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CSJ - SP 28575(06-12-1983)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 28575(06-12-1983)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1983

REPUBLICA DE COLOMBIA

' . ,.,• •

FALSEDAD

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Nº 28.575 . ..., ....... .

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

• . SALA DE CASACIOA PE"AL

-~' -·' Aprobado Acta ff º 102

Magistrado Ponente:

• DR. DANTE L.

FIORILLQ;::~ORRAS

  • - 8ogota.sefs (6) de diciembre de mil now-e • • cfentos ochenta 1 tres (1.983)
  • y / V 1 S .T O S : corresponde a laCorte revisar el aut<Yde 24 de agosto del afto en curso,

~ .... / \ por r;iedfo ·del cual el.;Tribunal Superior de Bogota sobre

  • • sey6 definf tiwacente de la doctora TERESA HURQZ
  • • OE AMADOR, sfndicada de haber fncurrido en el delitode falsedad cuando eJerci6 funciones áe Juez Prociis

- ~

  • ~ cuo Municipal de Mosquera.

"' \. • - ' El seftor Procurador Tercero Delegado en - • lo Penal ha manifestado su conformidad con la prowidencia consultada y solicita a la Sale, en consecuencia,_

  • , que le iciparta su aprobaci6n.

R E S U l T A U D O : • l. la doctora Teresa Muftoz de

Amador~ • fué designada Juez Prociscuo de Mosquera ~unicipal 1 - . "•t .. , - . ~.----

  • ·

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~_t ~. ' • • (Cundfnamarca) por Acuerdo Hº 50 de 17 de septieQbre de ,. • 1_g7"g del Tribunal Superior do Bogotá, cargo del que toc6 debi' da .posesf6n ante la Alcaldta de ese Munfc1p1o el dfa 31 de octubre sf gufente en ejercfcfo de cuyas funy • cfones se encontraba para la los hechos mate-- fec~_~o > ~ · ria de la fnvestfgac16n infcfada en..:;su contra. - •

2. En ejercicio de sus funciones. en efecto, la doctora Ruftoz de Amador instrufa proceso con- ,,. i\ tra otros sfndfcados de la comfsf6n de y Aorber~o/Rfzzo · \ / un delfto de lesiones personales en accfdente de tráns-f

. / ' to. dflfgencfas dentro de las cuales se habfa recibido

  • ~ testfeonfo a la propietarfa de uno de los vebfculos accfdentados, a los

( } . seftores Mercedes de laverde. Diana laverde, Javfer Ulloa

y a la nffta Vflma Rodrfgue~. ¡ • r J

3. Cuaplfdas esas/l)ruebas. la seftora PaC.r1 lacios de Rodrfguez decfdf6 foraular queja contra la ~ Juez Mulloz ·de Amador ante el Procurador Regional por la • •• í •• lentitud y otras irregularidades que, a su juicio, mos

1 ' • l traba la actuaci6n y con apoyo en cuya existencia habfa Mi solicitado que se designara a un Agente Especial del nisterio Público encargado do vigilar el desarrollo de_ la investigac16n.

4. El seftor Procurador Regional de Faca-

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,,_...,. . ' '..) ' ' 1 ,,1 - - • 1

  • • tatf recfbf 6 a la quejosa declaracf 6n jurada sobre _ v~ , los- -1h echos que ponfa en su conocfmfento, ocasf6n en ladecl aracfones to1.1adas dentro _ que Asta affn:i6 que las del respectfvo proceso, salvo la de la nffta Vf lga Rodr-f

- -- -.._, guez. no habfan sfdo reéfbfdas por 1-a-'juez, qufen no se :::(' hallaba presente en el despacho para-el tf eapo en que _

  • - babfan sfdo rendidos los test1mon1os. aseveraciones suyas con apoyo en las cuales el seftor Procurador Regfo- - nal. c01ilo era su deber, dfspuso que se exp1d1eran las - ( coptas corres{ondfentes se envfaran al Trfbunal Supe.- y rfor de 1nfc1acf6n del la funcfonarfa mediante auto suma~contra ~ n

\ •

5. Perfecc'f.' onada la respectfva fnvestfgacf6n y con base en la prueba conforme a la cual resal foncfonarf~ t6 plenamente demostrada 1ala)1dufdad de la

. ~ en el de_.su trabajo su y cump11m1ent~ horarf(~ prese~ . ! ' cfa en la offcf na durante los dfas en los que se habfanpracticado los testfmonfos que se decfan realfzados enausencfa suya, el Trfbonal Superfor de Bogot4, de acue,t do con el crfterfo del Ffscal de la Corporacf6n, ca111fffc6 el suiaarfo medfante el auto de sobresefmfento d-e ffnftfvo que es ahora materia de la rev1sf6n de la Cor te. e o n s o : I D E R A R Dla En el proceso adelantado contra1. ---- - . .... - - - - - - - - - - - - - - - -- ------ - --- - - •

  • • 1 • : ' •

\ ' - ,,, .... '

  • ' • . doctora Teresa Reftoz de Amador aparece plenamente demo-s

. ... , . trado. no que ista hubiese estado ausente del despacho-

' cualfdo se recibteron los testimonios que se dicen tomala queja eleva dos sin su presencia. coco se asegÚ'r6 en - • ' • da en su contra. stno. como lo asew.era la --j·uez acusada_

  • • • de prueba abundanteatendible. ha 11 lncon el respaldo 1
  • - • dose 6sta en su oficina con los respectivos declarantes • cuando las diligencias·se practicaron. si bien no se~ • contrajo .la acti'lidad de la funcionaria a recibir suce-

, 1 stvamente.\-Úna tras otras sus declaractones. sino. como . -<. / ya bábito.coiailn en lós despachos judictales. a prac- ~s / ~ ttcar las •artat_;tltgencias conjunta o stmultlneamente. ·' de acuerdo con d.!' trabajo prevtamente elaborado un~plan ' / con sus permitfa hacerlo tanto en su subaltert1os/que~le • des endespacho en la o'fié:' ina de la secretarfa. stn C01!11> • desarrollo de catenderse la functonaria de-d.tr1gir el j ! da una de e 11 as en uno otro .l ligar. y ' , ••

  • ' lasafir11aciones ·de· la stndtcada en tal - • senttdo durante su tndagatorta (fs. 81 ss.). encontr-a 1 ron. en efecto. aeplio respaldo procesal en el testiao

nio del seftor Juln nepomuceno Roa forero (f. 66). sacr-e tario del juzgado; en 1nformaci6n de la secretarfá de~ la Sala Civtl del Trtbunal Superior de Bogot& confo1'1!1e_ a la cual la juez no habfa soltcttado ltceneia ni pena-t • so para dejar de asisttr al juzgado los dtas en que se_tooaron los testtmonios (f. 70); en la declaraci6n del • seftor Alcalde del lugar (f. 113) y. particularmente. en ' -- - --- - -

  • -
  • • - .. . 1

. ' -~ • ,, .. j ,• 'j.j' ·-' ' • las declaraciones de los abogados·Martha lucfa Quiroz

  • • Vargas. apoderada del sindicado Rorberto Rfzzo; JairoSulrez Aifto, Juez Adjunto del Juzgado de NosAlb~rto

1 1 quera y Jairo Reinaldo Antonio Benavidez. defensor del • • 1 ...

  • 1 • mfsco Rorberto Rizzo. declaraciones que en lo pertinen

- > < 1 te transcribe el Tribunal en el a~o consultado con1 T fo1·cte a las cuales: ' 1 • ••• 13) NARTHA LUCIA QUIROZ YARQAS di 0 jo ser abogada. ejerci6 el cargo de apoderada de Kor-- - 1 1 , / 1 berto Rizzo y que adeels ha litigado en varfas oportu1

  • dad de la doctora 'leresita Muftoz de Amador respecto y de los cargos df·ce) q,oe • •• me extraftan tales afiniaci;

1 1 ' / . .,">\, nas porgue a 1:as dllfsencias gua asistf o presencfi 10 1 • fueron realizadas cóft el._ lleno de todos los requfsftos 1 legales, es decfr se lesltom6 el júramento por la Doc 1 tora Teresfta. a los.declarantes ella. personalmente 1 ' practfc6 las diligencias •• 0.yo no asistf a la totalf 1 1 . . dad de las _declaracfones •• 1!52) ••• • ~tf ...

("" ' • ••• 14) JAIRO AtBERTO SUAREZ NIRO, abo- - - \.. ./

• . ' gado ejercf6 el cargo de Juez Adjunto del Juzgado de0 Kosqo!ra. ·Aff 1s ia que recuerda perfectamente sobre e l _ proceso de lastones personales. pues que por el caudal de declaraciones. vfno a convertirse en uno de los mis fCIJ>Ortantes del Juzgado. Que la doctora babfa elaborado un plan de trabajo para recepcfonar declaracfon'e scuando se producfan en for111a siciultlnea. Y al preguntlrsele si la titular intervino directamente en las declaraciones. respoodf6• ••• Coo absoluta seguridad ba 1 jo la gravedad del juramento que este tastfcoñfo cooll!.. va puedo que la tftular del Juzgado amonestaba

afi1•~r a qufeoes debfan rondfr.testfmonio como consecuencfa y 16gfca su presencfa era evidente en todas las.dilfgen- • - - . ·- . 1 ' - - - - - - -• -• - - - - - - 1 l ¡ - .. ' . • - - . ' • ' ' 1 • ' ' 1

  • 1 c1as. ConcretaCl8nte sóbre el proceso po19ue se me pre • gunta puedo aflrmar lo m1smo ••• • Af1rat6 tamb1An que ___ por la ubtcact6n. el tttular del despacho no era •tsto
  • . , por qutenes estu•ieran en la secretarfa del Juzgado ••• • • ••• 15) JAIRO REIRALDO ARTONIO BENAVIDEZ
  • • FERRA.liDEI. decla.-6 al folio 160._ __ ser abogado, eje!:_ Dt~o ce en el muntctpto de Mosquera ademfts ha stdo se _... do~dec:eetarto del Runtctpal. Aft1·c6 que 61 estu•o a Conce~o cargo de la defensa de lorberto Rtzzo en el p1"0ceso delastones personales cuesttonado, y que ªen las dtltgen- • c1as en las cuales.parttctpA puedo dar fA que se cuaplte ron absolutamenta todos los regutsttos legales gue con-

--

  • "\ 11 e•a la prlct1ca de cada una de estas ••• •

Y (fs. 202 a 203 Cdno. Pr1nc.)

/ Como/ya lo ha dtcho en ocastones anterto y ' - res la Corte, no falsedad documental. con ___ cons~1~uye ) ( se• r prlcttca vtctosa.'-la costumbre. cada d1a mas frecumte a cedtda quo a111:tenta el(')cargo de trabajo en los __ despachos la cual se juramenta a judtct~les. confo;~~)a los testtgos y se 1nterroga/s1multftnea o suces1val~s ~sf,vartas , mente. de suerte-de pract1car dt11genc1as al por cons1gu1ente. stn esperar los jueces a t1~apo·y. la termtnact6a de una de ellas. para dar comienzo a las1gu1ente: • ••• Esta (costlllllbre). al parecer segu1da por la tota11dad o por la 1nmensa mayorfa de los despa cbos judtctalos. segGn se advterte de los testtmontos_ __ en este proceso. tmpone a los functonar1os una ~end1dos e• ct• t•tdad y un tan extraordtnar1o esfuerzo mental. porla oemor1zact6n s1multlnea de los d1ferentes relatos y por la retenc16n del tem• a de las preguntas hechas en _ • . ' ' - - .. ' - • • -7-

  • 1

  • • • • • •

. , " • ' -~-- . ' ' . • cada caso. que la cantfdad del trabajo realfzado se ob-

  • tierie en perjuicio de la profundidad. do la seriedad ydo 18-continuidad del rospocti•o fotorrogatorio, con el -· resultado de una pre•alencia del aspecto puramente for- • mal sobre el real o material buscado con la _prueba y .

-

  • ' con el riesgo de omisiones legales. y de~f~!o•malidades como las que en este asunto han sfdo materia de la acu- - saci6n a la jaez ••• • "

- • (Auto de 5 de agosto de 1.980) •

2. Por lo demas. las declaraciones rend -i das por los. .. Íestigos en el .. proceso que conoci6 la docto

- . ""' ... < I ra do Amador son prueba do los hechos afirmados por

  • /~ quienes suscriben las rospectiyas diligencias son, do y .,__/ otra parte, -~ pOblfcos. expedidos por una fon docu~entos,

... '-/ cfooarfa pOblfca en Íjercfcfo do sus funcfones. casos- . . . en los cuales hacen plena prueba do los hechos consig1 ' nados en ellos. contra 1as cuales. como lo ordena el ar1 ) ~ tfculo 261 del C6dfgo de Procedimiento Penal. no se ad- . ~ mftiri •si no la que .. acredfto' l,a"falsedad del documento - /

  • () mismo·•. lo que no • ha ocurrfdo en esto asunto en EtOdo alguno.- • • Como bfen lo advierte el Tribunal en el

auto consultado: • • ••• La incolumidad de los actos Jurfsdfccfonalos que se desarrollan dentro de los procesos pen!,_ los. o de otras jurfsdfcciones. no puedo estar al arbi- • trio de las partes, sfno que o al momento de reali2arso so tachan do lo que so deja constancia, o se controy wferton o cuestionan a traw!s de los recursos legales,_ • · ..

  • • --- -·-- - - - - - - - -

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  • • i si aquellos actos son susceptibles o so1119tibles a ta-- • de serlos. si a tfempo se recurri6. De y le~·recursos. aceptarse. de buenas a primeras que un declarante den tro un proceso penal luego de rendir la declarac16n • d~ • CIOStrarse satisfecho con ella. ffnaarla. luego recuy
  • ' rre a otro funcionario para info.1.1::_a_sle que es falso lo que en ella se dice. bien en lo at.i.nente a la narrati_,, va que 61 hizo. o ya de las personas, que concurrieron
  • - a ella. la estabilidad del proceso penal quedarfa soc~ vada en sus bases y su estabflidad al libre garete ovoluntad de quien quisiera crear nulidades por raz6n __ da la no conven1encfa del resultado del proceso, recu

(

saciones. p,rá obtener la 1ewoci6n del Juez que lo df rfge, u legales. de male catadura. tren!_ otro~)efe_.ctos 1 gresores de 1a,6tfca y de la legalidad procesales ••• ª 1 • (ts) a 207 208}

  • ' S1endo todo ello asf. coCIO es, en efec1

. '

  • ~ to, la Corte Supreaa de Justicia --Sala de Casaci6n Penal-- COHFIRMA el auto consültado. u

  • . ~/ y el expediente.

Roti~fquese dev~lvase

  • '-- . f'

' •

LUIS ENRIQUE ALDARA ROZO

ALFONSO REYES ECHAHDIA

FABIO CALDEROH BOTERO DAnTE L. FIORILLO PORRAS

GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ ALVARO LU!lA GOFIEZ

PEDRO ELIAS SERRAtlO ABAl)IA DARIO VELASQUEZ GAVIRIA

Locas Quevedo Dfaz

SECRETARIO.

, . . . '

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