🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 3125(07-02-1989)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 3125(07-02-1989)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1989

. . •

LIBERTAD

Rad. #3125 • • • • '

  • • Auto.- 89-02-07 . - Niega l i b e r t a d . - T r i b u n a l S u p e r i o r de Medell.í.n PROCESADO ( S ) : Jhon J a i r o Ramírez y J a s e Roberto Sepúlveda s . ;

• DELITO: HurtoMAGISTRADO PONENTE: DR. GUILLERMO DUQUE RUIZ; FUENTE FORMAL: A r t í c u l o 72 C . P . ;

PUBLICADA EN LA GACETA JUDICIAL?(S/N): N

' - • • ' 1 -- -

  • -- ---~- -- --
  • -----
  • - - - - - - - - - - - ----- -- -- - - -- - -- -- -- -
  • -

- • ,· ' Expediente No. 3. 125 •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado ponente:

Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ

Aprobado Acta No. 05 ' Bogotá, siete de febrero de mil novecientos ochenta y nueve. . . ·1

  • • - ' '

- . -

V I S T O S :

! • ' '

  • Los procesados JHON HENRY RAMIREZ QUINTERO y JOSE ROBERTO SEPULVEDA SEPULVEDA solicitan el beneficio delibertad provisional con fundamento en .lo preceptuado por el artículo '

'

  • '
  • -

' '

' 72 del Código Penal en atención al· tiempo en reclusión y la rebaja a ' que tienen derecho por trabajo. ' ' ' '

' • .. •

CONSIDERACIONES DB:·-:LA CORTE: .. ' , -

' - ~ •

  • • ' . El Tribunal Superior de Medellín en providencia

' .. ' - de 27 de mayo de 1 • 988 condenó a los procesados RAM I REZ QUINTE RO Y SEPULVEDA SEPULVEDA a la pena privativa de la libertad de ' - - - - - - - - • • •

  • • - 2-'- treinta y nueve (39) meses de prisión como coautores responsables del delito de hurto calificado. y agravado. modificando la pena impuesta por • el Juzgado" lll Penal del Circuito de la misma ciudad • • Ramírez Quintero fue privado de su libertad el 15 de mayo de 1. 987, es decir ha descontado efectivamente en prisión veinte - (20) meses y veintidos (22) días.·. Por trabajo_ acredita 3. 568 horas que le dan derecho a una rebaja de cuatró ( meses y veintiocho ( 28) q)

',. '. días, para un_ acumulado de veinticinco (25) meses y veinte (20) días, ' " 11 ' ' ' • inferiores a las dos· terceras partes de la pena impuesta en segunda ins •1

  • '

• ! ' ' tancia que equivalen a veintiseis (26) meses de prisión. 1 1 • SEPULVEDA SEPULVEDA al igual que su compañero de -

•• • causa fue privadt' de su íibertad el 1S de mayo de 1. 987, es decir, '' de la pena impuesta ha desconta<:!,o veinte (20) meses y veintidos (22) " días. Por trabajo acredita ll.ll80 horas que le dan derecho a .una reba-

  • • ja de seis (6) meses y seis (6) días, para un acumulado de veintiseis

, . '-

  • ' 1 (26) meses y veintiocho (28) días, superiores a las dos terceras par-

"

  • " • tes de la pena impuesta.
  • 1 " , , • No obstante que José Roberto Sepulveda Sepulveda cum-

'

  • • ple el primero de los requisitos del artículo 72 del Código Penal, el - " ' beneficio invocado. le será negado dada la gravedad y modalidades del hecho que indican una personalidad altamente peligrosa que hace nece-
  • • sario el tratamiento penitenciario por más tiempo •
  • • En cuanto al procesado Ram~irez Quintero debe predicarse • igual circunstancia, razón adicional para negarle el benefici_o invocadono obstante faltarle diez ( 1 O) días para el cumplimiento del requisotocuantitativo de la pena. " - - - · - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-- -

  • • - 3 - \' En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUS .. r ,,

TICIA, SALA DE CASACION PENAL, NIEGA a los procesados JHON

HENRY RAMIREZ QUINTERO y JOSE ROBERTO SEPULVEDA SEPUL~-, VEDA el beneficio de libertad provisional. .... ,..-., 1 • Cópiese, notifique · cúmplase • • • •

SANDRO MARTINEZ Z •

• • ' 1 , - •

ILL RMO DAVILA MU~OZ

1 ,, •

  • .

, . • • • • •

' • IME GIRAL ANGEL - • •

• -

  • I A 4 e,

ODOLFO MANTILLA JACOME AS

• • • •

• Marino Henao Rodríguez ' •) • Secretario . ' '

  • • - . - ~
Consultar sobre este documento ...