CSJ - SP 27548(18-02-1983)
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP 27548(18-02-1983)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1983
REPUBLICA DE COLOMBIA
Roma Arisdiccion al Expediente No. 2 7. 5 4 8
— CORTE SUPREMAD E JUSTICIA
SALAD E CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente: Dr. Babio Calderón Botero,
Aprobada: Acta No. 18
Bogotá, diez y ocho de febrero de mil novecientos ochenta y tres.-
VISTOS : NV GC Forreseggin coctatr sí la denuncia formula da por el doctor NO Suerra Martínez contra el Magistrado de la Sal enal del Tribunal Superior del Dis e£xeito EDO Bogotá doctor GREGORIO RODRIGUEZ VASQUEZ, por el sunpuesZo Tito de calumnia cometido en ejerciciodel cargo, mgrita o nú la iniciación de sumario, HECHOS : El denunciante asegura que con motivo de la elección de jueces para el perfodo constitucional que avan za, el Magistrado de la Sala Penal del Yribuna? Superior _ de Bogotá doctor GREGORIO RODRIGUEZ VASQUEZ, ante sus com — pañeros de Sala, en la oportunidad de escogencia de candi ~ - LT datos para ocupar los cargos de Jueces Penales Municipales de esta ciudad, pusc en conocimientode la Sala Penal he poo chos presumiblemente delictuosos imputados al Juez 15 Pe
FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
REPUBLICA DE COLOMBIA Fama Auris deccional nal Municipal doctor Guerra Martímez, lo que, a juicio del querellante, a más de impedir su reelección en el cargo ci tado, constituye la comisión del delito de calumnia por _
parte del acusado, cometido en ejercicio de sus funciones y consecuencialmente juzgable por esta Corporación.
ACTUACION PROCESAL :
Y Ya Se sereditl Merida forma la calidad de Magéstrado de la Sala Pena e Tribunal Superíor de Bogo e tá que tiene el doctor aregorio Rodríguez Básquez y dentro de la etapa preliminar se recibió certificación jurada de los Magistrados José María González Fernández y Jorge Au_ gusto Lozano eflgato. Así mismo se recibió declaración bajo juramento del ey-Magistrado de la Corte Suprema de Justi-- cia RON Sarmiento Buitrago de quien paetió la in__ formación sobre la conducta del Juez 15 Penal Municipal de Bogotá.
Los dos magistrados de la: Sala Penal coinci den en afirmar que, al momento de revisar la nómina de los Jueces Penales Municipales, el doctor Gregorio RodríguezVásquez, en Sala Penal, puso en conocimiento de sus cole-- gas, hechos que a su juicio eran suficientemente válidos _ para prescindir de los servicios del doctor Guerra Martí-- nez, ya que ellos le fueron comentados <=+ por el doctor — Luís Sarmiento Buitrago, persona a quien le tenía plena confianza y credibilidad no solo por su trayectoria comofuncionario judicial sino por su serredadocomr.hombreode 4IST:CIA
| EE REPUBLICA DE COLOMBIA Hama Aerisdiocion al bien. == — a l — Fué asf como el nombre del doctor Guerra Mar -_. tinez fué aplazado por la Sala y, como se procedió en to-- | dos los casos, se designó una comisión para obtener las in
formaciones correspondientes, Entre tanto, el Juez presen tó denuncia penal contra el doctor Grebhorio Rodriguez VEs quez por los hechos anteriormente reseñados. | £1 informe de — fué aceptado por al magistrado Rodríguez O quien anunctó su vogo favo rable al juez y solicitango de la Sala su reelección. < Sin Largo, la Sala Penal se abstuvo depresentarlo a la Sala Plena ya que, además de encontrarapresurada la eEngleta del funcionario al denunciar penal mente al docto Rodriguez Vásquez, se tuvo conocimiento de hechos bochdrnosos con un vecino del juez, que origind un proceso penal contra Guerra Martínez por el delito de Le_ siones Personales, lo que de suyo estimó la Sala como con_ ducta ímpronia de un juez de la República y motivo Sufi-- ciente para Dosedegirdo de nuevo. N Por su partee l doctor Luis Sarmiento But trago acepta que comentó con el doctor Rodríguez Vásquez presuntas irregularidades del funcionarío en la tramita-- ción de un proceso que cursaba en su despacho contra elex-magistrado de la Sala Penal del Tribunal SUperior de Bo gotá doctor Rafael Rocha Ríaño, información suministrada por éste, pero que de modo alguno se refirió a indelicadez zas como la de solicitar o recibirrodimerniorBuecperson@JlUSsTIeCI A REPUBLICA DE COLOMBIA Fama Hovis ecronal ‘mente no tiene cango alguno contra el doctor Guerra Mar Ld tinez a quien sólo conoce por referencias del doctor Ro La cha Riaño. —
SE CONSIDERA
No se remite a duda, que el proceder delmagistrado Rodríguez Vásquez Ry dustó en todo a derecho y que, la Sala habrá de ab toherse de iniciar proceso pe_ nal en su contra por credo hechos denunciados no son constitutivos de del it | | O | En nuestro sistema de selección y nombra_ miento de juecek, Ys deber inexcusable de todos y cada _ uno de los mi EBros de la corporación que elige, informar a los integrantes de ella, no solamente de las vittudes y calidades de una persona que aspira a ocupar el cargo de Juez de la República, sino de todosaquellos aspectos ne_ gativos de ella que obtiene por conocimiento directo o — por información que le merezca motivos de credibilidad. El callar en todo o en parte cualquiera deestas últimas circunstancias implica, cuando menos, compor tamiento contrarío a los deberes de lealtad del magistrado con la administración de justicia. En el presente caso, el magistrado Rodríguez Vásquez no solo tuvo la información de persona seria sino que en virtud del cumplimiento de rouddeteroemiagsTiEaloo pSEEe] raJSsTIC IA - a _
- E:
REPUBLICA DE COLOMEIA Hama Aris deccrional en antecedantes sobre la conducta del doctor Guerra Mar, tinez: se proced16, en consecuencia, a designar una comi sión para comprobar las imputaciones y, fué con fundamen to en los resultados de ella, que el propio magistrado anunció que daría su voto para la realeccidn del funcionar rio. Si ello no ocurrió, como lo manifiestan otros magis_
trados, se debió a hechos nuevos que en criterío de la _ Sala Penal eran suficientes para relevar del cargo al men cionado juez. u No puede endNgar rse la comisión del delito de calumnia en los termi nhs _de la querella, ya que, comoge dijo anteriormente. Cora deber del magistrado informar a 1a Sala sobre la cordubta del Juez Guerra Martónez y por-- que estas deliberaciones de las corporactones judicialesson privadas, (In ytrascendencta pública, encaminadas a lo. grar acierto En la designación de personas con las debidas calidades morales e intelectuales para el desempeño del —j cargo. Recuérdese que el propío doctor Rodríguez Vásquez fué quien solicitó de la Sala la relección del doc tor Guerra Martinez anunciando su voto favorable, To que _ indica con meridiana claridad que el único afán del magis_ trado era el de acertar, con el concurso de sus colegas, en la designación de jueces de este Distrito Judicial. Por lo anteriormente expuesto, la COrte Su prema de Justicia, Sala de Casación Penal, SE ABSTIENE de iniciar investígación penal contra el doctor GREGORIO RO, DRIGUEZ VASQUEZ en su calidad de magistrado de la Sala Pe
O ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
PEE REPUBLICA DE COLOMBIA Roma Hesesdbocion 27 nal del Tribunal Superior de Bogotá por cuanto los hechos imputados a él no constituyen delito. Cópiese, notifíquese y archívese. Alfonso Reyes Echandía. Luis Enrique Aldana Rozo.
NV Fabio Calderón Botero. Dante L. Fiorillo Porras. > “. > > Gustavo Gomez Velasque(_ Alvaro Luna Gomez. Pedro Elias secaps Abadia. Dario Velasquez Gaviria. > Lucas Quevedo Díaz. Secretario.
FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO. DE JUSTICIA
| }