ;)(l J.tl:fJ~lERrorJ( fú\TICIA .. . l ~ ,~' ''i '"' . ; :· n63s. ~e--, t~::.:.- .. -· ., ' ·1 4 '· b) Se dej15 el. prfnc1pto de favorab.!, dé~·3pH~ar 11dad ·.al Imponer la pena, pues halUndoae ·de111ostrado qué el procesado no tenfa capae1da.d da comprender la 11 tcttud illl 'u acto. por. IIJfrl r trastorno menta 1 er ana Uor1o, deb1do .·al :estado de embrtaguez en que se encontraba cuando c:omet115 el hecho, el •e"tenc1edor olv1d5 los ~rtfculos 31 y 33 del .. actual CCidtgo Pe.nill. 1 Y, f1na1a:ante·, al que· sa vto16 de ma_ cona1d~rar ... nera 1nd1recto le ,ley .sustanc:taJ' sost1ene que se qvebro11t6 onter~(C6ct1go el art,c:ulo 3G3 del Penal y el 31 y 33 del actual, porque no sello ~.aredtcto del jurado stno todo la prueba redudada dem~tl\a que el procesado actu6 bajo un es_ tado de' ~~astorno t~DaJ{tal trans1tor1o no reconocido por el f!_
V tlador. DE LA CORTl Y DEL MIIUSTERIO PU o ·. llo ao1erta el óc:tor al P':Oponer los cargos de nul! dad porque lo.s fundamenh~ en s1tuic:.1ones contradlc:toritu o .f. que se excluyen entre ras Para ac:l"edttar uno postble vi.olott6n de formas propfi\S del jutcfo, asevera que ~l procesado fu6 condenad·o ~ s1n el dfctaflen m6d1co-·lega1 pertinente a que se rof1ere el . : í ,.., ,.. .. .. . .. J ; · : • 1"' ~ -. ~--~~~ -----------------~~~~..:- :..::.:.· . ' 1 -y 11636 ( / ,1. .. } .,., ·"' . ',• • 5 artfculo 411 del C.• de P.P., o ua, stn haberse eshble.c1_ do e·1 tra.storno mental transitorio. que por ru6n de la em_ brlaguez su.frfa al mo!Dento de cometer ~1 delito; y, al mi! mo t'tempo para. ase·ntar que no so d16 apl teaef6n al prlnct_ pto .de favorabil tdad, af·lrma que .habH!ndos·e probado plena.._ mente que su representado, no tapac1dad da compren __ . . . t~nfa : ' st6il ni de determJnect6n se le sf_n en· cuenta c;on~en~ ~ener los artfoulos 31 y 33 del a.ctual C6dlgo Pena.l. 'v
Como 1o anota e 1 .P'('.eu.ra~or Segundo De leg~d_o en lo Pel)a'l : "'-... G .··· "'-...· ' ' . . . : ••• Se re,c~r(~ en, la demanda~que el co~ca~to de fnt~u~- Ml1dad par~ efectos 1~·11es debe ser declarado y reeonoetdo dentro del proeeso por los medtos\téénlcoii y ajUstados .a denic:ho, y se aflm que ..· . tales condiciones· al ser. omitidas determinaron lo· desfavor.able del fa . . ha:· llo ·ac:uHdo~ per0ngl6n segufdo~ se di por cfert~ procosallliente blando, el estado patol6gtco·n¡ental del en demanda de una modl· acus~do; ftc:ac1ón sust~l de le P!lmi·, én plo.nteaml.ento ~b1.g~o que rflle con= h. 16gfca y'co'l! la tfcnlea carac~erfsttea del r.ec:urso extraordinario ••• ". Tampoco acierto el censo!' al ·proponer la v1ola_ ct6n Indirecta de la ley sustancial ~or falta de ap11c:ael6n de los artf~ulos 11 .Y 33 de1 .nuevo.~6d\go Penal •. En lt;)S jilfc1oa con tnterl!.eni:16n de.l . .1.ur.ado no _ . . ·: puede hacerse eata clase de 1mpugnacl6n. porque como lo ha dicho en múltiples y rette.radas oportti'ntda~~·s l.a Corte,. do
prosp!jrar .el reP.roche. ~e caerh en el ~J;!~11rdo .de proferir sentencia de reempia;[o ·Con descono'Cim1el).tC1 de~ .v~redtcto, fsto es, con quebranto de las formas propias del Jufeto. 4 ,. • ... . .. ~--,o.•.~~ ~ ~~--~--~-~--~--~-~-n -~.~-~-~•~='"'ms:a•z------~=-----~-T~-------------------------------~,.~~.~\~:tf~ ' -~ RC:P!JOt...lC:A ::ll! Ot:l.'JMOIA 11637 ·',·,' 6 q ·,. No obstante admlttr el propio demandante _ qua este tipo de no es yfeble, dice se eta~ue q~e atreve a proponerlo porque el veredicto al declarar ruponuble al o.cusado, agrega: •en estado de embrhguez•: prectSDillent.e, para reco~oeer !u anorCRa11dad 'transito_ , . ~ rta, sttuac16n oo Tribunal sentenciador, ·~ue vl6·~1 ¡• ' B.aj o e.a te enfoque eonce.pt.ua 1., entra a sefl!. lar lea d'aclo.re:ctonei que 'oe,111uestran a su Ju1c1o esa perc~'f;e pitrturbaC:16n, .s.1n qu.e ellas s6lo poneil de ·presente el upeeto ~~tvo de l4 embrfl!guet y nada é!. ~~~e,san eori reliu:t6ñ'-a.l <estado mental del p'rocasado.
\ ' <-( Q \ ~tn1ster14! 0'8 que e,..l. - P.Cibl1c:o, co·ncluya: . · .Q,. .. n11).V~ funllaa:en~o pretenstomt~ t1énen,_laJ da la deaande.~s p~s9 cé:lno lo:revela el eDil su ab;úndente pi"'U!batestiiiQ'I~l y la 'qlllfe$161'1 del_.eneortado, el estedó IDefl~l de h_ te pora e.l IDII!IIInto de cOCJJter'el bllllltcfdto e.re lo' suftctentel!:entew·. lCic!do F.~ra tener concteneta de lo que !lacta, &lf faeultad de detel"'llinaoflin f\!l.plena, y, por ~stgu1e~~te¡ el estado de ellilrf! guez que se plaatee no pn6 de ser el aon11111 ~~~tl'C de las ch·-· cunstenelu personaln .~1 procesado y de las demh qlia ec:~ata_ ron 1o s 1\eC.bos •...... . En. c:·onsecúenc:1e, la f .a lte. . de tlcntea de la - ·' deman·da y la t:llconstatolltte jurfd1-co. d·e caéla 1.1ño ·de los " ' ' é:argoa conducen al reob·uo obsolllto de las prOtenstonas i, del ·recurrente • . ' !l 1 1 ./,,· • .. · -a ·~ •• o :.,t.., .'f'li,\/, 11638
;..,.. / ! l ' • 7 .. Por lo la COrte Just1c1a, ~xpuesto, Suprea~ ~e Sala. d• CnactGn Panel , de eC.!I&rdo con el concepto del se_ ftor Procurador Delegado en lo Penal , edD1nls\rendo Segu~do • justtcta en no~bre da le Repab11ca y por autoridad de la , ,. condenatoria dictada én este ' . pr6eeso el ve1nt1ooho de ó~tubre del afto pasado por el Trt_ bunal Supetlor del titstrttc Judtctal de Buga J de la cual se Ira he·c~o '1116rtto ~~~ la pa~elmot1va de es:ta prov1denc1a. '>".V: .G . ...... C6ptes~, ~t.ftqu~se y de_vÓI)lvase al Tribunal de .Q · ortge,~. ' ,, o Dehte L. P~11)o Porras. _Fabt!) Cal~er~n Botero. 0 ·. .. Gustavo C6moz Vellsquez. Alvaro l ún.a G611ez. ' Alfonso Reyes Ecbondta •. Luis . E. nri.q ue RoAero Soto. .... Pedro Eltas Serrano Abad,a. Dart·o Velá.sque.z Gav1 rh. ' ' • 1 ' ' Lucas Quevedo Dtaz. Secreta rt o. ..... ¡