CSJ - SP 29299(04-09-1984)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 29299(04-09-1984)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1984
1, ~lont~ No. 29.299 "
CORTE SUPam-m. DB JOSl'ICIA
SALA ,DE CASACION PPRNAL
MQq1atradoponente:
Dr. GUS'l'AVO GOMBZVELASQUEZ
Aboqado Aoistente: Dr.. Alberto Mora Cogollos
Apr-obado Aqta NO.6Fd.~:tto-- '.: I B~ot.tt~ "_. I cuqtro uO o,~pt¡cobre do Di l. nov~cien- ! ¡ I ·~s echerrto y cuatro 110 l' !
VISTOS:
.' :. ~." " SALO!roN l?UIm'TES CARDERAS, quien purqa una eenflana da guinco (15) ooselJde pris16n por el del! to de abuso da conf1on.aa,solicita el bQn~1cio da libertad proviolona1al co!!, s1derar que ea acreedor al subrogadodG lé1 condenaQC ejecuc16n condicional en raz6n a la PQfta impueota, sus antecedentes perc~ naIes y 01 hecho oe hnber cO!Jparecido vol.untnrinnc.nte 01 procoso. = ~Demaodaasl Diaoo que ln Corta so pronuncie sobre la irreqular tranitacié5n de una solicitud do libertad pr~ = oentadél por GU apoderado anta el Tribunal Superior da BogoU, que lo fue resuelta desfavorablemente pasado un. oea da haberse presentado. -.2El Procurador Tercero DeleCJadoenelo Penal ha emitido concepto desfavorable a la solicitud, pues es~ que
el procesado no ha cumplidolas dos terceras partes de la pena impuesta ni es acreedor a la libertad condieional ctee consaqra el articulo 72 del C6di.qoPenal. 'fampoco~ o3able la apllcaci6n del articulo 68 ibidem porque los JuzgadoE'esde instancia la neqaron expresamenteen las respe"ctivas sentencias, momento procesal previsto por el legislador para su otorgamiento.
SE CONSIDERA: ., ~ / p~~s ~ENAS acumula en privaci6n efectiva de su libertad cuatro ('4l meses y veintinueve (29) d~'aspuesse = encuentra detenido, ~or raz6n de este proceso, desde el 5 de abril del corriente año, fecha en la cual fue capturado para el. " . cumplimientode "la ¡penaimpuesta en su contra. ',,=,-.~' Bl procesado no aportO la correspondiente car tilla biogrMica ni el consejo de disciplina, as! tampoco
COl!lO = acredita al estar trabajando en el centro carcelario. Esto es suficiente para negar.el beneficio de libertad prOVisional por no llenar ninguno de los requisitos legales contempladosen el articulo 72 del C6diqoPenal para su prosparidad. En cuanto al subrogadode la condenade ejecu ciÓn condicional demandadapor el procesado, tampocoes proce = dente por las razones expuestas por el Ministerio P6blico que la Sala acoge sin reservas. ,_ . -_. 3-.• ~ - . t. ' 8ft efecto. El juzg-ado 23 PQnal del Circuito
de esta ciudad en sentencia 4s primero de diciembre de mil = novecientos ochenta y U-CSr col'\don6 al pr~esado POBNl'BCSA!. DlmASa la pena principal do veinte (20) mesen de prlsi6n ~ me> ~csponsabledel delito do abusode confianza en porjaie1o de la Gei\ora Bdelm1ra Losano Mart.1nez. 2n la mi~ seBtancla se ~la1'6 que al reo no tanta dorechOal beneficio de eond2, /' = na de ejecuc16n condiclQnal y cQnseeuenc1a~ente orden6 S~ captura. Bl ~ib1L"Ull SUpa.rio? de noqotil mediante sen tencia ele 29 dé marzo do! corriei\~ año, modificó lil peno Q principal en el sefitldods ~~r a PuGntas c&rdenas la de .. ..... ' quince meses de prisi.6n ell.l'Qgar de veinte de la misma t<leSSS n~turaleaa que le habia impuesto el a..-quo, confil:tlélndo la n~ g~tiva de la condena óa ejecución eondicion~l. B.n el tcSroino de ejecutoria de la oentencia r r el apoderado 4el'--procesaao so1.1CitSel beneficio do libertad provis10llCl1~ favor de su mandante, al cual le fue n~ado Q por auto da 31 de trJiyo Glt1I:teon el qual preci.sóqua ~•• por oe raz6n del noneo la pena principal impuesta, es posible d2,.
cir el eneansade l'~fa sido merecedor étel subrogado de la I condena de ejecuci6n cocdicional. sle!apro 1 cuando so hub1e ra.ll dado los requisitoa del arto 6S del C. !1. o sea quo por su personalidad., la naturaleza y codalió1adesde.l hecho puni bla, hubieran permitido al 1~ suponer que el dondenado(oie) no reqtt~rta trata..'Ú.ento penitenciario. '" " Con relaoi.6n el esta segunda eJdgencia da la noma en mencJ.6p.el fall~or de lnntancia ya se pronunci6 al ro.specto, decisiÓn que fu.e confirmada por la sala, esto porque J :::=..;:;_ .=.,....., .•.. • -eÓ,'.: "' -;). .: '."" el acusado para cameter el pUnible por al cual se le QllCODu6 culpable se vali6 de medios que demostraron su gran insenaib! Udad moral, pues dej6 él la denunciante en la ind19enciy tll = despojélrla del poco patr1zeoDio que poseta, vali&1609o para e llo ®l sentimiento amoroso que 1.ogr6despertar en la dama. a Pinalmente, los argumentos e.xpuCS~$ por 01 memQr!alista sobre las decisionos de los juzgadores de instan cia, son simples apreciaciones suyas en eontraposici6n de los motivos do oraen legal. dz::!ducldospor estos en los .fallos co-· n:cspondientes con fundaIllen"toen Lls pruebas existentes en el <:,
proceso, todo lo cual es aj~~l "'incidente de libertad provi '- \.' " sional porque de llegar la ~ a élc:eptarlea, o.ataría por ::; cate modo modificando la ~eJtteneia do saqundo (jrado, lo qua l ae solo le e.s perm:Udo ~ .~ casación <m el evento do pr~ parar la astlmlda que sé' presente contra ella. ~."Comoquier~ que el peticionario reclaLlado = '\..,.j. lél Sala pron~<;iam.ento respecto al tr&nite de la solicitud de exearccl4lcl-(m preaentada por su apoderado ante el Triburull Soperior de Bog'otti, la Corte procede a determinar lo qua fue ro legal. III apoderéldodel procesado en escrito qua a pareco a folio ~Oy as, dol e.nadernodel '1'r1bunal~pre.sont6 e el 12 de abril do 1.984 onte la Secretaria de la Corpor.a~ón, dos oscritos. uno por medio del cual soUc;:itóel beneficio dG libortad provisional en favor de nandanee y otro en el cual $U intoJrpuoo el recurso extraordinario da caaac16n contra la san, = tanela de segundo grado de fecha 29 do corgo inmediatamente anterior. La secretaria daj6.la sl9Uiente eonstancla:~ . - s ~. · , 12 ABR.1984Recibido en la fecha, se aqre Q <¡il a sus autos y opo~te ir~ a Da9pacmo del BOl Magistra
do Dr. MARIOSANCHENZOVOA. 81 anterior escrito fue preseDtado personalmente por su Bi.qnntarl0, quien se 1den~icó leqolman te.- LUIS JIMENEZ nAMIREZ.- Sacratarl0.~ (Pl.46 vto.) Con xecbá 12 de mayo s19uiente lns--dillqencias pasaron al Despacho ael ~iatrado sastanc1adorquien pOr auto de la misma fecha dispuso correr traslado al Fiscal para o1.r su concepb). Bl 15 da ma~ J,.o'secretaria pasa las di~lqencias .... ",?:;;-- i~~e al Ministerio Ptiblico y el.< obtiene vista Qesfa·vorable del , Piscal 13 de la Corporac~tSn.,...·'regresando01 proceso al Despacho del Magistrado 5anchaB:Novoa01 21 del mismomea. La Sala Meg6 el beneficio do libertad provisional el 31 del mismomesy año, en los t@rm.inosque saj6 conslqnado esta Sala en anteriores con. ¡;."0·~~~.. siderac10nes• 0.-._/.' . Tiene raz6n el procesado cuando advierte que al h-iba,nal SUpsrior do Bogo~ resolvi6 la petici6n de l.i.OOrtad G lavada por su apoderado con violación do lüs normas proeed1men tales que rigen DU trami~c16n, c1rcanstane1a que de modoalgu no puedo ser ioputaaa ül Magistrado sustanclador, a sus compañ~ ros de Sala o al M1ftistGrio PUblico. Fue l1l Secretarta de la Corporaci6n. la que no
<116curso in:ledlato a lá potiei6n da libertad provisional a qua se ha hecho referencia, pues no obstante haberla agregado al a proceso en la mm:la fecha ae su r~1bo ( 12 de abr~l ), la puso en conocimiento dal Maq1straélo suat.aneiador el 12 de mayo s1<JUi~n te, esto e.s, con treinta d.taa do retardo. - 6Quiere decir 10 anterior que la Secretaria de la Sala c<mtpUlsgr4copia de lo pertinente. con destino a = la Procuraduria Delegada para la Vigilancia JudiCial para = qua, sl lo estima pertinente, promuevala aecl6n (31sciplha = ria contra 109 empleadosdé la Secretaria de la Sala Penal del Tribun.alqua pudieren estar cómprometidos en el tr!Irlte de la patic16n de libertad que se dej6 consignada. /' Por lo expuesto, la CORTEsupnmm PE JUSTICIA, SALADECASAClmtPENAL,o1.doel concepto dol Procurador TGrce- ""t.. # ro DQIQgadoen lo Penal y de é.l~rdo con úl, ., '\. I li I I 11 it;>. NECL'\eRl beneficio de libertad previsio- ,.¡~- ,.':.<11:' .. nn.l denandada ~~ .el procesado SALOMONPOBN'l'BS CARoBNAS·por QiI las raaonee cc'psiqIk."das en la parte motiva d-eesta providencia. 1
20. ORDENAqRue ~ la s~etar1a dQ la Sala
11
SQ compulac COpiól de lo pertinento con destino a la Procurara da Doloqadopara 1ü Vlqilancla Judicial pclra 10 dGsu competanela .. C6pi.eae, notiflquesa y ctlmplnse.
LUIS BmUQUB ALDANA ROZO
DANTEL. PIORlLLO PORRAS GUSTAVO GOMEZVBLASQUEZ
Procsso No. 29.299 Niega Ubertad. --- 7GO!-ma
ALVARO LUNA
PEDRO EI.IAS SBRRANO ABA1>IA DARlO VELASOUBZ GAVIRIA
Lucas Quevedo D!a2 Secretario• , . ......._..