🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 27577(21-09-1982)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 27577(21-09-1982)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1982

,.---- -----:-:-·--- · ··- . - '-

REPUBLICA OE COLOMOIA

~a ~;ocúdli:riMa/ -r·? Expediente no. 27.577

CORTE DE JUSTICIA

SUPRE~ .. .. .. SALA DE CASAC !OH PEIIAL

Hagfstrado Ponente: Dr. Fab!o Calder6n Botero.

Aprobade_: Acta llo. -'-7,_2 __ BogoU, veintiuno de s~ptiembre de milnovecientos ochenta y dos.· 'v

,'< VÍÍSTOS t

G '--<.': Procede® sala a re•har. por v fa de a pe la_ ct6n, el auto de diez 7 ocho de aayo últiao. por aedto del cual el Tr1bune1 Supilrtor d01lnfcencto se abstuvo de abrir tnvest.!_ gact6n penal contra ~actor AHTORJO JOSE RIRCOR RUBIO, Juez · Tercero de JaStru~ Crfmfnal de esa ciudad. El senor Procurador Tercero Delegado en lo P~ nel solicita a la Sale 1aperttr su al auto recurrfdo conft~ac16n por cuanto los hecbos denunciados no constituyen 1nfracc16n penal.

HECHOS : Se acusa el doctor R1nc6n Rubio lo. Haber ordenado la de una fnvest! ap~rtura gac16n, en avertguac16n, por el -h-urto d·e 90.1\adO>,III.i\y.or,..coualtd.ooh.a. r""""

-- --- ---· .·

-----~~------- ­ REPUSLICA OE COLOMBIA &fama fi,-ú~érú·na/ <""'> 2 debido abstenerse ele becarlo·. zo. Háber ordenado la aprehensS6n de cierta cantidad de ganado coo t.a urca de la sociedad Inversiones Coy Cruz auto de .arbitrarlo por dfcbos l1~ttada. s~yo ~u~nto anfoales fueron vendidos ea legal fon:¡a y con plena 1111tort_ zec:161l del gerente de la c:ompaflfa a otro de los socfos dela ID tsi!UI • v 3o. Haber ordenado de dos de ~dagatorta tos soetos de te CoopDftta c1tada ~ndo el juez del coooc! 7 otonto babfa dispuesto rec1b1r~~bc1aracf6n Juraoeotada. ~ 4o. Hsber @nado la captura e fDda·gatorta del denoochnte Prudencfo Tolosa su&rez •. cuando ao podfa h!. certo poi' gozar de toead ~rteaentarte. ya que era Seo!. dor de la República.~ 0 tOHSIOERAClORES DE lA CORTE : En el ofsgo ordell en que aparecen eou!Derodos tos corgos. procede la Sala a bacel' estudfo para detef'D! 111 ner s1 es procedente o n6 la apertura de la fnvesttgaef6n r!. clagada por el deounchote. El prfgar cargo carece· de seriedad·. lo dete.,t

o1nact6n odoptada por el Tribunal de tnstanc:fa se ajusta alos preceptos legales por las s·1gutentes razones: 'i ·--- ..-~-..te c;c"¡."";.R e ::(. . ~w~~sH~so ce .. _s,:: --------·- -- - ~ REPUSLICA DE 'COLOMBIA 8fama fi_,ú,¿áú-na/ -¡r·,._, 3 a) El arttculo 318 del estatuto procedi~e~ tal ordena al Instructor tnfclar sucarto steppre que. por informe de la poltcta Jadiclal o de otro func1ooar1o púb11_ co. por conoctGteoto personal. por deouncta. por notoriedad pOblica o por cualquier otro med1o serlo de tnforaacl6n. - tenga conocfofento de le coclst6n de uno o var1os delitosque deban Investigarse de oftcto. b) El proeeso por ahora se sindica e~al al func1onorto versaba sobre de11t~u.e debfa tnvutlgal'5e :......~to de oficio y. adec4s. exfsUa de parte 'interesada. ~~n•esttgacf6n el Abrir penal en las -- condiciones antes aaotad~e oodo alguno constituye la co a1s16n de un deHto El no bacerlo sin que - ~prevaricato. aparezcan probadas Ja_jas d111gonc1as algunas de las prevf az<o":aal s;ones del art._ C. de P.P. • o por 1110thos de al!ltstad o aatcadvers16n~a con alguna de las personas Interesadas

en el asunto. es raz6n suf1c1ente pará adelantar un proceso contra el juez que ast procede. d) flo aparece en este asunto el mh mfnfmo 1ndtc1o de que la denunefa que tuvo a conocfatinto el -· $U functonar;o y que d16 or1gen a la tnvestlgec16n tachada de taprocedente. no esa Se encuentra a~ritaba deter~fnac16n. respaldada en pr1ocfplo por la dec1s16n tomada por el Juez Prfaero Penal del Cfreufto de Y111avfcencio cuaddo aeg6 la ap11eae16n del art6culo 163 del C6dfgo de Procedfafento Pe_ na l. ,J ~[• ,.~ r-•·-.... , .... ,..,. .... ,.. .., .. '"t(a•..., "' , ....... - " ....-.. --... -. -·· J ... ~ . ....... ~ -• .., ..... ... • ....

~EPUBLICA O E COt.Q.MBIA.

El 5egundo de los cargosaparece lg~almente Improcedente ya qoe el articulo 350 del estatuto procesalordena qoe los elecéotos con qae se baya éoaetldo el delito o que proveogao de su eSacoct6n se secuoatrar!n y barlo parte del salvo eo lo·s dolttos c:ulposoa cometidos sue~arlo, ton vobfc:ulos automotores o da· transporte. En el caso concreto, el Grupo novtl de Seg~ rtdad Rural del Departamento Administrativo do Seguridad, •

cucplt6 le orden tmperttda por el fon~arto acusado y da• j6 en dapllsfto del Adtltotstrad'or de ~Inca San Jorge alg~ oas cabeaas da ganado ceo 1a-oar~(~espondlente o &a So· cledad ln•erstonos Coy Cruz Ll~ • que fuerce bailadas • en le finca del aquf donuocfa~; doctor Prudenc:to lolosa Q Sulrez. Sleado~ que el proc:edlalento seguido por el fosti"U~tor se bal~ebldac:rente autoriZado por la ley. 1 11 doct~oc:6n Ru~to conducta del no puede ser ponlble de d! lito alguno. Elle estuvo enco\Qfnada eaclushaaeate a IGipadir el coaercto y sacrificio de los anfcales que aran objeto de lnwestlgacl6n, los que fueron deJados en dep6stto provisional y bajo le raspoosabtlfdad del administrador de le finca don_ de fueron hallados. E11 cuanto al tercer cargo, enec¡eotl'a la Sale que de conforaoldad c:oo los erttculos 426 1 381 del c·ódl.go • procesal. os deber del Instructor ordoaar la tndagat7ta de una persone cua11do aparece algOn lndtcfo de su partic:tpacfdn en el becbo delictivo y. sGlo podra ordenar su captura para la prActica de esa diligencia por delitos que tengan pene de L----l!!rulc;o.J.6n .•. _ .

AEPUBLICA DE COLOMBIA /!Jan.a ~o•vU/.i:cúY•a/ y'? 5 En este proceso aparece el Juez ~ue coop~ - la fnest1gac16n. U. co.ptura e 1ndaguorfa lle Jos6 luU Coy _ Cruz 7 Prudencto Tolosa, fuf so11cttada por parte tegalaenta • constttufda dentro del proceso en qoe, adeo&s, hacfa ~mortal cargos serfos contra dfcbas personas. No acferta el cuando asegura • deounctant~ que el instructor no podfa llaoor a a tos ~gatorfa t~pltca_ dos eo el asunto fnvesttgado por cu~ ba debfdo rectbfr$eles declaracf6n coco testfgos y baJp ~amento. 7a que, sf durante la 1nvesttgacf6o aparece prue~'nfftcfente que emerfte su vfnc~l lact6n el proceso. s~r4 fsta~a med1da procedonte y no la rece~ cf6o do un sfaple tastfoo(!;}como se pretende. Ücurre lo ofsao con el. coarto cilrgo con_ sfstente en baber~~denado la capture del deouocfante qufen, baJo la gravedad~ Joraoento asegura que el funcfonarto dese~ noc16 so cond1c16n de parlooentarto. mis coocretameote sv catt_. dad do Senador do la RepGbl4ca, dando lugar a que la poltcfa se vtora avocada a vtolal' la tn101untdad. que l~,i 41UP&raba. Los arts. 20 y 21 del C6d-tgo de Procedfm1e-n

to Peoal establecen con car1d1ana clarfded los aottvos 7 el tr! olte para que los de la puedan librar orden de juece~ Re~ublfca captura 7 prtvar de libertad a un cfagbro del parlacento coloa_ btono, cuondo lste goza de fnaun1dad retonocfda por la Coostftu_ cf6o H4ctooa1. Frente a 1a pos1blo coo1s16n de uo daltto contra r · so11c1tada por el deounctante. . . J"'C!OCOf.OT.&~CR'O CCl .w:t!(!SlC~.~- ~t .:.:Stse•4 REPUBLICA C.E COLOMBIA &fama ~-"ikl.á-únal r'~? 6 Jl.o. utstteodo prueba algu11a que respalda la dects16n adopteda poi' el TI'Hiunol de histanc:ta coa relac16o a - - este cargo, habr6 de revocarse para que se proceda en c:onsecuené da. Bastan las anteriores para co~d1derac1ones qua la Corte da ta •.s ala do Casac16n Pena 1. ofdoSupre~;~a .Ju~ttc: el concepto del sellor Procurador Tercero Oelegado e11 lo Pe11at 'v '1 de acuerdo all parte con !l. ........_'(- G

RESUElVA : <z':- provtdellcta .recurrtda en cuan_ CO~FIR~a toa los cargos lo •• 2o. y 3o. puotualtzados e11 la paete cottva

de esta provtdencta le lo1 no los considera tqpo~anto co~o fracc16n peoal. ~ -.0 REVOCAR la c1sraa provtden..cta en c:úanto alpunto 4o. por las cons1derac:1o'lles e.xpuestas. para que el Tr1bu_ nal Suportor de v•llav1cenc1o proceda a la apertura de la corre~ pondtente tnvest1gac16n pena 1. C6p1ese. oottftqueso y d~vOelvase. Dallte L. ftortllo Porras. Calder6n Botero. fa~to· Gustavo G6oez Ve14squez. Alvaro Luna G6oez. Alfonso Reyes Ecbandfa. Luis Eortque Rogero Soto. 1 rCXCO GOlA!'CJ;.:O C[l. littM!Sl[RIO Ct J:J'$11Ct~ j .----- ----:---- -

REPUBLICA DE COLOMBIA

Pedro El1es Serrano Abodfa. Dar fo Ye1ásquez Ga~1r1a. - ... Alberto Mora Cogollos, Secretario. 1 .-..... .. __ - -·-·,-·- · ---· ...J ~

Consultar sobre este documento ...